[FISCALIDAD] Impuestos sobre fondo de inversion en el extranjero

Intael
ForoCoches: Miembro
#1
Es para un amigo y tal.

Supuesto: Fulano tiene ciudadania española pero vive y trabaja en otro país dentro de la Union Europea llamado X. Si Fulano usa un banco español para invertir en un fondo de inversión de una gestora extranjera (de otro pais de la UE Y), hay alguna manera de que la hacienda de X se entere de si Fulano ha vendido el fondo con beneficios en algún momento y por tanto deba pagar impuestos por ello?

Gracias de hantevraso.
CaraPolla
Miembro VIP
#2
¿Tu amigo Fulano declara en España o en el país X? Por aquello de la renta mundial y tal
Intael
ForoCoches: Miembro
#3
Cita de CaraPolla
¿Tu amigo Fulano declara en España o en el país X? Por aquello de la renta mundial y tal
En X porque trabaja y vive alli.
yugui87
ForoCoches: Usuario
#4
Cita de Intael
Es para un amigo y tal.

Supuesto: Fulano tiene ciudadania española pero vive y trabaja en otro país dentro de la Union Europea llamado X. Si Fulano usa un banco español para invertir en un fondo de inversión de una gestora extranjera (de otro pais de la UE Y), hay alguna manera de que la hacienda de X se entere de si Fulano ha vendido el fondo con beneficios en algún momento y por tanto deba pagar impuestos por ello?

Gracias de hantevraso.
Fulano debería saber que cuando vendes un fondo de inversión el banco te retiene el 19% de las ganancias, y que lo deposita en hacienda, por lo que no hay posibilidad de ROBAR impuestos.

PD: Después nos quejamos de los políticos, pero intentar saber si puedes estafar a Hacienda es muy miserable.
Intael
ForoCoches: Miembro
#5
Cita de yugui87
Fulano debería saber que cuando vendes un fondo de inversión el banco te retiene el 19% de las ganancias, y que lo deposita en hacienda, por lo que no hay posibilidad de ROBAR impuestos.

PD: Después nos quejamos de los políticos, pero intentar saber si puedes estafar a Hacienda es muy miserable.
El banco es BBVA, pero fulano no tributa en España (no tiene residencia fiscal allí, sólo ciudadanía). Va a depositar BBVA los impuestos en la hacienda de X? Pregunto sinceramente, no tengo ni idea.

El PD es discutible como mínimo Fulano nunca ha firmado contrato alguno en virtud del cual el Estado tenga potestad para saquearle un % de sus beneficios.

Gracias por la respuesta shur.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#6
BBVA aplicará la correspondiente retención del Impuesto sobre la Renta de los no Residentes, sobre la plusvalía del fondo.

Como te han dicho, vas a pagar.
Intael
ForoCoches: Miembro
#7
Cita de Topitok
BBVA aplicará la correspondiente retención del Impuesto sobre la Renta de los no Residentes, sobre la plusvalía del fondo.

Como te han dicho, vas a pagar.
Aaaamigo. Asi que pagaría (fulano) el 19-23% de IRPF por ganancias del capital de la legislación española y no el de la legislacion de X, verdad?
lucaleti
ForoCoches: Miembro
#8
Vía retención pagará el 19% (es un tipo fijo, reducido al vivir en al UE) en España como no residente.

Luego tributará en el país X por el bruto, pero deducirá el impuesto pagado en España.
Intael
ForoCoches: Miembro
#9
Cita de lucaleti
Vía retención pagará el 19% (es un tipo fijo, reducido al vivir en al UE) en España como no residente.

Luego tributará en el país X por el bruto, pero deducirá el impuesto pagado en España.
Vale, ya veo. Entiendo entonces que si en el momento de vender las participaciones Fulano vuelve a España y se hace residente fiscal allí entonces se libra de tributar en el país X, verdad?
shinoda
Der Weg ist das Ziel
#10
Si fulano dice al bbva que ya tributas en otro país, no se realizaría la doble imposición, esto fue lo que he hice yo hace poco.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#11
Cita de Intael
Aaaamigo. Asi que pagaría (fulano) el 19-23% de IRPF por ganancias del capital de la legislación española y no el de la legislacion de X, verdad?
En España te retendrán esto. En X deberás declarar la renta obtenida y deducir lo pagado en España o lo que la legislación de X permita por doble imposición internacional. Pero España se queda su parte.
lucaleti
ForoCoches: Miembro
#12
Cita de Intael
Vale, ya veo. Entiendo entonces que si en el momento de vender las participaciones Fulano vuelve a España y se hace residente fiscal allí entonces se libra de tributar en el país X, verdad?
Si, si viene aquí lógicamente dejará de tributar allí y tributará aquí del 19 al 23%.

Pero vamos, cambiar de residencia fiscal no es como cambiar de gallumbos, hay muchos criterios en juego y si es un tema de pasta debería consultarlo con un asesor fiscal internacional (como yo, jaja, no spam).
shinoda
Der Weg ist das Ziel
#13
Cita de Topitok
En España te retendrán esto. En X deberás declarar la renta obtenida y deducir lo pagado en España o lo que la legislación de X permita por doble imposición internacional. Pero España se queda su parte.
El mensaje de abajo lo recibí de Indexa, ya que yo también soy un fulano, y según me dijeron si justificas que no eres residente fiscal no se aplica ninguna retención en España. Ya tendría que declararlo en Alemania.

Para residentes fiscales fuera de España no podremos realizar traspasos entre fondos porque los fondos en España sólo son traspasables para las personas físicas residentes en España. Por ello, en caso de reajuste automático de cartera, se venderán participaciones que podrían generar plusvalías y su correspondiente retención del 19% a cuenta por rendimiento de capital mobiliario que se ingresa en la Hacienda española.

Para evitar esta retención, puedes enviarnos un certificado oficial de tu residencia fiscal actual fuera de España (reciente de hace menos de 12 meses), o un certificado fiscal de no residencia en España (en este caso de hace menos de 6 meses).

Otra opción es solicitarnos que no se realicen reajustes automáticos en tu cartera, en cuyo caso no se generarán ni plusvalías de momento, ni retenciones. No es la opción por defecto, porque consideramos que es preferible dejar que la cartera se reajuste automáticamente, incluso si implica realizar plusvalías y pagar impuestos, pero es una opción disponible para el cliente que lo desea.

En cuanto a los impuestos que te corresponden pagar fuera de España, recomendamos consultarlo con un fiscalista.
Topitok
Hu haaaaa!!!
#14
Cita de shinoda
El mensaje de abajo lo recibí de Indexa, ya que yo también soy un fulano, y según me dijeron si justificas que no eres residente fiscal no se aplica ninguna retención en España. Ya tendría que declararlo en Alemania.

Para residentes fiscales fuera de España no podremos realizar traspasos entre fondos porque los fondos en España sólo son traspasables para las personas físicas residentes en España. Por ello, en caso de reajuste automático de cartera, se venderán participaciones que podrían generar plusvalías y su correspondiente retención del 19% a cuenta por rendimiento de capital mobiliario que se ingresa en la Hacienda española.

Para evitar esta retención, puedes enviarnos un certificado oficial de tu residencia fiscal actual fuera de España (reciente de hace menos de 12 meses), o un certificado fiscal de no residencia en España (en este caso de hace menos de 6 meses).

Otra opción es solicitarnos que no se realicen reajustes automáticos en tu cartera, en cuyo caso no se generarán ni plusvalías de momento, ni retenciones. No es la opción por defecto, porque consideramos que es preferible dejar que la cartera se reajuste automáticamente, incluso si implica realizar plusvalías y pagar impuestos, pero es una opción disponible para el cliente que lo desea.

En cuanto a los impuestos que te corresponden pagar fuera de España, recomendamos consultarlo con un fiscalista.
Efectivamente, siempre que X sea un país con el que España tenga acuerdo para evitar la doble imposición internacional y exista un efectivo intercambio de información.

Si esto es así tu país de residencia conocerá la venta, tributas allí y listo.
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