Mail de axesor sobre prescipcion de deudas
05-mar-2020 14:25
#1
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Hola, he recibido de axesor el email sisguiente, mi pregunta es ¿Es cierto?, si alguien te debe dinero ¿se va de rositas?. Si alguien le debe dinero a la telefónica de turno, ¿prescribe? Gracias Javier Evite perder sus derechos de cobro Las deudas y obligaciones contraídas desde el 7 de octubre de 2005 al 7 de octubre de 2015 prescriben el próximo 7 de octubre de 2020*. Las nacidas a partir del 7 de octubre de 2015 prescriben a los 5 años. La Ley 42/2015 de 5 de octubre modificó el plazo de prescripción para todo tipo de deuda personal, facturas impagadas, rentas de alquiler, entregas a cuenta, reclamación de daños y perjuicios y a todas aquellas acciones personales que no tengan un plazo especial de prescripción. Envíe a su deudor un burofax con certificado de texto y acuse de recibo e interrumpa el plazo de caducidad de la deuda. |
06-mar-2020 14:25
#3
| Si, antes de 5 años hay que "refrescar la deuda" hay que hacerlo por algún medio que quede constancia, como pueda ser un burofax, no vale un simple correo o llamada telefónica. Si no se hace esto, pues la deuda prescribe y ya no se puede reclamar. |