Pensión de alimentos a hijos de 26, 27 y 29 años
05-jun-2026 16:09
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Un padre solicita que le eximan del pago de la pensión de alimentos a sus hijos de 26, 27 y 29 años, pero se la deniegan La Audiencia Provincial de A Coruña desestimó el recurso presentado por un progenitor divorciado y residente en el partido judicial de Corcubión, que había solicitado la cancelación de la pensión a favor de los hijos por tener edad suficiente para poder vivir con sus propios recursos y medios La sección tercera de la Audiencia Provincial de A Coruña desestimó el recurso de apelación presentado por un padre divorciado y confirma la sentencia dictada en primera instancia por un juzgado de Corcubión, por la que le obliga a seguir abonando la pensión de alimentos a tres hijos, con 26, 27 y 29 años, respectivamente. Contra este segundo fallo cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Esta causa tiene su origen en una demanda presentada por un progenitor, quien solicitó que le eximieran del pago de la pensión compensatoria por alimentos a favor de los hijos, que venía satisfaciendo desde que un juzgado confirmó el divorcio, hace ahora diez años. Según recoge una sentencia de la Audiencia Provincial, el padre inició los trámites porque consideraba que los hijos ya eran lo suficientemente mayores para no depender de la pensión por alimentos. Además, en el caso de uno de ellos, alegó que hubo «mala fe» porque, según él, estaba trabajando en una empresa y que era «falso que estuviera preparando una oposición en una academia». De forma paralela argumentó que su exmujer residía en casa de un familiar, por lo que no asumiría una serie de gastos que él si tenía que satisfacer. Un juzgado de Corcubión desestimó, en primera instancia, la demanda al considerar que la extinción de la prestación no cesa cuando un hijo alcanza la mayoría de edad, sino cuando adquiere cierta estabilidad económica, laboral y social, algo que no se da en este caso. Tampoco quedó acreditada «la mala fe» argumentada por el padre en relación a uno de los jóvenes. Contra este primer fallo, el padre presentó recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña, que fue desestimado. |
05-jun-2026 16:16
#6
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A los hijos se les debería caer la cara de vergüenza, aunque si los ha educado ese tipo de madre... pues está claro el tema. Lo mejor que puede hacer es poner mar de por medio y largarse a vivir a otro país, y que esos parásitos se busquen la vida. |
05-jun-2026 16:19
#7
| A mí la duda que se me plantea es, si siguieran viviendo todos en la misma casa , ¿seguiría manteniendo a los hijos si están estudiando? Pues eso... |
05-jun-2026 16:23
#9
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Es una pensión que deberían quitar automáticamente al cumplir los 25 años, siendo muy generosos. Ya no son edades para "estudiar", sino que son edades para trabajar y pagarte tus cosas. Porque vamos, a mí me parecería vergonzoso vivir de mis padres a esas edades, la verdad. Luego que si por qué la gente no tiene hijos. Antes se iban de casa a los 20 y ahora los tienes parasitando hasta los 30 con la excusa de "estudiar". |
05-jun-2026 16:25
#12
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Espero que una de dos. 1 Tenga mucho dinero y lo puede llevar hasta el fin y ganar generando jurisprudencia. 2 Tenga mucho dinero liquide todo y se vaya a un país sin tratado de estradicion y que le coman los huevos. Si es pobre pues ajo y agua. Así funciona el mundo. |
05-jun-2026 16:29
#13
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Según la ley de la seguridad social esa manutención creo que era hasta los 18. Luego no hay obligación de pagar si cuentan con las facultades para trabajar. No se, algo habrá más que no se cuenta... |
05-jun-2026 16:32
#14
A esa edad la gente también come, ¿eh? Quejarse porque no le dejan matar a sus hijos de hambre...el Padre del Año
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05-jun-2026 16:39
#16
| La Seguridad Social no pinta (ni ha pintado nunca) nada en las pensiones de alimentos a ex cónyuge o a hijos. Eso lo establece un juez, de toda la vida. Y es un juez quien decide cuándo finaliza ese pago por alimentos (mal llamado "pensión", que es como lo conoce todo el mundo aunque no es una pensión). |
05-jun-2026 16:42
#19
| Yo conocí a un tío con buen curro, veintialgo, viviendo de su trabajo fuera de España y diciendo a su padre que estaba haciendo un curso de inglés para seguir recibiendo pensión de alimentos. |
05-jun-2026 16:46
#22
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Pobres chavales casi 30 años y parece que ya empiezan con sus primeras palabras y pasitos..... sino no me explico esa sentencia... Soy yo el padre y aunque suena muy HDP vendo todo me despido del trabajo y me voy a vivir a una isla caribeña |
05-jun-2026 16:48
#23
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Es una pensión que deberían quitar automáticamente al cumplir los 25 años, siendo muy generosos.
Ya no son edades para "estudiar", sino que son edades para trabajar y pagarte tus cosas. Porque vamos, a mí me parecería vergonzoso vivir de mis padres a esas edades, la verdad. Luego que si por qué la gente no tiene hijos. Antes se iban de casa a los 20 y ahora los tienes parasitando hasta los 30 con la excusa de "estudiar".
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05-jun-2026 16:50
#24
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La Seguridad Social no pinta (ni ha pintado nunca) nada en las pensiones de alimentos a ex cónyuge o a hijos. Eso lo establece un juez, de toda la vida. Y es un juez quien decide cuándo finaliza ese pago por alimentos (mal llamado "pensión", que es como lo conoce todo el mundo aunque no es una pensión).
Artículo 149. El obligado a prestar alimentos podrá, a su elección, satisfacerlos, o pagando la pensión que se fije, o recibiendo y manteniendo en su propia casa al que tiene derecho a ellos. Esta elección no será posible en cuanto contradiga la situación de convivencia determinada para el alimentista por las normas aplicables o por resolución judicial. También podrá ser rechazada cuando concurra justa causa o perjudique el interés del alimentista menor de edad. |
05-jun-2026 16:52
#25
| Entre 26 y 29 años ya puede darse el caso de compatibilizar pensión de viudedad con la de alimentos. |
05-jun-2026 16:52
#26
| Yo es que no entiendo cómo la gente no acabe enajenada cometiendo actos duros contra este tipo de gentuza. Empezando por la gentuza que deniegan retirar la pensión. |
05-jun-2026 16:53
#27
| Y si es muy pobre no tener nada a su nombre, vivir en la calle y declararse insolvente |
05-jun-2026 16:56
#29
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Es una pensión que deberían quitar automáticamente al cumplir los 25 años, siendo muy generosos.
Ya no son edades para "estudiar", sino que son edades para trabajar y pagarte tus cosas. Porque vamos, a mí me parecería vergonzoso vivir de mis padres a esas edades, la verdad. Luego que si por qué la gente no tiene hijos. Antes se iban de casa a los 20 y ahora los tienes parasitando hasta los 30 con la excusa de "estudiar". |