Regla de los dos meses
31-dic-2021 19:47
#1
| Sigue vigente esta norma y alguien que sepa explicarla bien sencilla para tontos?? Gracias! |
31-dic-2021 21:47
#4
| Si vendes una acción y la vuelves a comprar en menos de 2 meses, no puedes declarar la minusvalía (si la hubiere). |
01-ene-2022 02:50
#5
| Pero si quieres mantenerlas, como aplica Fifo compras un paquete igual al que tienes y luego vendes la mitad. mantienes paquete al que tenías al inicio y puedes declarar minusvalías no? |
30-abr-2023 13:23
#6
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Hola, Después de haberme leido esta mierda: https://sede.agenciatributaria.gob.e...derivadas.html Me queda la duda sobre mi caso. En 2022 tuve pérdidas y entiendo que tengo 4 años para compensarlas. Si yo el 20 de diciembre del 2023 vendo las posiciones que tengo con plusvalías para compensar con las pérdidas de 2022 y el 21 de diciembre vuelvo a comprar las posiciones vendidas con plusvalías, me afecta la "regla de los dos meses"? El tema es que hacienda dice que "No se computarán como pérdidas patrimoniales las derivadas de las transmisiones de elementos patrimoniales, cuando el transmitente vuelva a adquirirlos dentro del año siguiente a la fecha de dicha transmisión." Pero en mi caso no quiero computar pérdidas patrimoniales si no beneficios patrimoniales. Entiendo que no aplica. Algun experto por el foro? |
30-abr-2023 19:23
#7
| No se aplica ya que las perdidas son de ejercicios anteriores y lo que tienes en el actual son solo ganancias. |