paga la parte vendedora 2/3 de los gasto de notaria? es asi? donde viene?

erick72
ForoCoches: Miembro
#1
una duda, estamos negociando la compra de una casa, somos la parte compradora y nos interesa que esto sea así y queremos justificarlo legalmente y no sabemos donde encontrar dicha referencia:
- los gastos de notaria en la compra venta, nos han dicho unos amigos que según ley la parte vendedora paga las 2/3 partes y 1/3 la parte compradora, esto es asi? en que artículo o en que normativa viene recogido?
Geo_01
ForoCoches: Miembro
#2
El notario lo paga el comprador... y si quereis que lo pague el vendedor os va a subir el precio...
erick72
ForoCoches: Miembro
#3
Cita de Geo_01
El notario lo paga el comprador... y si quereis que lo pague el vendedor os va a subir el precio...

pero eso dice la ley? es lo que queremos saber, legalmente que dice la normativa?
titotines
Catalonian Citizen
#4
Cita de erick72
pero eso dice la ley? es lo que queremos saber, legalmente que dice la normativa?
Artículo 1455 código civil.

El vendedor paga la escritura pública y el comprador la primera copia.
Eso de los 2/3 partes no aparece.
Devan Lochees
Res non verba
#5
Cita de erick72
una duda, estamos negociando la compra de una casa, somos la parte compradora y nos interesa que esto sea así y queremos justificarlo legalmente y no sabemos donde encontrar dicha referencia:
- los gastos de notaria en la compra venta, nos han dicho unos amigos que según ley la parte vendedora paga las 2/3 partes y 1/3 la parte compradora, esto es asi? en que artículo o en que normativa viene recogido?
Dile a tus amigos que suelten el quinto de cerveza.

El artículo 1455 indica que, en la compraventa, "Los gastos de otorgamiento de escrituras serán de cuenta del vendedor, y los de la primera copia y los demás posteriores a la venta serán de cuenta del comprador, salvo pacto en contrario" (y no es raro pactar algo diferente, te lo aseguro).

PD: No te has molestado ni en poner en Google "quien paga notario en compraventa"...
erick72
ForoCoches: Miembro
#6
Cita de titotines
Artículo 1455 código civil.

El vendedor paga la escritura pública y el comprador la primera copia.
Eso de los 2/3 partes no aparece.

que significa que el vendedor paga la escritura publica? y que el comprado la primera copia? no entiendo.

Cuando se haga la compra venta delante del notario, antes habrá que pagarle (imaginemos 800 Euros por decir algo) lo que has comentado de la escirtura publica y primera copia está dentor de su labor? coincide con lo del 2/3?
erick72
ForoCoches: Miembro
#7
Cita de Devan Lochees
Dile a tus amigos que suelten el quinto de cerveza.

El artículo 1455 indica que, en la compraventa, "Los gastos de otorgamiento de escrituras serán de cuenta del vendedor, y los de la primera copia y los demás posteriores a la venta serán de cuenta del comprador, salvo pacto en contrario" (y no es raro pactar algo diferente, te lo aseguro).

PD: No te has molestado ni en poner en Google "quien paga notario en compraventa"...



perdona pero si me he molestado y hay tanta información y nada concreta, había leído este articulo del cc pero, según este artículo si no pactamos nada y en el contrato de compra venta ponemos "según ley" entendemos que el vendedor paga los gastos de escrituras y nosotros la primera copia...que al final entendemos que viene a ser la parte compradora 2/3 y nosotros1/3 de los gastos totales de notaria...pero tampoco estamos seguros al 100% por eso preguntamos, porque preguntando aprendemos y mejoramos
titotines
Catalonian Citizen
#8
Cita de erick72
que significa que el vendedor paga la escritura publica? y que el comprado la primera copia? no entiendo.

Cuando se haga la compra venta delante del notario, antes habrá que pagarle (imaginemos 800 Euros por decir algo) lo que has comentado de la escirtura publica y primera copia está dentor de su labor? coincide con lo del 2/3?
Vas a hipotecarte y tienes un cacao importante .

La escritura pública es el documento que certifica la nueva titularidad y se deposita en el registro de la propiedad. Y las copias pues son eso copias de esa escritura pública que, por lo menos tu como nuevo propietario, tendrás que quedarte 1 no?

Lo de las 2/3 partes será algo que tus amigos pactaron, como si tú acuerdas con el vendedor pagar el notario al 50% .
Seguramente tus amigos pagaron su copia y el vendedor la pública y la copia para él, de ahí las 2/3. Pero ley en mano tu tienes que pagar las 2 copias y el vendedor la pública, pudiéndose pactar cualquier otra cosa .

En serio si estando a las puertas de una compra tienes estás dudas haztelo mirar.
erick72
ForoCoches: Miembro
#9
Cita de titotines
Vas a hipotecarte y tienes un cacao importante .

La escritura pública es el documento que certifica la nueva titularidad y se deposita en el registro de la propiedad. Y las copias pues son eso copias de esa escritura pública que, por lo menos tu como nuevo propietario, tendrás que quedarte 1 no?

Lo de las 2/3 partes será algo que tus amigos pactaron, como si tú acuerdas con el vendedor pagar el notario al 50% .

En serio si estando a las puertas de una compra tienes estás dudas haztelo mirar.



tio, si pregunto es para informarme y hacerlo bien, no por ser tonto...por eso pregunto, miro leo, me actualizo, veo una ley, etc y recurro a este foro y no al general para sacar información, hasta que no lo tenga claro al 100% no firmaremos nada...


por lo que estoy leyendo, si ponemos "gastos según ley" en el contrato compra venta (arras) el vendedor pagará una parte al notario según ley y nosotros la otra, que creo que coincide con esas proporciones de 2/3 y 1/3, pero veo que también la norma dice que se puede pactar, y veo por otras webs que la gente suele pactar el 50% de los gastos para ambas partes de gastos de notarios, otros intentan que sea el comprador quién asuma todo, etc...
por lo que leo, y según ese artículo del cc si ponemos según ley la parte vendedora pagará algo más que nosotros de los gastos de la notaria...
titotines
Catalonian Citizen
#10
Cita de erick72
tio, si pregunto es para informarme y hacerlo bien, no por ser tonto...por eso pregunto, miro leo, me actualizo, veo una ley, etc y recurro a este foro y no al general para sacar información, hasta que no lo tenga claro al 100% no firmaremos nada...


por lo que estoy leyendo, si ponemos "gastos según ley" en el contrato compra venta (arras) el vendedor pagará una parte al notario según ley y nosotros la otra, que creo que coincide con esas proporciones de 2/3 y 1/3, pero veo que también la norma dice que se puede pactar, y veo por otras webs que la gente suele pactar el 50% de los gastos para ambas partes de gastos de notarios, otros intentan que sea el comprador quién asuma todo, etc...
por lo que leo, y según ese artículo del cc si ponemos según ley la parte vendedora pagará algo más que nosotros de los gastos de la notaria...
Según Ley el vendedor paga la pública (1/3) y el comprador las copias (2/3), pero se puede pactar lo que os de la real gana. La pública es más cara que las copias.
Spider Man
ForoCoches: Usuario
#11
A mi también me han dicho que la parte vendedora paga 2/3 y la parte compradora 1/3 pero creo que no lo especificaron en el contrato. ¿En qué ley aparece ésto?
KarlosArgiñano
Menos STOP y más SOTP
#12
Cita de Spider Man
A mi también me han dicho que la parte vendedora paga 2/3 y la parte compradora 1/3 pero creo que no lo especificaron en el contrato. ¿En qué ley aparece ésto?
pero leete el hilo macho que lo tienes resuelto.

Paga el vendedor salvo pacto en contrario
mmiigguueell
ForoCoches: Miembro
#13
Cita de KarlosArgiñano
pero leete el hilo macho que lo tienes resuelto.

Paga el vendedor salvo pacto en contrario
Efectivamente, aunque yo lo que he visto es que normalmente se pacta que lo pague el comprador. Al final es lo mismo comprar un poco más caro y que lo pague el vendedor que comprar un poco más barato y que lo pague el comprador.
Nedved
ForoCoches: Miembro
#14
Up interesa
Radix2
ForoCoches: Miembro
#15
El vendedor sólo paga la escritura pública, todo lo demás es comprador, tu escritura, copias, todo lo de la hipoteca, etc... Es a cuenta del comprador.

Salvo pacto entre las partes.

De todos modos, si ya lo has firmado en el contrato de arras es fácil, tu pagas lo que diga la factura que te dará el notario y el vendedor lo que diga su factura.
chang
mo derador (flanders)
#16
Yo no sé cómo hay gente tan inútil a los que os timan así.

Tienes varias opciones.
-mirar en Google y ya si te "rompes el coco" Buscar en la ley
-llamar a la notaria.



Y la última. Ir a Forocoches a ver que te dicen
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