Vivir en el extranjero

Tr0Be4k3r
ForoCoches: Usuario
#1
Buenas shurs,

Pues resulta que ayer me llamaron y el mes que viene empiezo a currar en el extranjero, y hace una semana empecé a invertir aquí en España... Mi duda es si podría dejar aquí en España la inversión y sus futuras ampliaciones, etc o debería moverlo todo al nuevo pais?

Gracias!
Odirse-2
ForoCoches: Miembro
#2
Por curiosidad, que pais? A menudo te sale mejor invertir en el otro pais que hacerlo desde España... Tambien depende del broker/entidad donde tengas invertido etc... hay muchos que no te dejan mantener una cuenta abierta siendo residente fiscal en otro pais, otra cosa es que se enteren...
Tr0Be4k3r
ForoCoches: Usuario
#3
Sería Italia para los próximos 2-3 años aprox, tengo en myinvestor y en degiro
isma_el
ForoCoches: Miembro
#4
Interesa, estoy en situación similar
luigi_dt
Investment Analyst
#5
No hay ningún problema en mantener tus inversiones en España. Unicamente recuerda que has de tributar por ello en el nuevo pais (si pasas más de 6 meses al año allí) con la fiscalidad que allí se aplique.
Tr0Be4k3r
ForoCoches: Usuario
#6
Cita de luigi_dt
No hay ningún problema en mantener tus inversiones en España. Unicamente recuerda que has de tributar por ello en el nuevo pais (si pasas más de 6 meses al año allí) con la fiscalidad que allí se aplique.

Aquí en España no tendría que declarar nada? Aunque ganancias y tal acaben en la cuenta española?
luigi_dt
Investment Analyst
#7
Cita de Tr0Be4k3r
Aquí en España no tendría que declarar nada? Aunque ganancias y tal acaben en la cuenta española?
No soy un experto fiscal, pero entiendo que no. Deberías pagar por el aumento patrimonial en tu nuevo pais. De otro forma, sería doble imposición.
Tr0Be4k3r
ForoCoches: Usuario
#8
Para los que estén en situación parecida...he contactado con una gestoría y me han comentado esto:

Si eres residente fiscal en Italia, aquí ya no tienes que hacer RENTA.
Pasarías a realizar el impuesto de no residentes. Tendréis que de declarar los dividendos que obtienes en España a través del modelo 210 si la retención que te practican es inferior a la que te correspondería, en este caso es el 19% por lo que no tendrías que hacer nada.
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