Emigrar y llevarse los ahorros
09-sep-2020 14:02
#1
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Buenas shurs, dentro de poco me mudaré a otro país de la UE con mi mujer. La idea es irse "para siempre", por lo que quiero llevarme todo lo que tengo aquí: objetos personales, coche y demás, incluyendo el dinero que tengo en el banco. Mi idea es al llegar al país de destino, abrir una cuenta a mi nombre, darme de alta como autónomo (soy autónomo también aquí y lo comento por si supone alguna diferencia) y transferirme todo mi dinero. Mis ahorros no superan los 50k por lo que, con mi actual banco, puedo hacer una transferencia dentro de la zona SEPA sin ninguna comisión. Mi duda viene con los temas fiscales. Al ser dos cuentas mías y convertirme en residente en el país de destino: ¿tengo que declarar ese dinero de alguna manera? ¿Tengo que pagar impuestos por ello? ¿Tengo que tener cosas en cuenta para realizar ese movimiento? ¿Depende únicamente del país de destino? He preguntado en mi banco en España y no me han sabido decir. Mi suegro ha preguntado en su banco del país destino y, o no le han sabido decir, o el pobre hombre no se ha enterado. A ver si alguien tiene la más ligera idea o, al menos, algún contacto a quien pueda consultarlo. Gracias de antebrazo! |
09-sep-2020 14:26
#2
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Creo que sería importante decir el país de destino. Por sentido común, diría que no tienes que pagar. ¿Que país penalizaria la entrada de capital? Sería absurdo. |
09-sep-2020 14:35
#3
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Tu tienes tu cuenta española y tu residencia fiscal española. Si te abres la cuenta en un pais dentro de la UE, y tienes menos de 50k, te lo pasas a la cuenta del otro pais y nadie te tiene que decir nada. De hecho, lo puedes hacer hoy mismo. Y viceversa, cuando seas ciudadano d y tengas la residencia fiscal en otro pais, puedes tener una cuenta en España. |
09-sep-2020 14:49
#5
Me parece muy rotodosiano que no te sepan decir algo tan básico No por tu suegro, evidentemente, que no tiene por qué entender de estas movidas, pero gente del banco?Como te han dicho, entre países de la Union Europea, mientras sea el importe menor a 50K no tienes ni que declarar el traspaso. Si pasa de esa cantidad, tienes que presentar un formulario por lo que tengo entendido, pero no te van a cobrar impuestos. Simplemente lo hacen como control, si tienes tus cuentas en orden en el país de origen ese dinero es tuyo y no te van a cobrar impuestos a mayores. Un saludo y muchas suerte shur, pero estaría bien que mencionaras el país de destino, aunque sea solamente por curiosidad. |
09-sep-2020 15:17
#6
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Gracias a todos por las respuestas. Veo que usamos el mismo sentido común jejeje La cosa es que con los temas fiscales no siempre rige el sentido común y no quiero que me... ![]() Yo si estuviese en tu lugar iría a la embajada o consulado de ese país en España y lo mismo con la embajada o consulado español en ese país. Te sabrán explicar mejor temas fiscales. Aquí no creo que tengas que hacer mucha cosa pero entiendo que allí si. A estas alturas todo este año lo tendrás que declarar en España.
Tu tienes tu cuenta española y tu residencia fiscal española.
Si te abres la cuenta en un pais dentro de la UE, y tienes menos de 50k, te lo pasas a la cuenta del otro pais y nadie te tiene que decir nada. De hecho, lo puedes hacer hoy mismo. Y viceversa, cuando seas ciudadano d y tengas la residencia fiscal en otro pais, puedes tener una cuenta en España. |
09-sep-2020 15:19
#7
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Me parece muy rotodosiano que no te sepan decir algo tan básico
No por tu suegro, evidentemente, que no tiene por qué entender de estas movidas, pero gente del banco?Como te han dicho, entre países de la Union Europea, mientras sea el importe menor a 50K no tienes ni que declarar el traspaso. Si pasa de esa cantidad, tienes que presentar un formulario por lo que tengo entendido, pero no te van a cobrar impuestos. Simplemente lo hacen como control, si tienes tus cuentas en orden en el país de origen ese dinero es tuyo y no te van a cobrar impuestos a mayores. Un saludo y muchas suerte shur, pero estaría bien que mencionaras el país de destino, aunque sea solamente por curiosidad. ![]() Veo que más o menos vamos todos por la misma onda: mientras que no pase de 50K y quede todo a mi nombre, no hay ningún problema. |
09-sep-2020 16:50
#10
| abres la cuenta en el banco nuevo, puedes hacerlo online incluso, mandas la pasta menos de 50k no hay que hacer nada mas |
10-sep-2020 09:00
#12
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Una vez tengas un domicilio en Italia, un documento de identidad de residente italiano (como el NIE de aquí) y algún documento que justifique los ingresos (algo parecido al recibo de autónomos o el IAE de allí) no deberían ponerte problemas, también deberían poder ofrecerte una cuenta de pago básica. Después lo transfieres como una transferencia SEPA (que normalmente no tiene coste, igual que las nacionales) y listo.
Si tu residencia fiscal va a ser Italia y no vas dejar nada en España (ni viviendas, negocios etc) yo cancelaría la cuenta de aquí o bien abrir una cuenta de no-residente no sea que te toque tributar en ambos sitios |
10-sep-2020 10:04
#14
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A ver... yo toda la gente que conozco que vive en el extranjero (algunos desde hace mas de 40 años y sin intención de volver) mantienen alguna cuenta en españa. Mira bien eso de independizarte totalmente de españa El porque no lo se, pero todos tienen su cuenta aki. |
10-sep-2020 10:56
#15
| Yo vivo fuera y tengo cuenta en Espanya. Puedes avisar al banco, les dices que no eres residente y les envias los papeles que te pidan. No te cobraran impuestos de los intereses, etc... En mi caso va bien porque vivo en un pais que no tiene euro, prefiero no cambiar de moneda los ahorros que tenia. Por otro lado, tener cuenta en Espanya esta bien para cuando vengas de vacaciones, podras sacar dinero sin comision. |
No por tu suegro, evidentemente, que no tiene por qué entender de estas movidas, pero gente del banco?
