[FISCALIDAD] Impuestos sobre fondo de inversion en el extranjero
24-mar-2020 16:11
#1
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Es para un amigo y tal. Supuesto: Fulano tiene ciudadania española pero vive y trabaja en otro país dentro de la Union Europea llamado X. Si Fulano usa un banco español para invertir en un fondo de inversión de una gestora extranjera (de otro pais de la UE Y), hay alguna manera de que la hacienda de X se entere de si Fulano ha vendido el fondo con beneficios en algún momento y por tanto deba pagar impuestos por ello? Gracias de hantevraso. |
24-mar-2020 16:16
#2
| ¿Tu amigo Fulano declara en España o en el país X? Por aquello de la renta mundial y tal |
24-mar-2020 16:37
#4
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Es para un amigo y tal.
Supuesto: Fulano tiene ciudadania española pero vive y trabaja en otro país dentro de la Union Europea llamado X. Si Fulano usa un banco español para invertir en un fondo de inversión de una gestora extranjera (de otro pais de la UE Y), hay alguna manera de que la hacienda de X se entere de si Fulano ha vendido el fondo con beneficios en algún momento y por tanto deba pagar impuestos por ello? Gracias de hantevraso. PD: Después nos quejamos de los políticos, pero intentar saber si puedes estafar a Hacienda es muy miserable. |
24-mar-2020 16:42
#5
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Fulano debería saber que cuando vendes un fondo de inversión el banco te retiene el 19% de las ganancias, y que lo deposita en hacienda, por lo que no hay posibilidad de ROBAR impuestos.
PD: Después nos quejamos de los políticos, pero intentar saber si puedes estafar a Hacienda es muy miserable. El PD es discutible como mínimo Fulano nunca ha firmado contrato alguno en virtud del cual el Estado tenga potestad para saquearle un % de sus beneficios.Gracias por la respuesta shur. |
24-mar-2020 16:45
#6
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BBVA aplicará la correspondiente retención del Impuesto sobre la Renta de los no Residentes, sobre la plusvalía del fondo. Como te han dicho, vas a pagar. |
24-mar-2020 16:47
#7
| Aaaamigo. Asi que pagaría (fulano) el 19-23% de IRPF por ganancias del capital de la legislación española y no el de la legislacion de X, verdad? |
24-mar-2020 16:50
#8
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Vía retención pagará el 19% (es un tipo fijo, reducido al vivir en al UE) en España como no residente. Luego tributará en el país X por el bruto, pero deducirá el impuesto pagado en España. |
24-mar-2020 16:56
#9
| Vale, ya veo. Entiendo entonces que si en el momento de vender las participaciones Fulano vuelve a España y se hace residente fiscal allí entonces se libra de tributar en el país X, verdad? |
24-mar-2020 16:58
#10
| Si fulano dice al bbva que ya tributas en otro país, no se realizaría la doble imposición, esto fue lo que he hice yo hace poco. |
24-mar-2020 17:56
#11
| En España te retendrán esto. En X deberás declarar la renta obtenida y deducir lo pagado en España o lo que la legislación de X permita por doble imposición internacional. Pero España se queda su parte. |
24-mar-2020 18:32
#12
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Pero vamos, cambiar de residencia fiscal no es como cambiar de gallumbos, hay muchos criterios en juego y si es un tema de pasta debería consultarlo con un asesor fiscal internacional (como yo, jaja, no spam). |
25-mar-2020 01:55
#13
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Para residentes fiscales fuera de España no podremos realizar traspasos entre fondos porque los fondos en España sólo son traspasables para las personas físicas residentes en España. Por ello, en caso de reajuste automático de cartera, se venderán participaciones que podrían generar plusvalías y su correspondiente retención del 19% a cuenta por rendimiento de capital mobiliario que se ingresa en la Hacienda española. Para evitar esta retención, puedes enviarnos un certificado oficial de tu residencia fiscal actual fuera de España (reciente de hace menos de 12 meses), o un certificado fiscal de no residencia en España (en este caso de hace menos de 6 meses). Otra opción es solicitarnos que no se realicen reajustes automáticos en tu cartera, en cuyo caso no se generarán ni plusvalías de momento, ni retenciones. No es la opción por defecto, porque consideramos que es preferible dejar que la cartera se reajuste automáticamente, incluso si implica realizar plusvalías y pagar impuestos, pero es una opción disponible para el cliente que lo desea. En cuanto a los impuestos que te corresponden pagar fuera de España, recomendamos consultarlo con un fiscalista. |
25-mar-2020 08:54
#14
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El mensaje de abajo lo recibí de Indexa, ya que yo también soy un fulano, y según me dijeron si justificas que no eres residente fiscal no se aplica ninguna retención en España. Ya tendría que declararlo en Alemania.
Para residentes fiscales fuera de España no podremos realizar traspasos entre fondos porque los fondos en España sólo son traspasables para las personas físicas residentes en España. Por ello, en caso de reajuste automático de cartera, se venderán participaciones que podrían generar plusvalías y su correspondiente retención del 19% a cuenta por rendimiento de capital mobiliario que se ingresa en la Hacienda española. Para evitar esta retención, puedes enviarnos un certificado oficial de tu residencia fiscal actual fuera de España (reciente de hace menos de 12 meses), o un certificado fiscal de no residencia en España (en este caso de hace menos de 6 meses). Otra opción es solicitarnos que no se realicen reajustes automáticos en tu cartera, en cuyo caso no se generarán ni plusvalías de momento, ni retenciones. No es la opción por defecto, porque consideramos que es preferible dejar que la cartera se reajuste automáticamente, incluso si implica realizar plusvalías y pagar impuestos, pero es una opción disponible para el cliente que lo desea. En cuanto a los impuestos que te corresponden pagar fuera de España, recomendamos consultarlo con un fiscalista. Si esto es así tu país de residencia conocerá la venta, tributas allí y listo. |
Fulano nunca ha firmado contrato alguno en virtud del cual el Estado tenga potestad para saquearle un % de sus beneficios.