Gente con experiencia en seguros impagos piso

PetShop
ForoCoches: Miembro
#1
He visto varios hilos que recomiendas algunos seguros, pero me gustaría saber de gente que ha tenido la desgracias y pueda recomendar según su experiencia.

gracias
SinProblema
www.SegurosEnMostoles.com
#2
Cita de PetShop
He visto varios hilos que recomiendas algunos seguros, pero me gustaría saber de gente que ha tenido la desgracias y pueda recomendar según su experiencia.

gracias
Yo tengo bastante experiencia, pero claro, la mayoría de las veces es de otros, porque nos dedicamos a hacer ese tipo de pólizas...

Pregunta lo que quieras, es un tema complejo, porque hay diferentes formas de hacerlo y por tanto diferentes precios. Y claro, distintos resultados.
HectorMann
*ba dum tsss*
#3
Cita de SinProblema
Yo tengo bastante experiencia, pero claro, la mayoría de las veces es de otros, porque nos dedicamos a hacer ese tipo de pólizas...

Pregunta lo que quieras, es un tema complejo, porque hay diferentes formas de hacerlo y por tanto diferentes precios. Y claro, distintos resultados.
Pues empiezo yo, si no te importa.. las que yo más he escuchado son ARAG, DAS y SAEG (pero si sabes más y puedes dar datos, adelante). Preguntas

- Qué documentos / datos hay que pedir para evaluar a un inquilino
- Qué pasa con la protección de datos en base a eso
- Qué requisitos tienen que cumplir en base al preco
- Cuánto se tarda en responder
- Que clausulas hay que hay q tener en cuenta (cambio de situación de trabajo de inquilnos, cosas que no se cubren, situaciones especiales?

Ahora mismo por lo que siempre había oido (que me corrija el que lo sepa mejor) es que había unas empresa que te pedían unos "mínimos" y otras que era más del estilo "depende de al que traigas y su perfil de riesgo, pagas más o menos".

Gracias
teradata
ForoCoches: Miembro
#4
Interesa
REUSENC
ForoCoches: Miembro
#5
Pillo sitio, à finales de mes se me va la inquilina y tendré que poner el piso de nuevo en el mercado
Escape_Pod
ĦĦĦĦĦĦĦĦĦĦĦĦĦĦĦ
#6
Cita de HectorMann
Pues empiezo yo, si no te importa.. las que yo más he escuchado son ARAG, DAS y SAEG (pero si sabes más y puedes dar datos, adelante). Preguntas

- Qué documentos / datos hay que pedir para evaluar a un inquilino
- Qué pasa con la protección de datos en base a eso
- Qué requisitos tienen que cumplir en base al preco
- Cuánto se tarda en responder
- Que clausulas hay que hay q tener en cuenta (cambio de situación de trabajo de inquilnos, cosas que no se cubren, situaciones especiales?

Ahora mismo por lo que siempre había oido (que me corrija el que lo sepa mejor) es que había unas empresa que te pedían unos "mínimos" y otras que era más del estilo "depende de al que traigas y su perfil de riesgo, pagas más o menos".

Gracias

Por si no contesta otro, te diré lo que hago yo:

No suelo contratar seguros de impago. Alguna vez lo he hecho y la verdad es que me parecían carísimos para lo que ofrecen. No se ahora cómo estará la cosa. Me quedo por aquí a ver qué se cuenta al respecto.

Siempre pido contrato de trabajo y dos nóminas. Hay gente que me responde con un: "y para q quieres saber eso? jajajaj" y esos ya son candidatos para el descarte. Los que se niegan a facilitar esos documentos son descartados sin más.

La nómina debe ser como mínimo el triple de la renta. Si no llega a esa cifra pero van a vivir dos personas en el piso, pido las nóminas y contrato de trabajo de la otra persona y el contrato de alquiler se hace a nombre de los dos.

Siempre exijo aval o avalista. Siempre.
Lo normal es que presenten avalista porque es más sencillo y sale gratis, pero ojocuidao porque en la mayoría de las ocasiones presentan a su padre/madre jubilado y con esto de la subida del SMI hay pocos jubilados que cobren más que el SMI y cualquier retribución inferior al SMI es inembargable.
Importante especificar bien las responsabilidades del avalista en el contrato, sobre todo su caracter de fiador solidario indefinido y su renuncia expresa a los beneficios de orden y excusión.
PocoMeParece
¿Cuanto es?
#7
Algunos bancos parece que hacen avales para que sus clientes puedan alquilar piso:

https://www.google.com/search?q=aval+bancario+alquiler
HectorMann
*ba dum tsss*
#8
Cita de Escape_Pod
Por si no contesta otro, te diré lo que hago yo:

No suelo contratar seguros de impago. Alguna vez lo he hecho y la verdad es que me parecían carísimos para lo que ofrecen. No se ahora cómo estará la cosa. Me quedo por aquí a ver qué se cuenta al respecto.

Siempre pido contrato de trabajo y dos nóminas. Hay gente que me responde con un: "y para q quieres saber eso? jajajaj" y esos ya son candidatos para el descarte. Los que se niegan a facilitar esos documentos son descartados sin más.

La nómina debe ser como mínimo el triple de la renta. Si no llega a esa cifra pero van a vivir dos personas en el piso, pido las nóminas y contrato de trabajo de la otra persona y el contrato de alquiler se hace a nombre de los dos.

Siempre exijo aval o avalista. Siempre.
Lo normal es que presenten avalista porque es más sencillo y sale gratis, pero ojocuidao porque en la mayoría de las ocasiones presentan a su padre/madre jubilado y con esto de la subida del SMI hay pocos jubilados que cobren más que el SMI y cualquier retribución inferior al SMI es inembargable.
Importante especificar bien las responsabilidades del avalista en el contrato, sobre todo su caracter de fiador solidario indefinido y su renuncia expresa a los beneficios de orden y excusión.
Mil agracias por tu experiencia, shur. Esto acabando la reforma y tengo la experiencia previa de 25 años de una casa de mi padre (todo bien salvo 1,5 con la última inquilina) y todas las veces que mi tía alquiló el piso a estudiantes, y tras 20 años, los últimos se los jodieron bien.
SinProblema
www.SegurosEnMostoles.com
#9
Cita de HectorMann
Pues empiezo yo, si no te importa.. las que yo más he escuchado son ARAG, DAS y SAEG (pero si sabes más y puedes dar datos, adelante). Preguntas

- Qué documentos / datos hay que pedir para evaluar a un inquilino
- Qué pasa con la protección de datos en base a eso
- Qué requisitos tienen que cumplir en base al preco
- Cuánto se tarda en responder
- Que clausulas hay que hay q tener en cuenta (cambio de situación de trabajo de inquilnos, cosas que no se cubren, situaciones especiales?

Ahora mismo por lo que siempre había oido (que me corrija el que lo sepa mejor) es que había unas empresa que te pedían unos "mínimos" y otras que era más del estilo "depende de al que traigas y su perfil de riesgo, pagas más o menos".

Gracias
Nosotros trabajamos con Arag, que son los "precursores" del producto, y ahora explicaré por qué que resuelve alguna de tus dudas. Das es otra aseguradora de prestigio. Lo otro es un invento, parece una aseguradora, pero no lo es, puede que aseguren por detrás. Pero para que contratar algo que no está claro cuando puedes hacerlo bien.

No todas las aseguradoras evalúan por adelantado, y es muy importante que lo hagan, porque demostrar dentro de 5 años tu, que el tipo estaba dentro de los límites que dice la aseguradora, puede ser dramático...mejor que lo haga la aseguradora por adelantado.

Y la otra diferencia entre compañías es como paga. Te encontrarás alguna, las baratas, que solo pagan cuando el proceso judicial acabe. Lo interesante es que adelanten la indemnización mientras se está produciendo el impago.

-Los documentos, pueden variar entre aseguradoras, con arag, solo necesitamos las 3 últimas nóminas.
-Por supuesto, antes de procesar ninguna información, el tomador (propietario) y los inquilinos firman la solicitud de contrato, con las clausulas lopd...
-Los requisitos son variables, pero básicamente lo que se mira es el riesgo financiero. A través de los distintos ficheros de "morosos", y se hace la comprobación de que la renta no supere (aprox) el 40% de los ingresos de los inquilinos.
-Nosotros estamos autorizados para hacer la comprobación, y decirlo en el momento que recibimos la info, pero por estructura, nos es más cómodo enviarlo a la aseguradora y que lo hagan ellos, la media son 24h, pero hay veces que contestan en el momento, o a las 48h, este es el límite.
-No hay que tener en cuenta nada más. Notificar cuanto antes el impago, que en nuestra experiencia, es muy importante.

Yo no conozco que te cobren en función del perfil de riesgo. La tarifa es una, y entras dentro o no.

El precio de una póliza en condiciones, alrededor del año de renta asegurada, con valoración de la compañía y cobro mientras se produce el impago es poco más de media mensualidad al año. Aunque es previsible que los precios repunten en los próximos trimestres, en cuanto la siniestralidad se prevea que se va a disparar...
REUSENC
ForoCoches: Miembro
#10
Cita de SinProblema
Nosotros trabajamos con Arag, que son los "precursores" del producto, y ahora explicaré por qué que resuelve alguna de tus dudas. Das es otra aseguradora de prestigio. Lo otro es un invento, parece una aseguradora, pero no lo es, puede que aseguren por detrás. Pero para que contratar algo que no está claro cuando puedes hacerlo bien.

No todas las aseguradoras evalúan por adelantado, y es muy importante que lo hagan, porque demostrar dentro de 5 años tu, que el tipo estaba dentro de los límites que dice la aseguradora, puede ser dramático...mejor que lo haga la aseguradora por adelantado.

Y la otra diferencia entre compañías es como paga. Te encontrarás alguna, las baratas, que solo pagan cuando el proceso judicial acabe. Lo interesante es que adelanten la indemnización mientras se está produciendo el impago.

-Los documentos, pueden variar entre aseguradoras, con arag, solo necesitamos las 3 últimas nóminas.
-Por supuesto, antes de procesar ninguna información, el tomador (propietario) y los inquilinos firman la solicitud de contrato, con las clausulas lopd...
-Los requisitos son variables, pero básicamente lo que se mira es el riesgo financiero. A través de los distintos ficheros de "morosos", y se hace la comprobación de que la renta no supere (aprox) el 40% de los ingresos de los inquilinos.
-Nosotros estamos autorizados para hacer la comprobación, y decirlo en el momento que recibimos la info, pero por estructura, nos es más cómodo enviarlo a la aseguradora y que lo hagan ellos, la media son 24h, pero hay veces que contestan en el momento, o a las 48h, este es el límite.
-No hay que tener en cuenta nada más. Notificar cuanto antes el impago, que en nuestra experiencia, es muy importante.

Yo no conozco que te cobren en función del perfil de riesgo. La tarifa es una, y entras dentro o no.

El precio de una póliza en condiciones, alrededor del año de renta asegurada, con valoración de la compañía y cobro mientras se produce el impago es poco más de media mensualidad al año. Aunque es previsible que los precios repunten en los próximos trimestres, en cuanto la siniestralidad se prevea que se va a disparar...
Muy interesante, yo alquilo como particular, y lo que he hecho hasta ahora es una vez escogido el inquilino quedamos un día para firmar el contrato y ya le doy las llaves del piso.

Como se haría con el seguro? dices que primero se firma el contrato? Es decir una vez escojo inquilino quedo con el para firmar contrato, este contrato lo envío a la aseguradora y en 24-48h tengo una respuesta, si es que si quedo con el inquilino para dar las llaves. Pero y si la aseguradora me dice que no? Yo tengo un contrato firmado... Lo puedo romper?


Gracias de antemano
SinProblema
www.SegurosEnMostoles.com
#11
Cita de REUSENC
Muy interesante, yo alquilo como particular, y lo que he hecho hasta ahora es una vez escogido el inquilino quedamos un día para firmar el contrato y ya le doy las llaves del piso.

Como se haría con el seguro? dices que primero se firma el contrato? Es decir una vez escojo inquilino quedo con el para firmar contrato, este contrato lo envío a la aseguradora y en 24-48h tengo una respuesta, si es que si quedo con el inquilino para dar las llaves. Pero y si la aseguradora me dice que no? Yo tengo un contrato firmado... Lo puedo romper?


Gracias de antemano
1º No te recomiendo trabajar directamente con la aseguradora. Usa un profesional (como nosotros), porque te cuesta la mismo, y tienes a alguien de tu parte organizando. No solo en la contratación. A la hora de tener problemas con el inquilino, es importante dar los pasos de la mano de alguien que los ha dado unas pocas veces...

2º Cuando yo he dicho "solicitud de contrato", me refiero al contrato de seguro. Me gusta llamar "contrato" a las 'pólizas' porque es lo que son. Puedes firmar un contrato con una clausula que deje su efectividad a la aceptación de la poliza de seguro por parte de la compañía. O puedes presentar la documentación sin haber firmado el contrato de alquiler. Eso sí, la solicitud de contrato de seguro sí hay que cumplimentarla.

3º Actualmente hay fórmulas para firmar un contrato sin tener que verse . Nosotros gestionamos pólizas en toda España sin dificultad. Algunas hicimos con impresora, firma, escáner, impresora, firma.... Dónde la compañía va a ser muy exigente es con el contrato de arrendamiento, porque si hay que ir al desahucio es imprescindible que esté perfecto.

4º Después de que la compañía acepta el riesgo en esas 24h, de media, ya puedes quedar para firmar el contrato de arrendamiento, y remitirlo a la aseguradora.
Darkk
ForoCoches: Miembro
#12
Cita de SinProblema
Yo tengo bastante experiencia, pero claro, la mayoría de las veces es de otros, porque nos dedicamos a hacer ese tipo de pólizas...

Pregunta lo que quieras, es un tema complejo, porque hay diferentes formas de hacerlo y por tanto diferentes precios. Y claro, distintos resultados.
Es fácil cambiar de compañía? Lo tengo en DAS y este año se han pasado con la subida.
PetShop
ForoCoches: Miembro
#13
Cita de SinProblema
1º No te recomiendo trabajar directamente con la aseguradora. Usa un profesional (como nosotros), porque te cuesta la mismo, y tienes a alguien de tu parte organizando. No solo en la contratación. A la hora de tener problemas con el inquilino, es importante dar los pasos de la mano de alguien que los ha dado unas pocas veces...

2º Cuando yo he dicho "solicitud de contrato", me refiero al contrato de seguro. Me gusta llamar "contrato" a las 'pólizas' porque es lo que son. Puedes firmar un contrato con una clausula que deje su efectividad a la aceptación de la poliza de seguro por parte de la compañía. O puedes presentar la documentación sin haber firmado el contrato de alquiler. Eso sí, la solicitud de contrato de seguro sí hay que cumplimentarla.

3º Actualmente hay fórmulas para firmar un contrato sin tener que verse . Nosotros gestionamos pólizas en toda España sin dificultad. Algunas hicimos con impresora, firma, escáner, impresora, firma.... Dónde la compañía va a ser muy exigente es con el contrato de arrendamiento, porque si hay que ir al desahucio es imprescindible que esté perfecto.

4º Después de que la compañía acepta el riesgo en esas 24h, de media, ya puedes quedar para firmar el contrato de arrendamiento, y remitirlo a la aseguradora.
excelentes explicaciones, me puedes pasar tu contacto por MP ?

gracias
SinProblema
www.SegurosEnMostoles.com
#14
Cita de Darkk
Es fácil cambiar de compañía? Lo tengo en DAS y este año se han pasado con la subida.
No. No es fácil. Porque el inquilino debería colaborar.
Si yo fuera inquilino con contrato en vigor, para que voy a presentarte otra vez mis nóminas, etc... Es más, lo que da que pensar es que hay un problema con el seguro, y mejor que sigas sin el. Porque un seguro de este estilo es una losa encima del inquilino, saben que se les va a reclamar todo...

Así, que mi recomendación es dejar la póliza dónde está
SinProblema
www.SegurosEnMostoles.com
#15
Cita de PetShop
excelentes explicaciones, me puedes pasar tu contacto por MP ?

gracias
Lo mejor es el que tengo en la firma, la manera más fácil de contacto, y para nosotros gestionar, es whatsapp que es rápido, solo tienes que pinchar aquí y enviarnos el mensaje. Hay un mensaje de bienvenida pero después lo atendemos Angel o yo
Darkk
ForoCoches: Miembro
#16
Cita de SinProblema
No. No es fácil. Porque el inquilino debería colaborar.
Si yo fuera inquilino con contrato en vigor, para que voy a presentarte otra vez mis nóminas, etc... Es más, lo que da que pensar es que hay un problema con el seguro, y mejor que sigas sin el. Porque un seguro de este estilo es una losa encima del inquilino, saben que se les va a reclamar todo...

Así, que mi recomendación es dejar la póliza dónde está
Gracias por tu ayuda.
NA5HO
ForoCoches: Miembro
#17
Cita de SinProblema
Lo mejor es el que tengo en la firma, la manera más fácil de contacto, y para nosotros gestionar, es whatsapp que es rápido, solo tienes que pinchar aquí y enviarnos el mensaje. Hay un mensaje de bienvenida pero después lo atendemos Angel o yo
Vosotros hacéis la selección del inquilino o simplemente el seguro?. Gracias
SinProblema
www.SegurosEnMostoles.com
#18
Cita de NA5HO
Vosotros hacéis la selección del inquilino o simplemente el seguro?. Gracias
Yo, me dedico a gestionar riesgos, solo a asegurarlos.

Me veo incapaz de hacer dos cosas a la vez. Buscar clientes para mi, y para mis clientes creo que es una locura, y un sin sentido.

El inquilino que lo busque la inmobiliaria. Quizá sea rarita, pero yo no compro pan en la gasolinera. En un sitio la gasolina y en otro el pan. ¿Lo venden junto? sí... pero, si lo piensas despacio, es igual de raro que quién te asegura te busque un inquilino.
Mom
Usuaria premium
#19
Cita de Escape_Pod
Por si no contesta otro, te diré lo que hago yo:

No suelo contratar seguros de impago. Alguna vez lo he hecho y la verdad es que me parecían carísimos para lo que ofrecen. No se ahora cómo estará la cosa. Me quedo por aquí a ver qué se cuenta al respecto.

Siempre pido contrato de trabajo y dos nóminas. Hay gente que me responde con un: "y para q quieres saber eso? jajajaj" y esos ya son candidatos para el descarte. Los que se niegan a facilitar esos documentos son descartados sin más.

La nómina debe ser como mínimo el triple de la renta. Si no llega a esa cifra pero van a vivir dos personas en el piso, pido las nóminas y contrato de trabajo de la otra persona y el contrato de alquiler se hace a nombre de los dos.

Siempre exijo aval o avalista. Siempre.
Lo normal es que presenten avalista porque es más sencillo y sale gratis, pero ojocuidao porque en la mayoría de las ocasiones presentan a su padre/madre jubilado y con esto de la subida del SMI hay pocos jubilados que cobren más que el SMI y cualquier retribución inferior al SMI es inembargable.
Importante especificar bien las responsabilidades del avalista en el contrato, sobre todo su caracter de fiador solidario indefinido y su renuncia expresa a los beneficios de orden y excusión.
Muy buen método. Me anoto los matices del aval.

Cita de SinProblema
Nosotros trabajamos con Arag, que son los "precursores" del producto, y ahora explicaré por qué que resuelve alguna de tus dudas. Das es otra aseguradora de prestigio. Lo otro es un invento, parece una aseguradora, pero no lo es, puede que aseguren por detrás. Pero para que contratar algo que no está claro cuando puedes hacerlo bien.

No todas las aseguradoras evalúan por adelantado, y es muy importante que lo hagan, porque demostrar dentro de 5 años tu, que el tipo estaba dentro de los límites que dice la aseguradora, puede ser dramático...mejor que lo haga la aseguradora por adelantado.

Y la otra diferencia entre compañías es como paga. Te encontrarás alguna, las baratas, que solo pagan cuando el proceso judicial acabe. Lo interesante es que adelanten la indemnización mientras se está produciendo el impago.

-Los documentos, pueden variar entre aseguradoras, con arag, solo necesitamos las 3 últimas nóminas.
-Por supuesto, antes de procesar ninguna información, el tomador (propietario) y los inquilinos firman la solicitud de contrato, con las clausulas lopd...
-Los requisitos son variables, pero básicamente lo que se mira es el riesgo financiero. A través de los distintos ficheros de "morosos", y se hace la comprobación de que la renta no supere (aprox) el 40% de los ingresos de los inquilinos.
-Nosotros estamos autorizados para hacer la comprobación, y decirlo en el momento que recibimos la info, pero por estructura, nos es más cómodo enviarlo a la aseguradora y que lo hagan ellos, la media son 24h, pero hay veces que contestan en el momento, o a las 48h, este es el límite.
-No hay que tener en cuenta nada más. Notificar cuanto antes el impago, que en nuestra experiencia, es muy importante.

Yo no conozco que te cobren en función del perfil de riesgo. La tarifa es una, y entras dentro o no.

El precio de una póliza en condiciones, alrededor del año de renta asegurada, con valoración de la compañía y cobro mientras se produce el impago es poco más de media mensualidad al año. Aunque es previsible que los precios repunten en los próximos trimestres, en cuanto la siniestralidad se prevea que se va a disparar...
Hola, entiendo que eres intermediaria. En los contratos de Arag he visto que excluyen los alquileres inferiores a un año. Sabes si son asegurables los contratos de alquiler de habitación? Y en ese caso, si ponen el mínimo general de prima (creo que unos 196).
Xanaz
Tecnico de Segurdad
#20
Gracias, interesante información
SinProblema
www.SegurosEnMostoles.com
#21
Cita de Mom
Muy buen método. Me anoto los matices del aval.



Hola, entiendo que eres intermediaria. En los contratos de Arag he visto que excluyen los alquileres inferiores a un año. Sabes si son asegurables los contratos de alquiler de habitación? Y en ese caso, si ponen el mínimo general de prima (creo que unos 196).
Somos agentes de seguros, trabajamos con Arag y otras diez aseguradoras.

No tiene sentido un seguro de este estilo para una habitación porque no se te puede hacer fuerte en sus 15m2. Tiene que salir, así que el 80% del seguro que va enfocado a sacar al tipo de la vivienda, con una habitación es un sinsentido. Y la deuda que puede dejar es mínima. No se hacen.

Como apuntas con las primas mínimas que tiene cualquier póliza de seguro, además, es antieconómico.

Lo del aval es una solución que se usa incluso para que un inquilino pueda ser viable para la aseguradora. Tener un aval, o 10, puede no te evitar el gasto judicial de reclamación... es más, si hay varios, yo no pagaría, que pague el otro. Tendrás gastos judiciales...

La otra solución al seguro es el aval bancario, que sabes que lo puedes ejecutar con más facilidad. Que tiene coste para el inquilino, y no se como estará ese mercado ahora mismo, pero no será fácil de conseguir.
NA5HO
ForoCoches: Miembro
#22
Cita de SinProblema
Yo, me dedico a gestionar riesgos, solo a asegurarlos.

Me veo incapaz de hacer dos cosas a la vez. Buscar clientes para mi, y para mis clientes creo que es una locura, y un sin sentido.

El inquilino que lo busque la inmobiliaria. Quizá sea rarita, pero yo no compro pan en la gasolinera. En un sitio la gasolina y en otro el pan. ¿Lo venden junto? sí... pero, si lo piensas despacio, es igual de raro que quién te asegura te busque un inquilino.
Gracias por responder. Perdón, que me expliqué mal. Me refería en cuanto a ver si la documentación que te presenta el inquilin@ es veraz, según vas preguntando van aumentando los casos de personas que presentan las nóminas y el contrato falso para acceder al alquiler. Estando bien asegurado supongo que no importa tanto que esa documentación pudiera ser falsa, ¿no?.

En vuestro caso, vosotr@s hacéis el seguro del inmueble alquilado y luego hay que buscar una inmobiliaria para realizar el contrato de alquiler, ¿es así?.

Te pregunto porque todavía no he alquilado, pero si cambio de residencia pasaría a alguilar la vivienda donde vivo en la actualidad. Cualquier ayuda para estas gestiones, son bienvenidas y agradecidas.

Gracias de nuevo

Saludos
SinProblema
www.SegurosEnMostoles.com
#23
Cita de NA5HO
Gracias por responder. Perdón, que me expliqué mal. Me refería en cuanto a ver si la documentación que te presenta el inquilin@ es veraz, según vas preguntando van aumentando los casos de personas que presentan las nóminas y el contrato falso para acceder al alquiler. Estando bien asegurado supongo que no importa tanto que esa documentación pudiera ser falsa, ¿no?.

En vuestro caso, vosotr@s hacéis el seguro del inmueble alquilado y luego hay que buscar una inmobiliaria para realizar el contrato de alquiler, ¿es así?.

Te pregunto porque todavía no he alquilado, pero si cambio de residencia pasaría a alguilar la vivienda donde vivo en la actualidad. Cualquier ayuda para estas gestiones, son bienvenidas y agradecidas.

Gracias de nuevo

Saludos
Sí, yo tengo autorización de la aseguradora para hacer ese control, pero en el día a día, como son rápidos acabamos pasando la documentación a la aseguradora y que hagan ellos la comprobación.

Documentación falsa, bueno... si engaña a la compañía al impago se le incrementara un delito de fraude, este sí puede llevar penas de cárcel. Así que cuidado con colaborar tu en ese lío por tener el piso alquilado.

Hoy se puede comprobar casi todo, si en un momento la documentación falsa supone un problema, las compañías pondrán remedio. Añaden un control más o dos, y el coste se añade también a las pólizas.

Nosotros hacemos el seguro cuando tengas inquilino. En 24 horas, te decimos si es apto, si no lo es la póliza no se hace y buscas otro, y volvemos a hacer otra solicitud de póliza.

En la práctica es más sencillo, pero explicar todos los detalles por escrito a veces es complejo.
silvestres
ForoCoches: Miembro
#24
Cita de SinProblema
Sí, yo tengo autorización de la aseguradora para hacer ese control, pero en el día a día, como son rápidos acabamos pasando la documentación a la aseguradora y que hagan ellos la comprobación.

Documentación falsa, bueno... si engaña a la compañía al impago se le incrementara un delito de fraude, este sí puede llevar penas de cárcel. Así que cuidado con colaborar tu en ese lío por tener el piso alquilado.

Hoy se puede comprobar casi todo, si en un momento la documentación falsa supone un problema, las compañías pondrán remedio. Añaden un control más o dos, y el coste se añade también a las pólizas.

Nosotros hacemos el seguro cuando tengas inquilino. En 24 horas, te decimos si es apto, si no lo es la póliza no se hace y buscas otro, y volvemos a hacer otra solicitud de póliza.

En la práctica es más sencillo, pero explicar todos los detalles por escrito a veces es complejo.
Hola.

Veo que la SEAG no está supervisada por la Dirección General de Seguros, porque no es una cía de seguros sino de "servicios jurídicos". En tu opinión, ¿ves algún problema que pudirse surgir por esa circunstancia?. Para empezar, pedí información y el documento que me enviaron para que un inquilino autorice a que se le pueda indagar su solvencia, no hace mención a empresa o compañía alguna, lo cual me ha llamado la atención y no positivamente.

Trabajas con https://mutuadepropietarios.es/ ?
Prokarting
ForoCoches: Miembro
#25
Cita de silvestres
Hola.

Veo que la SEAG no está supervisada por la Dirección General de Seguros, porque no es una cía de seguros sino de "servicios jurídicos". En tu opinión, ¿ves algún problema que pudirse surgir por esa circunstancia?. Para empezar, pedí información y el documento que me enviaron para que un inquilino autorice a que se le pueda indagar su solvencia, no hace mención a empresa o compañía alguna, lo cual me ha llamado la atención y no positivamente.

Trabajas con https://mutuadepropietarios.es/ ?
De Seag no se si serán una buena opción, pero en algún webinar que me he apuntado coincidía que muchos propietarios tenían su propiedad alquilada con Seag. Pregunté y nadie quiso contar nada sobre Seag

Espero que aquí alguien nos pueda ilustrar más sobre ella
triple998
ForoCoches: Miembro
#26
Gracias por tu explicación. Yo también me estoy irme a vivir a una casita de pueblo y alquilar el piso donde vivo y se me presentan muchas dudas para protegerme de tanta gentuza como tenemos en la urbe.

¿Hay que disponer de 2 seguros?, ¿uno para la protección del impago y otro seguro de hogar por si moja al vecino de abajo, incendio y robo?.

Para los suministros del gas, luz y agua, ¿es mejor que el inquilino los ponga a su nombre por si deja de pagarlos?. El del banco me decía el otro día al preguntarle si sabía de los suministros en los inquilinos, me aseguró que si el inquilino no los paga a ti tampoco te van a dar servicio con un nuevo inquilino en esa dirección mientras no esté pagada la deuda. Me decía que es una manera de protegerse las compañías de luz, gas y agua. ¿Sabéis si esto es así?. Me dejó preocupado con esto.

No sé si podéis dar consejos de cómo afrontar el proceso de alquilar un pequeño piso y estar lo mejor protegido que se pueda, hasta dónde se puede llegar.

Se agradecen todas las aportaciones.




Cita de SinProblema
Nosotros trabajamos con Arag, que son los "precursores" del producto, y ahora explicaré por qué que resuelve alguna de tus dudas. Das es otra aseguradora de prestigio. Lo otro es un invento, parece una aseguradora, pero no lo es, puede que aseguren por detrás. Pero para que contratar algo que no está claro cuando puedes hacerlo bien.

No todas las aseguradoras evalúan por adelantado, y es muy importante que lo hagan, porque demostrar dentro de 5 años tu, que el tipo estaba dentro de los límites que dice la aseguradora, puede ser dramático...mejor que lo haga la aseguradora por adelantado.

Y la otra diferencia entre compañías es como paga. Te encontrarás alguna, las baratas, que solo pagan cuando el proceso judicial acabe. Lo interesante es que adelanten la indemnización mientras se está produciendo el impago.

-Los documentos, pueden variar entre aseguradoras, con arag, solo necesitamos las 3 últimas nóminas.
-Por supuesto, antes de procesar ninguna información, el tomador (propietario) y los inquilinos firman la solicitud de contrato, con las clausulas lopd...
-Los requisitos son variables, pero básicamente lo que se mira es el riesgo financiero. A través de los distintos ficheros de "morosos", y se hace la comprobación de que la renta no supere (aprox) el 40% de los ingresos de los inquilinos.
-Nosotros estamos autorizados para hacer la comprobación, y decirlo en el momento que recibimos la info, pero por estructura, nos es más cómodo enviarlo a la aseguradora y que lo hagan ellos, la media son 24h, pero hay veces que contestan en el momento, o a las 48h, este es el límite.
-No hay que tener en cuenta nada más. Notificar cuanto antes el impago, que en nuestra experiencia, es muy importante.

Yo no conozco que te cobren en función del perfil de riesgo. La tarifa es una, y entras dentro o no.

El precio de una póliza en condiciones, alrededor del año de renta asegurada, con valoración de la compañía y cobro mientras se produce el impago es poco más de media mensualidad al año. Aunque es previsible que los precios repunten en los próximos trimestres, en cuanto la siniestralidad se prevea que se va a disparar...
ralep
ForoCoches: Usuario
#27
Interesa
Blackvervet
ForoCoches: Marqués
#28
Buena info.
silvestres
ForoCoches: Miembro
#29
Cita de Prokarting
De Seag no se si serán una buena opción, pero en algún webinar que me he apuntado coincidía que muchos propietarios tenían su propiedad alquilada con Seag. Pregunté y nadie quiso contar nada sobre Seag

Espero que aquí alguien nos pueda ilustrar más sobre ella
Es que he visto que hay mucho comercial de SEAG por ahí pasándose por cliente. P. ej. en Rankia. Fíjemonos en los 19 mensajes que tiene el usuario Ppdel80 qué descaro de publiciad, presuntamente encubierta:

https://www.rankia.com/foros/seguros...lquiler?page=6

Así que, ojito con creerse todas las reseñas positivas.


Cita de triple998
Gracias por tu explicación. Yo también me estoy irme a vivir a una casita de pueblo y alquilar el piso donde vivo y se me presentan muchas dudas para protegerme de tanta gentuza como tenemos en la urbe.

¿Hay que disponer de 2 seguros?, ¿uno para la protección del impago y otro seguro de hogar por si moja al vecino de abajo, incendio y robo?.

Para los suministros del gas, luz y agua, ¿es mejor que el inquilino los ponga a su nombre por si deja de pagarlos?. El del banco me decía el otro día al preguntarle si sabía de los suministros en los inquilinos, me aseguró que si el inquilino no los paga a ti tampoco te van a dar servicio con un nuevo inquilino en esa dirección mientras no esté pagada la deuda. Me decía que es una manera de protegerse las compañías de luz, gas y agua. ¿Sabéis si esto es así?. Me dejó preocupado con esto.

No sé si podéis dar consejos de cómo afrontar el proceso de alquilar un pequeño piso y estar lo mejor protegido que se pueda, hasta dónde se puede llegar.

Se agradecen todas las aportaciones.
Según me informó la OCU, la parte arrendadora debe contratar responsabilidad civil. La mayoría de incidentes suelen proceder de la arrendataria (inquilino) que debe contratar su parte del seguro para posibles daños que provoque.

Otro asunto es que la parte arrendadora quiera contratar también daños por lo que pudiese pasar en caso de incidente grave (que la otra parte reclame también al arrendador y así estar cubierto) o para poder reclamar daños provocados por otr@ vecin@ a la propiedad del arrendador.
SinProblema
www.SegurosEnMostoles.com
#30
Cita de silvestres
Hola.

Veo que la SEAG no está supervisada por la Dirección General de Seguros, porque no es una cía de seguros sino de "servicios jurídicos". En tu opinión, ¿ves algún problema que pudirse surgir por esa circunstancia?. Para empezar, pedí información y el documento que me enviaron para que un inquilino autorice a que se le pueda indagar su solvencia, no hace mención a empresa o compañía alguna, lo cual me ha llamado la atención y no positivamente.

Trabajas con https://mutuadepropietarios.es/ ?
La direcciòn general d seguros y fondos de pensiones solo supervisa compañías de seguros y mediadores de seguros. Por lo tanto un bufete de abogados no los va a supervisar.

La supervisión no es lo importante, es verdad que es una garantía todo lo que piden a las aseguradoras y nos piden a nosotros, para poder estar en el mercado. El de seguros es el mercado con más control y regulación para los intermediarios. Pero lo importante es los que supervisan en el caso de las compañías y para lo que nos ocupa: las reservas matemáticas.

Las reservas es lo que garantiza que cobres un siniestro. Porque el dinero de los siniestros del año, están reservados por adelantado. Habréis visto que hace muchísimos años que no cierra una aseguradora. Es que hay que tener muy mala suerte , si haces bien los cálculos, para quebrar una compañía de seguros.

Cuando hace 20 años nos preguntaban por AFINSA, decíamos la rentabilidad es muy buena, y funcionará mientras funcione, pero dejará de hacerlo en algún momento. Pues esto de SEAG, podría ser igual si la garantía no la ofrecieran vía seguro, porque de dónde sacan la pasta para pagar los impagos? mientras crezcan, iría bien. En el momento en que no haya crecimiento el ponzi estalla. Supongo que en este subforo sabéis de esto.

Por eso, yo entiendo que detrás estará asegurado de alguna manera, pero no lo cuentan, y no dicen que son mediadores de seguros, por lo tanto no lo son, es obligatorio decirlo y un despacho de abogados no se le pasaría el detalle... Hay que intuir que hay una aseguradora, pero no quieren decir cual.

Yo no contrataría ahí, porque hay otras opciones más claras. Pero no es una recomendación

Y no, no trabajamos con Mutua de Propietarios, nuestro planteamiento es trabajar con las mínimas compañías posibles, eligiendo la que, para nosotros, es la mejor en cada ramo. MdP hace muchas cosas bien. Y si preguntáis, apuesto que la parte jurídica de estas pólizas la tienen reasegurada con Arag.
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