¿Qué se puede hacer con viviendas alquiladas?

JYS
#1
Buenas, soy un particular que trabaja por cuenta ajena en una empresa que no es mía (tengo un jefe) y luego tengo unas viviendas alquiladas.

Me gustaría saber si es mejor seguir alquilando como lo estoy haciendo o mejor hacerme autónomo (CNAE 6820 - Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia).

Es decir, no sé si alquilando como autónomo tendría mejores ventajas fiscales, cotizaría más para la jubilación, etc (perdonad si digo burradas).

Muchas gracias.
Inoxcrive
ForoCoches: Miembro
#2
Te lo upeo shur, porque no se del tema, pero entiendo que es segun la cantidad de dinero que ganas con las viviendas, porque no se de gente que sea autonomo por 2 o 3 pisos.
JYS
#3
Cita de Inoxcrive
Te lo upeo shur, porque no se del tema, pero entiendo que es segun la cantidad de dinero que ganas con mas viviendas, porque no se de gente que sea autonomo por 2 o 3 pisos.
Pues a ver si alguien sabe algo del tema.
andarchan
ForoCoches: Miembro
#4
Cita de JYS
Pues a ver si alguien sabe algo del tema.
Justo ayer vi un video que hablaba un poco de esto, echale un ojo que igual te puede servir, el tio este esta muy metido en el tema pisos.

https://www.youtube.com/watch?v=eFYUklwolM4

No creo que de tooooda la informacion pero alguna idea puedes sacar
Bodhi
Jediknight
#5
Cita de JYS
Buenas, soy un particular que trabaja por cuenta ajena en una empresa que no es mía (tengo un jefe) y luego tengo unas viviendas alquiladas.

Me gustaría saber si es mejor seguir alquilando como lo estoy haciendo o mejor hacerme autónomo (CNAE 6820 - Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia).

Es decir, no sé si alquilando como autónomo tendría mejores ventajas fiscales, cotizaría más para la jubilación, etc (perdonad si digo burradas).

Muchas gracias.
El tema es complejo pero en tu caso sospecho que la respuesta es sencilla, no te interesa. Resumiendo mucho, el punto clave está en la reducción del 60% de los rendimientos de las viviendas destinadas a vivienda habitual del inquilino. Esa reducción hace que salvo que te dediques al alquiler de otro tipo de inmuebles, o al alquiler vacacional, a menos que tengas más de una docena de viviendas nunca te va a interesar constituir una SL o pasar a ejercer el alquiler como actividad económica (habría que analizar el número caso por caso teniendo en cuenta el IRPF).

Ten en cuenta que si quieres que los requisitos para que tu actividad de alquiler sea considerada actividad económica en los términos exigidos por la AEAT deberás tener a una persona contratada con contrato laboral a jornada completa, lo que te obligará a ser autónomo, y encima perderás la reducción del 60%. A cambio tiene algunos beneficios.
Tuerto
ForoCoches: Usuario
#6
Solo te interesaría si pudieras hacer una SOCIMI y no es tu caso desde luego.
Tuerto
ForoCoches: Usuario
#7
Una comunidad de bienes si que podrías mirarte si existen mas propietarios.
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