Préstamo entre particulares. ¿Alguno lo ha hecho?
07-mar-2023 15:13
#1
|
Un familiar quiere prestarme dinero y queríamos buscar la forma más legal de hacerlo pero que sea lo menos costosa. En un principio habíamos pensado en una donación, que en Castilla y León apenas tiene coste, pero el problema es que yo tengo que devolverle el dinero e incurriríamos en otra donación, por lo que habría que pagar 2 veces. Por otro lado nos han hablado del préstamo entre particulares, mediante el cual el me presta un dinero al 0%, y yo se lo voy devolviendo con los plazos acordados, pero no tengo muy claro cómo funciona el asunto y los trámites a realizar. ¿alguno de vosotros lo ha hecho? ¿Me puede explicar cómo lo hizo? |
07-mar-2023 15:27
#2
|
Para no pagar lo mejor es, obviamente, prestamo entre particulares al 0% (si ambas partes está de acuerdo). Hay que hacer un documento con las cláusulas y presentarlo en Hacienda (creo que era el modelo 600 si no recuerdo mal). Tienes mucha información y modelos de contrato en internet. Una amiga lo tiene hecho con su padre para el pago de la casa (así no tuvieron que hacer hipoteca). AÑADO: este es un ejemplo de contrato https://www.supercontable.com/docume..._intereses.PDF |
07-mar-2023 15:45
#3
| Y tienes que demostrar que los pagos se realizan? Es simple curiosidad, porque sería una forma facil de donar dinero sin que pille hacienda |
07-mar-2023 15:56
#4
| Obviamente sí, pero como no te pueden reclamar más de los últimos 4 años, 5 para asegurarte mejor, pues ahí dejas de pagar y sabrás pascuas. Haces el préstamo sin interés y con una cuota muy baja que en esos años devuelvas una cuarta parte por ejemplo. |
07-mar-2023 16:12
#5
|
Que ocurre si por lo que sea con un contrato de estos no puedes seguir pagando los intereses mensuales vease porque te quedas sin ingresos? Supongo que eso este justificado de cara a Hacienda... |
07-mar-2023 16:15
#6
|
Un familiar quiere prestarme dinero y queríamos buscar la forma más legal de hacerlo pero que sea lo menos costosa.
En un principio habíamos pensado en una donación, que en Castilla y León apenas tiene coste, pero el problema es que yo tengo que devolverle el dinero e incurriríamos en otra donación, por lo que habría que pagar 2 veces. Por otro lado nos han hablado del préstamo entre particulares, mediante el cual el me presta un dinero al 0%, y yo se lo voy devolviendo con los plazos acordados, pero no tengo muy claro cómo funciona el asunto y los trámites a realizar. ¿alguno de vosotros lo ha hecho? ¿Me puede explicar cómo lo hizo? |
07-mar-2023 17:15
#7
|
Si formas hay, pero bueno |
07-mar-2023 21:38
#8
|
Contrato privado de préstamo entre particulares. Tienes un montón de modelos por internet. Una vez firmado, transferencia del importe. Y vas devolviendo el préstamo según se haya acordado en el contrato (ej: transferencia mensual). El que recibe el préstamo tiene que presentar el modelo 600 en Hacienda antes de un mes desde la firma, adjuntando copia del contrato. Coste de todo: 0€ |
07-mar-2023 21:59
#9
|
A ver... tengo un conocido que hizo algo así con sus padres. La "cuota" son 300 euros, la manda pro transferencia y los padres le dan el dinero en mano sacando del cajero. 10 años van a tener que estar haciendo eso, cuadno estando en Galicia podían hacer un pacto de mejora de herencia, pagar 350euros al notario y olvidarse de todo.
Si formas hay, pero bueno Bendito pais |
07-mar-2023 22:01
#10
| Y si lo piensas, bodas y comuniones son un "nido de corrupción" porque se mueven dineros de una lado para otros (o en especie) y no dicen nada... pero no es la primera vez que se plantan en una para inspeccionar. |
07-mar-2023 22:07
#11
|
Tanto en el caso mio o de mi hermana, ni uno ni el otro tuvimos que demostrar nada. Fue un préstamo sin intereses entre mis padres y nosotros (cada uno un préstamo) para ayudar a pagar la compra de viviendas. Al hacer la devolución se hizo otro escrito de su finalización con sus correspondientes copias de los ingresos. |
07-mar-2023 22:46
#12
| Shur, yo lo hice con mi madre. A nosotros nos lo hizo un gestor. Firmas un documento donde dices cuanti te dejaba como se lo devuelves , los números de cuentas, las personas con dni, etc. Luego tienes q presentar un documento en hacienda para q lo sepan |
07-mar-2023 22:53
#13
|
Tanto en el caso mio o de mi hermana, ni uno ni el otro tuvimos que demostrar nada. Fue un préstamo sin intereses entre mis padres y nosotros (cada uno un préstamo) para ayudar a pagar la compra de viviendas.
Al hacer la devolución se hizo otro escrito de su finalización con sus correspondientes copias de los ingresos. |
07-mar-2023 23:21
#14
|
Yo lo he hecho, haces un contrato, persona A con dni tal presta a persona B con dni tal la cantidad X al 0% TAE a devolver en X plazos mensuales en la cuenta XXXX. Pides cita previa en hacienda para rellenar el modelo correspondiente y te presentas allí con 3 copias del contrato firmada y ya esta. En caso de inspección con ese modelo que te dan rellenado en hacienda y el justificante de lo que lleves devuelto esta todo correcto. |
08-mar-2023 00:56
#15
| Yo lo hice y me quité de problemas. Lo hice con una gestoría y me evité hasta ir a hacienda ya que me lo gestionaron ellos. |
08-mar-2023 09:38
#16
|
No, se hizo el escrito de que se había cancelado la deuda con copias de las trasferencias por si acaso Hacienda hacia inspección, cosa que no ha sucedido. |
08-mar-2023 22:14
#18
|
Yo me mire varios ejemplos por internet de contratos e hice el contrato al 0% de intereses detallando como me habían dado el dinero (y puse una fotocopia de la trasferencia), como lo devolvería, etc. A continuación rellene el modelo 600 que te saldrá a 0€ pero es obligatorio y lo imprimí. Después con todo impreso fui al registro de la propiedad y lo deje para que me pusieran el sello y tuve que volver a la semana siguiente a buscarlo. Es todo gratuito. Tienes un mes para presentarlo desde la firma del contrato. También hay quien paga a una gestoría para que lo hagan en su nombre pero vamos te lo puedes ahorrar, es sencillo.
|
09-mar-2023 03:10
#19
| Entiendo que no cuela que el pago del préstamo se realizará mensualmente en metálico? |
09-mar-2023 11:09
#20
|
También tengo entendido que en los contratos puedes poner, realizar pagos mayores a los acordados a modo de amortización. |
09-mar-2023 11:17
#21
|
Que quieres decir...en vez de poner el préstamo a 10/15 años, mejor ponerlo a 5 años a devolver ?? Es que estoy en esa tesitura de hacer un préstamo familiar, porque por lo que tengo entendido mucha gente lo hace, pero de devolver...jeje na de naaa.
También tengo entendido que en los contratos puedes poner, realizar pagos mayores a los acordados a modo de amortización. |
09-mar-2023 11:19
#22
| Esas cosas deben ir por cuenta para demostrarlo, que luego te lo dé en metálico el que lo recibe es otra cosa. |
09-mar-2023 11:27
#23
|
Mas o menos estoy en la misma situación que tú, para préstamo económico y que mis padres dejen sus propiedades a herederos. Lo que yo tenía entendido es q hacienda te puede reclamar hasta los últimos 5 años, pero aún así si lo pones x ejem a 10, hacienda siempre te puede reclamar los últimos 5. |
09-mar-2023 11:34
#24
|
Como ya te han dicho, haces las trasferencias para dejar constancia de las devoluciones, luego que saque la pasta y te la de en mano. Luego no se te ocurra ingresarlo en tu cuenta. |
09-mar-2023 11:43
#25
|
Mas o menos estoy en la misma situación que tú, para préstamo económico y que mis padres dejen sus propiedades a herederos. Lo que yo tenía entendido es q hacienda te puede reclamar hasta los últimos 5 años, pero aún así si lo pones x ejem a 10, hacienda siempre te puede reclamar los últimos 5.
|
09-mar-2023 21:49
#26
| Contrato entre particulares, registro y luego devolución con transferencias a cuenta, por si viene Hacienda que vea que todo se ha devuelto. |
10-mar-2023 00:18
#27
|
Estás seguro de esto?? Si la devolución es por ejemplo a 20 años, con que pagues los 5 primeros años, ya luego no te va a poder pedir nada?? La verdad que lo dudo mucho porque es que entonces, todo el mundo se pasaría "grandes sumas" así, lo pones a 40 años, justificas la devolución de los 5 primeros años, y los siguientes 35 al bolsillo sin más...no sé, no creo que pueda ser como dices... A ver si alguien aporta luz. |
10-mar-2023 02:09
#28
|
Tanto en el caso mio o de mi hermana, ni uno ni el otro tuvimos que demostrar nada. Fue un préstamo sin intereses entre mis padres y nosotros (cada uno un préstamo) para ayudar a pagar la compra de viviendas.
Al hacer la devolución se hizo otro escrito de su finalización con sus correspondientes copias de los ingresos. |
10-mar-2023 11:00
#29
|
Estás seguro de esto?? Si la devolución es por ejemplo a 20 años, con que pagues los 5 primeros años, ya luego no te va a poder pedir nada??
La verdad que lo dudo mucho porque es que entonces, todo el mundo se pasaría "grandes sumas" así, lo pones a 40 años, justificas la devolución de los 5 primeros años, y los siguientes 35 al bolsillo sin más...no sé, no creo que pueda ser como dices... A ver si alguien aporta luz. Esto me suena mas...eso de que dejes de pagar a los 5 años, yo tampoco lo creo. El tema es principalmente cuando tienes una deuda de X años, hacienda sólo te puede reclamar los últimos 5 años, eso es lo que yo tengo entendido. Mi mujer lo hizo con sus padres y ella no pagaba nada, le dije que hiciera transferencias para q así constara, pq si le da a Hacienda por preguntar, la unica manera de justificarlo es por las transferencias, ya que no vas a estar firmando recibís... Al terminar la devolución tengo entendido que no pasa nada, si Hacienda pregunta, pues justificas con los recibos bancarios y listo, yo se de gente que hizo típico prestamo económico familiar (realizando documento Hacienda) sin hacer transeferencias, y Hacienda no pregunto nada, por lo menos en Asturias. |
10-mar-2023 11:13
#30
|
Esto me suena mas...eso de que dejes de pagar a los 5 años, yo tampoco lo creo. El tema es principalmente cuando tienes una deuda de X años, hacienda sólo te puede reclamar los últimos 5 años, eso es lo que yo tengo entendido. Mi mujer lo hizo con sus padres y ella no pagaba nada, le dije que hiciera transferencias para q así constara, pq si le da a Hacienda por preguntar, la unica manera de justificarlo es por las transferencias, ya que no vas a estar firmando recibís...
Al terminar la devolución tengo entendido que no pasa nada, si Hacienda pregunta, pues justificas con los recibos bancarios y listo, yo se de gente que hizo típico prestamo económico familiar (realizando documento Hacienda) sin hacer transeferencias, y Hacienda no pregunto nada, por lo menos en Asturias. Esto habría que mirarlo con un abogado y que lo confirme, también qué pasa con esa deuda si muere el prestamista, siendo el padre por ejemplo y el que se supone que tiene que pagar es el heredero. Además la deuda prescribe a los 5 años si el acreedor no ha reclamado el capital, mediante una carta o a través de notario, y el deudor no haya reconocido la deuda existente. Así que no creo que Hacienda reclamé después de 5 años si no se paga, como digo habría que informarse bien. |
Editado: 10-mar-2023 11:26 -