Traspasar Fondos de padres a hijos
27-may-2026 10:46
#1
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Buenos días, me surge una duda, es posible traspasarlos?? Se necesitaría venderlos y luego pasar el dinero? gracias shures |
27-may-2026 10:55
#2
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Si te refieres hacer una donación en vida y darle los fondos, no se con carácter general en España porque sería una donación y hay q ver qué aplica en las CCAA. En Galicia hay sistemas de donación en vida mediante un pacto de mejora de herencia y eso tb aplica a cualquier valor transmisible (fondo incluidos, había un artículo de abogados). Dado que eso aquí está bonificado hasta 1M no se pagaría más q el tema del notario (lo que no se es si aplicaría para el precio lo que se conoce por la plusvalía del muerto). Pero como digo, en todo caso sería una donación en vida. Lo que no aplica es "traspasar" como harías tú en tu cuenta entre dos fondos (porque como digo es una donación). En todo caso a ver si hay algún shur q lo haya hecho en vida (y vamos viendo por CCAA... Pero q es una donación seguro y te aplicará lo de tu comunidad) |
27-may-2026 10:59
#3
| Infórmate bien antes de hacer nada, me suena haber leído que tributas menos dejando fondos que cash... a ver si algun shur nos puede iluminar, es un tema interesante. |
27-may-2026 12:18
#4
| A ver, si falleces está la plusvalía del muerto, que todos tus fondos pasan a tus herederos sin ganancias, empezarían desde 0. Lo que yo me refiero es a que quieres traspasar el típico fondo que has hecho a tus hijos, y quieres donárselo, entiendo que no es un traspaso al uso. por lo que he leído muy por encima, dependerías de la CCAA que residas, puesto que es como si fuese una herencia o una donación.Mas que nada por si algún shur lo sabe o lo ha hecho, como se podría hacer. Que entiendo que haya que tributar, pero no es lo que pregunto, sino mas bien como hacerlo. |
27-may-2026 12:25
#5
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A ver, si falleces está la plusvalía del muerto, que todos tus fondos pasan a tus herederos sin ganancias, empezarían desde 0. Lo que yo me refiero es a que quieres traspasar el típico fondo que has hecho a tus hijos, y quieres donárselo, entiendo que no es un traspaso al uso. por lo que he leído muy por encima, dependerías de la CCAA que residas, puesto que es como si fuese una herencia o una donación.Mas que nada por si algún shur lo sabe o lo ha hecho, como se podría hacer. Que entiendo que haya que tributar, pero no es lo que pregunto, sino mas bien como hacerlo.
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27-may-2026 12:35
#6
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Acabo de encontrar esto en finnect. Contratar tú el fondo y después donarlo La otra alternativa para regalar a tu hijo un fondo es contratar el fondo por tu cuenta, gestionarlo como parte de tu patrimonio y después donárselo cuando llegue el momento. La mayor ventaja de esta fórmula es que tú controlarás el fondo en todo momento. Podrás hacer y deshacer posiciones a tu antojo, sin requerimientos adicionales y ni autorizaciones juidiciales. Además, como el fondo está a tu nombre, tú decides cuándo donárselo a tu hijo, si a los 18 años, cuando termine la universidad, al cumplir los 25 años… Pero no todo podía ser de color de rosa. Tal y como relata Carlos en su artículo, ya hay gestoras que aplican comisiones reducidas para menores de edad, al entender que la gestión que harán de sus fondos será mínima. A esto hay que añadir la escabrosa cuestión fiscal. Y es que en este caso habrá que hacer frente al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, cuya cuantía varía en función de cada comunidad autónoma. Más adelante haremos números, pero antes es importante que entiendas cómo funciona el proceso. Al donar un fondo a tu hijo tendréis que pagar impuestos los dos. Tú como donante pagarás en el IRPF y tu hijo lo hará en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. En la declaración de la renta pagarás por las ganancias o pérdidas que te haya generado el fondo. Al donar el fondo Hacienda entiende que existe transmisión y si has ganado dinero con el fondo deberás tributar por él como lo harías normalmente. Es decir, tendrás una ganancia patrimonial que se integrará con el resto de ganancias o pérdidas y pagarás impuestos en función de los tres tramos del ahorro, que son los siguientes:
Por su parte, tu hijo deberá liquidar el Impuesto sobre Donaciones. La cuantía a pagar dependerá de la comunidad autónoma y las reducciones que tenga establecidas por parentesco. El valor a efectos del impuesto será el que marque el fondo a fecha de la transmisión. En ese caso, se pagarán impuestos sobre esos 100.000 euros. En Madrid, por ejemplo, el montante a pagar sería 124 euros al existir una reducción del 99% por parentesco. La ventaja en este caso es que a efectos del Impuesto de la renta, el valor del fondo para tu hijo es de 100.124 euros. En otras palabras, imputa el impuesto como parte del fondo y por lo tanto se resta en su declaración de la renta. |