DEGIRO Y POSICIONES, modelo D6
16-nov-2020 18:36
#1
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Supuestamente tienes que declara las posiciones que tengas en el extranjero a fecha del 31 de Diciembre hasta el 31 de enero del año próximo. Pero, es posible ahorrarse tal operación sacando las posiciones de tu broker unos días antes? https://www.degiro.es/helpcenter/faq/fiscalidad-e-impuestos/1247 O quizás no lo he entendido bien y tienes que enviar el historial de tu cartera, es decir todas tus operaciones realizadas en 2020. Un saludo Dos enlaces interesantes: Cómo declarar tus beneficios de la bolsa en la declaración de la renta https://www.invirtiendopocoapoco.com...a-declaracion/ Si eres un nini como yo que ganas menos de 1000 euros anuales en bolsa, no tienes que declarar nada. Excepto si estás trabajando https://www.agenciatributaria.es/AEA..._declarar.html |
Editado: 18-nov-2020 00:25 -
16-nov-2020 20:12
#2
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Supuestamente tienes que declara las posiciones que tengas en el extranjero a fecha del 31 de Diciembre hasta el 31 de enero del año próximo. Pero, es posible ahorrarse tal operación sacando las posiciones de tu broker unos días antes?
https://www.degiro.es/helpcenter/faq...impuestos/1247 O quizás no lo he entendido bien y tienes que enviar el historial de tu cartera, es decir todas tus operaciones realizadas en 2020. Un saludo Si vendes todo el día 30 de diciembre, no tienes que hacer el D6. Pero te tocará pasar por Hacienda..... |
16-nov-2020 20:24
#3
| Hacienda solo tienes que pasar si tienes unas ganancias de más de 1000 euros anuales. |
16-nov-2020 23:24
#8
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Es decir, vives del aire y ganas menos de 1.000 euros de cualquier rendimiento (trabajo, inversión o actividades economicas).
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16-nov-2020 23:40
#10
| Me cago en la ostia, pensaba que por ser estudiante y no haber ganado 1000 pavos me libraba de declarar nada. |
17-nov-2020 00:56
#11
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Por ejemplo, si invierto 3000 euros y ahora mismo llevo 300 de ganancias (pero he ido ganando y perdiendo más, según he hecho transacciones), tengo que declarar esos 300 euros a hacienda como ganancia y los 1000 como inversión? EN el supuesto caso de que vendiese alguna de mis posiciones, claro está. |
17-nov-2020 01:11
#12
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Antes de nada, decir que alguna vez he leído por el forro que sólo por tener liquidez en el broker - aún sin tener ninguna posición abierta - tenías que hacer el d6. Me alegra saber que no es así. Por otra parte, hago una pregunta que, creo, se ajusta más o menos al título del hilo: Los que operáis con degiro y hacéis más de 40 operaciones al año, el informe que os da el broker es fiable? Me refiero a que si suele contener todos los movimientos sin ningún fallo, o es conveniente revisarlo por si hay alguna cagada. |
17-nov-2020 02:46
#14
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O se refiere solo a decir lo que tienes, no pagara hacienda? |
17-nov-2020 03:40
#17
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Buenas shurs, tengo una duda con el tema hacienda, a ver si me la podéis resolver. Hay que presentar todas las transacciones de venta-compra de acciones que has hecho? o el resultado de todas ellas ya sean pérdidas o ganancias?
Por ejemplo, si invierto 3000 euros y ahora mismo llevo 300 de ganancias (pero he ido ganando y perdiendo más, según he hecho transacciones), tengo que declarar esos 300 euros a hacienda como ganancia y los 1000 como inversión? EN el supuesto caso de que vendiese alguna de mis posiciones, claro está. |
17-nov-2020 11:41
#18
| Es un jodido dolor de cabeza el tema de hacienda, yo tambien estoy en Degiro y no quiero vender mis posiciones. Espero que hacer ese puto papel sea sencillo |
17-nov-2020 11:45
#19
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Esto he leido antes y quiza ayuda "Si no tienes acciones, fondos o ETFs en uno de estos brokers a 31 de Diciembre, no tienes que presentarlo. Es decir, si vendes todo antes del 31 de Diciembre, no tendrás que presentarlo aunque hayas tenido valores durante el resto del año." Fuente:https://www.invirtiendopocoapoco.com/modelo-d6/ |
17-nov-2020 11:51
#20
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Buenas shurs, tengo una duda con el tema hacienda, a ver si me la podéis resolver. Hay que presentar todas las transacciones de venta-compra de acciones que has hecho? o el resultado de todas ellas ya sean pérdidas o ganancias?
Por ejemplo, si invierto 3000 euros y ahora mismo llevo 300 de ganancias (pero he ido ganando y perdiendo más, según he hecho transacciones), tengo que declarar esos 300 euros a hacienda como ganancia y los 1000 como inversión? EN el supuesto caso de que vendiese alguna de mis posiciones, claro está. Antes de nada, decir que alguna vez he leído por el forro que sólo por tener liquidez en el broker - aún sin tener ninguna posición abierta - tenías que hacer el d6. Me alegra saber que no es así.
Por otra parte, hago una pregunta que, creo, se ajusta más o menos al título del hilo: Los que operáis con degiro y hacéis más de 40 operaciones al año, el informe que os da el broker es fiable? Me refiero a que si suele contener todos los movimientos sin ningún fallo, o es conveniente revisarlo por si hay alguna cagada. a) Si tengo acciones en un broker, solo tengo que hacer D6 en enero (informar al Ministerio de Economía de que las tengo). b) NO se declaran en la declaración de la renta (Hacienda), hasta que las vendes y obtienes ganancias/pérdidas. Y la obligación de esto, es SIEMPRE que trabajes o cobres becas de más de 1.000 euros. Aunque hayas tenido "rendimientos" (beneficios ES SOLO cuando se venden las acciones). @sergiorumem si no has vendido no es beneficio, es rendimiento. Y la obligación es cuando vendes, pues hasta ahora no tienes ningún beneficio. ¿Qué es lo ocurre en el día a día? Que mucha gente vende acciones y obtiene beneficios de un par de cientos de euros y se les olvida declararlo. De esta forma, asumes el riesgo de que nunca se den cuenta, o que lo hagan y te obliguen no solo a pagar por el 19~21% que corresponda, sino una carga adicional como "multa", además de que estarás en el punto de mira de Hacienda. Por último: - D6: es un documento informativo al Ministerio de Economía, no conlleva a pagar ningún impuesto. Se envía y te olvidas de él. - Renta: aquí sí se informa de lo que has vendido y has obtenido beneficio. Se pone el resultado TOTAL (hay una casilla para ingresos y otra para pérdidas por lo que Hacienda calcula que parte del neto te toca pagar, entre un 19% y 21% de lo ganado). Suerte. |
Editado: 17-nov-2020 11:55 -
17-nov-2020 11:57
#21
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Seguro que hay muchos que no cito. Para aclarar cuestiones.
a) Si tengo acciones en un broker, solo tengo que hacer D6 en enero (informar al Ministerio de Economía de que las tengo). b) NO se declaran en la declaración de la renta (Hacienda), hasta que las vendes y obtienes ganancias/pérdidas. Y la obligación de esto, es SIEMPRE que trabajes o cobres becas de más de 1.000 euros. Aunque hayas tenido "rendimientos" (beneficios ES SOLO cuando se venden las acciones). @sergiorumem si no has vendido no es beneficio, es rendimiento. Y la obligación es cuando vendes, pues hasta ahora no tienes ningún beneficio. ¿Qué es lo ocurre en el día a día? Que mucha gente vende acciones y obtiene beneficios de un par de cientos de euros y se les olvida declararlo. De esta forma, asumes el riesgo de que nunca se den cuenta, o que lo hagan y te obliguen no solo a pagar por el 19~21% que corresponda, sino una carga adicional como "multa", además de que estarás en el punto de mira de Hacienda. Suerte. Gracias shur. Una cuestión más, dices que beneficios es si vendes acciones pero, por ejemplo, compro acciones por valor de 100 euros y las vendo por 90, en teoría no son beneficios, supongo que los beneficios es en tanto al vamos de la compra de dicha acción no? Eso por cada acción, pero en hacienda hay que declarar benéficios de cada acción o el cómputo global del dinero que invertiste y del que has ganado? Y una última duda más shur. En el hipotético caso de que hayas invertido 10000 euros por ejemplo, imagina que vendes una parte de esa inversión por 1000 euros, pero, de esos 1000 euros las ganancias son 300, es decir, estás vendiendo una partida de acciones con beneficios pero, tienes invertido otros 9000 euros, en ese caso, declaras solo los 300 euros que has ganado entiendo no? |
17-nov-2020 11:57
#22
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El D6 siempre es obligatorio. |
17-nov-2020 12:04
#23
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¿Con el 720 pasa lo mismo?. Se que el límite es de 50,000, pero si vendes todo a 30 de diciembre,¿ tendrías que rellenarlo? |
17-nov-2020 12:05
#24
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Gracias shur. Una cuestión más, dices que beneficios es si vendes acciones pero, por ejemplo, compro acciones por valor de 100 euros y las vendo por 90, en teoría no son beneficios, supongo que los beneficios es en tanto al vamos de la compra de dicha acción no?
Si haces muchas operaciones de venta, las que obtengas pérdidas, restarán a las que tengas "beneficios". En tu ejemplo, tienes pérdidas por 10 euros, que podrás compensarlos en Hacienda, hasta CUATRO años más tarde, reduciendo por 10 euros, de los beneficios que declares (esa reducción Hacienda te compensará para no pagar impuestos por esa parte). Eso por cada acción, pero en hacienda hay que declarar benéficios de cada acción o el cómputo global del dinero que invertiste y del que has ganado? En Hacienda solo hay dos casillas a rellenar. Una es para poner beneficios por venta en bruto, y otra para poner pérdidas por venta en bruto (todas referidas al año en que estás haciendo la declaración). El borrador te calcula automáticamente, la diferencia entre beneficio y pérdidas (acumuladas de los últimos 4 años) y te calcula impuesto entre 19 y 21% por la diferencia. Y una última duda más shur. En el hipotético caso de que hayas invertido 10000 euros por ejemplo, imagina que vendes una parte de esa inversión por 1000 euros, pero, de esos 1000 euros las ganancias son 300, es decir, estás vendiendo una partida de acciones con beneficios pero, tienes invertido otros 9000 euros, en ese caso, declaras solo los 300 euros que has ganado entiendo no? Al hacer el D6 estás diciendo cuantas acciones tienes, a qué precio las compraste y en qué momento, con una foto a 31/12 de cada año. Si durante 2021 haces la operación que me cuentas, en el año 2022 tendrás que: 1. Hacer D6 en enero, por todas las acciones que tenías a 31/12/2020 (incluyendo las que has comprado). Este documento NO conlleva ningún impuesto, es solo información. 2. En la renta de junio, declarar únicamente los 300 euros de beneficios (ganancias como lo llamas), junto al resto de beneficios si has tenido más durante 2021. |
Editado: 17-nov-2020 12:08 -
17-nov-2020 12:06
#25
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Si sigues teniendo el dinero en una cuenta extranjera a 31 de diciembre, deberás rellenarlo. |
17-nov-2020 12:26
#28
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Me ponia en el caso de si tienes 55,000 en noviembre, pero 45,000 en diciembre, ¿Tendrías que rellenarlo? |
17-nov-2020 12:30
#29
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Pero cuidado con qué consideras "tener 45,000 en diciembre". Porque la obligación es todo aquello que no sea tenerlo en cuentas o brokers nacionales, que informen a Hacienda. La obligación del 720, vas mas allá del tener acciones en broker extranjeros. Un saludo. |