Compensacion de perdidas y ganancias patrimoniales

Manu
ForoCoches: Miembro
#1
Hola. He estado leyendo un poco por Google sobre este tema y no me queda claro del todo, asi que acudo a vuestra sabiduria.
¿Se pueden compensar perdidas por reembolsos de fondos de inversion con ganancias procedentes de la venta de un inmueble?

Gracias
Poletegui
ForoCoches: Miembro
#2
Si
perrito calien
ForoCoches: Miembro
#3
Ganancias y pérdidas patrimoniales sin importar el origen se compensan en su totalidad. Si de ahí resultan perdidas se pueden compensar hasta el 25% con rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses de depósitos).

Si después de compensar sigues con pérdidas tienes los 4 años fiscales siguientes para seguir compensando.
Manu
ForoCoches: Miembro
#4
Muchisimas gracias a ambos por las respuestas. Se trata de una venta de un inmueble heredado mediante donacion inter-vivos que he vendido recientemente. Supongo que en el IRPF tributara como incremento patrimonial por la diferencia de precio entre el importe de la donacion y el importe de la venta.
Como tengo un fondo de RF con un 8% de perdida, mi idea era rescatarlo ahora para compensar la ganancia patrimonial del inmueble, y no sabia si se podia hacer o no.

Saludos
G.Bravo
ForoCoches: Miembro
#5
Cita de Manu
Muchisimas gracias a ambos por las respuestas. Se trata de una venta de un inmueble heredado mediante donacion inter-vivos que he vendido recientemente. Supongo que en el IRPF tributara como incremento patrimonial por la diferencia de precio entre el importe de la donacion y el importe de la venta.
Como tengo un fondo de RF con un 8% de perdida, mi idea era rescatarlo ahora para compensar la ganancia patrimonial del inmueble, y no sabia si se podia hacer o no.

Saludos
Los compas te han dado buenos consejos. Mira también la fecha de compra, sobre todo si tiene muchos años, porque hay coeficientes de abatimiento que incluso pueden dejar exento el pago completamente.
La ley tributaria es inabarcable
Manu
ForoCoches: Miembro
#6
Cita de G.Bravo
Los compas te han dado buenos consejos. Mira también la fecha de compra, sobre todo si tiene muchos años, porque hay coeficientes de abatimiento que incluso pueden dejar exento el pago completamente.
La ley tributaria es inabarcable
Muchas gracias. La donacion se hizo en 2005, es un solar sin edificar en un pueblo y lo he vendido en 2022. Lo que ocurre es que en la donacion se declaro el minimo posible y ahora se ha vendido a precio de mercado, asi que la receta va a ser buena ante Hacienda. Por eso, estoy sopesando la posibilidad de rescatar el fondo de RF que llevo en perdidas y asi poder compensar algo en el IRPF.

Saludos
G.Bravo
ForoCoches: Miembro
#7
Cita de Manu
Muchas gracias. La donacion se hizo en 2005, es un solar sin edificar en un pueblo y lo he vendido en 2022. Lo que ocurre es que en la donacion se declaro el minimo posible y ahora se ha vendido a precio de mercado, asi que la receta va a ser buena ante Hacienda. Por eso, estoy sopesando la posibilidad de rescatar el fondo de RF que llevo en perdidas y asi poder compensar algo en el IRPF.

Saludos
Sí, es algo típico; declaramos lo mínimo posible en la compra y el vendedor tan feliz. Y cuando el comprador se transforma en vendedor o donante, el palo es brutal.

Por fechas diría que no entra, pero si lo quieres mirar por si te llevas un alegrón, busca por el "palabro" que te dije: coeficientes de abatimiento.
Manu
ForoCoches: Miembro
#8
Cita de G.Bravo
Sí, es algo típico; declaramos lo mínimo posible en la compra y el vendedor tan feliz. Y cuando el comprador se transforma en vendedor o donante, el palo es brutal.

Por fechas diría que no entra, pero si lo quieres mirar por si te llevas un alegrón, busca por el "palabro" que te dije: coeficientes de abatimiento.
Gracias por tu mensaje. Ya he dado orden de rescate del fondo de RF y a aflorar perdidas, que para ser RF son casi de doble digito (no me esperaba este comportamiento de la RF cuando inicie la cartera bogle). No se si volver a entrar mas adelante en otro fondo de RF, pq viendo el panorama, creo que aun tiene recorrido a la baja, pero nunca se sabe.

Lo de la donacion se hizo tan bajo pq como fue de mis padres a mi, y no teniamos pensado venderlo, pues ni ellos ni yo queríamos pagar mas por el impuesto de donaciones, asi que se hizo por el minimo legal.

Saludos
arbb
ForoCoches: Usuario
#9
Cita de perrito calien
Ganancias y pérdidas patrimoniales sin importar el origen se compensan en su totalidad. Si de ahí resultan perdidas se pueden compensar hasta el 25% con rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses de depósitos).

Si después de compensar sigues con pérdidas tienes los 4 años fiscales siguientes para seguir compensando.


CONSULTA:


las pérdidas patrimoniales de ejercicios anteriores (4años) se pueden compensar también con el 25% de rendimientos del capital mobiliario del presente ejercicio??


GRACIAS!!
jcesarsh
ForoCoches: VIP
#10
Cita de arbb
CONSULTA:


las pérdidas patrimoniales de ejercicios anteriores (4años) se pueden compensar también con el 25% de rendimientos del capital mobiliario del presente ejercicio??


GRACIAS!!
Si, tanto para las del ejercicio en curso como para saldos pendientes de ejercicios anteriores.
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