La CNMV podrá acceder como el CNI a los registros de llamadas de teléfono las operado
27-sep-2017 08:59
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La CNMV podrá acceder como el CNI a los registros de llamadas de teléfono las operadoras Tendrá capacidad para saber quién hizo las llamadas, a quién y cuándo El Gobierno cambia una ley de 2007 que restringía este poder a las fuerzas de seguridad https://cincodias.elpais.com/cincodi...59_997772.html renará muchos poderes a partir de enero del próximo año. Uno de ellos será la capacidad de requerir, con autorización judicial, los registros telefónicos y de tráfico de datos a los operadores de telecomunicaciones. Telefónica, Vodafone y Orange son los más grandes, pero todos ellos se verán obligados. El supervisor de los mercados tendrá en este tema la misma capacidad que el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) o la policía. El presidente de la CNMV, Sebastián Albella, ha conseguido, tras solicitarlo explícitamente, que Economía incluya una modificación clave en la reforma que traspone la directiva para que los mercados europeos funcionen mejor, Mifid 2 . La norma modifica la ley de conservación de las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, en vigor desde finales de 2007. Esa regulación, que cumple justo ahora 10 años, exige a las telecos que guarden los registros de llamadas y los datos de comunicaciones electrónicas un año, aunque este plazo se puede disminuir reglamentariamente a seis meses o aumentar a dos años. Esa norma eliminó la capacidad del supervisor de los mercados de exigir esa información, aunque esté investigando posibles abusos de mercado en alguna de sus dos vertientes: utilización de información privilegiada (o insider trading, en la jerga, cuando una persona conoce de antemano que se va a producir una operación corporativa y utiliza ese conocimiento para lucrarse) o manipulación de precios (por ejemplo, difundir información falsa para disparar o hundir una cotización o utilizar para esos mismos objetivos la autocartera). EL ABUSO DE MERCADO EN LOS ÚLTIMOS 10 AÑOS El presidente del supervisor detalló en abril que desde 2007 la CNMV ha impuesto 76 sanciones relativas al abuso de mercado: 41 por manipulación de precios, 24 por insider trading (uso de información privilegiada) y 11 por no comunicar cuestiones sospechosas. La CNMV ha remitido 11 casos a la Fiscalía en la última década, de los que seis han terminado en condena. “Estas cifras nos ponen en buen lugar en términos comparados”, aseguró Sebastián Albella. El Código Penal en sus artículos 284 y 285 tipifica como delitos el uso de información privilegiada y la manipulación de precios. En la manipulación de precios las penas de cárcel oscilan entre los seis meses y los dos años. En el uso de información privilegiada el castigo va de los cuatro años a los seis si existen agravantes. Estas conductas aparecen tipificadas como delito desde 1996, si bien los artículos han sido reformados en varias ocasiones desde entonces. El supervisor compartirá esta capacidad con los policías y los agentes de inteligencia para combatir el abuso de mercado El Gobierno utiliza la reforma de la Ley del Mercado de Valores para ampliar en qué contextos puede requerirse esa información a los operadores. Ahora los datos se entregan cuando son “requeridos a través de la correspondiente autorización judicial para detener, investigar y enjuiciar delitos graves contemplados en el Código Penal”. El cambio agranda el ámbito a la “investigación y persecución del abuso de mercado en el ámbito del mercado de valores cuando haya sospecha razonable de que se ha cometido una infracción y dichos registros puedan ser relevantes para la investigación”. También se amplía el número de personas que pueden solicitar esa información. Ahora los denominados “agentes facultados” para exigirla son las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad cuando desempeñen funciones de policía judicial, los funcionarios de la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera y los agentes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI). |