Vivienda de alquiler y seguro hogar
17-jul-2018 19:52
#1
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Hola, en un piso de alquiler, es obligatorio contratar un seguro de hogar? En caso de ser obligatorio, quien debería hacerlo, el inquilino o el propietario? Si no es obligatorio pero el inquilino quiere contratar uno, tiene este que pedir permiso al propietario? Puede ser un seguro del contenido y continente, o solo uno de ellos? Algún consejo o aspecto a tener en cuenta con relación a los seguros de hogar en viviendas de alquiler? Gracias, saludos. |
17-jul-2018 22:22
#3
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Dudo que sea obligatorio pero sin duda parece recomendable, probablemente el arrendador deba responder por daños como los que cubre el seguro. ¿Quién lo ha de pagar? ¿Tú has oído a algún inquilino quejarse de cuanto paga por el seguro? Eso va por cuenta del propietario. Respecto a qué cubre, eso ya depende de lo que contrates, a más azúcar más dulce, aunque el contenido será más bien barato (p ej muebles de Ikea, somier cutre, etc). |
17-jul-2018 22:35
#4
| El seguro de hogar (y solo la parte de incendios) es obligatorio cuando contratas una hipoteca, así que en tu caso no sería obligatorio. Del resto no se decirte. |
18-jul-2018 22:17
#5
| gracias a todos, y si alguien tiene información mas concreta también será bienvenida. |
18-jul-2018 22:35
#6
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Existen seguros también para los inquilinos si quieres como inquilino cubrir daños que puedas provocar. En viviendas en principio no es obligatorio salvo los que te obliguen a contratar en caso de hipoteca como bien te han dicho. En mi caso (vivo en alquiler), mi casera tiene seguro a terceros como en los coches. Ejemplo: si explotara un móvil al cargar y provoca un incendio en todo el edificio, su seguro cubriría los daños al resto de vecinos, pero lo de su piso no estaría cubierto... Si estas pensando en contratar, evita si puede ser Pelayo y los que son de bancos o entidades/intermediarios. Mejor aseguradoras puras tipo Axa, Generalis, Ocaso... (tengo conocidos q |
Editado: 18-jul-2018 22:50 -
18-jul-2018 23:06
#7
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El arrendatario tiene la olbligacion de tener un seguro de continente, al menos en cataluña. Si el arrendador quiere asegurar sus cosas, tiene que contratar otro a parte de contenido. |