Apuestas deportivas Hacienda
04-may-2019 13:46
#1
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Buenas, tenia una duda de como tributan las apuestas deportivas de cara a hacer la declaración de hacienda. Según internet al ganar menos de 22.000€ anuales si he ganado menos de 1600€ en apuestas no tendría la obligación de hacer la declaración de la renta. Pero hablando con alguien que entiende del tema me da dicho que según esto: Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales. Se excluye del límite conjunto de 1.600 euros anuales a las ganancias patrimoniales procedentes de transmisiones o reembolsos de acciones o partici*paciones de instituciones de inversión colectiva en las que la base de retención no proceda determinarla por la cuantía a integrar en la base imponible. Cuando la base de retención no se haya determinado en función de la cuantía a integrar en la base imponible la ganancia patrimonial obtenida procedente de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva no podrá computarse como ganancia patrimonial sometida a retención o ingreso a cuenta a efectos de los límites excluyentes de la obligación de declarar. Independientemente de la cantidad estás en la obligación de presentar la declaración ya que ellos al ingresarte el dinero no están aplicando ningún tipo de retención . Mi caso es que soy estudiante y gane 1500€ y no se si debería hacerla o no, aunque no tendré que pagar nada. |
04-may-2019 15:46
#3
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Pillo sitio que interesa, Yo paso de los 22k, x lo que estoy obligado a hacerla, pero no se si tengo que declarar las apuestas o como no he llegado a 1600€ no.... |
04-may-2019 20:23
#4
| Eso de los 1600, 1000, 1200, etc... no existe, es un bulo. Aunque hayas ganado 1 céntimo lo tienes que declarar y Hacienda se va a llevar su tajada. |
05-may-2019 04:30
#7
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Buenas, tenia una duda de como tributan las apuestas deportivas de cara a hacer la declaración de hacienda.
Según internet al ganar menos de 22.000€ anuales si he ganado menos de 1600€ en apuestas no tendría la obligación de hacer la declaración de la renta. Pero hablando con alguien que entiende del tema me da dicho que según esto: Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales. Se excluye del límite conjunto de 1.600 euros anuales a las ganancias patrimoniales procedentes de transmisiones o reembolsos de acciones o partici*paciones de instituciones de inversión colectiva en las que la base de retención no proceda determinarla por la cuantía a integrar en la base imponible. Cuando la base de retención no se haya determinado en función de la cuantía a integrar en la base imponible la ganancia patrimonial obtenida procedente de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva no podrá computarse como ganancia patrimonial sometida a retención o ingreso a cuenta a efectos de los límites excluyentes de la obligación de declarar. Independientemente de la cantidad estás en la obligación de presentar la declaración ya que ellos al ingresarte el dinero no están aplicando ningún tipo de retención . Mi caso es que soy estudiante y gane 1500€ y no se si debería hacerla o no, aunque no tendré que pagar nada. |
06-may-2019 18:27
#8
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OBLIGACIÓN DE DECLARAR Es importante tener claro que la obligación de declarar no es lo mismo que la obligación de pagar impuestos. Podemos tener la obligación de presentar la declaración sin que ello suponga que tengamos que pagar impuestos. Seguramente habrás leído que tienes que declarar las ganancias de tus apuestas si superan un determinado límite. Pues bien, esto no es verdad. La regla número 1 es que las ganancias del juego, ya sean de 1 euro o de 10.000, se deben declarar SIEMPRE QUE EXISTE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN. Así que lo primero que debemos analizar es cuando existe la obligación de declarar. En este enlace de la agencia tributaria podemos ver en detalle cuando existe esta obligación, que te resumo a continuación. Estás obligado a presentar la declaración siempre, excepto si has obtenido exclusivamente, rentas procedentes de: 1. Rendimientos del trabajo menores a 22.000 euros. 2. Rendimientos de capital mobiliario (como dividendos o intereses) o ganancias patrimoniales sujetas a retención de menos de 1.600€ en total. A pesar de lo que puedas leer por internet, en este punto no se incluyen las apuestas, ya que no están sujetas a retención. Parece que muchos fiscalistas no han hecho nunca una apuesta y no saben que la casa no hace ningún tipo de retención por las ganancias, por lo que este punto no es aplicable. No tendrás que presentar la declaración en ningún caso si has obtenido rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 euros. Existe la creencia de que sólo se deben declarar las ganancias del juego si estas son superiores a los 1.000 euros, pero esto tampoco es del todo correcto, ya que si tienes ganancias en apuestas de 300 euros y otras rentas de 800 euros, sí tienes que presentar la declaración. Pongamos algunos ejemplos más. Tienes: - Rendimientos del trabajo de 20.000€ y ganancias de apuestas de 800€. No obligado - Rendimientos del trabajo de 20.000€ y ganancias de apuestas de 1.200€. Obligado. - Rendimientos del trabajo de 25.000€ y ganancias de apuestas de 500€. Obligado - Dividendos de acciones de 2.000€ y ganancias de apuestas de 100€. Obligado - Ganancias de apuestas exclusivamente de 900€. No obligado En contestación a tu pregunta, y siendo "purista" en este aspecto, te digo que sí es obligatorio al pasar de esos 1000€, otra cosa es la omisión de dicho deber y la nula repercusión que pueda tener. @A-Style @Sergio11 @kifach |
Editado: 06-may-2019 20:55 -
06-may-2019 21:58
#9
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OBLIGACIÓN DE DECLARAR
Es importante tener claro que la obligación de declarar no es lo mismo que la obligación de pagar impuestos. Podemos tener la obligación de presentar la declaración sin que ello suponga que tengamos que pagar impuestos. Seguramente habrás leído que tienes que declarar las ganancias de tus apuestas si superan un determinado límite. Pues bien, esto no es verdad. La regla número 1 es que las ganancias del juego, ya sean de 1 euro o de 10.000, se deben declarar SIEMPRE QUE EXISTE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN. Así que lo primero que debemos analizar es cuando existe la obligación de declarar. En este enlace de la agencia tributaria podemos ver en detalle cuando existe esta obligación, que te resumo a continuación. Estás obligado a presentar la declaración siempre, excepto si has obtenido exclusivamente, rentas procedentes de: 1. Rendimientos del trabajo menores a 22.000 euros. 2. Rendimientos de capital mobiliario (como dividendos o intereses) o ganancias patrimoniales sujetas a retención de menos de 1.600€ en total. A pesar de lo que puedas leer por internet, en este punto no se incluyen las apuestas, ya que no están sujetas a retención. Parece que muchos fiscalistas no han hecho nunca una apuesta y no saben que la casa no hace ningún tipo de retención por las ganancias, por lo que este punto no es aplicable. No tendrás que presentar la declaración en ningún caso si has obtenido rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 euros. Existe la creencia de que sólo se deben declarar las ganancias del juego si estas son superiores a los 1.000 euros, pero esto tampoco es del todo correcto, ya que si tienes ganancias en apuestas de 300 euros y otras rentas de 800 euros, sí tienes que presentar la declaración. Pongamos algunos ejemplos más. Tienes: - Rendimientos del trabajo de 20.000€ y ganancias de apuestas de 800€. No obligado - Rendimientos del trabajo de 20.000€ y ganancias de apuestas de 1.200€. Obligado. - Rendimientos del trabajo de 25.000€ y ganancias de apuestas de 500€. Obligado - Dividendos de acciones de 2.000€ y ganancias de apuestas de 100€. Obligado - Ganancias de apuestas exclusivamente de 900€. No obligado En contestación a tu pregunta, y siendo "purista" en este aspecto, te digo que sí es obligatorio al pasar de esos 1000€, otra cosa es la omisión de dicho deber y la nula repercusión que pueda tener. @A-Style @Sergio11 @kifach |
06-may-2019 22:08
#10
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OBLIGACIÓN DE DECLARAR
Es importante tener claro que la obligación de declarar no es lo mismo que la obligación de pagar impuestos. Podemos tener la obligación de presentar la declaración sin que ello suponga que tengamos que pagar impuestos. Seguramente habrás leído que tienes que declarar las ganancias de tus apuestas si superan un determinado límite. Pues bien, esto no es verdad. La regla número 1 es que las ganancias del juego, ya sean de 1 euro o de 10.000, se deben declarar SIEMPRE QUE EXISTE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN. Así que lo primero que debemos analizar es cuando existe la obligación de declarar. En este enlace de la agencia tributaria podemos ver en detalle cuando existe esta obligación, que te resumo a continuación. Estás obligado a presentar la declaración siempre, excepto si has obtenido exclusivamente, rentas procedentes de: 1. Rendimientos del trabajo menores a 22.000 euros. 2. Rendimientos de capital mobiliario (como dividendos o intereses) o ganancias patrimoniales sujetas a retención de menos de 1.600€ en total. A pesar de lo que puedas leer por internet, en este punto no se incluyen las apuestas, ya que no están sujetas a retención. Parece que muchos fiscalistas no han hecho nunca una apuesta y no saben que la casa no hace ningún tipo de retención por las ganancias, por lo que este punto no es aplicable. No tendrás que presentar la declaración en ningún caso si has obtenido rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 euros. Existe la creencia de que sólo se deben declarar las ganancias del juego si estas son superiores a los 1.000 euros, pero esto tampoco es del todo correcto, ya que si tienes ganancias en apuestas de 300 euros y otras rentas de 800 euros, sí tienes que presentar la declaración. Pongamos algunos ejemplos más. Tienes: - Rendimientos del trabajo de 20.000€ y ganancias de apuestas de 800€. No obligado - Rendimientos del trabajo de 20.000€ y ganancias de apuestas de 1.200€. Obligado. - Rendimientos del trabajo de 25.000€ y ganancias de apuestas de 500€. Obligado - Dividendos de acciones de 2.000€ y ganancias de apuestas de 100€. Obligado - Ganancias de apuestas exclusivamente de 900€. No obligado En contestación a tu pregunta, y siendo "purista" en este aspecto, te digo que sí es obligatorio al pasar de esos 1000€, otra cosa es la omisión de dicho deber y la nula repercusión que pueda tener. @A-Style @Sergio11 @kifach |
06-may-2019 22:31
#11
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OBLIGACIÓN DE DECLARAR
Es importante tener claro que la obligación de declarar no es lo mismo que la obligación de pagar impuestos. Podemos tener la obligación de presentar la declaración sin que ello suponga que tengamos que pagar impuestos. Seguramente habrás leído que tienes que declarar las ganancias de tus apuestas si superan un determinado límite. Pues bien, esto no es verdad. La regla número 1 es que las ganancias del juego, ya sean de 1 euro o de 10.000, se deben declarar SIEMPRE QUE EXISTE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN. Así que lo primero que debemos analizar es cuando existe la obligación de declarar. En este enlace de la agencia tributaria podemos ver en detalle cuando existe esta obligación, que te resumo a continuación. Estás obligado a presentar la declaración siempre, excepto si has obtenido exclusivamente, rentas procedentes de: 1. Rendimientos del trabajo menores a 22.000 euros. 2. Rendimientos de capital mobiliario (como dividendos o intereses) o ganancias patrimoniales sujetas a retención de menos de 1.600€ en total. A pesar de lo que puedas leer por internet, en este punto no se incluyen las apuestas, ya que no están sujetas a retención. Parece que muchos fiscalistas no han hecho nunca una apuesta y no saben que la casa no hace ningún tipo de retención por las ganancias, por lo que este punto no es aplicable. No tendrás que presentar la declaración en ningún caso si has obtenido rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 euros. Existe la creencia de que sólo se deben declarar las ganancias del juego si estas son superiores a los 1.000 euros, pero esto tampoco es del todo correcto, ya que si tienes ganancias en apuestas de 300 euros y otras rentas de 800 euros, sí tienes que presentar la declaración. Pongamos algunos ejemplos más. Tienes: - Rendimientos del trabajo de 20.000€ y ganancias de apuestas de 800€. No obligado - Rendimientos del trabajo de 20.000€ y ganancias de apuestas de 1.200€. Obligado. - Rendimientos del trabajo de 25.000€ y ganancias de apuestas de 500€. Obligado - Dividendos de acciones de 2.000€ y ganancias de apuestas de 100€. Obligado - Ganancias de apuestas exclusivamente de 900€. No obligado En contestación a tu pregunta, y siendo "purista" en este aspecto, te digo que sí es obligatorio al pasar de esos 1000€, otra cosa es la omisión de dicho deber y la nula repercusión que pueda tener. @A-Style @Sergio11 @kifach |
06-may-2019 22:54
#12
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OBLIGACIÓN DE DECLARAR
Es importante tener claro que la obligación de declarar no es lo mismo que la obligación de pagar impuestos. Podemos tener la obligación de presentar la declaración sin que ello suponga que tengamos que pagar impuestos. Seguramente habrás leído que tienes que declarar las ganancias de tus apuestas si superan un determinado límite. Pues bien, esto no es verdad. La regla número 1 es que las ganancias del juego, ya sean de 1 euro o de 10.000, se deben declarar SIEMPRE QUE EXISTE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN. Así que lo primero que debemos analizar es cuando existe la obligación de declarar. En este enlace de la agencia tributaria podemos ver en detalle cuando existe esta obligación, que te resumo a continuación. Estás obligado a presentar la declaración siempre, excepto si has obtenido exclusivamente, rentas procedentes de: 1. Rendimientos del trabajo menores a 22.000 euros. 2. Rendimientos de capital mobiliario (como dividendos o intereses) o ganancias patrimoniales sujetas a retención de menos de 1.600€ en total. A pesar de lo que puedas leer por internet, en este punto no se incluyen las apuestas, ya que no están sujetas a retención. Parece que muchos fiscalistas no han hecho nunca una apuesta y no saben que la casa no hace ningún tipo de retención por las ganancias, por lo que este punto no es aplicable. No tendrás que presentar la declaración en ningún caso si has obtenido rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 euros. Existe la creencia de que sólo se deben declarar las ganancias del juego si estas son superiores a los 1.000 euros, pero esto tampoco es del todo correcto, ya que si tienes ganancias en apuestas de 300 euros y otras rentas de 800 euros, sí tienes que presentar la declaración. Pongamos algunos ejemplos más. Tienes: - Rendimientos del trabajo de 20.000€ y ganancias de apuestas de 800€. No obligado - Rendimientos del trabajo de 20.000€ y ganancias de apuestas de 1.200€. Obligado. - Rendimientos del trabajo de 25.000€ y ganancias de apuestas de 500€. Obligado - Dividendos de acciones de 2.000€ y ganancias de apuestas de 100€. Obligado - Ganancias de apuestas exclusivamente de 900€. No obligado En contestación a tu pregunta, y siendo "purista" en este aspecto, te digo que sí es obligatorio al pasar de esos 1000€, otra cosa es la omisión de dicho deber y la nula repercusión que pueda tener. @A-Style @Sergio11 @kifach |
Editado: 06-may-2019 23:21 -
07-may-2019 11:37
#13
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Uma duda en el último apartado que hablas de rendimiento íntegro de trabajo y ganancia patrimonial conjunta, si con apuestas tienes 600 y por ejemplo de rendimiento de trabajo 2000, en total tendrías 2600 si tendrías la obligación. O existe alguna diferencia entre el rendimiento de trabajo del primer apartado y ese? No se si me he explicado bien
Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención. Tienen esta consideración en 2018 el tipo de retención del 35 por 100 o del 19 por 100 (cuando los rendimientos procedan de entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 100.000 euros) aplicable a las retribuciones percibidas por la condición de administradores y miembros de los Consejos de Administración, de las Juntas que hagan sus veces y demás miembros de otros órganos representativos, así como el tipo de retención del 15 por 100 aplicable a los rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación. A no ser que hayas estado en un consejo de administración, hayas impartido conferencias, elaborado obras literarias (autónomomos), etc el tope de rendimiento de trabajo en el que tienes que fijar es el primero (22k), el de un “asalariado”. Por lo que me dices, no es obligatorio presentarla |
Editado: 07-may-2019 11:48 -
21-feb-2025 05:59
#14
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Eso es diferente al primero, segun la AEAT:
Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención. Tienen esta consideración en 2018 el tipo de retención del 35 por 100 o del 19 por 100 (cuando los rendimientos procedan de entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 100.000 euros) aplicable a las retribuciones percibidas por la condición de administradores y miembros de los Consejos de Administración, de las Juntas que hagan sus veces y demás miembros de otros órganos representativos, así como el tipo de retención del 15 por 100 aplicable a los rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación. A no ser que hayas estado en un consejo de administración, hayas impartido conferencias, elaborado obras literarias (autónomomos), etc el tope de rendimiento de trabajo en el que tienes que fijar es el primero (22k), el de un “asalariado”. Por lo que me dices, no es obligatorio presentarla No te imaginas lo que me has ayudado con este mensaje, me he dejado más de 100 euros hablando con gestores porque buscando información en Internet cada página decía algo distinto y ningún gestor me ha sabido explicar bien cómo iba. Me parece una barbaridad el conocimiento que tienes sobre el tema. |
21-feb-2025 09:10
#15
| Otra duda, si con una casa ganas x euros y con otra pierdes la misma cantidad se compensa o se ha de declarar las ganancias de la casa 1 |
21-feb-2025 10:22
#16
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No te imaginas lo que me has ayudado con este mensaje, me he dejado más de 100 euros hablando con gestores porque buscando información en Internet cada página decía algo distinto y ningún gestor me ha sabido explicar bien cómo iba. Me parece una barbaridad el conocimiento que tienes sobre el tema.
Gracias shur! Gusto mensajes así. Abrazo |
21-feb-2025 10:23
#17
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Se compensa shur. Al final es el cómputo global dentro de ese tipo de rendimiento. |
06-jul-2025 09:47
#18
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OBLIGACIÓN DE DECLARAR
Es importante tener claro que la obligación de declarar no es lo mismo que la obligación de pagar impuestos. Podemos tener la obligación de presentar la declaración sin que ello suponga que tengamos que pagar impuestos. Seguramente habrás leído que tienes que declarar las ganancias de tus apuestas si superan un determinado límite. Pues bien, esto no es verdad. La regla número 1 es que las ganancias del juego, ya sean de 1 euro o de 10.000, se deben declarar SIEMPRE QUE EXISTE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN. Así que lo primero que debemos analizar es cuando existe la obligación de declarar. En este enlace de la agencia tributaria podemos ver en detalle cuando existe esta obligación, que te resumo a continuación. Estás obligado a presentar la declaración siempre, excepto si has obtenido exclusivamente, rentas procedentes de: 1. Rendimientos del trabajo menores a 22.000 euros. 2. Rendimientos de capital mobiliario (como dividendos o intereses) o ganancias patrimoniales sujetas a retención de menos de 1.600€ en total. A pesar de lo que puedas leer por internet, en este punto no se incluyen las apuestas, ya que no están sujetas a retención. Parece que muchos fiscalistas no han hecho nunca una apuesta y no saben que la casa no hace ningún tipo de retención por las ganancias, por lo que este punto no es aplicable. No tendrás que presentar la declaración en ningún caso si has obtenido rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 euros. Existe la creencia de que sólo se deben declarar las ganancias del juego si estas son superiores a los 1.000 euros, pero esto tampoco es del todo correcto, ya que si tienes ganancias en apuestas de 300 euros y otras rentas de 800 euros, sí tienes que presentar la declaración. Pongamos algunos ejemplos más. Tienes: - Rendimientos del trabajo de 20.000€ y ganancias de apuestas de 800€. No obligado - Rendimientos del trabajo de 20.000€ y ganancias de apuestas de 1.200€. Obligado. - Rendimientos del trabajo de 25.000€ y ganancias de apuestas de 500€. Obligado - Dividendos de acciones de 2.000€ y ganancias de apuestas de 100€. Obligado - Ganancias de apuestas exclusivamente de 900€. No obligado En contestación a tu pregunta, y siendo "purista" en este aspecto, te digo que sí es obligatorio al pasar de esos 1000€, otra cosa es la omisión de dicho deber y la nula repercusión que pueda tener. @A-Style @Sergio11 @kifach |
06-jul-2025 10:18
#19
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¿Sabes si en 2025 sigue igual? Por lo visto desde 2024 las casas de apuestas vía web ya reportan a hacienda tus ganancias por lo que entiendo que ya lo están declarando, pero no sé si eso ya implica que por defecto hacienda te descontará su parte o tienes tú que indicarlo para que lo hagan, dando por supuesto que haces la declaración de la renta.
Aún así, es responsabilidad tuya incluirlo de manera correcta, ya que los ingresos que te aparezcan pueden no ser los correctos. Después esa cantidad se te suma a la base general, por lo que pagarás más o menos por ella en función del tramo de IRPF en el que te encuentres. |
Editado: 06-jul-2025 10:21 -
06-jul-2025 16:42
#20
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Si la casa de apuestas tiene licencia para operar en España ya envía los datos del año a Hacienda, por lo que en el próximo borrados debería salirte recogida la ganancia anual, con las pérdidas ya descontadas.
Aún así, es responsabilidad tuya incluirlo de manera correcta, ya que los ingresos que te aparezcan pueden no ser los correctos. Después esa cantidad se te suma a la base general, por lo que pagarás más o menos por ella en función del tramo de IRPF en el que te encuentres. |
06-jul-2025 20:17
#21
| Hacedme caso... a final de año todas las ganancias de ese año al rojo/negro. O se pagan solos los impuestos o que les den. |
06-jul-2025 20:20
#22
| Y encima con foto de Hayek. Mis dies. Puedo saber de que trabajas, shur? Lo has explicado perfectamente |
08-jul-2025 16:15
#24
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¿Sabes si en 2025 sigue igual? Por lo visto desde 2024 las casas de apuestas vía web ya reportan a hacienda tus ganancias por lo que entiendo que ya lo están declarando, pero no sé si eso ya implica que por defecto hacienda te descontará su parte o tienes tú que indicarlo para que lo hagan, dando por supuesto que haces la declaración de la renta.
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08-jul-2025 16:47
#25
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Si la casa de apuestas tiene licencia para operar en España ya envía los datos del año a Hacienda, por lo que en el próximo borrados debería salirte recogida la ganancia anual, con las pérdidas ya descontadas.
Aún así, es responsabilidad tuya incluirlo de manera correcta, ya que los ingresos que te aparezcan pueden no ser los correctos. Después esa cantidad se te suma a la base general, por lo que pagarás más o menos por ella en función del tramo de IRPF en el que te encuentres. Intenté bajar el importe neto con la loteria de navidad y similares, pero al estar hechas en cash pues nanai. Le pedí a tu lotero un extracto tambien de lo poco que juego por ahi y bueno me llegó tarde el extracto. 750 netos gané el año pasado con apuestas y me soplaron 400... asi que bueno, he dejado las apuestas jajajaja Han conseguido lo que querían, desincentivar las apuestas. No me parece mal, aunque hayan escogido la manera recaudatoria para conseguirlo. A mi, cada apuesta ganada en realidad tiene una cuota mucho menor, practicamente la mitad de lo que me dice, y eso hace poco apetecible jugarse el dinero. |
08-jul-2025 16:48
#26
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Al hacer la declaración te sale una advertencia en una casilla con lo que has ganado de apuestas. Has de poner esa cifra y automáticamente te cambia el saldo a recibir/devolver. Para que te hagas una idea, yo gané 110€ en 2023 (ya ves tú) y tuve que pagar unos 30 y algo € en la declaración, un 30% de las ganancias más o menos...
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08-jul-2025 17:32
#27
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en mi caso me salió un pop up maravilloso que me ponía que hacienda era conocedora de mis apuestas y que debía declararlas. (desconozco porque no me lo pusieron ellos directamente).
Intenté bajar el importe neto con la loteria de navidad y similares, pero al estar hechas en cash pues nanai. Le pedí a tu lotero un extracto tambien de lo poco que juego por ahi y bueno me llegó tarde el extracto. 750 netos gané el año pasado con apuestas y me soplaron 400... asi que bueno, he dejado las apuestas jajajaja Han conseguido lo que querían, desincentivar las apuestas. No me parece mal, aunque hayan escogido la manera recaudatoria para conseguirlo. A mi, cada apuesta ganada en realidad tiene una cuota mucho menor, practicamente la mitad de lo que me dice, y eso hace poco apetecible jugarse el dinero. Los premios de los sorteos de ONLAE te retienen el 20% del premio, estando exentos los primeros 40k, en las apuestas deportivas pagas impuestos desde el primer céntimo. |
08-jul-2025 18:15
#28
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Digo creo porque no tengo certeza, fue ChatGPT quien me ayudó al respecto jajajaj. Lo único es que al ser en cash no tenía manera de demostrarlo. Si juegas por tu lotero entonces si. |
08-jul-2025 19:36
#29
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Creo que lo jugado sin premio puede descontarse de las ganancias de las apuestas deportivas.Es decir, si jugué 100 a la lotería de navidad sin premio podría poner que las ganancias netas eran 650 y no 750.
Digo creo porque no tengo certeza, fue ChatGPT quien me ayudó al respecto jajajaj. Lo único es que al ser en cash no tenía manera de demostrarlo. Si juegas por tu lotero entonces si. |
20-jul-2025 09:05
#30
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Al hacer la declaración te sale una advertencia en una casilla con lo que has ganado de apuestas. Has de poner esa cifra y automáticamente te cambia el saldo a recibir/devolver. Para que te hagas una idea, yo gané 110€ en 2023 (ya ves tú) y tuve que pagar unos 30 y algo € en la declaración, un 30% de las ganancias más o menos...
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