No residente considerando vivienda como inversión

Cortina Lotus
ForoCoches: Miembro
#1
Buen día,

He visto que con las actuales leyes Españolas, hay bastantes restricciones para los no residentes a la hora de comprar vivienda, tanto a la hora de hipotecas como a la hora de tributar (impuestos abusivos).

Aún así, como español residente en el extranjero, si me gustaría tener algo donde, en un caso extremo, tener donde refugiarme en algún sitio.

Las dudas que me surgen son las siguientes.

1. ¿Que porcentaje del importe de compra podría llegar a darme el banco como no residente?

2. ¿Como suelen ser los tipos de interés? He leído que pueden llegar a ser abusivos

3. He visto que tributo por ingresos un 25% de cara a Hacienda. No puedo deducirme absolutamente, reparaciones, gastos, etc. No obstante, entiendo que hacer las cosas legalmente me va a dar cierta seguridad jurídica. ¿Es así?

4. ¿Podría delegar completamente en una inmobiliaria para la gestión mientras vivo fuera, o necesariamente tengo que estar presencialmente, al menos, para firmar contrato a un inquilino?


Un saludo
kuanto
ForoCoches: Miembro
#2
En lo que a fiscalidad se refiere no sé decirte.

Pero respecto a obtener un préstamo hipotecario para la compra, entiendo por tu mensaje que contemplas pedirlo a un banco español. Estudia la posibilidad de pedirlo a un banco del país donde residas. Vivo en Francia y conocí a una chica aquí que tenía una casa comprada en España con un préstamo por un banco francés. Simplemente comentar que es una posibilidad que existe y puede ser más interesante.
relagu
ForoCoches: Miembro
#3
Lo que ha comentado el forero de arriba, mira bancos que estén en tu país de residencia.
gladiator-1
ForoCoches: Miembro
#4
A ver por partes..

La inversión en un piso es a largo plazo. A no ser que lo quieras para especular, que no creo que sea tu caso.

No entiendo si eres español viviendo en el extranjero. O no español residiendo en España. Si eres lo segundo no te puedo ayudar, pues no tengo ni idea de cómo va el tema. Pero creo que si eres europeo no hay problema más allá de hacer papeles.

Si compras un piso, y necesitas una hipoteca. Yo que tu iría a un banco que no me pusiese cómo condición la domiciliación de la nómina, para que puedas subrogar el contrato a otro banco que te de mejores condiciones de la hipoteca en el futuro. Puedes tirar de uno online teniendo en cuenta que estás fuera. Pero al final da un poco igual, puedes hacerlo con un banco extranjero o con un banco nacional. El tema es el interés, tienes que buscar cuál te conviene más, allá dónde el banco arriesga más con tu préstamo te cobrará más o menos. La media de las hipotecas ahora mismo está baja.. suelen cobrar un 2% más euribor que ahora mismo está casi negativo. No sé que porcentaje te pedirán la verdad..pero imagino que minimo un 20% te lo pedirán.

Si quieres que el piso te lo "gestionen", para el alquiler, yo creo que más que una inmobiliaria deberías acudir a un administrador de fincas.

Y luego el tema de si lo alquilas.. tienes varias opciones.. dependiendo de dónde lo compres: (Y la legislación local)

- Si es una gran ciudad o pueblo turistico.. pues dedicarlo al turismo, vía booking o airbnb, los administradores de fincas se encargan de todas esas gestiones, a cambio de llevarse ellos una comisión, obviamente. Y no hace falta que estés presente, ellos hacen las gestiones por ti, no tienes que personarte en persona..

- Si es una ciudad con universidad, dedicarlo al alquiler de piso de estudiantes. Vas a tenerlo ocupado todo el año si o si, y cuándo quieras vivir en él, no hay problema porque este tipo de alquileres suelen durar 9-10 meses. Para esto mejor acude a una inmobiliaria. O puedes incluso ceder la gestión a cambio de una cuota a empresas que se dedican a explotar el tema de los estudiantes. Busca alojamir (o todo lo que tenga que ver con la palabra mir en aquellas ciudades que hay examenes del mir.

- Si no es ninguna de las otras dos, sólo te queda alquilarlo a gente que vaya a vivir ahí a largo plazo, ahí tienes que asegurarte bien de que en el contrato te cubres bien de todo. Porque a largo plazo, suele haber problemas con los inquilinos que se acomodan y la jurisprudencia suele proteger más al inquilino que al arrendador. Cosas muy importantes a tener en cuenta:

- Que especifiques en las cláusulas que subirás el precio conforme a un indice, el más común es el IPC
- Que especifiques en las cláusulas que puedes mandar al inquilino a fregar si quieres vivir tu en el piso o un familiar tuyo.
- Que especifiques en las cláusulas que cosas pagas tu y que cosas paga el inquilino. Pero importante esto, que por ejemplo, si el inquilino paga la luz, tienes que poner el contrato de luz a nombre del mismo. Porque luego si el inquilino es moroso, o puentea el contador y lo pillan, quién va a pagar las consecuencias eres tu y no él. Esto es algo que siempre me aseguro de hacer, estuve trabajando para una eléctrica y la mayoría de fraudes eran de este tipo y los dolores de cabeza que daba a los propietarios eran guapos.

y luego habría que revisar la ley, hace años había una que no sé si sigue en vigor, que decía algo así cómo que si el inquilino es joven entre 21 y 30 años y tiene un contrato indefinido por valor de nose cuánto salario mensual, tu recibías como arrendador una desgravación importante en hacienda. Luego hay cosas, reparaciones siempre que sean para mejorar la casa desgravan, osea, se te jode la caldera y la reparas, no desgrava. Pero decides cambiar de caldera para poner una de quema de huesos de aceituna (por decir algo) y desgrava. Y luego hay algunos gastos que también desgravan, tienes que mirarlo ahora mismo de memoria no me los sé.

Por último, un consejo que te hago es que si pillas piso, y los alrededores está jodido aparcar o es zona azul, pilla la plaza de parking, suelen ser unos 6000€ más, pero puedes sacarle rentabilidad y luego si te vas a vivir allí, lo agradecerás. Dependiendo de la zona, la plaza podrías cobrar impuestos incluidos entre 50-100€. Eso en 10 años lo tienes amortizado.

y luego el apartado de impuestos a pagar:

La contribución, o IBI. Que aquí puedes jugar sino tienes más propiedades, poniendo esta como si fuese tu vivienda habitual. No pagarías el impuesto. Si tienes más propiedades, ya pagarías como segunda vivienda. Digo jugar, porque no sé como va el tema de poner que es tu vivienda habitual y luego alquilarlo.. revisa/pregunta.
Si lo alquilas, tienes que declarar trimestralmente el IVA.
Si lo alquilas como turismo, los impuestos locales al turismo si los hay.
Si pillas plaza de garaje, normalmente va en gastos de la comunidad... nada.. pero si pillas garaje tienes que pagar el vado al ayuntamiento. Es poca cantidad.
Creo que no me falta nada.

Espero haberte ayudado.

PD: yo no he comprado nunca un piso, sólo he gestionado las propiedades de la herencia de mi padre, que fue un bonito dolor de cabeza.
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