Seguro de Vida y Hogar hipoteca 2009 tras el cambio de Ley Hipotecaria +DUDAS

Táctico 1
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#1
Buenas, os voy a plantear la siguiente duda que me viene rondando la cabeza. Resulta que en 2009 firmé una hipoteca para la compra de mi primera casa, esta hipoteca era una hipoteca que promocionaba la Comunidad Autonoma donde vivo de forma que daban un buen diferencial en aquella epoca, un 0.45% siempre que se contratasen los seguros de los que hablo, vamos, las condiciones eran tal que así:


Condiciones financieras supeditadas a la contratación del seguro del hogar, la domiciliación de la nómina o seguro de autónomo, de todos los titulares, y el seguro de vida de los titulares. Todos los seguros se deberán contratar con la entidad con la que se contrata la hipoteca, o bien la empresa elegida por ésta.En caso de no cumplir con estos requisitos, el tipo de interés subirá un 1% por cada seguro no contratado.


Mi duda es si con el cambio de Ley puedo contratar el seguro con quien me de la gana, ya que me cobran una pasta con el del banco.
Pasadena
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#2
Qué cantidad de interés llevas amortizado? Porque si llevas desde el 2009, imagino que ya estarás pagando gran porcentaje de capital y te podría interesar cambiarte pese a la subida de ese 1%
Táctico 1
ForoCoches: Miembro
#3
Cita de Pasadena
Qué cantidad de interés llevas amortizado? Porque si llevas desde el 2009, imagino que ya estarás pagando gran porcentaje de capital y te podría interesar cambiarte pese a la subida de ese 1%

Ahora mismo cada letra es de 400 y de eso, 360 capital y 40 de intereses. Ahora si es verdad que ya noto que poco a poco baja la deuda... los comienzos son para olvidar.


Entiendo con tu respuesta que a pesar del cambio de Ley no puedo contratar con otra compañia, ¿no?
Pasadena
*AutoBan Spam/Flood/Troll*
#4
Cita de Táctico 1
Ahora mismo cada letra es de 400 y de eso, 360 capital y 40 de intereses. Ahora si es verdad que ya noto que poco a poco baja la deuda... los comienzos son para olvidar.


Entiendo con tu respuesta que a pesar del cambio de Ley no puedo contratar con otra compañia, ¿no?
No, que el recargo del 1% más se aplicaría (si no estoy equivocado) sobre esos 40€, con lo cual, calcula a ver si te compensa.
rotceh
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#5
No aplica de forma retroactiva en ese aspecto que yo sepa.
Táctico 1
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#6
Cita de rotceh
No aplica de forma retroactiva en ese aspecto que yo sepa.



¿Forma retroactiva? ¿A que te refieres? Si la renovación de los seguros es anual...
tillIcollapse
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#7
Cita de Táctico 1
Buenas, os voy a plantear la siguiente duda que me viene rondando la cabeza. Resulta que en 2009 firmé una hipoteca para la compra de mi primera casa, esta hipoteca era una hipoteca que promocionaba la Comunidad Autonoma donde vivo de forma que daban un buen diferencial en aquella epoca, un 0.45% siempre que se contratasen los seguros de los que hablo, vamos, las condiciones eran tal que así:


Condiciones financieras supeditadas a la contratación del seguro del hogar, la domiciliación de la nómina o seguro de autónomo, de todos los titulares, y el seguro de vida de los titulares. Todos los seguros se deberán contratar con la entidad con la que se contrata la hipoteca, o bien la empresa elegida por ésta.En caso de no cumplir con estos requisitos, el tipo de interés subirá un 1% por cada seguro no contratado.


Mi duda es si con el cambio de Ley puedo contratar el seguro con quien me de la gana, ya que me cobran una pasta con el del banco.
Segun entiendo en las condiciones, podias antes y despues de la nueva ley.
Teodorf
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#8
Yo tengo una hipoteca del 2008 y me compensa tener los seguros con otra compañía y pagar la penalización.

Tampoco gran cosa, simplemente ya tienes vinculación con quien tu quieres
Táctico 1
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#9
Cita de tillIcollapse
Segun entiendo en las condiciones, podias antes y despues de la nueva ley.



Si, antes y despues puedo contratar con quien me de la gana, pero a raiz del cambio de ley se prohibe a los bancos el vincular el diferencial a la contratación de sus productos, si bien, si que permite al cliente beneficiarse de descuentos en su diferencial. Seria algo asi...


ESTO SI LO PERMITE LA LEY. Te doy EURIBOR + 1 para tu hipoteca, esta es mi oferta, pero si contratas con nosotros los seguros te descontamos 0.2% por cada producto.
ESTO NO LO PERMITE LA LEY. Te doy EURIBOR + 0.5 y tienes que contratar todo con nosotros, si no es así te subo 0.2% por cada producto, esta es mi oferta.
rotceh
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#10
Cita de Táctico 1
¿Forma retroactiva? ¿A que te refieres? Si la renovación de los seguros es anual...
Me refería a que la nueva ley aplica a nuevas hipotecas, no a ñas firmadas antes.

Incluso en las nuevas en la práctica tampoco. Lo que ofertan ahora los bancos es un tipo de interés que se puede ver bonificado si contratas el seguro con ellos, y sino lo haces con ellos, pierdes la bonificación, y esto sigue entrando en ley.
Táctico 1
ForoCoches: Miembro
#11
No, la Ley se aplica a todas las condiciones que se consideren abusivas, la exigencia del banco de un seguro contratado con ellos o con la empresa que ellos designen para que te concedan la hipoteca se considera una clausula abusiva. Asi es que la Ley es aplicable tanto a nuevas como viejas hipotecas, debemos tener en cuenta que los seguros son renovables anualmente y que la propia Ley establecía ya que en ningún caso los banco pueden obligarte a firmar un contrato de seguro por una extensión superior a 10 años.
jemure
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#12
Cita de Táctico 1
Si, antes y despues puedo contratar con quien me de la gana, pero a raiz del cambio de ley se prohibe a los bancos el vincular el diferencial a la contratación de sus productos, si bien, si que permite al cliente beneficiarse de descuentos en su diferencial. Seria algo asi...


ESTO SI LO PERMITE LA LEY. Te doy EURIBOR + 1 para tu hipoteca, esta es mi oferta, pero si contratas con nosotros los seguros te descontamos 0.2% por cada producto.
ESTO NO LO PERMITE LA LEY. Te doy EURIBOR + 0.5 y tienes que contratar todo con nosotros, si no es así te subo 0.2% por cada producto, esta es mi oferta.

Gracias!! muy buen ejemplo
ope-rator
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#13
Cita de Táctico 1
Si, antes y despues puedo contratar con quien me de la gana, pero a raiz del cambio de ley se prohibe a los bancos el vincular el diferencial a la contratación de sus productos, si bien, si que permite al cliente beneficiarse de descuentos en su diferencial. Seria algo asi...


ESTO SI LO PERMITE LA LEY. Te doy EURIBOR + 1 para tu hipoteca, esta es mi oferta, pero si contratas con nosotros los seguros te descontamos 0.2% por cada producto.
ESTO NO LO PERMITE LA LEY. Te doy EURIBOR + 0.5 y tienes que contratar todo con nosotros, si no es así te subo 0.2% por cada producto, esta es mi oferta.
Perfectamente explicado!!! Mis dies!
fumiloca
ForoCoches: Miembro
#14
Cita de Táctico 1
No, la Ley se aplica a todas las condiciones que se consideren abusivas, la exigencia del banco de un seguro contratado con ellos o con la empresa que ellos designen para que te concedan la hipoteca se considera una clausula abusiva. Asi es que la Ley es aplicable tanto a nuevas como viejas hipotecas, debemos tener en cuenta que los seguros son renovables anualmente y que la propia Ley establecía ya que en ningún caso los banco pueden obligarte a firmar un contrato de seguro por una extensión superior a 10 años.
Yo contraté hipoteca en 2017, con seguros vinculados, quiere decir esto que puedo cambiar de seguro de hogar sin penalización? Como se debe proceder?
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