Factura sin ser autónomo

CajaCristal
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#1
Buenas shurs, empezando a hacer aplicaciones por cuenta propia para conocidos uno de estos "clientes" me ha dicho que le tengo que hacer una factura.

Son solo 2000 lagartos y me ha comentado que es posible rellenar un modelo de hacienda para poder generar facturas válidas, que es muy sencillo.


Algún shur con experiencia en esto? Algo que tenga que tener en cuenta para que no vengan los de siempre y me crujan?
guhxoc
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#2
Usa esto https://www.indieprof.com/
Xterminador
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#3
Si no pasas de 3k al año puedes realizar un recibo de no autónomos. En ese recibo la empresa cliente te retiene el 15% en IRPF y tú solo tienes que comprobar en la declaración del prox. año que te figura correcto.
Creo que tienes que facturar por un concepto concreto (como que has impartido una charla o conferencias).
Botlane
ForoCoches: Miembro
#4
Cita de guhxoc
Es una cooperativa, verdad? Hay líos con las cooperativas, tengo entendido que no es del todo legal y la S.S. van detrás de ella.
Botlane
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#5
Cita de Xterminador
Si no pasas de 3k al año puedes realizar un recibo de no autónomos. En ese recibo la empresa cliente te retiene el 15% en IRPF y tú solo tienes que comprobar en la declaración del prox. año que te figura correcto.
Creo que tienes que facturar por un concepto concreto (como que has impartido una charla o conferencias).


Pero el alta en el modelo 036 es obligatorio?


Tema IRPF, no bajan los cabrones a 7% en un caso así?
asustadisimo
by Amapolas
#6
Cita de Xterminador
Si no pasas de 3k al año puedes realizar un recibo de no autónomos. En ese recibo la empresa cliente te retiene el 15% en IRPF y tú solo tienes que comprobar en la declaración del prox. año que te figura correcto.
Creo que tienes que facturar por un concepto concreto (como que has impartido una charla o conferencias).
Eso es mentira.
Uekisama
ForoCoches: Usuario
#7
Como alternativa. Te puedes hacer autónomo, hasta 3 veces al año, un solo día.
Te das de alta, cobras la factura y te das de baja.
Así te evitas de posibles líos.

Yo es lo que hago para cobrar royalties.
Como solo estás de alta un día, solo pagas el autónomo equivalente a ese día (unos 10€).

Hoy en día, con un certificado digital es super cómodo y en 15 minutos has hecho todo. La primera vez lía un poco, pero luego te das cuenta de que no es nada.
guhxoc
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#8
Cita de Botlane
Es una cooperativa, verdad? Hay líos con las cooperativas, tengo entendido que no es del todo legal y la S.S. van detrás de ella.
Yo he llegado a hacer varias facturas en un año con esto y no he tenido problemas, y lo he hecho varios años esto.
Botlane
ForoCoches: Miembro
#9
Cita de guhxoc
Yo he llegado a hacer varias facturas en un año con esto y no he tenido problemas, y lo he hecho varios años esto.
Y simplemente mandas o rellenas documentación y ya está?
guhxoc
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#10
Cita de Botlane
Y simplemente mandas o rellenas documentación y ya está?
Le pides los datos al cliente y creas la factura, en la factura propia te vienen las instrucciones de cara al cliente, que tiene que hacer una transferencia a un IBAN de la empresa, y a ti te llega el dinero unos días más tarde.
anekro
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#11
Cita de Xterminador
Si no pasas de 3k al año puedes realizar un recibo de no autónomos. En ese recibo la empresa cliente te retiene el 15% en IRPF y tú solo tienes que comprobar en la declaración del prox. año que te figura correcto.
Creo que tienes que facturar por un concepto concreto (como que has impartido una charla o conferencias).

Cuidado con esto...


La seguridad social te obliga a estar dado de alta de autonomo para poder facturar, hay sentencias del TS que si no es una trabajo habitual no hace falta; pero no es la seguridad social.


Lo primero que harian es embargarte la cuenta y tendrias que denunciarlos tu a ellos.
CajaCristal
ForoCoches: Usuario
#12
Cita de Botlane
Pero el alta en el modelo 036 es obligatorio?


Tema IRPF, no bajan los cabrones a 7% en un caso así?
Por lo que sé es rellenar el 036, declarar el iva de forma trimestral, anual y poco mas.
Xterminador
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#13
"Facturar ingresos de formación por rendimientos del trabajo"

Está es la forma. Pero no encuentro web oficial que lo deje claro. Yo haría la consulta a la seguridad social planteando el asunto de esta manera
Xterminador
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#14
Esto aparece en un par de webs. Por supuesto que yo haría la consulta a la seguridad social o hacienda.
"Facturar ingresos de formación por rendimientos del trabajo
La ley del IRPF, en su artículo 17.2.c indica que “los rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares” son considerados rendimientos del trabajo. Según establece la AEAT, se calificarán como tal siempre y cuando no supongan la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios, en cuyo caso se calificarán como rendimientos de actividades económicas.

¿Qué significa eso? Que, si en tu caso se aplica la calificación de rendimiento del trabajo, con firmar un recibo sería suficiente, siempre y cuando se aplique una retención del IRPF del 15% tal y como exige Hacienda. No hay necesidad de establecer ningún contrato de trabajo por escrito, ni tampoco debes emitir facturas ya que no estarás dado de alta en el censo de la Agencia Tributaria ni presentarás impuestos trimestrales a consecuencia de estos rendimientos; tributarán directamente en tu declaración de la renta.

Ahora bien, no basta con emitir un recibo cualquiera. Las cosas se deben hacer conforme dicta la Ley, y para eso, lo recomendable es que en el recibo figuren los siguientes datos:

Nombre y datos personales de la persona que ha impartido la formación
Nombre y datos de la persona o empresa que ha solicitado el servicio
Importe total del servicio
Fecha y lugar donde se ha brindado la formación
Firma del emisor
Por su parte, el pagador, tendrá que ingresar la retención del 15% del cobro de esta formación a través del modelo 111, declarándolo como rendimiento del trabajo, como también deberá indicarlo a la hora de hacer el resumen anual del IRPF con el modelo 190."
BiG_O'TeS
Lo mismo da
#15
Y si la factura es por adelanto sobre derechos de autor, ¿estamos en las mismas?

En mi caso ya estoy dado de alta por cuenta ajena, como funcionario además. Y facturo dos o tres veces al año a un par de clientes distintos, que me retienen el 15% IRPF pero no pagan IVA porque la propiedad intelectual no lo lleva. Las facturas van de los 1000 a los 5000 euros cada una, depende del proyecto. Raro es el año que llego a 6000 en total.

En mi gremio hay compañeros que me dicen que mientras no llegue al SMI no hay problema. ¿Se confunden? ¿Me van a crujir?
locuo
ForoCoches: Usuario
#16
Cita de guhxoc
En su dia me registre y todo, incluso hablé con ellos por teléfono, pero me acabé dando de alta como autónomo. ¿Los has llegado a usar?


Luego la otra opción que conozco es que le hagas en vez de una factura un recibo por unas sesiones de formación/curso y al ser formación solo te piden hacer el recibo poniendo la retención del 15% de IRPF, y luego es la empresa quien tiene que dejar constancia en los modelos que presenta de forma anual
locuo
ForoCoches: Usuario
#17
Cita de Uekisama
Como alternativa. Te puedes hacer autónomo, hasta 3 veces al año, un solo día.
Te das de alta, cobras la factura y te das de baja.
Así te evitas de posibles líos.

Yo es lo que hago para cobrar royalties.
Como solo estás de alta un día, solo pagas el autónomo equivalente a ese día (unos 10€).

Hoy en día, con un certificado digital es super cómodo y en 15 minutos has hecho todo. La primera vez lía un poco, pero luego te das cuenta de que no es nada.


Si sacas una guia paso a paso de como hacerlo y de como rellenar los trimestrales y anuales yo PAGO por eso shur


Porque si te lo tiene que hacer una gestoria ya no son 10€ y muchas veces trabajan con precios en los que asumen que vas a estar minimo 1 año para que les salga rentable, si ya vas con esas no les merece la pena, te lo van a hacer a precio de oro y sin ganas
Alada84
ForoCoches: Miembro
#18
Si es algo puntual y está por debajo del SMi, se puede.
Sino alta de autónomos.
guhxoc
ForoCoches: Miembro
#19
Cita de locuo
En su dia me registre y todo, incluso hablé con ellos por teléfono, pero me acabé dando de alta como autónomo. ¿Los has llegado a usar?


Luego la otra opción que conozco es que le hagas en vez de una factura un recibo por unas sesiones de formación/curso y al ser formación solo te piden hacer el recibo poniendo la retención del 15% de IRPF, y luego es la empresa quien tiene que dejar constancia en los modelos que presenta de forma anual
Sí, como ya he comentado a otro shur los he usado y sin problemas.


Entiendo que si haces una factura de manera periódica cantaría mucho, pero en mi caso, que al cabo del ano puedo presentar ponle 10 facturas de distintos importes y a distintos clientes, sin problema.
locuo
ForoCoches: Usuario
#20
Cita de guhxoc
Sí, como ya he comentado a otro shur los he usado y sin problemas.


Entiendo que si haces una factura de manera periódica cantaría mucho, pero en mi caso, que al cabo del ano puedo presentar ponle 10 facturas de distintos importes y a distintos clientes, sin problema.
Genial entonces, lo qie entendí también en su día es que tienen varias S.L y dependiendo a que te dediques y cuanto necesites facturar, te lo hacen con una S.L o otra. ¿Te emiten las facturas y te contratan siempre con la misma?
¿Imagino que te ponen por obra y servicio?


Gracias
txarlye
ForoCoches: Miembro
#21
Y todo esto si además trabajas para una empresa en un sector y por la tarde haces alguna chapucilla, habría problema?
torpedo1978
ForoCoches: Usuario
#22
Cita de txarlye
Y todo esto si además trabajas para una empresa en un sector y por la tarde haces alguna chapucilla, habría problema?
Yo trabajo por cuenta ajena y llevo años haciendo esto:- Te das de alta en el 036 como profesional en lo que sea.
- Haces tú factura, y retienes el 15%
- Cada tres meses, la trimestral de IVA.
- A final de año el 390
- Cuando llega la declaración de la renta metes lo que has ingresado por estas facturas como rendimientos profesionales, y te deduces las retenciones que has hecho en las facturas.


Llevo así años, estás son las indicaciones que me dieron en su momento en la AEAT.
karl2007
ForoCoches: Miembro
#23
El problema no es el pago del iva e IRPF, es la SS. Si haces altas esporádicas a hacienda para facturar, puede colar y justificar así que no te des de alta en la SS, si son trabajos continuados pronto o tarde te va a llamar la SS y pedirte que les pagues.
karl2007
ForoCoches: Miembro
#24
El problema no es el pago del iva e IRPF, es la SS. Si haces altas esporádicas a hacienda para facturar, puede colar y justificar así que no te des de alta en la SS, si son trabajos continuados pronto o tarde te va a llamar la SS y pedirte que les pagues. Hace tiempo había bastantes empresas que te hacían la gestión sin estar dado de alta, hasta que hacienda y la SS empezó a contactar con los que habían usado este servicio y pedirles las cotizaciones correspondientes. Pensaba que ya no existían.
Lupin III
Lonchafinista
#25
Cita de torpedo1978
Yo trabajo por cuenta ajena y llevo años haciendo esto:- Te das de alta en el 036 como profesional en lo que sea.
- Haces tú factura, y retienes el 15%
- Cada tres meses, la trimestral de IVA.
- A final de año el 390
- Cuando llega la declaración de la renta metes lo que has ingresado por estas facturas como rendimientos profesionales, y te deduces las retenciones que has hecho en las facturas.


Llevo así años, estás son las indicaciones que me dieron en su momento en la AEAT.
Y metes gastos de actividad?

De todas formas, Hacienda te da indicaciones sobre cómo actuar con ellos, pero en caso de que te llegue algo de la seguridad social, la instrucción de Hacienda te vale lo mismo que esté post.
torpedo1978
ForoCoches: Usuario
#26
Cita de Lupin III
Y metes gastos de actividad?

De todas formas, Hacienda te da indicaciones sobre cómo actuar con ellos, pero en caso de que te llegue algo de la seguridad social, la instrucción de Hacienda te vale lo mismo que esté post.
Meto gastos de actividad. Ojo, con cabeza. No meto la luz de mi casa, el alquiler o una comida.

A ver, yo ya estoy dado de alta en la SS por cuenta ajena. ¿Qué me van a reclamar?
Lupin III
Lonchafinista
#27
Cita de torpedo1978
Meto gastos de actividad. Ojo, con cabeza. No meto la luz de mi casa, el alquiler o una comida.

A ver, yo ya estoy dado de alta en la SS por cuenta ajena. ¿Qué me van a reclamar?
Te pueden reclamar el alta en la seguridad social en el RETA.

Haciendo un símil, no deberías darte de alta en Hacienda porque ya estás pagando el IRPF mensualmente
torpedo1978
ForoCoches: Usuario
#28
Cita de Lupin III
Te pueden reclamar el alta en la seguridad social en el RETA.

Haciendo un símil, no deberías darte de alta en Hacienda porque ya estás pagando el IRPF mensualmente
Tendría que darme de alta en el RETA si la actividad económica fuera más que el SMI. En ese caso tendría derecho a la devolución del 50% de la cuota.

La analogía con el IRPF no es correcta, ya que hay que pagar IRPF por cada euro que cobres o factures.
NewtScamander
ForoCoches: Miembro
#29
primero comenta que les tienes que cobrar el 21% de iva de más, si no quieres pringar
luego factura como te dicen si solo vas a facturarles 1 vez este año, mandales la factura y listo, alta y baja con el modelo 037a mi me ha servido otros años
Lupin III
Lonchafinista
#30
Cita de torpedo1978
Tendría que darme de alta en el RETA si la actividad económica fuera más que el SMI. En ese caso tendría derecho a la devolución del 50% de la cuota.

La analogía con el IRPF no es correcta, ya que hay que pagar IRPF por cada euro que cobres o factures.

OK, yo solo te comento, que aunque haya jurisprudencia, la TGSS aplica primero la sanción y luego ya vete tú a juicio.

Si estás metiendo gastos en las trimestrales ya no es una actividad de “un día di una charla a Graduados Sociales de Aviles”.

Y luego, analiza la situación, si estás pagando:
Beneficio - gastos = 20% trimestral

Igual te interesa cotizar más en el RETA y que en vez de pagar IRPF, te quede en cotizaciones.

Pero bueno, háblalo con tu gestor
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