Fiscalidad degiro Fondo Monetario

Sombralzorro
ForoCoches: Miembro
#1
Hola, como declarais las ganancias o pérdidas del Fondo Monetario. Al enviar transferencia sería como adquirir participaciones del Fondo, y al comprar algún producto sería un reembolso? Ponéis todos los movimientos o solo las pérdidas o ganancias a 31 de diciembre? Haceis mención a los cambios de divisas?
Topitok
Hu haaaaa!!!
#2
No te calientes. Trátalo como si fuese efectivo que no genera rendimientos. Al fin y al cabo tú envías dinero y no das orden de suscribir nada.

A efectos fiscales la incidencia es tan escasa que jamás te van a preguntar por ello. Hay que ser prácticos.
Sombralzorro
ForoCoches: Miembro
#3
Te lo agradezco, si que estaba un poco rallado, pero es porque dada la situación; lo mismo cambian las reglas del juego. Al fin y al cabo durante los próximos años se trata de reconstruir la economía de un país, en un mundo nuevo. Siempre se puede recaudar a base de tipificar infracciones, y las sanciones en consecuencia. Siento sonar tan apocalíptico
carlos-bcn
ForoCoches: Miembro
#4
toricozgz
Shurmano
#5
valor liquidativo a fecha 31/12
para renta no lo necesitas ya que no tributa hasta que no salga, otra cosa es en patrimonio
Sombralzorro
ForoCoches: Miembro
#6
Bueno el ETF de Degiro, ya está incluido renta la cuenta de valores. Y el Fondo Monetario las pérdidas/ganancias en pérdidas y ganancias patrimoniales. Las compensaciones de degiro como intereses de cuentas. Alguién sabe el CIF del Fondo Monetario?
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