Fiscalidad degiro Fondo Monetario
19-abr-2020 18:39
#1
| Hola, como declarais las ganancias o pérdidas del Fondo Monetario. Al enviar transferencia sería como adquirir participaciones del Fondo, y al comprar algún producto sería un reembolso? Ponéis todos los movimientos o solo las pérdidas o ganancias a 31 de diciembre? Haceis mención a los cambios de divisas? |
19-abr-2020 18:57
#2
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No te calientes. Trátalo como si fuese efectivo que no genera rendimientos. Al fin y al cabo tú envías dinero y no das orden de suscribir nada. A efectos fiscales la incidencia es tan escasa que jamás te van a preguntar por ello. Hay que ser prácticos. |
22-abr-2020 04:32
#3
| Te lo agradezco, si que estaba un poco rallado, pero es porque dada la situación; lo mismo cambian las reglas del juego. Al fin y al cabo durante los próximos años se trata de reconstruir la economía de un país, en un mundo nuevo. Siempre se puede recaudar a base de tipificar infracciones, y las sanciones en consecuencia. Siento sonar tan apocalíptico |
24-abr-2020 19:24
#5
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valor liquidativo a fecha 31/12 para renta no lo necesitas ya que no tributa hasta que no salga, otra cosa es en patrimonio |
10-may-2020 00:26
#6
| Bueno el ETF de Degiro, ya está incluido renta la cuenta de valores. Y el Fondo Monetario las pérdidas/ganancias en pérdidas y ganancias patrimoniales. Las compensaciones de degiro como intereses de cuentas. Alguién sabe el CIF del Fondo Monetario? |