Impuestos inversiones extranjero y cambio de residencia

Now
ForoCoches: Usuario
#1
Buenas

Vivo en Polonia y me surge una duda sobre inversiones que haga durante mi estancia aquí.

Las empresas aquí están obligadas a inscribir a los trabajadores (salvo renuncia expresa) en planes de pensiones privados, que pueden ser rescatados sin pagar impuestos sobre beneficios cumpliendo con determinados plazos (Por ejemplo a los 60 se puede rescatar el 25% y el resto en 120 mensualidades y no se pagaría nada)

¿Qué pasa si muevo en algún momento antes de mi jubilación mi residencia fiscal, por ejemplo, volviendo a España? ¿Se respetarían esas condiciones sobre exención de impuestos o tendría que pagar impuestos acorde al país en el que me encuentre en el momento en el que se rescate el fondo?


Otra inversión que me planteo es comprar una casa y si vuelvo a España o cambio de país, usarla como inversión, aquí alquilar una casa supone pagar un impuesto del 8.5% del alquiler bruto y, después de 5 años de haber comprado una casa, se puede vender sin pagar impuestos sobre las ganancias.

¿Los impuestos sobre inversiones inmobiliarias se pagarían en el país dónde está el inmueble o tendría que pagar impuestos acorde al país donde resida y tenga mi residencia fiscal (o tendría 2 residencias fiscales)?

Alguien tiene alguna idea?

Gracias!
pensiero
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#2
Yo creo que esta pregunta deberías hacérsela a un asesor fiscal.
Devan Lochees
Res non verba
#3
Cita de Now
Buenas

Vivo en Polonia y me surge una duda sobre inversiones que haga durante mi estancia aquí.

Las empresas aquí están obligadas a inscribir a los trabajadores (salvo renuncia expresa) en planes de pensiones privados, que pueden ser rescatados sin pagar impuestos sobre beneficios cumpliendo con determinados plazos (Por ejemplo a los 60 se puede rescatar el 25% y el resto en 120 mensualidades y no se pagaría nada)

¿Qué pasa si muevo en algún momento antes de mi jubilación mi residencia fiscal, por ejemplo, volviendo a España? ¿Se respetarían esas condiciones sobre exención de impuestos o tendría que pagar impuestos acorde al país en el que me encuentre en el momento en el que se rescate el fondo?


Otra inversión que me planteo es comprar una casa y si vuelvo a España o cambio de país, usarla como inversión, aquí alquilar una casa supone pagar un impuesto del 8.5% del alquiler bruto y, después de 5 años de haber comprado una casa, se puede vender sin pagar impuestos sobre las ganancias.

¿Los impuestos sobre inversiones inmobiliarias se pagarían en el país dónde está el inmueble o tendría que pagar impuestos acorde al país donde resida y tenga mi residencia fiscal (o tendría 2 residencias fiscales)?

Alguien tiene alguna idea?

Gracias!
En el momento en el que adquieras la condición de residente fiscal en España, tributarias en el IRPF. El IRPF sigue el principio de tributación por la renta mundial del contribuyente. Es decir, no influye donde obtengas la renta. Por lo tanto, aunque la renta tenga origen en Polonia, tributarias aquí por ella de conformidad con la normativa española. Da igual donde esté el inmueble, quien sea la entidad gestora del fondo de pensiones privado, etc.

Dicho sea, debes tomar lo anterior como la regla general y hay que tener presente que:

A) Habría que estar a lo indicado en el convenio para eliminar la doble imposición entre España y Polonia. Estoy familiarizado con varios, pero no con este en concreto. No puedo indicarte así a bote pronto. Salvo que indique algo al respecto de las tengas que indicas, la regla general sería la aplicable.

B) Aunque seas residente fiscal en España, seguramente Polonia (lógicamente mis conocimientos alcanzan a la normativa tributaria de España y no a la polaca, así que lo que te digo es una suposición en base a lo "usual") te haga tributar como no residente. España lo haría si fuera al revés. En todo caso, pasa eso existen las deducciones por doble imposición (afortunadamente la normativa de IRPF las tiene). En puridad, podría darse el caso en el que ambos países te considerasen residente fiscal, pero es un caso que no se suele dar (menos entre países europeos) y si hay convenio hay reglas para que solo lo seas en uno.
Now
ForoCoches: Usuario
#4
Cita de pensiero
Yo creo que esta pregunta deberías hacérsela a un asesor fiscal.
Claro, esto es para hacerme una idea. De momento no estoy cerca de la jubilación (por desgracia) tampoco pienso mudarme en el corto plazo y lo de la casa es una idea que tanteo, pero si se perfila más la cosa contactaré con algún profesional.


Cita de Devan Lochees
En el momento en el que adquieras la condición de residente fiscal en España, tributarias en el IRPF. El IRPF sigue el principio de tributación por la renta mundial del contribuyente. Es decir, no influye donde obtengas la renta. Por lo tanto, aunque la renta tenga origen en Polonia, tributarias aquí por ella de conformidad con la normativa española. Da igual donde esté el inmueble, quien sea la entidad gestora del fondo de pensiones privado, etc.

Dicho sea, debes tomar lo anterior como la regla general y hay que tener presente que:

A) Habría que estar a lo indicado en el convenio para eliminar la doble imposición entre España y Polonia. Estoy familiarizado con varios, pero no con este en concreto. No puedo indicarte así a bote pronto. Salvo que indique algo al respecto de las tengas que indicas, la regla general sería la aplicable.

B) Aunque seas residente fiscal en España, seguramente Polonia (lógicamente mis conocimientos alcanzan a la normativa tributaria de España y no a la polaca, así que lo que te digo es una suposición en base a lo "usual") te haga tributar como no residente. España lo haría si fuera al revés. En todo caso, pasa eso existen las deducciones por doble imposición (afortunadamente la normativa de IRPF las tiene). En puridad, podría darse el caso en el que ambos países te considerasen residente fiscal, pero es un caso que no se suele dar (menos entre países europeos) y si hay convenio hay reglas para que solo lo seas en uno.

Muchas gracias por tu respuesta, tendré que investigar más a fondo los convenios que pueda haber y hacer números sobre cómo podría afectar a la rentabilidad el mudarme antes de meterme en inversiones gordas.

Lo del plan de pensiones me preocupa menos, que a las malas podría rescatarlo antes de irme, pagando impuestos sobre los beneficios perdiendo lo que aporta el estado y parte de lo que da la empresa, pero seguiría teniendo una buena rentabilidad por la contribución de la empresa.
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