Compra vivienda - Posibles deducciones Renta 2021
22-mar-2022 12:24
#1
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Buenos días, A finales de 2021 compramos una primera vivienda y de cara a la renta de 2021 que comienza en un par de semanas tengo las siguientes dudas: - Es posible desgravar los gastos de inmobiliaria? El vendedor nos "colocó" pagar nosotros la comisión de la inmobiliaria descontándolo del precio de compra. Se que lo hizo para poder pseudodesgravarse él la cantidad, pero al reducirme unos cientos de € los impuestos al bajar el precio, y tener "claro" en aquel momento que podría deducirmelo en la renta, no me pareció del todo mal... ¿Puedo presentar la factura en la renta? Tenemos cada titular de la hipoteca una factura por el 50% del importe. - Lo mismo para los seguros asociados a la hipoteca (vivienda y vida) ¿Son desgravables en la renta? -Gastos de notaría, ¿Desgravables? - Algún gasto adicional desgravable que no tenga en el radar? Para ambos casos veo que para hipotecas pre 2013 sí es posible, pero no encuentro nada que confirme claramente si es posible hacerlo con una hipoteca de 2021. Invoco al foro, ya que este año es el primer año que la renta se sale de lo habitual y la verdad que no tengo ni idea de como tendría que hacer en el caso de que pueda desgravar algo de lo anteriormente comentado. En caso afirmativo, ¿desgravaríamos cada titular un 50% del importe? ¿Mejor que se lo desgrave solo uno de los titulares? MUCHAS GRACIAS!!! |
22-mar-2022 17:10
#4
| Depende tu comunidad autónoma pero lo normal es que no se pueda desgravar nada de lo que comentas. A nivel nacional solo hipotecas firmadas antes de 2013 como has dicho. |
22-mar-2022 17:11
#5
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Es justo lo que comentas, veo que para hipotecas previas a 2013 todo eso es desgravable, pero no encuentro ningún lugar donde digan claramente si para las posteriores es o no posible. |
23-mar-2022 20:54
#11
| Me sumo a la pregunta. Andalucía. He visto que existe una deducción por vivienda habitual a menores de 35 años, pero necesito informarme mejor. |
23-mar-2022 21:05
#12
| Deduccion por adquisicion de vivienda habitual (la estatal) no existe hace mucho y solo se mantiene para los que compraron antes de 2013 |
03-may-2023 21:45
#15
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Hola Shurs, aprovecho para resubir este hilo porque el año pasado compré mi vivienda habitual y me puedo desgravar según la hacienda valenciana, pero tengo la duda de si la cantidad a desgravar es todo el importe de la compra, pongamos 100k (que es lo que he pagado al vendedor), o lo pagado al banco de hipoteca y entrada del piso. En concreto lo que dice la agencia Tributaria es que "La cuantía de la deducción es el 5% de las cantidades satisfechas durante el período impositivo para la primera adquisición de su vivienda habitual por contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años, con excepción de la parte de dichas cantidades que correspondan a intereses." Yo diría que es el importe de la compra (el importe satisfecho) y que sólo se puede deducir una vez (el año de la compra), pero tengo un amigo que mete lo pagado de hipoteca todos los años. Por mucho que busco, en ningún sitio está bien explicado cuál es el "importe satisfecho". Cuál es vuestra experiencia, aunque sea en otras autonomías? Gracias de antebrazo. |
04-may-2023 00:03
#16
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Hola Shurs, aprovecho para resubir este hilo porque el año pasado compré mi vivienda habitual y me puedo desgravar según la hacienda valenciana, pero tengo la duda de si la cantidad a desgravar es todo el importe de la compra, pongamos 100k (que es lo que he pagado al vendedor), o lo pagado al banco de hipoteca y entrada del piso.
En concreto lo que dice la agencia Tributaria es que "La cuantía de la deducción es el 5% de las cantidades satisfechas durante el período impositivo para la primera adquisición de su vivienda habitual por contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años, con excepción de la parte de dichas cantidades que correspondan a intereses." Yo diría que es el importe de la compra (el importe satisfecho) y que sólo se puede deducir una vez (el año de la compra), pero tengo un amigo que mete lo pagado de hipoteca todos los años. Por mucho que busco, en ningún sitio está bien explicado cuál es el "importe satisfecho". Cuál es vuestra experiencia, aunque sea en otras autonomías? Gracias de antebrazo. yo entiendo por importe satisfecho la suma de los pagos realizados durante el año 2022, exceptuando los intereses. Sería el capital amortizado + los gastos derivados de la firma? (De esto último no estoy seguro) Diría que la manera correcta de hacerlo es la que comentas de tu amigo, pero el mejor consejo que puedo darte es que lo mires con un asesor para estar seguro al 100%. |
06-may-2023 11:33
#18
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Yo estoy en la misma situacion, la deduccion en andalucia es para una vivienda de vpo y que sea menor de 35 años. Yo cumplo ambas condiciones pero la vivienda la compré en 2017 y no sabia nada de este tipo de deduccion hasta este año. Entonces llame a hacienda en Andalucia y me dijeron que si me podía deducir y que el importe satisfecho es lo que pagaste en 2022. Pero estoy igual no estoy convencido si alguien lo sabe que nos informe. Gracias. |