Retención fiscal alquiler vivienda
07-nov-2021 01:30
#1
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Queremos poner una vivienda en alquiler y tengo dudas sobre el tema de la retención fiscal. Tengo entendido que se trata del 19% sobre los ingresos totales. La duda que tenemos es qué cosas serían deducibles y hasta cuánto dinero se podría deducir. Toda aportación sirve de gran ayuda. Muchas gracias. |
07-nov-2021 09:12
#2
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Buenas companero. En la Ley de IRPF en la parte de rendimientos de capital inmobiliario (artículos 21 a 24 si no me falla la memoria), lo tienes todo desarrollado. Para empezar, no hay retención salvo que alquiles a una empresa, si alquilas a particular no hay retención de IRPF. En cuanto a los gastos deduciblrS, en general todos los que se vinculen con la vivienda: comunidad, seguros, tasas, mejora de la vivienda, reparación…. Incluso los gastos financieros de la hipoteca con limite ![]() Dale una vuelta y si tienes dudas me dices y te ayudo. Un saludo |
07-nov-2021 10:42
#3
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Queremos poner una vivienda en alquiler y tengo dudas sobre el tema de la retención fiscal. Tengo entendido que se trata del 19% sobre los ingresos totales. La duda que tenemos es qué cosas serían deducibles y hasta cuánto dinero se podría deducir.
Toda aportación sirve de gran ayuda. Muchas gracias. |
07-nov-2021 12:09
#4
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Buenas companero.
En la Ley de IRPF en la parte de rendimientos de capital inmobiliario (artículos 21 a 24 si no me falla la memoria), lo tienes todo desarrollado. Para empezar, no hay retención salvo que alquiles a una empresa, si alquilas a particular no hay retención de IRPF. En cuanto a los gastos deduciblrS, en general todos los que se vinculen con la vivienda: comunidad, seguros, tasas, mejora de la vivienda, reparación…. Incluso los gastos financieros de la hipoteca con limite ![]() Dale una vuelta y si tienes dudas me dices y te ayudo. Un saludo |
07-nov-2021 12:39
#5
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Los alquileres de vivienda no tienen retención fiscal, solo los de locales comerciales. Lo declaras en la renta y a correr. S2 |
07-nov-2021 12:45
#6
| Si es para vivienda no tienes que aplicar retención, si es comercial tienes que retener el 19% y aplicar iva. Deducir pues los gastos que tengas de dicha vivienda, seguros, reparaciones, etc. |
07-nov-2021 15:04
#7
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Buenas companero.
En la Ley de IRPF en la parte de rendimientos de capital inmobiliario (artículos 21 a 24 si no me falla la memoria), lo tienes todo desarrollado. Para empezar, no hay retención salvo que alquiles a una empresa, si alquilas a particular no hay retención de IRPF. En cuanto a los gastos deduciblrS, en general todos los que se vinculen con la vivienda: comunidad, seguros, tasas, mejora de la vivienda, reparación…. Incluso los gastos financieros de la hipoteca con limite ![]() Dale una vuelta y si tienes dudas me dices y te ayudo. Un saludo Entonces, por lo que decís, si alquilo una vivienda sólo me llevará los gastos propios de la vivienda (comunidad, IBI, seguros, etc), pero no habrá retención fiscal sobre la renta obtenida. ¿Lo he entendido bien? Muchas gracias. |
07-nov-2021 16:07
#8
| Interesa, habia entendido que declarabas IRPF en el tramo que te corresponda según salario. |
07-nov-2021 17:17
#9
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Hay que diferenciar entre retención (que es un pago a cuenta que "paga de menos" el inquilino porque lo ingresa trimestralmente a través del modelo 115) y otra cosa es su tributación en la renta. La retención se practica cuando el inmueble se arrienda a una sociedad o cuando se trata de un local comercial, que es de un 19%. Después en la declaración de la renta se regulariza y te devuelven la retención. Si es para uso como vivienda, no lleva retención y el rendimiento integro (ingresos menos gastos) tributa como rendimiento del capital inmobiliario y va a la base imponible general. Si tienes unos rendimientos del trabajo de 20.000€ por ejemplo, le sumas el rendimiento integro del alquiler (pongamos 3000€)... te vas a 23.000€ de base imponible general (poniendo un ejemplo rápido). Pues a esos 23.000€ es al importe que le tienes que aplicar el % de gravamen que corresponda, en este caso un 30%. Es decir... tendrías que pagar 900€ correspondiente al alquiler (30% sobre los 3000€ del rendimiento integro). Gastos puedes meter ibi, comunidad, agua, reparaciones, mejoras (cuidado porque pueden ir vía amortización), amortización del inmuebles (3% anual)... y todo esto siempre prorrateando por los meses que ha estado alquilado. |
07-nov-2021 18:13
#10
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https://www.agenciatributaria.es/AEA...dor_IRPF.shtml https://www.finect.com/usuario/Joset...uilar-vivienda Y ya está. Adicionalmente, siempre revisa si tu comunidad te da algo por ser arrendador. |
07-nov-2021 18:15
#11
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Gracias por vuestras aportaciones, nos sirve de gran interés.
Entonces, por lo que decís, si alquilo una vivienda sólo me llevará los gastos propios de la vivienda (comunidad, IBI, seguros, etc), pero no habrá retención fiscal sobre la renta obtenida. ¿Lo he entendido bien? Muchas gracias. |
02-abr-2023 17:44
#12
| Aunque hace mucho tiempo, gracias por la respuesta. Una pregunta, ¿podrías explicarme cómo funciona la deducción del 60%? Gracias. |
03-abr-2023 00:51
#13
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Te dejo el primer enlace que me sale, empieza por leerlo, después lee dos o tres más, y si después tienes dudas pregunta de nuevo, pero sabiendo algo sobre lo que preguntas https://www.idealista.com/news/fisca...on-de-la-renta Tu duda del 60% la encontrarás en cualquier artículo de más de dos párrafos, incluyendo este |
Editado: 03-abr-2023 00:53 -
04-abr-2023 23:43
#14
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Dos años después de este desastre de hilo donde unos respondían una pregunta, otros otra, y aun no has hecho una simple búsqueda en Google?
Te dejo el primer enlace que me sale, empieza por leerlo, después lee dos o tres más, y si después tienes dudas pregunta de nuevo, pero sabiendo algo sobre lo que preguntas https://www.idealista.com/news/fisca...on-de-la-renta Tu duda del 60% la encontrarás en cualquier artículo de más de dos párrafos, incluyendo este No obstante, te agradezco tu respuesta ;-) |
07-abr-2023 00:29
#15
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Hay que diferenciar entre retención (que es un pago a cuenta que "paga de menos" el inquilino porque lo ingresa trimestralmente a través del modelo 115) y otra cosa es su tributación en la renta.
La retención se practica cuando el inmueble se arrienda a una sociedad o cuando se trata de un local comercial, que es de un 19%. Después en la declaración de la renta se regulariza y te devuelven la retención. Si es para uso como vivienda, no lleva retención y el rendimiento integro (ingresos menos gastos) tributa como rendimiento del capital inmobiliario y va a la base imponible general. Si tienes unos rendimientos del trabajo de 20.000€ por ejemplo, le sumas el rendimiento integro del alquiler (pongamos 3000€)... te vas a 23.000€ de base imponible general (poniendo un ejemplo rápido). Pues a esos 23.000€ es al importe que le tienes que aplicar el % de gravamen que corresponda, en este caso un 30%. Es decir... tendrías que pagar 900€ correspondiente al alquiler (30% sobre los 3000€ del rendimiento integro). Gastos puedes meter ibi, comunidad, agua, reparaciones, mejoras (cuidado porque pueden ir vía amortización), amortización del inmuebles (3% anual)... y todo esto siempre prorrateando por los meses que ha estado alquilado. Si yo alquilo una casa a un negocio (un dentista por ejemplo), me pagará el alquiler más el IVA menos el 19% y trimestralmente tengo que pagar el IVA. En el IRPF tendré que meter los ingresos menos los gastos ¿y cuánto tengo que pagar de esta ganancia? ¿al máximo de mi base imponible o al 19% y no me va a modificar mi IRPF? Gracias |
Editado: 07-abr-2023 00:39 -
