A mi los entendidos en OPOSICIONES: Bases oposición contrarias a la OPE aprobada
20-feb-2019 11:21
#1
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Buenas shurs, Administración local por ponernos en situación. Me encuentro con que 3 plazas que se aprobaron por oposición libre (edicto enviado al Boletín Oficial de la Provincia), ahora al aprobarse las bases específicas "cambian" a concurso-oposición. El edicto original de la entidad local no aparece en el correspondiente apartado de la sede electrónica de la entidad local (a pesar de se indica en el propio documento publicado en el Boletín Oficial de la Provincia que debía ser así). ¿Opiniones? Disponemos de 1 mes desde la publicación de las bases en el B.O.P. para impugnarlas. ¿Es legal esto que han hecho? En las propias bases de la convocatoria se indica que las plazas deberán ser provistas, con arreglo a la resolución de la OPE, cosa que no se está cumpliendo. |
Editado: 20-feb-2019 13:45 -
20-feb-2019 12:50
#3
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hay un lio padre con el acuerdazo de Administraciones y Sindicatos mayoritarios por los interinos que cubrian esas plazas desde hace decadas y por tanto estan en fraude de Ley la Administracion y estan intentado salvar su culo con esta y otras ideas de torero bombero. En tu temario seguro que tienes la EBEP para estudiar, repasatela para ver de que va el tema y si no entra en webs especializadas para formarte una opinion al respecto. |
20-feb-2019 13:46
#5
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hay un lio padre con el acuerdazo de Administraciones y Sindicatos mayoritarios
por los interinos que cubrian esas plazas desde hace decadas y por tanto estan en fraude de Ley la Administracion y estan intentado salvar su culo con esta y otras ideas de torero bombero. En tu temario seguro que tienes la EBEP para estudiar, repasatela para ver de que va el tema y si no entra en webs especializadas para formarte una opinion al respecto. |
20-feb-2019 14:08
#6
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http://www.dipalme.org/Servicios/Tab...2?OpenDocument Aquí tienes un ejemplo de lo que tu has indicado pero realizado de manera inversa. La base legal la tienes en la convocatoria y que el Órgano convocante puede modificar las bases de las mismas. Un saludo. |
20-feb-2019 14:17
#7
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http://www.dipalme.org/Servicios/Tab...2?OpenDocument
Aquí tienes un ejemplo de lo que tu has indicado pero realizado de manera inversa. La base legal la tienes en la convocatoria y que el Órgano convocante puede modificar las bases de las mismas. Un saludo. Echa un vistazo al 70 del TREBEP, lo siento pero el ejemplo no sería de aplicación. Gracias |
20-feb-2019 14:23
#8
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Shur eso es una convocatoria para una bolsa temporal, no hay Oferta Pública de Empleo que la respalde ni de la que deba de responder, evidentemente la entidad local tiene toda la capacidad de modificar las bases en el sentido que quiera siempre y cuando no incurra en ilegalidad, es un supuesto completamente distinto.
Echa un vistazo al 70 del TREBEP, lo siento pero el ejemplo no sería de aplicación. Gracias ¿Donde aprecias que no se puedan modificar las bases unas vez aprobadas? |
20-feb-2019 14:24
#9
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Tristemente me conozco el TREBEP y conforme al artículo que me indicas habla de las necesidades de RRHH que serán objeto de OEP, publicando donde corresponda, aprobada por tal y tal y tal a iniciativa de pascual..
¿Donde aprecias que no se puedan modificar las bases unas vez aprobadas? |
21-feb-2019 15:47
#13
| Sin ver el tema creo que se puede impugnar y me suena que hay alguna sentencia sobre esto. Pones un recurso de reposicion, te mandaran a la mierda y luego te vas al contencioso rascandote el bolsillo en abogado y procurador. Tambien esta la opcion de no hacer nada por ahora e impugnarlo al final si ves que tienes posibilidad de coger plaza. Ya que te lo admitan o no es cosa del juez, aunque hay sentencias que dicen que si se pueden impugnar las bases al final. |
21-feb-2019 22:35
#14
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¿Estas seguro que la OEP figuraba expresamente que el proceso selectivo sería a través de oposicion? ¿No figuraba simplemente como plazas de "acceso libre"? Sin los datos exactos es muy difícil poder pronunciarse... |