Deducir IVA de coche (Autónomo)
03-ago-2018 21:36
#1
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Buenas shurs. Soy arquitecto técnico autónomo desde hace 2 años y puede que pase a trabajar por cuenta ajena en septiembre/octubre. Hasta ahora siempre me he deducido el 100% del iva de gasolina, las facturas del taller, los neumáticos... Mi pregunta es: ¿si me compro un coche el mes que viene, puedo desgravarme el 100% del IVA? Como me será imposible demostrar que es para uso exclusivamente profesional, ¿podré desgravarme el 50% del IVA? ¿Cómo demuestro que es para trabajo? Y una chorrada que se me ocurría hace un rato: ¿Si un desempleado se mete como autónomo unos meses, y se compra un coche y se deduce el IVA, hacienda le pediría cuentas? Gracias shurs |
04-ago-2018 09:27
#3
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Lo de rotulado me extraña mucho. Sé que tiene que ser un vehículo profesional, la idea sería desgravarme solo la mitad del IVA, pero quiero saber experienciaa de shurs que lo hayan hecho, para ver si es posible |
04-ago-2018 11:19
#4
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Échale un ojo a esto shur : http://www.grupobelmar.onored.com/ne..._20120215.html Deducción del IVA soportado por el vehículo al 50% en líneas generales y, salvo excepciones, ningún gasto relacionado con el vehículo es deducible en el IRPF del empresario individual. El nuevo criterio de la dirección general de tributos contenido en la consulta V2475-12 de 18 de Diciembre de 2012 cambia con esta tendencia. En dicha consulta, la dirección general de tributos considera que el derecho a la deducción del IVA en los gastos relacionados con el uso de vehículo debe de desvincularse totalmente del derecho a la deducción del IVA soportado en la adquisición del vehículo. Este cambio de criterio nos trae a colación varias consideraciones de carácter práctico: Serán deducibles al 100% aquellas cuotas de IVA soportadas en los gastos relacionados con el vehículo siempre que se pueda probar su afectación a la actividad. No serán deducibles aquellas cuotas de IVA soportadas en el uso privativo del vehículo. Debemos hacer mención que esto nos conlleva al problema de poder probar la afectación a la actividad de los gastos relacionados con el vehículo. Sera fácil la prueba de ciertos gastos relacionados con el vehículo como los peajes, carburante y los aparcamientos y más difícil la prueba de otros gastos como las reparaciones y repuestos. Para los gastos de difícil justificación es recomendable ceñirse al mismo porcentaje de deducción que el practicado en las cuotas soportadas por la adquisición del vehículo. Para los otros gastos debería de llevarse un registro en el que se pueda probar que los gastos de gasolina, peajes y aparcamiento se derivan de visitas a clientes efectuadas en días hábiles y a ser posible, relacionados con los trabajos facturados. |
07-ago-2018 00:35
#6
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Échale un ojo a esto shur : http://www.grupobelmar.onored.com/ne..._20120215.html
Deducción del IVA soportado por el vehículo al 50% en líneas generales y, salvo excepciones, ningún gasto relacionado con el vehículo es deducible en el IRPF del empresario individual. El nuevo criterio de la dirección general de tributos contenido en la consulta V2475-12 de 18 de Diciembre de 2012 cambia con esta tendencia. En dicha consulta, la dirección general de tributos considera que el derecho a la deducción del IVA en los gastos relacionados con el uso de vehículo debe de desvincularse totalmente del derecho a la deducción del IVA soportado en la adquisición del vehículo. Este cambio de criterio nos trae a colación varias consideraciones de carácter práctico: Serán deducibles al 100% aquellas cuotas de IVA soportadas en los gastos relacionados con el vehículo siempre que se pueda probar su afectación a la actividad. No serán deducibles aquellas cuotas de IVA soportadas en el uso privativo del vehículo. Debemos hacer mención que esto nos conlleva al problema de poder probar la afectación a la actividad de los gastos relacionados con el vehículo. Sera fácil la prueba de ciertos gastos relacionados con el vehículo como los peajes, carburante y los aparcamientos y más difícil la prueba de otros gastos como las reparaciones y repuestos. Para los gastos de difícil justificación es recomendable ceñirse al mismo porcentaje de deducción que el practicado en las cuotas soportadas por la adquisición del vehículo. Para los otros gastos debería de llevarse un registro en el que se pueda probar que los gastos de gasolina, peajes y aparcamiento se derivan de visitas a clientes efectuadas en días hábiles y a ser posible, relacionados con los trabajos facturados. |
07-ago-2018 08:07
#9
| Háblalo con un gestor de confianza... lo que sí, si te das de alta pafa facturarte un coche, y luego de baja, no habrás amortizado el coche... y por supuesto, según qué actividad, tiene que ser profesional... |
07-ago-2018 09:11
#10
| Yo me lo deduje entero, pero eso fue hace 12 años. Ya me dijeron que igual me pedían cuentas pero nunca lo hicieron. |
07-ago-2018 11:32
#11
| .... 6 años, no había caído en eso. Y no, es peluquera de peluquería fija y sin rotular. |
07-ago-2018 16:33
#12
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Pues no sé shur. Según eso, ella no debería desgravárselo, ya que no lo utiliza para trabajo... no? |
07-ago-2018 22:22
#14
| Sí. Trabajo para una empresa y esporádicamente algún trabajo suelto. Me hago mis trimestrales de iva y mis declaraciones de hacienda. Por? |
08-ago-2018 07:51
#15
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Nada, a mí me lo hace un gestor para cualquier tipo de dudas que se me escapen de las manos, me aclaren y aconsejen... |
09-ago-2018 15:42
#16
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Hasta el 50% tiene que demostrar hacienda que no lo usas como profesional. Por encima del 50% lo tienes que demostrar tú. Maneras de demostrarlo: -Lo llevas rotulado con el nombre de tu negocio (edito: si solo rotulas y no haces el resto no aporta mucho) -Agenda con citas y repostajes de visitas, que todos los kilómetros sean profesionales (prácticamente imposible a no ser que seas agente comercial y lo estés haciendo ya para refacturar o justificar visitas) -Pillarte una furgoneta o turismo comercial de los que no tienen asientos traseros y llevan las lunas chapadas o totalmente opacas. Pongo foto Si no lo ves claro es arriesgarte a una inspección |
Editado: 10-ago-2018 10:14 -
10-ago-2018 08:46
#17
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hasta el 50% tiene que demostrar hacienda que no lo usas como profesional. Por encima del 50% lo tienes que demostrar tú.
Maneras de demostrarlo: -lo llevas rotulado con el nombre de tu negocio -agenda con citas y repostajes de visitas, que todos los kilómetros sean profesionales (prácticamente imposible a no ser que seas agente comercial y lo estés haciendo ya para refacturar o justificar visitas) -pillarte una furgoneta o turismo comercial de los que no tienen asientos traseros y llevan las lunas chapadas o totalmente opacas. Pongo foto si no lo ves claro es arriesgarte a una inspección +1 |
10-ago-2018 20:32
#18
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Hasta el 50% tiene que demostrar hacienda que no lo usas como profesional. Por encima del 50% lo tienes que demostrar tú.
Maneras de demostrarlo: -Lo llevas rotulado con el nombre de tu negocio (edito: si solo rotulas y no haces el resto no aporta mucho) -Agenda con citas y repostajes de visitas, que todos los kilómetros sean profesionales (prácticamente imposible a no ser que seas agente comercial y lo estés haciendo ya para refacturar o justificar visitas) -Pillarte una furgoneta o turismo comercial de los que no tienen asientos traseros y llevan las lunas chapadas o totalmente opacas. Pongo foto Si no lo ves claro es arriesgarte a una inspección |
10-ago-2018 20:34
#19
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Consulta con tu asesor pero hasta un 50% es fácil desgravarlo Mira un renting también, que están baratos y la cuota podrias meterla como gasto |
10-ago-2018 20:42
#20
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No tengo asesor. Soy arquitecto técnico y utilizo mi coche para ir a trabajar y de vez en cuando para ir a comprar algo de material (trabajo siempre en la misma obra) No puedo demostrar que lo uso para trabajar, no? |
10-ago-2018 20:52
#21
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Ir a trabajar de tu casa a la oficina no es un uso profesional shur Puedes ser honesto y desgravar por ejemplo un 20% si echas cuentas y te sale eso, pero como hasta el 50% es hacienda el que debe demostrar que lo utilizas de manera personal, la gente suele decir 50% y ya. Al contrario pocos se desgravan más del 50% porque en caso de inspección tienes que aportar pruebas, y en la mayoría de los casos no existen |
10-ago-2018 20:54
#22
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Ir a trabajar de tu casa a la oficina no es un uso profesional shur
Puedes ser honesto y desgravar por ejemplo un 20% si echas cuentas y te sale eso, pero como hasta el 50% es hacienda el que debe demostrar que lo utilizas de manera personal, la gente suele decir 50% y ya. Al contrario pocos se desgravan más del 50% porque en caso de inspección tienes que aportar pruebas, y en la mayoría de los casos no existen |
10-ago-2018 20:58
#23
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Por arriesgarte... ¿Te imaginas al inspector siguiéndote a diario 1 mes para comprobar que realmente lo usas profesionalmente un 20% en lugar de un 50% y así reclamarte un 30% del IVA del coche + sanción + intereses? Si crees que es posible esa situación no te arriesgues. |
11-ago-2018 01:47
#25
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Yo lo discutí con el inspector de hacienda de mi zona. Y salvo taxistas y tal que desgravan el 100%, me recomendaba el 50% de iva. Pasa como todo, hay gente que asigna el 100% y le va bien y gente que no, y le hacen inspección. Si pedia el 100% cantaba la inspeccion y habia que justificar uso me insistió. En actividad profesional el 50% de iva no hay problema. Y además, el 50% del valor computa para desgravar en irpf. Te exigen 4 años en dicha actividad y se desgrava un cuarto cada año de irpf. Es decir, si la mitad del valor fuera 10000, cada año desgravas 2500 de irpf en la declaración anual durante 4 años. El iva si que te devuelven el 50% el primer año. Si por cualquier motivo cesas actividad antes de los 4 años posteriores a la compra exigida, debes hacer una complementaria y devolver la parte proporcional de iva que desgravaste. |
11-ago-2018 09:17
#26
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Yo lo que hice es contratar un renting y meter el 100% como gasto. Canta mucho menos. Está claro que dada mi actividad es difícil justificar más de un 50%, pero lo uso mayoritariamente para trabajar. En el día a día apenas utilizo el coche. También debes tener en cuenta que no es lo mismo contabilizar 500€ de gasto mensual facturando 1.000€/mes que facturando 50.000€/mes. |
Editado: 11-ago-2018 09:24 -