Duda rápida formulario D6.
05-oct-2021 21:38
#1
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Si abrí cuenta en Degiro en enero de 2021, y la cierro en octubre del 2021. En enero del 22 tengo que presentar el D6? En la renta del 22 habrá que poner algo respecto a las inversiones (menores de 50.000 euros)? Yo entiendo que no a las dos cosas. Gracias. |
05-oct-2021 21:40
#2
| En el D6 se informa sobre las posiciones que tienes en el extranjero a día 31 de Diciembre, así que no tendrás que presentarlo. |
05-oct-2021 23:31
#3
| Y sobre la renta, sí, tendrás que incluir las ganancias/pérdidas obtenidas durante el 2021 en DeGiro |
06-oct-2021 00:47
#4
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Resumen: - No procede D6, porque el 31/12/2021 no vas a tener acciones en cuentas de valores extranjeras. - Idem con el 720, que es por lo que preguntas lo de los 50k - Sí procede en tu declaración de IRPF del ejercicio 2021. Se tributa desde el primer € de ganancia/pérdida. |
06-oct-2021 14:58
#5
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Gracias y buenos días. Cerraré todas las posiciones este mes. No hago D6 si informo en la renta. |
06-oct-2021 16:00
#6
| De meterlo en la renta no te libras no. Tanto plusvalías como dividendos. Que recuerda que Degiro solo retiene en origen, así que si alguna empresa no española te ha dado dividendos no te han retenido nada para España y toca pagar. |