Recuperar 20000€ perdidos en criptomonedas por un rug & pull, es viable?
08-jul-2026 14:08
#1
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Me comí un rug & pull en un token de Solana en 2024. Perdí 20000€ En su momento vi en internet que si demostrabas la estafa (para eso tenías que hacer una denuncia aportando evidencias) podías poner esa pérdida en la renta y compensar en la base imponible general y con tus rendimientos del trabajo. Eso me hubiera permitido recuperar esos 20000€ en 3-4 años ya que hubiera sido dinero que habría dejado de pagar en la renta. (cada año pago unos 7000-8000€ de IRPF en renta, más el IRPF que ya me retienen en factura (15%), soy freelance. Pero ChatGPT me decía que eso era bastante inviable, porque cómo iba a demostrar la estafa. Yo di esos 20000€ por perdidos, pero ahora he vuelto a pensar que estaría muy bien recuperarlos. El no ya lo tengo. Una parte sí que la recuperé porque lo marqué como pérdidas y compensé con inversiones donde tuve ganancias de 5000€, pero como veis, lo que recuperé fue poco (lo que dejé de pagar por esas ganancias de 5000€, unos 950€) Gemini me dice ahora esto: Haber ocurrido en marzo de 2023 cambia el escenario a nivel de calendario, pero las noticias siguen siendo positivas en cuanto a viabilidad, ya que estás perfectamente dentro de los plazos legales. En España, las deudas con Hacienda y el derecho a solicitar rectificaciones prescriben a los 4 años. La declaración de la Renta de 2023 se presentó en la primavera de 2024, por lo que Hacienda no puede dar por prescrito ese año hasta julio de 2028. Tienes margen temporal de sobra. Vamos a encajar tu caso en la línea de tiempo exacta de la normativa fiscal para ver cómo puedes recuperar parte de ese dinero mediante una rectificación de la Renta 2023 o 2024. El "Timming" Legal de tu caso (Art. 14.2.k IRPF) Como vimos, para poder imputar una pérdida por estafa/crédito incobrable, la ley exige que pase un año desde el inicio de las actuaciones judiciales sin que hayas recuperado el dinero. Si pones la denuncia ahora (julio de 2026), el contador se activa hoy. El año de espera se cumpliría en julio de 2027. Por tanto, fiscalmente esa pérdida pertenecería al ejercicio 2027 (que se declara en 2028). Sin embargo, existe un criterio alternativo muy sólido avalado por la Dirección General de Tributos (DGT) y la jurisprudencia para las estafas donde el deudor es completamente inalcanzable (un contrato inteligente vacío en Solana): la pérdida de valor definitiva y el "procedimiento judicial" frustrado desde el origen. Muchos asesores fiscales especializados defienden que en un rug pull, donde el activo ha dejado de existir y el pool de liquidez fue destruido en marzo de 2023, la pérdida patrimonial fue instantánea y definitiva en 2023. Para consolidar esto ante una inspección, la denuncia sigue siendo obligatoria, pero el objetivo es justificar que el hecho imponible ocurrió en el periodo 2023-2024. Plan de Acción Cuantificado Asumiendo que tus ingresos netos (trabajo + autónomo) sean altos, el impacto de deducirte 20.000 € en la Base General es masivo. Te puede ahorrar miles de euros en impuestos. Este es el camino exacto que debes seguir: 1. El Dossier de Evidencias (Marzo 2023) Debes entrar en un explorador de bloques de Solana (como Solscan.io o Solana Explorer) con tu dirección pública de wallet y exportar los datos de marzo de 2023. Necesitas:
Presenta la denuncia detallando el fraude informático. Es vital que quede claro el concepto: "Pérdida patrimonial completa por el vaciado fraudulento del pool de liquidez del token X en la red Solana, inhabilitando cualquier opción de recuperación del capital principal". Adjunta el dossier del punto 1 impreso o en un PDF. 3. La Vía de la Rectificación de Autoliquidación Una vez tengas la copia sellada de la denuncia y, idealmente, el primer decreto del juzgado (aunque sea el de reparto o inicio):
Hacer esto requiere mover papeles, pagar a un asesor cripto que te prepare el escrito técnico para Hacienda y pasar el mal trago de recordar el suceso. Pero mira los números de forma fría y analítica:
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Editado: 08-jul-2026 15:35 -
08-jul-2026 14:26
#2
| Si lo denuncias y lo demuestras evidentemente has de incluirlo en la renta, son ni más ni menos que pérdidas |
08-jul-2026 14:28
#3
| Pero esas perdidas te eximen de hacer frente a tus obligaciones fiscales? O solo a deducirte posibles ganancias futuras? Me extraña que te vayas a librar de pagar IRPF porque hayas sido estafado shur. |
08-jul-2026 14:44
#4
| Déjalo, es una manera de aprender para la siguiente ,a mí tb me estafaraon con autocripto ,unos 500 pavos |
08-jul-2026 14:45
#5
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Aunque ahora siguiendo preguntando me dice que nanai, que como que le di a vender ya no se puede Es que 20000€ es mucha pasta.... |
08-jul-2026 14:47
#6
y luego preguntabas si vender los 10€ en Ethereum ???Le metes 500 a Autocrypto y 10 a Ethereum??? |
08-jul-2026 15:21
#7
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Las pérdidas patrimoniales derivadas de la inversión (trading, permutas o ventas) se declaran directamente en la Base Imponible del Ahorro. Y sirven para compensar beneficios derivados de la inversión. Las pérdidas patrimoniales derivadas de una estafa acreditada, se declaran en la Base Imponible General. Y sí que permiten compensar las obligaciones fiscales derivadas de los rendimientos del trabajo y cualquier otra actividad económica (como alquileres y ventas inmobiliarias). En el caso del shur, si puede acreditar la estafa en la denuncia, podría deducirse esas cuantías en las próximas rentas. El tema es que al no haber autor conocido, tendrá que esperar a que se resuelva judicialmente la denuncia, probablemente con auto de sobreseimiento o archivo. En ese momento queda cerrada y acreditada la estafa sin reparación posible, y se podría meter en la declaración. |
Editado: 08-jul-2026 15:24 -
08-jul-2026 15:31
#8
| Si,yo aprendí,esos 500 pavos me hacen ser precavidos ,la ultima compra gorda ha sido 1btc cash y le voy ganando pasta |
08-jul-2026 15:33
#9
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Las estafas no se tratan como las pérdidas por inversiones fallidas. No es lo mismo que pierdas dinero vendiendo una criptomonedas que ha bajado de valor, que ser estafado mediante un contrato fraudulento en un rug-pull.
Las pérdidas patrimoniales derivadas de la inversión (trading, permutas o ventas) se declaran directamente en la Base Imponible del Ahorro. Y sirven para compensar beneficios derivados de la inversión. Las pérdidas patrimoniales derivadas de una estafa acreditada, se declaran en la Base Imponible General. Y sí que permiten compensar las obligaciones fiscales derivadas de los rendimientos del trabajo y cualquier otra actividad económica (como alquileres y ventas inmobiliarias). En el caso del shur, si puede acreditar la estafa en la denuncia, podría deducirse esas cuantías en las próximas rentas. El tema es que al no haber autor conocido, tendrá que esperar a que se resuelva judicialmente la denuncia, probablemente con auto de sobreseimiento o archivo. En ese momento queda cerrada y acreditada la estafa sin reparación posible, y se podría meter en la declaración. |
08-jul-2026 15:34
#10
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Las estafas no se tratan como las pérdidas por inversiones fallidas. No es lo mismo que pierdas dinero vendiendo una criptomonedas que ha bajado de valor, que ser estafado mediante un contrato fraudulento en un rug-pull.
Las pérdidas patrimoniales derivadas de la inversión (trading, permutas o ventas) se declaran directamente en la Base Imponible del Ahorro. Y sirven para compensar beneficios derivados de la inversión. Las pérdidas patrimoniales derivadas de una estafa acreditada, se declaran en la Base Imponible General. Y sí que permiten compensar las obligaciones fiscales derivadas de los rendimientos del trabajo y cualquier otra actividad económica (como alquileres y ventas inmobiliarias). En el caso del shur, si puede acreditar la estafa en la denuncia, podría deducirse esas cuantías en las próximas rentas. El tema es que al no haber autor conocido, tendrá que esperar a que se resuelva judicialmente la denuncia, probablemente con auto de sobreseimiento o archivo. En ese momento queda cerrada y acreditada la estafa sin reparación posible, y se podría meter en la declaración. Tardaría 1 año en cerrarse? La pérdida la tuve en 2024. He dicho antes 2023 pero no, fue en 2024. Tu lo intentarías? Y qué harías primero? |
08-jul-2026 15:46
#11
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Me comí un rug & pull en un token de Solana en 2024. Perdí 20000€
En su momento vi en internet que si demostrabas la estafa (para eso tenías que hacer una denuncia aportando evidencias) podías poner esa pérdida en la renta y compensar en la base imponible general y con tus rendimientos del trabajo. Eso me hubiera permitido recuperar esos 20000€ en 3-4 años ya que hubiera sido dinero que habría dejado de pagar en la renta. (cada año pago unos 7000-8000€ de IRPF en renta, más el IRPF que ya me retienen en factura (15%), soy freelance. Pero ChatGPT me decía que eso era bastante inviable, porque cómo iba a demostrar la estafa. Yo di esos 20000€ por perdidos, pero ahora he vuelto a pensar que estaría muy bien recuperarlos. El no ya lo tengo. Una parte sí que la recuperé porque lo marqué como pérdidas y compensé con inversiones donde tuve ganancias de 5000€, pero como veis, lo que recuperé fue poco (lo que dejé de pagar por esas ganancias de 5000€, unos 950€) Gemini me dice ahora esto: Haber ocurrido en marzo de 2023 cambia el escenario a nivel de calendario, pero las noticias siguen siendo positivas en cuanto a viabilidad, ya que estás perfectamente dentro de los plazos legales. En España, las deudas con Hacienda y el derecho a solicitar rectificaciones prescriben a los 4 años. La declaración de la Renta de 2023 se presentó en la primavera de 2024, por lo que Hacienda no puede dar por prescrito ese año hasta julio de 2028. Tienes margen temporal de sobra. Vamos a encajar tu caso en la línea de tiempo exacta de la normativa fiscal para ver cómo puedes recuperar parte de ese dinero mediante una rectificación de la Renta 2023 o 2024. El "Timming" Legal de tu caso (Art. 14.2.k IRPF) Como vimos, para poder imputar una pérdida por estafa/crédito incobrable, la ley exige que pase un año desde el inicio de las actuaciones judiciales sin que hayas recuperado el dinero. Si pones la denuncia ahora (julio de 2026), el contador se activa hoy. El año de espera se cumpliría en julio de 2027. Por tanto, fiscalmente esa pérdida pertenecería al ejercicio 2027 (que se declara en 2028). Sin embargo, existe un criterio alternativo muy sólido avalado por la Dirección General de Tributos (DGT) y la jurisprudencia para las estafas donde el deudor es completamente inalcanzable (un contrato inteligente vacío en Solana): la pérdida de valor definitiva y el "procedimiento judicial" frustrado desde el origen. Muchos asesores fiscales especializados defienden que en un rug pull, donde el activo ha dejado de existir y el pool de liquidez fue destruido en marzo de 2023, la pérdida patrimonial fue instantánea y definitiva en 2023. Para consolidar esto ante una inspección, la denuncia sigue siendo obligatoria, pero el objetivo es justificar que el hecho imponible ocurrió en el periodo 2023-2024. Plan de Acción Cuantificado Asumiendo que tus ingresos netos (trabajo + autónomo) sean altos, el impacto de deducirte 20.000 € en la Base General es masivo. Te puede ahorrar miles de euros en impuestos. Este es el camino exacto que debes seguir: 1. El Dossier de Evidencias (Marzo 2023) Debes entrar en un explorador de bloques de Solana (como Solscan.io o Solana Explorer) con tu dirección pública de wallet y exportar los datos de marzo de 2023. Necesitas:
Presenta la denuncia detallando el fraude informático. Es vital que quede claro el concepto: "Pérdida patrimonial completa por el vaciado fraudulento del pool de liquidez del token X en la red Solana, inhabilitando cualquier opción de recuperación del capital principal". Adjunta el dossier del punto 1 impreso o en un PDF. 3. La Vía de la Rectificación de Autoliquidación Una vez tengas la copia sellada de la denuncia y, idealmente, el primer decreto del juzgado (aunque sea el de reparto o inicio):
Hacer esto requiere mover papeles, pagar a un asesor cripto que te prepare el escrito técnico para Hacienda y pasar el mal trago de recordar el suceso. Pero mira los números de forma fría y analítica:
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08-jul-2026 15:56
#12
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No sé qué pensar Que el suceso ocurriera en 2024 en lugar de 2023 son, de hecho, mejores noticias para tu estrategia de optimización fiscal. Reduce los tiempos, abarata los costes de corrección y te otorga un margen de maniobra temporal excelente. La campaña de la Renta 2024 finalizó en julio de 2025. Esto significa que el plazo de prescripción de cuatro años para este ejercicio económico expira en julio de 2029. Tienes prácticamente tres años por delante para mover los papeles judiciales sin ninguna prisa por las fechas límite de Hacienda. Vamos a recalcular el escenario con los datos precisos de 2024 y a trazar la hoja de ruta exacta para mover esa pérdida a tus rendimientos de autónomo. El nuevo impacto numérico y los intereses de demora Al haber presentado la declaración en 2025, si decides rectificarla ahora para aplicar los 20.000 € completos en la Base General, el ajuste financiero juega a tu favor:
Para ejecutar esta transición de forma segura y blindada ante cualquier inspección automatizada de Hacienda, el orden de los pasos es crítico. No puedes presentar la rectificación de la Renta sin tener la prueba legal en la mano. 1.Recopilación forense on-chain:Paso inmediato.Accede a Solscan y exporta a PDF el rastro de las transacciones de 2024. Necesitas acreditar el valor equivalente en euros del día de la compra, la dirección del contrato del token y el rastro del swap final por valor residual. 2.Interposición de la denuncia penal:Activación legal.Acude a la Policía Nacional o la Guardia Civil. La denuncia debe especificar que fuiste víctima de un delito de estafa informática bajo la modalidad de "Rug Pull", donde los administradores privaron deliberadamente de valor al activo al drenar los pools de liquidez. 3.Obtención del Auto de Sobreseimiento:Hito judicial (meses de espera).Al tratarse de un fraude con autores desconocidos en la blockchain, el Juzgado de Instrucción decretará el sobreseimiento provisional (archivo temporal) de la causa. Debes solicitar una copia certificada de este auto judicial. 4.Solicitud de Rectificación de la Renta 2024:Consolidación fiscal.Con el auto judicial en la mano, tu asesor fiscal presentará una rectificación de la autoliquidación de 2024. Se elimina la pérdida del ahorro, se abonan los 950 € originales con sus mínimos intereses y se declaran los 20.000 € en la Base Imponible General. Alineación con la Doctrina de la DGT: Al tratarse de un delito cometido por un autor anónimo, no existe un deudor físico personificado al que reclamar la deuda, por lo que las consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos avalan que la pérdida es definitiva desde el momento en que el juzgado archiva la causa, permitiendo su integración directa en la Base General sin necesidad de esperar plazos adicionales de insolvencia.Dado que el "no" ya lo tenías debido al asesoramiento incompleto del pasado, reactivar este proceso con las fechas correctas de 2024 es una operación de optimización patrimonial totalmente viable y con un coste de oportunidad altísimo si decides no reclamarlo. |
08-jul-2026 16:08
#13
| Voy calentando con los 1000€ que me han volado en tx24 🤣🤣🤣Suerte shur, espero lo puedas compensar de algún modo! |
08-jul-2026 16:13
#14
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Sin tener ni idea del tema eh? Si has perdido 20k, has dejado de ganar 20k, por lo que lo que te devolverían en el mejor de los casos sería el 15% de esos 20k que no has ganado, o sea, 3000€, no 20.000. Como digo, sin tener mucha idea. No veo cómo te van a devolver 20.000€ (aunque pagues 7.000) por la estafa. y de hecho si ya te dieron cerca de 1000€ por esto, te queda de ganar 2000 o 2000 y pico (que bien están igualmente, supongo). De todos modos, no te sale más a cuenta pagar 100 o 200€ a un asesor fiscal algo especializado en el tema y que él te diga qué puedes o no hacer? |
08-jul-2026 16:20
#15
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Las estafas no se tratan como las pérdidas por inversiones fallidas. No es lo mismo que pierdas dinero vendiendo una criptomonedas que ha bajado de valor, que ser estafado mediante un contrato fraudulento en un rug-pull.
Las pérdidas patrimoniales derivadas de la inversión (trading, permutas o ventas) se declaran directamente en la Base Imponible del Ahorro. Y sirven para compensar beneficios derivados de la inversión. Las pérdidas patrimoniales derivadas de una estafa acreditada, se declaran en la Base Imponible General. Y sí que permiten compensar las obligaciones fiscales derivadas de los rendimientos del trabajo y cualquier otra actividad económica (como alquileres y ventas inmobiliarias). En el caso del shur, si puede acreditar la estafa en la denuncia, podría deducirse esas cuantías en las próximas rentas. El tema es que al no haber autor conocido, tendrá que esperar a que se resuelva judicialmente la denuncia, probablemente con auto de sobreseimiento o archivo. En ese momento queda cerrada y acreditada la estafa sin reparación posible, y se podría meter en la declaración. |
08-jul-2026 16:47
#16
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Al tratarse de una estafa a un particular, que se disuelve en la blockchain, la investigación no va a poder identificar ni procesar a los autores, por lo que lo normal es que el Juez dicte auto de sobreseimiento provisional. Para Hacienda esto significa que se acredita que existió una estafa, que eres parte perjudicada y que has agotado la vía judicial. Por lo que a todos los efectos esa pérdida entraría dentro de tu Base Imponible General. En macro-causas contra empresas y otras personas jurídicas implicadas e identificadas, la acreditación de la condición de víctima de la estafa está en el Auto de Procesamiento contra los responsables. Pero en ese caso depende de la capacidad de que tengan dichos responsables de responder ante los perjudicados, la liquidación de las empresas y su patrimonio, etc. Y ahí pueden pasar años hasta que se termina el proceso. |
08-jul-2026 16:52
#18
| La sentencia que acredita la estafa y la condición de perjudicado, en este caso, sería el Auto de sobreseimiento provisional. Porque se reconocen los hechos, y la vía judicial no tiene más herramientas para identificar y procesar a los autores. Por tanto el afectado tiene acreditada su condición de víctima de la estafa. |
08-jul-2026 16:58
#19
| Pero quién te va a devolver el dinero ???si es así todos los que estuvimos en autocripto reclamariamis |
08-jul-2026 17:01
#20
![]() Lo que está planteando es poder compensar esa cuantía en la declaración de la renta, con los rendimientos del trabajo y otras actividades económicas. Es decir, pagar menos impuestos hasta compensar parte o la totalidad de la pérdida. Es una vía legal reconocida por la Dirección General de Tributos y con soporte en la campaña de la Renta. |
08-jul-2026 17:14
#21
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Desconozco cuanto tardaría el proceso, pero yo lo intentaría. Busca un abogado experto en estos temas que te asesore para reunir las pruebas necesarias que puedan acreditar la estafa.
Al tratarse de una estafa a un particular, que se disuelve en la blockchain, la investigación no va a poder identificar ni procesar a los autores, por lo que lo normal es que el Juez dicte auto de sobreseimiento provisional. Para Hacienda esto significa que se acredita que existió una estafa, que eres parte perjudicada y que has agotado la vía judicial. Por lo que a todos los efectos esa pérdida entraría dentro de tu Base Imponible General. En macro-causas contra empresas y otras personas jurídicas implicadas e identificadas, la acreditación de la condición de víctima de la estafa está en el Auto de Procesamiento contra los responsables. Pero en ese caso depende de la capacidad de que tengan dichos responsables de responder ante los perjudicados, la liquidación de las empresas y su patrimonio, etc. Y ahí pueden pasar años hasta que se termina el proceso. Pues lo voy a intentar! A ver dónde encuentro un buen abogado |
08-jul-2026 17:15
#22
![]() Lo que está planteando es poder compensar esa cuantía en la declaración de la renta, con los rendimientos del trabajo y otras actividades económicas. Es decir, pagar menos impuestos hasta compensar parte o la totalidad de la pérdida. Es una vía legal reconocida por la Dirección General de Tributos y con soporte en la campaña de la Renta. Esa es la idea y ahora estoy facturando mucho en neto así que diría que en 3 o 4 ejercicios ya lo tendría |
Editado: 08-jul-2026 17:20 -
08-jul-2026 17:26
#24
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Todavía no lla pero como que huele a podrido no? Jejejej Suerte que eran ganancias de xrp en la cual me vi el culo, y suerte que no hice tonterias, porque me pilló novato el asunto y me llegó a entisiasmar de lo lindo el “proyecto”. |
08-jul-2026 20:27
#28
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Gemini me dice que puedo
No sé qué pensar Que el suceso ocurriera en 2024 en lugar de 2023 son, de hecho, mejores noticias para tu estrategia de optimización fiscal. Reduce los tiempos, abarata los costes de corrección y te otorga un margen de maniobra temporal excelente. La campaña de la Renta 2024 finalizó en julio de 2025. Esto significa que el plazo de prescripción de cuatro años para este ejercicio económico expira en julio de 2029. Tienes prácticamente tres años por delante para mover los papeles judiciales sin ninguna prisa por las fechas límite de Hacienda. Vamos a recalcular el escenario con los datos precisos de 2024 y a trazar la hoja de ruta exacta para mover esa pérdida a tus rendimientos de autónomo. El nuevo impacto numérico y los intereses de demora Al haber presentado la declaración en 2025, si decides rectificarla ahora para aplicar los 20.000 € completos en la Base General, el ajuste financiero juega a tu favor:
Para ejecutar esta transición de forma segura y blindada ante cualquier inspección automatizada de Hacienda, el orden de los pasos es crítico. No puedes presentar la rectificación de la Renta sin tener la prueba legal en la mano. 1.Recopilación forense on-chain:Paso inmediato.Accede a Solscan y exporta a PDF el rastro de las transacciones de 2024. Necesitas acreditar el valor equivalente en euros del día de la compra, la dirección del contrato del token y el rastro del swap final por valor residual. 2.Interposición de la denuncia penal:Activación legal.Acude a la Policía Nacional o la Guardia Civil. La denuncia debe especificar que fuiste víctima de un delito de estafa informática bajo la modalidad de "Rug Pull", donde los administradores privaron deliberadamente de valor al activo al drenar los pools de liquidez. 3.Obtención del Auto de Sobreseimiento:Hito judicial (meses de espera).Al tratarse de un fraude con autores desconocidos en la blockchain, el Juzgado de Instrucción decretará el sobreseimiento provisional (archivo temporal) de la causa. Debes solicitar una copia certificada de este auto judicial. 4.Solicitud de Rectificación de la Renta 2024:Consolidación fiscal.Con el auto judicial en la mano, tu asesor fiscal presentará una rectificación de la autoliquidación de 2024. Se elimina la pérdida del ahorro, se abonan los 950 € originales con sus mínimos intereses y se declaran los 20.000 € en la Base Imponible General. Alineación con la Doctrina de la DGT: Al tratarse de un delito cometido por un autor anónimo, no existe un deudor físico personificado al que reclamar la deuda, por lo que las consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos avalan que la pérdida es definitiva desde el momento en que el juzgado archiva la causa, permitiendo su integración directa en la Base General sin necesidad de esperar plazos adicionales de insolvencia.Dado que el "no" ya lo tenías debido al asesoramiento incompleto del pasado, reactivar este proceso con las fechas correctas de 2024 es una operación de optimización patrimonial totalmente viable y con un coste de oportunidad altísimo si decides no reclamarlo. |
10-jul-2026 01:05
#29
| Me parece muy difícil que te aceptasen eso. Si es así mucha gente simularía haber perdido dinero en rugpulls enviando su dinero a otra wallet (yo incluido) |
y luego preguntabas si vender los 10€ en Ethereum ???