IRPF con piso para alquilar

wile
Viajes y trankitrail
#1
Buenas, me estoy planteando invertir en ladrillo, pero al pensar en rentabilidades, si he entendido bien, creo que no me compensa (vs por ejemplo un depósito que ya dan más del 4%).

He estado mirando que los ingresos por alquiler van directos a tu renta en el IRPF, y como tal tributan. Así que si estás en el tramo alto (45% en mi caso), aunque consigas un 7-8% de rentabilidad neta (cifra ya complicada de sacar, creo), te quedaría prácticamente la mitad de cash real después de impuestos, no?. Y no sé si compensa meterse en semejante follón por uno 3-4% de retorno.


Cómo lo veis? Lo estoy interpretando bien o me dejo algo?
RoxyMusic
ForoCoches: kawaii
#2
Si lo destinas a alquiler tradicional y es vivienda habitual del inquilino tienes una bonificación del 60%.

Reducción del rendimiento aplicable a la vivienda habitual

Esta reducción sólo se aplica a los arrendamientos de bienes inmuebles destinados a vivienda habitual.
El rendimiento neto positivo declarado, calculado por diferencia entre la totalidad de ingresos íntegros y los gastos necesarios que tengan la consideración de deducibles, se reducirá en un 60% cualquiera que sea la edad del arrendatario.
La reducción no se aplica a los alquileres de apartamentos turísticos ya que su finalidad no es satisfacer una necesidad permanente de vivienda sino cubrir una necesidad de carácter temporal.




https://sede.agenciatributaria.gob.e...-habitual.html

Y evidentemente habiendo depósitos al 4% o letras con un rendimiento aún mayor como las americanas, no compensa invertir en ladrillo sin apalancamiento. Solo puede compensar pensando en la revalorización del inmueble. Pero yo no veo que la vivienda pueda seguir subiendo de precio en los próximos años. Habrá un parón en los precios, osea que revalorización cero a corto-medio plazo.
KeinBoch
ForoCoches: Miembro
#3
Cita de wile
Buenas, me estoy planteando invertir en ladrillo, pero al pensar en rentabilidades, si he entendido bien, creo que no me compensa (vs por ejemplo un depósito que ya dan más del 4%).

He estado mirando que los ingresos por alquiler van directos a tu renta en el IRPF, y como tal tributan. Así que si estás en el tramo alto (45% en mi caso), aunque consigas un 7-8% de rentabilidad neta (cifra ya complicada de sacar, creo), te quedaría prácticamente la mitad de cash real después de impuestos, no?. Y no sé si compensa meterse en semejante follón por uno 3-4% de retorno.


Cómo lo veis? Lo estoy interpretando bien o me dejo algo?
¿Compras en cash o apalancado? La rentabilidad en inmuebles viene de lo segundo
carademongolo
ForoCoches: Miembro
#4
Cita de RoxyMusic
Si lo destinas a alquiler tradicional y es vivienda habitual del inquilino tienes una bonificación del 60%.

Reducción del rendimiento aplicable a la vivienda habitual

Esta reducción sólo se aplica a los arrendamientos de bienes inmuebles destinados a vivienda habitual.
El rendimiento neto positivo declarado, calculado por diferencia entre la totalidad de ingresos íntegros y los gastos necesarios que tengan la consideración de deducibles, se reducirá en un 60% cualquiera que sea la edad del arrendatario.
La reducción no se aplica a los alquileres de apartamentos turísticos ya que su finalidad no es satisfacer una necesidad permanente de vivienda sino cubrir una necesidad de carácter temporal.




https://sede.agenciatributaria.gob.e...-habitual.html

Y evidentemente habiendo depósitos al 4% o letras con un rendimiento aún mayor como las americanas, no compensa invertir en ladrillo sin apalancamiento. Solo puede compensar pensando en la revalorización del inmueble. Pero yo no veo que la vivienda pueda seguir subiendo de precio en los próximos años. Habrá un parón en los precios, osea que revalorización cero a corto-medio plazo.
Solo puntualizar que la reducción ya no es del 60% , si no del 50%. Con la nueva ley de vivienda aprovecharon para tocar ese porcentaje.


También es cierto que han añadido reducciones del 90% y 70% cuando la vivienda se encuentre en zonas de mercado tensionado y se rebaje el alquiler respecto a un anterior contrato, o se alquile a gente entre 18 y 35 años
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