Duda HACIENDA bitcoin
02-mar-2021 01:03
#1
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Vamos a ver, hay que declarar cada trade que haces, cosa que no entiendo y es anticonstitucional, pero no hemos venido a llorar. Si yo los trades los hago en bitcoin, es decir, si yo cambio una criptodivisa que me costo 1 bitcoin por 2 bitcoins, y mi ganancia neta es de 1 bitcoin, yo le debo el 21% a hacienda, pero... En que cojones le pago? Yo lo que gané fue bitcoin, no euros, como saben cuanto vale el 21 por ciento de eso? Que valor se coge? |
02-mar-2021 01:05
#5
| Debes pagar en la divisa del país donde tributas. Si resides en a España será € |
02-mar-2021 01:06
#6
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Vamos a ver, hay que declarar cada trade que haces, cosa que no entiendo y es anticonstitucional, pero no hemos venido a llorar.
Si yo los trades los hago en bitcoin, es decir, si yo cambio una criptodivisa que me costo 1 bitcoin por 2 bitcoins, y mi ganancia neta es de 1 bitcoin, yo le debo el 21% a hacienda, pero... En que cojones le pago? Yo lo que gané fue bitcoin, no euros, como saben cuanto vale el 21 por ciento de eso? Que valor se coge? En base a ella haré.
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02-mar-2021 01:08
#7
| Pero en que cantidad de euros, a que precio del bitcoin se paga, el actual o el que tenia en el momento de la transacción? |
02-mar-2021 01:08
#8
| Por lo general los que están allí no tienen ni puñetera idea de muchas cosas, mejor un gestor que te lo asegure bien y si lo hace mal le puedes reclamar a él. |
02-mar-2021 01:09
#9
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Vamos a ver, hay que declarar cada trade que haces, cosa que no entiendo y es anticonstitucional, pero no hemos venido a llorar.
Si yo los trades los hago en bitcoin, es decir, si yo cambio una criptodivisa que me costo 1 bitcoin por 2 bitcoins, y mi ganancia neta es de 1 bitcoin, yo le debo el 21% a hacienda, pero... En que cojones le pago? Yo lo que gané fue bitcoin, no euros, como saben cuanto vale el 21 por ciento de eso? Que valor se coge? |
02-mar-2021 01:11
#12
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mira te explico como funciona, van a ir pidiendo requisitos absurdos que si no cumples golpe de remo e iran inventandose las normas que debes cumplir sobre la marcha y segun les convenga para fustigar a cuantos puedan y ya estaria |
02-mar-2021 01:12
#13
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pillo sitio. Supongo que tendrás que incluirlo en la declaración del ejercicio 2020 todo dinero tramitado a la cuenta bancaría que provenga de bitcoin?. Mientras tengas el dinero en el monedero y jugando no debe declararse hasta que lo pasas a tu cuenta corriente. En resumen, declaras el % del dinero que provenga de exchange?
Un saludo |
02-mar-2021 01:16
#16
| Déjate de florituras y usa los cajeros de Bitcoin que hay para convertir en Fiat...y nada de tradear en exchanges |
02-mar-2021 01:23
#18
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No le voy lógica. Como se puede declarar un dinero virtual donde no puedes lucrarte hasta el momento que no haces la conversión a tu moneda?. Sería interesante saber como declaras todos los trades y en que se basan. De todos modos, que constancia tiene hacienda de lo que se genera en los exchanges?. Solo por entradas y salidas de transferencias. Habrá que ver como saldar cuentas con estos ladrones, antes de que uno se busque la carta de franja negra.
Tema conversión, pues como en otras inversiones como cfd, inversión, beneficio y pérdida. Un saludo |
02-mar-2021 02:01
#21
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1- cogen el cambio real del dia de la operacion 2- se coge una media mensual del cambio de divisa y se usa para todas las operaciones del mes. Yo entiendo que para cada operacion que hagas tendras que declarar el importe en EUR en el momento de la operacion |
02-mar-2021 10:12
#25
| Mi recomendacion es que la hagas tu des a siguiente como persona de bien y a esperar que no te pillen. |
02-mar-2021 10:12
#26
| pero vamos a ver, se supone que hay que presentar el modelo d6 a principio de año y ya no? |
02-mar-2021 10:13
#27
Es que carece de sentido todo esto de las criptos si tienes que dar todos tus datos al intermediario para que a su vez este se lo mande todo a Hacienda y esta te mande recetas a casa
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02-mar-2021 10:13
#28
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Vamos a ver, hay que declarar cada trade que haces, cosa que no entiendo y es anticonstitucional, pero no hemos venido a llorar.
Si yo los trades los hago en bitcoin, es decir, si yo cambio una criptodivisa que me costo 1 bitcoin por 2 bitcoins, y mi ganancia neta es de 1 bitcoin, yo le debo el 21% a hacienda, pero... En que cojones le pago? Yo lo que gané fue bitcoin, no euros, como saben cuanto vale el 21 por ciento de eso? Que valor se coge? |
02-mar-2021 10:14
#29
| En los enchanges q lo hiciste te sale la ganancia y la perdida. Es eso lo q tienes q declarar |
02-mar-2021 10:14
#30
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Vamos a ver, hay que declarar cada trade que haces, cosa que no entiendo y es anticonstitucional, pero no hemos venido a llorar.
Si yo los trades los hago en bitcoin, es decir, si yo cambio una criptodivisa que me costo 1 bitcoin por 2 bitcoins, y mi ganancia neta es de 1 bitcoin, yo le debo el 21% a hacienda, pero... En que cojones le pago? Yo lo que gané fue bitcoin, no euros, como saben cuanto vale el 21 por ciento de eso? Que valor se coge? Te lo pego aqui: 🇪🇸🕵️*♂️ HACIENDA - RENTA CON CRIPTOS🕵️*♂️ 🇪🇸 (EJERCICIO 2020) Recojo una serie de puntos que debemos considerar si no queremos tener problemas con Hacienda y nuestras inversiones en criptomonedas. Advertir que se está elaborando la Ley que va a regular todo esto (ya existe anteproyecto) y que podría introducir alguna novedad, pero la normativa vigente indica lo siguiente: 📝 OBLIGACIÓN DE TRIBUTAR: Si hemos operado criptodivisas en 2020 estaremos obligados a declarar si el cómputo TOTAL de todos los rendimientos de un sujeto (trabajo, cuentas, dividendos, actividades económicas, criptodivisas... etc) supera los 1000€ de ganancias o los 500€ de pérdidas. Entendemos que la ganancia o pérdida la ocasionamos con la permuta de una cripto en otra o en Fiat. La tenencia de criptomonedas (sólo he comprado una cripto y estoy en "Hold" con ella) no obliga a declararla, excepto si excede del límite autonómico que afectaría al Impuesto del Patrimonio (por término medio este límite está en un contravalor en € de 600.000). Revisa cuál es el límite para tu comunidad. Pais Vasco / Euskadi es la excepción y exige la comunicación siempre que se posean criptomonedas. 📝 PERMUTAS O TRADES CON CRIPTOS: Cualquier permuta entre criptos o entre criptos y dinero Fiat, se considera ganancia (o pérdida) patrimonial. Deben ser declarados cuando se exceda de los limites del punto anterior en cada individuo. Esta declaración se realizará según el protocolo FIFO (First in first out). Se recomienda utilizar algún recurso de gestión que lo facilite. Cointracking es uno de los más usados. 📝 STAKING: Las criptomonedas obtenidas mediante staking son consideradas rendimiento del capital mobiliario. Éste debe ser declarado con independencia de que se efectúe o no permutas con ellas o paso a Fiat. Este rendimiento se calcula multiplicando el número de monedas recibidas por el precio de la criptomoneda justo en ese momento. Aconsejable llevar un registro de estos datos, aunque también pueden ser obtenidos de las wallet oficiales. En el momento que usemos las cripto procedentes del staking en permutas con otras criptos o dinero Fiat, tributarán ademas según lo expuesto en el punto anterior. Esto puede ser considerado como una doble tributación pero realmente son dos conceptos distintos que se aplican a las criptos obtenidas por staking. 📝 TRAMOS DE TRIBUTACIÓN: Las criptomonedas tributan en la BASE DEL AHORRO, cuyos tramos en función de las ganancias o plusvalías son los siguientes: De 0 a 6.000€ --> 19% De 6.000,01€ a 50.000€ --> 21% De 50.000,01€ a 200.000€ --> 23% De 200.000,01€ en adelante --> 26% 📝 RECURSOS DE INTERÉS: Cointracking : Plataforma donde puedes llevar un registro de toda tu operativa con criptos, permitiendo aplicar método FIFO. Criptolegal España: Canal de Telegram donde podréis hacer consultas a gente que está muy puesta en todos estos temas. Miniguía de Fiscalidad: Breve resumen con todas las consideraciones que debes tener en cuenta a la hora de declarar tus criptos, elaborado por un funcionario de la AEAT. La información aquí recogida sólo tiene la finalidad de advertencia sobre la necesidad de informarse sobre la fiscalidad de las criptomonedas en España. No suponen una referencia de carácter oficial debiendo, para ello, consultar aquellas fuentes cualificadas. |