¿Es posible quedarse una casa sin herederos solo pagando escrituras?
03-may-2026 16:16
#1
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Buenas, tengo una duda sobre un tema que me han comentado y no me termina de cuadrar. Me han dicho que una persona consiguió una casa de alguien que había fallecido y, según dicen, no tenía familiares ni herederos. Supuestamente, lo único que hizo fue “cambiar las escrituras” y pagar unos 4.000 €, y con eso la casa pasó a ser suya. A mí esto me suena raro, porque entiendo que para poner algo a tu nombre necesitas algún tipo de derecho legal (herencia, compraventa, sentencia, etc.), y no simplemente ir al notario y ya. Entonces mis preguntas son: - ¿Existe algún caso real en el que puedas quedarte una vivienda así, sin herederos, solo pagando gastos de escrituras? - Si no es así, ¿qué es lo que realmente puede haber pasado en un caso como este? - ¿Puede estar relacionado con usucapión, subastas o algún tipo de procedimiento previo que no se está contando? Si alguien tiene experiencia en este tipo de temas o sabe cómo funciona de verdad, agradecería que lo explique porque me interesa entenderlo bien (sobre todo a nivel legal). Gracias. |
03-may-2026 22:04
#2
| si te llamas iglesia católica sí, Entre 1998 y 2015, la Iglesia Católica inmatriculó cerca de 35.000 bienes en España (templos, viviendas, terrenos) utilizando la certificación eclesiástica del art. 206 de la Ley Hipotecaria, un mecanismo que permitía registrar propiedades sin título escrito. |
04-may-2026 09:30
#3
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entiendo que necesitas una ciertos derechos para acceder a las escrituras, bien justificandolo con una compra o bien por una herencia luego hacienda aplica sus ratios segun de de donde venga |
04-may-2026 12:58
#4
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Buenas, tengo una duda sobre un tema que me han comentado y no me termina de cuadrar.
Me han dicho que una persona consiguió una casa de alguien que había fallecido y, según dicen, no tenía familiares ni herederos. Supuestamente, lo único que hizo fue “cambiar las escrituras” y pagar unos 4.000 €, y con eso la casa pasó a ser suya. A mí esto me suena raro, porque entiendo que para poner algo a tu nombre necesitas algún tipo de derecho legal (herencia, compraventa, sentencia, etc.), y no simplemente ir al notario y ya. Entonces mis preguntas son: - ¿Existe algún caso real en el que puedas quedarte una vivienda así, sin herederos, solo pagando gastos de escrituras? - Si no es así, ¿qué es lo que realmente puede haber pasado en un caso como este? - ¿Puede estar relacionado con usucapión, subastas o algún tipo de procedimiento previo que no se está contando? Si alguien tiene experiencia en este tipo de temas o sabe cómo funciona de verdad, agradecería que lo explique porque me interesa entenderlo bien (sobre todo a nivel legal). Gracias. |
05-may-2026 01:34
#5
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Alguna vez me han salido vídeos hechos con IA de un tío con la clásica apariencia estandarizada de judío que dice algo muy parecido a eso para quedarse casas de fallecidos sin herederos. No te creas todo lo que ves shur. |
05-may-2026 08:40
#6
| Las casas sin heredero no pasan al estado y luego son las que subastan en la web del estado? |
06-may-2026 01:01
#7
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Buenas, tengo una duda sobre un tema que me han comentado y no me termina de cuadrar.
Me han dicho que una persona consiguió una casa de alguien que había fallecido y, según dicen, no tenía familiares ni herederos. Supuestamente, lo único que hizo fue “cambiar las escrituras” y pagar unos 4.000 €, y con eso la casa pasó a ser suya. A mí esto me suena raro, porque entiendo que para poner algo a tu nombre necesitas algún tipo de derecho legal (herencia, compraventa, sentencia, etc.), y no simplemente ir al notario y ya. Entonces mis preguntas son: - ¿Existe algún caso real en el que puedas quedarte una vivienda así, sin herederos, solo pagando gastos de escrituras? - Si no es así, ¿qué es lo que realmente puede haber pasado en un caso como este? - ¿Puede estar relacionado con usucapión, subastas o algún tipo de procedimiento previo que no se está contando? Si alguien tiene experiencia en este tipo de temas o sabe cómo funciona de verdad, agradecería que lo explique porque me interesa entenderlo bien (sobre todo a nivel legal). Gracias. Artículos 913 y 956 del Código Civil: Artículo 913. A falta de herederos testamentarios, la ley defiere a los parientes del difunto, al viudo o viuda y al Estado. Artículo 956. A falta de personas que tengan derecho a heredar conforme a lo dispuesto en las precedentes Secciones, heredará el Estado quien, realizada la liquidación del caudal hereditario, ingresará la cantidad resultante en el Tesoro Público, salvo que, por la naturaleza de los bienes heredados, el Consejo de Ministros acuerde darles, total o parcialmente, otra aplicación. Dos terceras partes del valor de ese caudal relicto será destinado a fines de interés social, añadiéndose a la asignación tributaria que para estos fines se realice en los Presupuestos Generales del Estado. Tambien tienes que tener en cuenta que en los territorios con Derecho Civil propio, la normativa autonómica también puede establecer que sea la Comunidad Autónoma, y no el Estado, la que herede en último lugar. Por ejemplo, en Cataluña, a falta de parientes y cónyuge o conviviente, hereda la Generalitat. Resumiendo: te han metido una trola. |
07-may-2026 05:35
#8
| Con coches sé que se puede cambiar de titular si ante notario y con testigos declaras que lo tienes desde hace más de X años… desconozco si con inmuebles pudiera haber algo parecido pero los okupas ya estarían al tanto y sería una practica habitual con tanto jeta |
09-may-2026 10:18
#9
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A 50mt de mi casa vivía un hombre sin herederos,,cuando falleció en esa casa se metió un matrimonio de okupas. Al tiempo,hacienda les dio unas opciones,,,comprar la casa o salirse de ella. Y la compraron hipotecandose. Ese hombre,tenía un buen patrimonio de fincas de olivar,y se los quedó el estado que los está vendiendo por subasta pública. Y fue notificada la subasta a todos los linderos de las fincas. |
09-may-2026 12:12
#10
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Buenas, tengo una duda sobre un tema que me han comentado y no me termina de cuadrar.
Me han dicho que una persona consiguió una casa de alguien que había fallecido y, según dicen, no tenía familiares ni herederos. Supuestamente, lo único que hizo fue “cambiar las escrituras” y pagar unos 4.000 €, y con eso la casa pasó a ser suya. A mí esto me suena raro, porque entiendo que para poner algo a tu nombre necesitas algún tipo de derecho legal (herencia, compraventa, sentencia, etc.), y no simplemente ir al notario y ya. Entonces mis preguntas son: - ¿Existe algún caso real en el que puedas quedarte una vivienda así, sin herederos, solo pagando gastos de escrituras? - Si no es así, ¿qué es lo que realmente puede haber pasado en un caso como este? - ¿Puede estar relacionado con usucapión, subastas o algún tipo de procedimiento previo que no se está contando? Si alguien tiene experiencia en este tipo de temas o sabe cómo funciona de verdad, agradecería que lo explique porque me interesa entenderlo bien (sobre todo a nivel legal). Gracias. |