Duda plan compra acciones empresa a empleados

ShackTar
ForoCoches: Miembro
#1
Buenas tardes shurs,

la empresa para la que trabajo está implementando un plan de compra de acciones para los empleados.
El descuento que dan es de entre un 5-20% (no quiero ser demasiado específico en algunos datos). No se si en todos lados el proceso seria igual, pero básicamente te quitan de la nomina durante algunos meses y trimestralmente compras las acciones mediante un tercero (con el descuento anterior).


Tengo algunas dudas conceptuales que a ver si me podéis ayudar a aclarar:


· No aparece en la información que nos han facilitado que haya tiempo mínimo de mantenimiento, lo cual me parece raro, pues podría venderlas día 1 obteniendo un beneficio interesante, temas fiscales a parte que tengo que mirarme bien. Es posible esto? Lo veo un "chollo", independientemente que haya razones por las cual conservarlas y el beneficio sea limitado, ya que hay un máximo % del salario a a portar a compra de acciones.


· La empresa hace unos años inició un programa de recompra de acciones de varios miles de millones, algo que estuvo bien valorado por los accionistas en su día, y con otras medidas estratégicas que tomaron, hizo que el valor de la acción subiera un poco. Además invierten en compra de otras empresas, pero con cabeza (según ellos). También dan dividendos, etc. Digamos que hay una estrategia diversificada en cuanto a qué hacer con los beneficios (desconozco si es una estrategia acertada, me considero con poco conocimiento comparado con algunos del foro).
Según entiendo yo, overall están emitiendo acciones a los empleados a la vez que con el cash que tienen recompran a los propios accionistas. Estratégicamente qué sentido tiene? Quizás en la diferencia de volumen está la respuesta, pero quisiera entender el racional o si hay algo que se me escapa. Es una multinacional, y haciendo números rápidos a poco que el 50-70% se anime a este plan hablamos de cifras de entre 200-500 millones al año en venta de acciones a empleados, mientras que la recompra está cifrada en varios miles de millones como dije antes.


En fin, creo que por la primera razón del descuento me tiraré de cabeza a por el máximo permitido, pero tengo dudas de estar perdiéndome algo y cometer un error importante.


Gracias por vuestras opiniones respuestas shurs!
jonar1
ForoCoches: Miembro
#2
Tienes un descuento por la acción y seguramente la ventaja fiscal que la compra de acciones está exento de pago de IRPF siempre que mantengas ciertos años.. eso equivale a comprar con un 25-45% de descuento


Si la empresa no está excesivamente endeudada ni te hace falta el dinero , compra

Ojo.. asegúrate antes que el negocio es estable y no están haciendo cualquier guarrada para salvarse de la quiebra
ShackTar
ForoCoches: Miembro
#3
Cita de jonar1
Tienes un descuento por la acción y seguramente la ventaja fiscal que la compra de acciones está exento de pago de IRPF siempre que mantengas ciertos años.. eso equivale a comprar con un 25-45% de descuento


Si la empresa no está excesivamente endeudada ni te hace falta el dinero , compra

Ojo.. asegúrate antes que el negocio es estable y no están haciendo cualquier guarrada para salvarse de la quiebra

buen punto shur. Me miraré con calma lo que dices, porque ya daba por hecho que todo era de color rosa.

Es cierto que no hablamos de una empresa pequeña ni nueva, y confío en alto grado en ella y en las decisiones que se han tomado últimamente pero también lo es que hay que mirar con lupa todos estos temas.
Es una empresa estable con largo recorrido, pero en un sector en que las decisiones que se toman son muy importantes para no hipotecar el futuro. También es cierto que han pasado de ganar champions leagues a tan solo jugarla sin perspectivas de ganarla en los últimos años (si se me permite el simil futbolero)... pero es parte de como se comporta el propio sector a mi parecer. En unos años puede darse la vuelta a la tortilla de nuevo.


Aportan que Moody Investors Services califica la situación crediticia de la empresa a largo plazo como A1 y S&P Global como AA-. No está nada mal creo con una busqueda rapida en google.




Disculpad porque parece que juegue al quien es quien y tampoco es que quiera ocultar nada.


Sobre lo del IRPF ahora me miraré bien la info que aportan, porque no estoy seguro que tenga esos beneficios, ya seria un chollo.


Así que gracias por tomarte el tiempo en contestar.


Un saludo!
ShackTar
ForoCoches: Miembro
#4
vuelvo a la carga con este tema y "tagueo" a algunos de vosotros que comentasteis este tema en el Hilo general de "¿Se puede vivir de la bolsa?
Entiendo que aquí está más ordenado y os puedo hacer la consulta mejor.
@crazyroto2 , @Silverman , @Tommy_Shelby , @Wallabeexx , @ArtiOne

Hace unos días @crazyroto2 comentaba que le ofrecían este programa en su empresa, una bigfarma, igual que en la mía.
Bajo ciertas condiciones (la más relevante es que debe aplicarse a todos los empleados de la empresa), se puede uno deducir lo aportado en la declaración del IRPF. En mi caso, mi empresa por ahora no aplica dicha deducción de los 12.000 € en el IRPF. Junto a unos compañeros hemos hecho challenge, y lo están mirando.

La consulta que os hago ahora es: en vuestras empresas, cumplen a rajatabla con el hecho que ofrecen el mismo programa a todos los empleados? (requisito indispensable para la deducción?)

Como digo, lo están analizando y todavía la respuesta no es firme, pero nos han anticipado que quizás se decidió no aplicarlo porque no se ofrece a todos los empleados, pero leyendo los criterios de elegibilidad tengo ciertas dudas.

No se ofrece para:
· Empleados menores de 18 años Este requisito es obvio, pero es igual para cualquier empresa de España, ya que un menor no puede firmar contratos financieros.
· Empleados destinados a otros países que no tengan este programa disponible. En este punto, cada país es un mundo, y es normal que no se pueda aplicar por las leyes del país de acogida.
· Becarios, terceros, etc. Obvio, es que no tienen el contrato con la empresa
· Empresas del grupo (con otro NIF) pueden no tener este producto al no tener la nómina integrada con el mismo proveedor. Para mi, el hecho de tener otro NIF ya considera que la empresa es distinta
· Directivos no empleados. Ok, si no eres empleado, de que problema hablamos?
· otros...

Como veis, hay situaciones que siendo literales a la norma podemos entender que no cumple la empresa con ese requisito, pero en mi opinion es cogido con pinzas, y es una pena que no pueda acogerme a esa deducción (en algunos casos hasta 5000 € al año porque seria al % de IRPF más alto, en algunos casos de compañeros un 47%) por una cosa así...

Me temo que por razones que se escapan a mi conocimiento, o quizás únicamente por desidia, no vayamos a conseguir que esto aplique, pero me parece que bien explicado es algo que ofrecerlo al empleado tiene todo el sentido, porque bajo su responsabilidad, conseguir este tipo de deducciones es MUY relevante.

Cualquier experiencia o situación que podáis compartir es bienvenida.
crazyroto2
ForoCoches: Miembro
#5
Cita de ShackTar
vuelvo a la carga con este tema y "tagueo" a algunos de vosotros que comentasteis este tema en el Hilo general de "¿Se puede vivir de la bolsa?
Entiendo que aquí está más ordenado y os puedo hacer la consulta mejor.
@crazyroto2 , @Silverman , @Tommy_Shelby , @Wallabeexx , @ArtiOne

Hace unos días @crazyroto2 comentaba que le ofrecían este programa en su empresa, una bigfarma, igual que en la mía.
Bajo ciertas condiciones (la más relevante es que debe aplicarse a todos los empleados de la empresa), se puede uno deducir lo aportado en la declaración del IRPF. En mi caso, mi empresa por ahora no aplica dicha deducción de los 12.000 € en el IRPF. Junto a unos compañeros hemos hecho challenge, y lo están mirando.

La consulta que os hago ahora es: en vuestras empresas, cumplen a rajatabla con el hecho que ofrecen el mismo programa a todos los empleados? (requisito indispensable para la deducción?)

Como digo, lo están analizando y todavía la respuesta no es firme, pero nos han anticipado que quizás se decidió no aplicarlo porque no se ofrece a todos los empleados, pero leyendo los motivos tengo ciertas dudas:

· Empleados menores de 18 años Este requisito es obvio, pero es igual para cualquier empresa de España, ya que un menor no puede firmar contratos financieros.
· Empleados destinados a otros países que no tengan este programa disponible. En este punto, cada país es un mundo, y es normal que no se pueda aplicar por las leyes del país de acogida.
· Becarios, terceros, etc. Obvio, es que no tienen el contrato con la empresa
· Empresas del grupo (con otro NIF) pueden no tener este producto al no tener la nómina integrada con el mismo proveedor. Para mi, el hecho de tener otro NIF ya considera que la empresa es distinta
· Directivos no empleados. Ok, si no eres empleado, de que problema hablamos?
· otros...

Como veis, hay situaciones que siendo literales a la norma podemos entender que no cumple la empresa con ese requisito, pero en mi opinion es cogido con pinzas, y es una pena que no pueda acogerme a esa deducción (en algunos casos hasta 5000 € al año porque seria al % de IRPF más alto, en algunos casos de compañeros un 47%) por una cosa así...

Me temo que por razones que se escapan a mi conocimiento, o quizás únicamente por desidia, no vayamos a conseguir que esto aplique, pero me parece que bien explicado es algo que ofrecerlo al empleado tiene todo el sentido, porque bajo su responsabilidad, conseguir este tipo de deducciones es MUY relevante.

Cualquier experiencia o situación que podáis compartir es bienvenida.


Hola,


En la nuestra nos han dicho que nos podemos deducir IRPF, así que imagino que nos aplica a todos. Lo llevan haciendo años y todo el mundo que lo ha hecho contento y sin problemas con hacienda. Desconozco como lo han hecho a nivel legal, yo estoy en mi nube.
Tommy_Shelby
Cuenta verificada ☑️
#6
Cita de ShackTar
vuelvo a la carga con este tema y "tagueo" a algunos de vosotros que comentasteis este tema en el Hilo general de "¿Se puede vivir de la bolsa?
Entiendo que aquí está más ordenado y os puedo hacer la consulta mejor.
@crazyroto2 , @Silverman , @Tommy_Shelby , @Wallabeexx , @ArtiOne

Hace unos días @crazyroto2 comentaba que le ofrecían este programa en su empresa, una bigfarma, igual que en la mía.
Bajo ciertas condiciones (la más relevante es que debe aplicarse a todos los empleados de la empresa), se puede uno deducir lo aportado en la declaración del IRPF. En mi caso, mi empresa por ahora no aplica dicha deducción de los 12.000 € en el IRPF. Junto a unos compañeros hemos hecho challenge, y lo están mirando.

La consulta que os hago ahora es: en vuestras empresas, cumplen a rajatabla con el hecho que ofrecen el mismo programa a todos los empleados? (requisito indispensable para la deducción?)

Como digo, lo están analizando y todavía la respuesta no es firme, pero nos han anticipado que quizás se decidió no aplicarlo porque no se ofrece a todos los empleados, pero leyendo los criterios de elegibilidad tengo ciertas dudas.

No se ofrece para:
· Empleados menores de 18 años Este requisito es obvio, pero es igual para cualquier empresa de España, ya que un menor no puede firmar contratos financieros.
· Empleados destinados a otros países que no tengan este programa disponible. En este punto, cada país es un mundo, y es normal que no se pueda aplicar por las leyes del país de acogida.
· Becarios, terceros, etc. Obvio, es que no tienen el contrato con la empresa
· Empresas del grupo (con otro NIF) pueden no tener este producto al no tener la nómina integrada con el mismo proveedor. Para mi, el hecho de tener otro NIF ya considera que la empresa es distinta
· Directivos no empleados. Ok, si no eres empleado, de que problema hablamos?
· otros...

Como veis, hay situaciones que siendo literales a la norma podemos entender que no cumple la empresa con ese requisito, pero en mi opinion es cogido con pinzas, y es una pena que no pueda acogerme a esa deducción (en algunos casos hasta 5000 € al año porque seria al % de IRPF más alto, en algunos casos de compañeros un 47%) por una cosa así...

Me temo que por razones que se escapan a mi conocimiento, o quizás únicamente por desidia, no vayamos a conseguir que esto aplique, pero me parece que bien explicado es algo que ofrecerlo al empleado tiene todo el sentido, porque bajo su responsabilidad, conseguir este tipo de deducciones es MUY relevante.

Cualquier experiencia o situación que podáis compartir es bienvenida.
Hola


En mi caso no puedo opinar, ya que mi empresa es una “distribuidora” de la matriz en España, por lo que no pueden ofrecer acciones de la matriz.
Una pena porque mi empresa está dentro del SP500
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