Autorizado o cotitulares de cuenta bancaria...
07-dic-2019 10:27
#1
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Hola! Tengo una duda y quizas podais ayudarme... el caso es que mi padre me lleva mucho tiempo insistiendo en que ponga de autorizado a mi hermano en las cuentas de banco que tengo actualmente, por que? Dice que en caso de que me pasara algo y no lo tuviera hecho ese dinero se lo quedaria el estado y/o banco, hasta que punto es cierto esto? Un saludo |
07-dic-2019 11:00
#2
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Que cacao mental lleva tu padre... En la sucesión intestada (sin testamento) la prelación es: 1. Descendientes. 2. Ascendientes. 3. Cónyuges. 4. Colaterales. Asumiendo que estás soltero, sin hijos, iría primero a tus padres, y si ya han fallecido, a tus hermanos, tras haber heredado. El único caso en el que "se lo queda el estado" es cuando literalmente no tienes familiares vivos. Y con esto quiero decir primos, sobrino-nietos, etc. |
07-dic-2019 11:04
#3
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Que cacao mental lleva tu padre...
En la sucesión intestada (sin testamento) la prelación es: 1. Descendientes. 2. Ascendientes. 3. Cónyuges. 4. Colaterales. Asumiendo que estás soltero, sin hijos, iría primero a tus padres, y si ya han fallecido, a tus hermanos, tras haber heredado. El único caso en el que "se lo queda el estado" es cuando literalmente no tienes familiares vivos. Y con esto quiero decir primos, sobrino-nietos, etc. ![]() Gracias shur!!! |
07-dic-2019 11:10
#4
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Un autorizado puede tener opción de sólo consultar o de movimientos completos (sacar dinero). Un cotitular es dueño de la mitad del saldo. |
07-dic-2019 11:19
#5
| El autorizar a alguien es para que si pasa algo no haya que esperar, agiliza mucho los trámites con la cuenta de la persona fallecida y el autorizar a alguien no significa que esta persona pueda operar con tu cuenta. |
07-dic-2019 11:32
#6
| A ver, si fuera cotitular (que no es lo mismo que autorizado) sería mucho más rápido el trámite con las cuentas si pasara algo. Pero implica que tu hermano tenga el 50% de lo que haya en estas. |
07-dic-2019 14:41
#8
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Creo que me he liado yo solo, lo que agiliza es la co-titularidad, de hecho creo que la autorización cesa tras fallecimiento. Pregunta en el banco a ver. |
07-dic-2019 17:21
#10
| Tendre que preguntar, no vaya a ser que por hacerle cotitular le joda en la declaracion de la renta! |
07-dic-2019 23:51
#11
| El autorizado (salvo q existan distintos niveles ) puede sacar y meter dinero como el titular. |
08-dic-2019 12:25
#13
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Justo falleció mi abuela y estoy yo haciendo el papeleo para mi madre y mi tía... Solo se lo queda el estado si no hay familiares vivos. Sea como sea hay que esperar a ejecutar la herencia. Si eres autorizado, aunque puedas mover dinero de la cuenta no debes tocar el dinero hasta hacer la herencia porque es delito (aunque por cantidades bajas no suele pasar nada, dicho por la notaria). Si eres co-titular puedes mover el 50% del dinero y hacer lo que quieras con él. Con el otro 50% hay que hacer lo mismo que en el caso anterior, esperar a ejecutar la herencia. |
08-dic-2019 12:46
#14
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Un autorizado viene bien para gestiones diarias, que por trabajo o enfermedad el titular no puede hacer. Como bien indican, al fallecer el titular la figura del autorizado desaparece automáticamente, otra cosa es que los del banco tengan conocimiento de que el titular ha fallecido. Es habitual que se pongan de autorizados hijos con sus padres, al revés, familiares cercanos, etc... No afecta fiscalmente no de ninguna otra forma. |
08-dic-2019 13:46
#15
| Tan simple como esto. Mejor autorizar, salvo que queráis expresamente lo contrario y sepáis lo que supone. |
09-dic-2019 23:18
#16
![]() En myinvestor me han dicho lo siguiente Gracias por tu consulta. Tu hermano consta como Autorizado en la cuenta (no Titular), así que fiscalmente no le afecta en nada la cuenta. Un saludo Gracias! |

