Ayuda con indemnización fallecimiento+donación

laur_brava
ROCOCOCHERO
#1
Buenas shurmanos,os comento mi hermana y yo vamos a recibir una indemnización de un seguro por fallecimiento de nuestro padre, el tema es que nosotros queremos que ese dinero quede para mi madre, ya que no ha cotizado nunca pues era la madre ama de casa y mi padre el que traía el pan. Por lo tanto queremos que ese dinero sea para ella y que viva tranquila. Mis dudas son las siguientes: 1. Cuando nosotros (los hijos) recibamos la indemnización vamos a tener que pagar impuestos por ese dinero recibido ?
2. De que manera podemos hacer para regalarle ese dinero a mi madre. Porque según tengo entendido si es una donación hay que pagar más impuestos y al final entre impuestos de aquí impuestos de allá la pobre se va a quedar sin nada. Muchísimas gracias a todos por la ayuda. Un saludo shures.
Fenomenon
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#2
¿Cuánto se paga a Hacienda si cobras la indemnización del seguro de vida?

Si cobras un seguro de vida tendrás que pagar una parte proporcional a Hacienda. La cantidad a pagar será proporcional y dependerá del estado en el que te encuentres. También variará si la cuantía del seguro es por incapacidad o por fallecimiento.

Los impuestos que debemos pagar al cobrar un seguro de vida no se cobran de forma automática, si no en el IRPF anual.




Te aconsejo la visita a un abogado para que te deje las cosas claras, es poquito dinero la consulta.
En resumen, si vais a tener que pagar impuestos y sera en el momento en que hagas la renta en 2024
Freest
ForoCoches: Usuario
#3
No soy abogado aunque me suelen interesar estos temas.

Si cobráis el seguro pasáis por hacienda sí o sí, y después vuestra madre por la donación. Lo que tenéis que averiguar es la misma duda que planteas.


Preguntad a un experto si renunciando al seguro tú madre es la siguiente en el escalafón por ley. Los seguros de vida no forman parte de la masa hereditaria por lo que entiendo que aunque renunciaseis a cobrarlo podríais seguir teniendo derecho a vuestra herencia.
supertonto
ForoCoches: Miembro
#4
Hacer un prestamo sin intereses y 0 impuestos
HectorMann
*ba dum tsss*
#5
Si es un seguro creo que no forma parte de la masa hereditaria y lo tendréis que cobrar vosotros y pasar por Hacienda. En los seguros se declara quien es el beneficiario en caso de muerte, entonces ahí con vuestra madre poco puede hacer.

En cuanto a cómo pasárselo a vuestra madre sin pasar por Hacienda... complicado de forma legal. Hay una cosa que podríais hacer, y es crear una cuenta con 3 titulares o bien vosotros 2 y vuestra madre de autorizada. Que ella tenga una tarjeta del banco y que lo use para lo que necesite. Cuando murió mi madre hace muchos años mi padre nos puso a mi hermano y a mi de titulares en todas las cuentas. En la que era de mi madre, que es donde se cobra la pensión de viudedad, tenemos acceso. Yo no la toco pero mi hermano en el pasado cuando no tenía trabajo, o bien cuando compra cosas para casa de mi padre, paga con esa tarjeta y no ha pasado nada. De hecho alguna vez por navidades mi padre nos ha regalado algo de dinero, entonces le dice a mi hermano que haga una transferencia de esa cuenta a las nuestras particulares. Cero problemas.

Quizás con vosotros de titulares y ella de autorizada puede ser interesante, porque cuando ella fallezca tampoco habrá problemas de herencia con ese dinero, al ser vosotros los titulares.
Salme92
ForoCoches: Miembro
#6
Yo lo metería en una cuenta en la que estuvierais los 3 pero que solo utilizase ella.
laur_brava
ROCOCOCHERO
#7
Muchas gracias a todos shures. Iré a consultar con un gestor o un abogado aver que me cuenta. Seguramente será a través de una donación o algo así que en madrid el impuesto a pagar es muy pequeño.
Dräger
ForoCoches: Miembro
#8
Cita de Fenomenon
¿Cuánto se paga a Hacienda si cobras la indemnización del seguro de vida?

Si cobras un seguro de vida tendrás que pagar una parte proporcional a Hacienda. La cantidad a pagar será proporcional y dependerá del estado en el que te encuentres. También variará si la cuantía del seguro es por incapacidad o por fallecimiento.

Los impuestos que debemos pagar al cobrar un seguro de vida no se cobran de forma automática, si no en el IRPF anual.




Te aconsejo la visita a un abogado para que te deje las cosas claras, es poquito dinero la consulta.
En resumen, si vais a tener que pagar impuestos y sera en el momento en que hagas la renta en 2024
Cita de Freest
No soy abogado aunque me suelen interesar estos temas.

Si cobráis el seguro pasáis por hacienda sí o sí, y después vuestra madre por la donación. Lo que tenéis que averiguar es la misma duda que planteas.


Preguntad a un experto si renunciando al seguro tú madre es la siguiente en el escalafón por ley. Los seguros de vida no forman parte de la masa hereditaria por lo que entiendo que aunque renunciaseis a cobrarlo podríais seguir teniendo derecho a vuestra herencia.
Cita de HectorMann
Si es un seguro creo que no forma parte de la masa hereditaria y lo tendréis que cobrar vosotros y pasar por Hacienda. En los seguros se declara quien es el beneficiario en caso de muerte, entonces ahí con vuestra madre poco puede hacer.

En cuanto a cómo pasárselo a vuestra madre sin pasar por Hacienda... complicado de forma legal. Hay una cosa que podríais hacer, y es crear una cuenta con 3 titulares o bien vosotros 2 y vuestra madre de autorizada. Que ella tenga una tarjeta del banco y que lo use para lo que necesite. Cuando murió mi madre hace muchos años mi padre nos puso a mi hermano y a mi de titulares en todas las cuentas. En la que era de mi madre, que es donde se cobra la pensión de viudedad, tenemos acceso. Yo no la toco pero mi hermano en el pasado cuando no tenía trabajo, o bien cuando compra cosas para casa de mi padre, paga con esa tarjeta y no ha pasado nada. De hecho alguna vez por navidades mi padre nos ha regalado algo de dinero, entonces le dice a mi hermano que haga una transferencia de esa cuenta a las nuestras particulares. Cero problemas.

Quizás con vosotros de titulares y ella de autorizada puede ser interesante, porque cuando ella fallezca tampoco habrá problemas de herencia con ese dinero, al ser vosotros los titulares.

Lo de los seguros no es así siempre, hay algún caso en el que el seguro de vida se incluye en la masa hereditaria y se liquida solo sucesiones.
Stevema53
ForoCoches: Miembro
#9
Cita de Salme92
Yo lo metería en una cuenta en la que estuvierais los 3 pero que solo utilizase ella.
Yo iba a proponer esta opción, hacéis una cuenta los hermanos aportando cada uno su mitad y ponéis a vuestra madre de autorizada. Se le emite una tarjeta de crédito y que vaya tirando de ahí para sus gastos. Para domiciliar recibos en la mayoría de sitios no piden certificado de titularidad de cuenta.

Cuantos menos impuestos paguéis, mejor.
Stroud
ForoCoches: Miembro
#10
¿Ha dejado testamento el fallecido? Si no es así, se produce una herencia intestada. Pedid el certificado de últimas voluntades. Ahí aparecerá la referencia al seguro de vida. Hay que ver lo que dice el seguro en la parte de beneficiarios.
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