Es cierto que si conservas 1 año en cartera cryptos NO pagas impuestos?
05-ene-2021 02:35
#1
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Estan los guiris dando por culo con eso, que si conservas durante 1 año sin apalancamiento criptomonedas en cartera no se paga, siempre que el beneficio sea <600 $ eso en españa es asi o eres un malvado especulador franquista facha aburguesado arruinaobreros y toca pagar el 400 %? |
05-ene-2021 02:38
#2
| ni idea, mi plan es sacarme una visa en binance por ejemplo y gastar con eso o pasar poco a poco a paypal |
05-ene-2021 02:42
#3
| si mando parte de mi dinero a una cuenta revolut puede meter mano hacienda siendo un IBAN extranjero? |
05-ene-2021 14:40
#6
| Me suena que las cryptos estas obligado a declararlas, que las posees, pero hasta que no ejecutas las plusvalías o minusvalías no vas a tener que reflejarlo en tu declaración. |
05-ene-2021 14:42
#7
| Las puedes conservar 1 año o 100 y no pagas impuestos (no confundir con el D6). Las plusvalías (las ventas) sí se declaran, salvo que sea una cantidad pequeña (<1000eur), según los rendimientos del trabajo, del capital, etc... |
05-ene-2021 14:45
#8
| Menos de 1000€ la transacción o 1000€ el total de transacciones? Supongo que el primer caso, no? |
05-ene-2021 16:18
#11
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( en caso de que te pases las ganancias de las criptos eh) En Irpf se tributa por las rentas mundiales. |
Editado: 05-ene-2021 16:20 -
05-ene-2021 16:19
#13
| Así es en Alemania, yo he sacado 5 cifras con las crypto, pero de momento las tengo en el exchange sin saber muy bien que hacer |
05-ene-2021 17:13
#14
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Una duda aprovechando el hilo... imaginemos que quiero vender mis pocos bitcoin en binance, (unos 2000$), pero quiero dejar ese dinero FIAT en binance hasta que vuelva a comprar bitcoin u otra moneda, ¿ eso tengo que declararlo ? o al no pasarlo a ningún banco español no habría que declararlo ? |
05-ene-2021 17:29
#15
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Una duda aprovechando el hilo...
imaginemos que quiero vender mis pocos bitcoin en binance, (unos 2000$), pero quiero dejar ese dinero FIAT en binance hasta que vuelva a comprar bitcoin u otra moneda, ¿ eso tengo que declararlo ? o al no pasarlo a ningún banco español no habría que declararlo ? |