[Duda] Cobro de bonus/variable empresa
18-nov-2025 08:47
#1
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Buenos días shurs, Este mes de noviembre he abandonado voluntariamente mi empresa actual. Parte de mi remuneración es variable, en base a objetivos de la empresa e individuales. Esta variable/bonus de 2025 se paga en marzo del año que viene. ¿Tendría derecho a cobrarla en mi finiquito? Mi contrato está sujeto al Estatuto de los trabajadores (mi empresa no se rige por ningún convenio colectivo). En mi contrato, se estipula lo siguiente para cobrar el bonus/variable: 1. Será requisito indispensable que el empleado se encuentre prestando servicios en la empresa en la fecha de pago del bonus (marzo del año siguiente). 2. El empleado no haya sido despedido por la empresa antes de la fecha de pago. 3. El empleado haya prestado servicios durante el periodo anual del devengo del bonus. 4.El bonus no tiene naturaleza consolidable ni respecto a su devengo ni a su cuantía (devengo, generación percepción y cuantía tienen carácter graciable y no consolidable). Respecto al punto 1, sé de un caso en el que un empleado abandonó la empresa antes de esa fecha y, finalmente, la empresa se lo tuvo que pagar. En cuanto al punto 3, hay gente que lo ha cobrado sin trabajar los 12 meses (empezaron a trabajar dentro del primer semestre). Además, en el contrato no se indica expresamente que para cobrar el bonus haya que estar trabajando en la empresa el año completo o hasta el 31/12/2025. Saludos y gracias! |
Editado: 18-nov-2025 08:57 -
18-nov-2025 12:18
#3
| El punto 1 en mi opinión es posible lucharlo por ser potencialmente abusivo. Los otros tres me parecen lógicos. |
19-nov-2025 08:50
#4
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Mi duda era por si al irme en noviembre del año de la variable tendría derecho a cobrar la parte proporcional. |
19-nov-2025 09:07
#5
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Cláusulas muy habituales y comunes: 1. Será requisito indispensable que el empleado se encuentre prestando servicios en la empresa en la fecha de pago del bonus (marzo del año siguiente). - entiendo que puede ser abusivo, pero lo veo mucho 2. El empleado no haya sido despedido por la empresa antes de la fecha de pago. - lógico 3. El empleado haya prestado servicios durante el periodo anual del devengo del bonus. - Se devenga del 01/01 al 31/12. Si te vas o te echan el 30/12 ya no lo devengarías 4.El bonus no tiene naturaleza consolidable ni respecto a su devengo ni a su cuantía (devengo, generación percepción y cuantía tienen carácter graciable y no consolidable). - Lógico Si tu duda es “si me voy en noviembre tengo derecho a variable aunque sea de manera proporcional, mi respuesta es NO” |
19-nov-2025 13:33
#6
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Cláusulas muy habituales y comunes:
1. Será requisito indispensable que el empleado se encuentre prestando servicios en la empresa en la fecha de pago del bonus (marzo del año siguiente). - entiendo que puede ser abusivo, pero lo veo mucho 2. El empleado no haya sido despedido por la empresa antes de la fecha de pago. - lógico 3. El empleado haya prestado servicios durante el periodo anual del devengo del bonus. - Se devenga del 01/01 al 31/12. Si te vas o te echan el 30/12 ya no lo devengarías 4.El bonus no tiene naturaleza consolidable ni respecto a su devengo ni a su cuantía (devengo, generación percepción y cuantía tienen carácter graciable y no consolidable). - Lógico Si tu duda es “si me voy en noviembre tengo derecho a variable aunque sea de manera proporcional, mi respuesta es NO” Aferrándose al punto 1, mi empresa intentó evitar pagarle el bonus de 2024 a un compañero que se marchó en febrero de 2025, pero me consta que reclamó a la empresa y se lo tuvieron que pagar. El punto 3 no sé si podría rascarse algo, interpretando que he prestado servicios 10 meses del periodo anual de devengo... Al no indicar explícitamente que tengo que estar el 31/12... (aunque seguramente sea como dices, que haya que estar trabajando hasta el 31/12). Comentar que el año que entré en la empresa trabajé 8 meses y me pagaron la parte proporcional de bonus. Eso sí, ese año estuve hasta el 31/12. |
Editado: 19-nov-2025 21:10 -
19-nov-2025 23:10
#7
| Estuve en la misma situación que tú y cobré una parte, ya que argumente a la empresa que había objetivos que a fecha de mi salida ya habían sido alcanzados por lo que me correspondería cobrarlos. No pusieron demasiadas pegas. |
22-nov-2025 22:24
#9
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Yo dejé una empresa en Febrero de 2020, y me confirmaron que a pesar de no estar allí, me ingresarían el bono de 2019 en Marzo 2020. No fue así por la pandemia, diria que fue en Junio de ese mismo año, pero hasta el último euro. Creo que es bastante habitual, pero lo que no estoy tan seguro es de que te paguen tu parte proporcional si no has estado el año entero. Las pagas extras si se prorratean llegado el caso, pero los bonus no te sé decir. |
24-nov-2025 20:59
#10
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Yo dejé una empresa en Febrero de 2020, y me confirmaron que a pesar de no estar allí, me ingresarían el bono de 2019 en Marzo 2020. No fue así por la pandemia, diria que fue en Junio de ese mismo año, pero hasta el último euro.
Creo que es bastante habitual, pero lo que no estoy tan seguro es de que te paguen tu parte proporcional si no has estado el año entero. Las pagas extras si se prorratean llegado el caso, pero los bonus no te sé decir. |