720 y Criptomonedas

albayalde
ForoCoches: Miembro
#1
Creo que el boe que obliga a declarar las criptomonedas es este https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-11473
y después de haberle echado un ojo, no tengo nada claro que hay que declarar y que no , si depende del limite valor o de que.

Y lo que mas me interesa si hay que declarar ya lo que se tenga a fecha 31 de diciembre de 2021 o si esto entre en vigor el 1 de enero de 2022 por lo que habría que declarar lo que se tenga a fecha 31 d diciembre de 2022
Alguien con conocimiento sobre esto me aporta algo de luz?
IceWiz
Premium
#2
Yo creo que la ley es tan ambigua porque no saben por donde tirar y así Hacienda podrá interpretar lo que considere más oportuno para sacarnos los dineros.
Claudemir
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#3
Que se piren. Cuando me pillen, ya pagaré
provoco
ForoCoches: Miembro
#4
Si a 31 de Diciembre paso todas mis monedas a mi ledger...también tendría que hacer el modelo 720?
michaelManson
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#5
Cita de Claudemir
Que se piren. Cuando me pillen, ya pagaré
Al final pagan justos por pecadores.
Veremos que pasa.
Scott Pilgrim
vs. The World
#6
Lo que pasa es que ha salido la ley, pero no el reglamento que lo regula.
S.Dev
ForoCoches: Miembro
#7
No te humilles de esa manera por favor.
bambinito
ForoCoches: Miembro
#8
Cita de Scott Pilgrim
Lo que pasa es que ha salido la ley, pero no el reglamento que lo regula.
correcto, sin reglamento no habría que hacer nada.
provoco
ForoCoches: Miembro
#9
Cita de Kumatetsu
Sí, cualquier plusvalía en cualquiera de los tradeos que hayas hecho, incluyendo los de criptomoneda a criptomoneda, solo que en este caso se haría por permuta criptomoneda - valor en eur en ese momento - criptomoneda.

Segun este video no. Minuto 5:50



Scott Pilgrim
vs. The World
#10
Cita de Kumatetsu
Sí, cualquier plusvalía en cualquiera de los tradeos que hayas hecho, incluyendo los de criptomoneda a criptomoneda, solo que en este caso se haría por permuta criptomoneda - valor en eur en ese momento - criptomoneda.
Según la Ley 11/2021, habría que declarar las criptomonedas que se tengan en exchanges, a 31 de diciembre.

Si pasas todo a una wallet, con la que no te pueden relacionar, pues nada que declarar.
OGT
ForoCoches: Usuario
#11
Cita de Scott Pilgrim
Según la Ley 11/2021, habría que declarar las criptomonedas que se tengan en exchanges, a 31 de diciembre.

Si pasas todo a una wallet, con la que no te pueden relacionar, pues nada que declarar.
Por valor de mas de 50k €
Scott Pilgrim
vs. The World
#12
Cita de OGT
Por valor de mas de 50k €
No, desde la primera criptomoneda.

Edit: Bueno, no está claro porque falta el reglamento, claro. Tal y como está ahora, aunque tengas un SHIBA, habría que declararlo:

Veintiséis.*Se modifican los apartados 1 y 2 de la disposición adicional decimoctava, que quedan redactados de la siguiente forma:

«1.*Los obligados tributarios deberán suministrar a la Administración Tributaria, conforme a lo dispuesto en los artículos 29 y 93 de esta Ley y en los términos que reglamentariamente se establezcan, la siguiente información:

a)*Información sobre las cuentas situadas en el extranjero abiertas en entidades que se dediquen al tráfico bancario o crediticio de las que sean titulares o beneficiarios o en las que figuren como autorizados o de alguna otra forma ostenten poder de disposición.

b)*Información de cualesquiera títulos, activos, valores o derechos representativos del capital social, fondos propios o patrimonio de todo tipo de entidades, o de la cesión a terceros de capitales propios, de los que sean titulares y que se encuentren depositados o situados en el extranjero, así como de los seguros de vida o invalidez de los que sean tomadores y de las rentas vitalicias o temporales de las que sean beneficiarios como consecuencia de la entrega de un capital en dinero, bienes muebles o inmuebles, contratados con entidades establecidas en el extranjero.

c)*Información sobre los bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles de su titularidad situados en el extranjero.

d)*Información sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario o autorizado o de alguna otra forma se ostente poder de disposición, custodiadas por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.
Kumatetsu
Forocoches: AntiRlyGuy
#13
Cita de Scott Pilgrim
Según la Ley 11/2021, habría que declarar las criptomonedas que se tengan en exchanges, a 31 de diciembre.

Si pasas todo a una wallet, con la que no te pueden relacionar, pues nada que declarar.
Pues pasaré todo a una cold wallet y adiós problemas xD

Si de todas formas no me fio de las exchange y lo que tengo ahí es para hacer trading
OGT
ForoCoches: Usuario
#14
Cita de Scott Pilgrim
No, desde la primera criptomoneda.

Edit: Bueno, no está claro porque falta el reglamento, claro. Tal y como está ahora, aunque tengas un SHIBA, habría que declararlo:

Veintiséis.*Se modifican los apartados 1 y 2 de la disposición adicional decimoctava, que quedan redactados de la siguiente forma:

«1.*Los obligados tributarios deberán suministrar a la Administración Tributaria, conforme a lo dispuesto en los artículos 29 y 93 de esta Ley y en los términos que reglamentariamente se establezcan, la siguiente información:

a)*Información sobre las cuentas situadas en el extranjero abiertas en entidades que se dediquen al tráfico bancario o crediticio de las que sean titulares o beneficiarios o en las que figuren como autorizados o de alguna otra forma ostenten poder de disposición.

b)*Información de cualesquiera títulos, activos, valores o derechos representativos del capital social, fondos propios o patrimonio de todo tipo de entidades, o de la cesión a terceros de capitales propios, de los que sean titulares y que se encuentren depositados o situados en el extranjero, así como de los seguros de vida o invalidez de los que sean tomadores y de las rentas vitalicias o temporales de las que sean beneficiarios como consecuencia de la entrega de un capital en dinero, bienes muebles o inmuebles, contratados con entidades establecidas en el extranjero.

c)*Información sobre los bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles de su titularidad situados en el extranjero.

d)*Información sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario o autorizado o de alguna otra forma se ostente poder de disposición, custodiadas por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.
Donde hay informacion de eso? Yo todo lo que he leido es que es necesario cuando es mas de 50000 €
albayalde
ForoCoches: Miembro
#15
pero a 31-12-2021 o a 31-12-2022
Los que no quieran declarar me parece muy bien por ellos pero si te pilla una subida fuerte de aquí a 3 años a ver cómo demuestras luego la procedencia, y cada dato erróneo en el 720 son 5000 pavos de multa . Si encima no lo presentas las multas son salvajes
Yo no tengo tan claro que tenerlo en un waller para Hacienda sea válido como para no declarar , lo que buscan justamente es saber lo que no le chivan las empresas de aquí
Scott Pilgrim
vs. The World
#16
Cita de OGT
Donde hay informacion de eso? Yo todo lo que he leido es que es necesario cuando es mas de 50000 €
Directamente del BOE: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-11473

Lo de los 50.000€ es para el modelo 720, si tienes más de 50.000€ en cuentas bancarias en el extranjero. Hay mucho lío con lo de las cuentas y lo exchanges, pero un exchange no es una cuenta bancaria, no le afecta el 720.

¡OJO!, que yo no soy ni asesor fiscal, ni abogado, ni tengo idea de nada. Solo lo que he ido leyendo por aquí y por allá, leyendo el BOE... No te fíes de mi, DYOR, como en los proyectos.
Spidermon
ForoCoches: Usuario
#17
Más de 50 declararo ya que es informativo si no haces esto y luego en la renta lo pones te van a dar hasta el dni .

Ir a un asesor que no es moco de pavo el 720, al menos de momento las multas son grandisimas

Además este año hay una casilla especial para las cryptos, la verdad que los de arriba soltais unas perlas... en fin
Sixx
ForoCoches: Miembro
#18
Creo que se aplica cuando tienes más de 50k en exchanges extranjeros.
Scott Pilgrim
vs. The World
#19
Cita de albayalde
pero a 31-12-2021 o a 31-12-2022
Los que no quieran declarar me parece muy bien por ellos pero si te pilla una subida fuerte de aquí a 3 años a ver cómo demuestras luego la procedencia, y cada dato erróneo en el 720 son 5000 pavos de multa . Si encima no lo presentas las multas son salvajes
Yo no tengo tan claro que tenerlo en un waller para Hacienda sea válido como para no declarar , lo que buscan justamente es saber lo que no le chivan las empresas de aquí
Si no sale el reglamento publicado en el BOE antes del 31 de diciembre, pues no sabrás qué ni cómo hay que declarar este año.

A mi también me parece bien los que quieren declarar, pero no he dicho nada ilegal, solo interpreto lo que dice el BOE. Por supuesto que Hacienda pretende que se declare lo que hay en las wallets, pero es que no se puede demostrar de quién es una wallet. Siempre, siempre, siempre, dejan la puertecita abierta para saltarse la ley de forma legal.
rabonman
ForoCoches: Miembro
#20
Mas de 50k haces el modelo 720 pero si tienes menos?
denisdj
Housitis crónico
#21
Llamar a un gestor especializado os reolverá estas dudas mejor que preguntar en el foro.
Raxxor
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#22
Estais hablando una cantidad de gilipolleces de desinformacion acojonante, el modelo 720 es informativo y NO tiene nada que ver con la declaracion de la renta que hareis unos meses despues... el 720 es solo para informar lo que tienes en cuentas del extranjero (exchanges y demas) y si superas los 50k. Si lo pasais a un ledger, metamask o algo donde tu tengas tu llave privada y seas dueño antes del 31 de diciembre pues se considera que esta en España por lo que estarias exento del modelo 720, al igual que si lo tuvieras en un exchange español.

Y luego esta la declaracion de la renta de toda la vida que se hace despues, donde tienes que declarar las ganancias superiores a 1000€ o perdidas superiores a 500€ pagando un 19%-21%-23% de lo que has ganado.
OGT
ForoCoches: Usuario
#23
Cita de Raxxor
Estais hablando una cantidad de gilipolleces de desinformacion acojonante, el modelo 720 es informativo y NO tiene nada que ver con la declaracion de la renta que hareis unos meses despues... el 720 es solo para informar lo que tienes en cuentas del extranjero (exchanges y demas) y si superas los 50k. Si lo pasais a un ledger, metamask o algo donde tu tengas tu llave privada y seas dueño antes del 31 de diciembre pues se considera que esta en España por lo que estarias exento del modelo 720, al igual que si lo tuvieras en un exchange español.

Y luego esta la declaracion de la renta de toda la vida que se hace despues, donde tienes que declarar las ganancias superiores a 1000€ o perdidas superiores a 500€ pagando un 19%-21%-23% de lo que has ganado.
Esto en teoria es asi, pero no esta claro. Podria ser que el limite fuese diatinto a 50k, y que en vez del saldo a 31 de diciembre fuese la media del ultimo trimestre. (Asi es en cuentas bancarias extranjeras) todavia tienen que sacar la regulacion especifica y esta un poco en el aire
Raxxor
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#24
Cita de OGT
Esto en teoria es asi, pero no esta claro. Podria ser que el limite fuese diatinto a 50k, y que en vez del saldo a 31 de diciembre fuese la media del ultimo trimestre. (Asi es en cuentas bancarias extranjeras) todavia tienen que sacar la regulacion especifica y esta un poco en el aire
Lo de los 50k seguramente se quede como esta, falta saber si sera el ultimo trimestre o saldo a 31 de diciembre. De todas formas el 720 esta recurrido en Europa porque es un puto abuso y las multas son desorbitadas para ser un modelos informativo, tipico de la izquierda totalitaria y rancia.
TonyStark88
ForoCoches: Miembro
#25
Cita de Raxxor
Lo de los 50k seguramente se quede como esta, falta saber si sera el ultimo trimestre o saldo a 31 de diciembre. De todas formas el 720 esta recurrido en Europa porque es un puto abuso y las multas son desorbitada para ser un modelos informativo, tipico de la izquierda totalitaria y rancia.
No es que sea amigo del PSOE y Podemos, pero el 720 lo hizo el PP
M_O$
ForoCoches: Usuario
#26
Cita de Kumatetsu
Sí, cualquier plusvalía en cualquiera de los tradeos que hayas hecho, incluyendo los de criptomoneda a criptomoneda, solo que en este caso se haría por permuta criptomoneda - valor en eur en ese momento - criptomoneda.
No confundas a la peña ni mezcles el 720 con los follapermutas.
albayalde
ForoCoches: Miembro
#27
Cita de Scott Pilgrim
Si no sale el reglamento publicado en el BOE antes del 31 de diciembre, pues no sabrás qué ni cómo hay que declarar este año.

A mi también me parece bien los que quieren declarar, pero no he dicho nada ilegal, solo interpreto lo que dice el BOE. Por supuesto que Hacienda pretende que se declare lo que hay en las wallets, pero es que no se puede demostrar de quién es una wallet. Siempre, siempre, siempre, dejan la puertecita abierta para saltarse la ley de forma legal.
Pero aunque no se pueda demostrar de quien es una wallet, si el dia de mañana las criptos te suben bien tendrás que declarar plusvalias, tendras que demostrar de donde salieron esas criptos y donde estuvieron y que estaban en una wallet que era tuya,
Lo de sacar poco a poco del cajero a alguno le puede parecer una idea brillante, pero fácil que los terminen por retirar o que obliguen a identificarse para retirar el dinero
Lo que no termino de entender es como hacienda pretende que declaremos algo que no sabe ni como lo tenemos que declarar y bajo pena de multas fuertísimas
Kumatetsu
Forocoches: AntiRlyGuy
#28
Cita de M_O$
No confundas a la peña ni mezcles el 720 con los follapermutas.
Okey bro, borro el mensaje para no confundir a la peña, pero explicamelo tu para que la próxima vez no confundir a nadie
Raxxor
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#29
Cita de TonyStark88
No es que sea amigo del PSOE y Podemos, pero el 720 lo hizo el PP
Si ya se que es de Montoro pero es la misma mierda, y mira como los suciatas y los izquierdosos no dicen que no a eso y lo aplican, con lo que les gusta los impuestos y las multitas. Al final ya sabemos que el PP no tiene nada de liberal y les gusta los impuestos como a los suciatas.
Furinkazan
風林火山
#30
yo regularicé el año pasado con un asesor, y lo confirmé con otros dos asesores: menos de 50k no afecta 720 aunque sean criptomonedas

otra cosa es que se saquen de la manga una ley, o maticen, y digan que es con carácter retroactivo, y se pongan a multar a gente a 5k la moneda no declarada, con carteras de más de 200 monedas diferentes, serían más de 1 millón de multa para carteras que apenas han ganado 10 o 20k, pues nada, simplemente se suicida uno llevándose al máximo de gente por delante y ya está

por cierto, estoy bajo los efectos del alcohol y drogas varias que nublan mi mente


PD: en general, por lo que he hablado con unos y otros, al final los que tienen más riesgo son los que no declaran nada y confían en que no les pillen
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