Duda Cobro de gastos empresa fuera de contrato... y desempleo

skanskan
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#1
Buenas.

A ver si alguien pudiera resolverme una duda, por favor.
Mi novia ha estado 3 años haciendo un doctorado, con una beca, que a efectos de la SS es un contrato.
Hace 2 meses que finalizó y ya está cobrando la prestación por desempleo mientras busca trabajo y finiquita unas cosas.

La cuestión es que hace poco el departamento le hizo hacer una estancia internacional que ella pagó de su bolsillo pero prometiendo que en algún momento se lo pagarían.
Tras muchos meses, el director del departamento ya ha dado la orden de pago, se lo ha dicho a RRHH de la universidad que se encargará de todo.

Mi pregunta es, si ya no tiene contrato con la universidad...
¿Cómo le pagarán?
¿La darán de alta para un sólo día?
¿Tendrá que hacerse autónoma? ¿Qué pasa si lo que te pagan es menos que la cuota de autónomos?
¿Se paga como retroactivamente y entonces no hay que hacer nuevos contratos ni nada raro?

Y lo más importante. ¿Tras el cobro deberá ir otra vez a hacer los papeleos del INEM para poder seguir cobrando? En ese caso bajaría la cuantía porque lleva 3 meses sin trabajar.
Miraji
ForoCoches: Miembro
#2
Pagárselo por transferencia nada mas fácil y entiendo que ella envió la nota de gastos al dpto. de RRHH

Lo suyo habría sido en el finiquito haberlo liquidado o como mínimo haberlo hecho constar, pero si hay buena voluntad por todas las partes no debe de haber ningún problema.

No se dará de alta para eso, sencillamente sera finiquito v.2

El único problema que se podría plantear es si el ingreso corresponde al 2018, para la declaración de renta si estaba obligada.
skanskan
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#3
Cita de Miraji
Pagárselo por transferencia nada mas fácil y entiendo que ella envió la nota de gastos al dpto. de RRHH

Lo suyo habría sido en el finiquito haberlo liquidado o como mínimo haberlo hecho constar, pero si hay buena voluntad por todas las partes no debe de haber ningún problema.

No se dará de alta para eso, sencillamente sera finiquito v.2

El único problema que se podría plantear es si el ingreso corresponde al 2018, para la declaración de renta si estaba obligada.
Lo decía no por como lo envían sino por como consta de cara a hacienda y si te tienes que dar de alta de algo.
¿Entonces habrá que añadirlo en la próxima declaración (que sería para el año 2019) o es automático?
111maxi111
Rusia fue y es culpable
#4
Cita de skanskan
Lo decía no por como lo envían sino por como consta de cara a hacienda y si te tienes que dar de alta de algo.
¿Entonces habrá que añadirlo en la próxima declaración (que sería para el año 2019) o es automático?
Yo creo, sin ser especialista, que es mucho mas facil

Llega el dinero a su cuenta, la universidad expide un documento diciendo que es por "gastos no abonados en el finiquito por la estancia en el extranjero soportado por el titular" o algo similar

¿Hay algun rendimiento economico? NO
¿Se declara? NO
¿Te pide cuentas haceinda en el proximo ejercicio? Enseñas el papel

Por supuesto asegurate que esa cantidad no tributa en el año de la declaracion porque no es un rendimiento derivado de una actividad
skanskan
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#5
Cita de 111maxi111
Yo creo, sin ser especialista, que es mucho mas facil

Llega el dinero a su cuenta, la universidad expide un documento diciendo que es por "gastos no abonados en el finiquito por la estancia en el extranjero soportado por el titular" o algo similar

¿Hay algun rendimiento economico? NO
¿Se declara? NO
¿Te pide cuentas haceinda en el proximo ejercicio? Enseñas el papel

Por supuesto asegurate que esa cantidad no tributa en el año de la declaracion porque no es un rendimiento derivado de una actividad
Hacienda puede pensar que sí hay un rendimiento económico.
Miraji
ForoCoches: Miembro
#6
Cita de 111maxi111
Yo creo, sin ser especialista, que es mucho mas facil

Llega el dinero a su cuenta, la universidad expide un documento diciendo que es por "gastos no abonados en el finiquito por la estancia en el extranjero soportado por el titular" o algo similar

¿Hay algun rendimiento economico? NO
¿Se declara? NO
¿Te pide cuentas haceinda en el proximo ejercicio? Enseñas el papel

Por supuesto asegurate que esa cantidad no tributa en el año de la declaracion porque no es un rendimiento derivado de una actividad
Como bien dice el compañero, si no hay ingreso( corresponde a los gatos alojamiento, transporte y no sobrepasa las dietas normales por hosteleria, ) por ningun servicio en principio no constara por tanto para la declaracion, si hay algun ingreso por servicio eso si que tendria que declararlo y la misma universidad deberia de hacer la correspondiente retencion.
skanskan
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#7
Cita de Miraji
Como bien dice el compañero, si no hay ingreso( corresponde a los gatos alojamiento, transporte y no sobrepasa las dietas normales por hosteleria, ) por ningun servicio en principio no constara por tanto para la declaracion, si hay algun ingreso por servicio eso si que tendria que declararlo y la misma universidad deberia de hacer la correspondiente retencion.
OK, gracias.
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