Duda cómo hacer donación a un familiar
31-jul-2025 20:22
#1
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Buenas. Si un padre le quiere donar a un hijo una cantidad elevada, por ejemplo 100000€ provenientes de la venta de una propiedad familiar... ¿Cuál es la forma correcta de hacerlo legalmente? ¿Simplemente le donas el dinero y luego ya lo indicas en la declaración de hacienda al año siguiente? ¿O hay que avisar antes a hacienda o al banco de algún modo? Sé que hay gente que prefiere hacerlo poco a poco en negro, pero paso de líos y como hay cierta cantidad exenta (en mi caso es en la Comunidad Valenciana) de impuestos quisiéramos hacerlo bien. |
31-jul-2025 22:57
#2
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Lo correcto es: 1. Ir al notario y firmar un documento que diga que es una donación. 2. Hacer la transferencia bancaria desde la cuenta del padre al hijo. 3. El hijo tiene que declarar la donación en Hacienda de la Comunidad Autónoma donde resida en un plazo de 30 días hábiles y dependiendo de donde viva pies pagará más o.menos impuestos. |
01-ago-2025 00:17
#3
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Lo correcto es:
1. Ir al notario y firmar un documento que diga que es una donación. 2. Hacer la transferencia bancaria desde la cuenta del padre al hijo. 3. El hijo tiene que declarar la donación en Hacienda de la Comunidad Autónoma donde resida en un plazo de 30 días hábiles y dependiendo de donde viva pies pagará más o menos impuestos. ¿Entonces es necesario hacer ese documento en el notario? ¿Cuánto costaría eso? |
01-ago-2025 01:49
#5
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Había que rellenar el Modelo 651 o Modelo 655 si no recuerdo mal. |
01-ago-2025 01:55
#6
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Pues creo que vas a tener suerte, parece que en la Comunidad Valenciana hay una buena bonificación: (eso sí, a pasar por notario) https://hisenda.gva.es/es/web/tribut...ce=chatgpt.com REDUCCIONES BASE IMPONIBLE. ADQUISICIONES POR HERENCIA O LEGADO: REDUCCIONES EN LA BASE IMPONIBLE Por parentesco: 156.000€.- Adquisiciones por descendientes y adoptados menores de 21 años, 100.000 euros, más 8.000 euros por cada año menos de 21 que tenga el causahabiente. (Art.10.1.a Ley 13/1997). 100.000€.-Adquisiciones por descendientes y adoptados de 21 o más años, cónyuges, ascendientes y adoptantes. (Art.10.1.a Ley 13/1997). |
01-ago-2025 06:46
#7
| Y al año siguiente donatario y donante, alguno de ellos tienen que tributar en el IRPF? |
01-ago-2025 07:06
#8
| Yo creo que por contrato privado y presentandolo a hacienda tambien se puede no? |
01-ago-2025 07:33
#9
| Sí, siempre y cuando después cumplas con los pagos recogidos en el contrato de préstamo entre particulares, sino vas a acabar pagando lo que te correspondía de primeras, más la multa correspondiente por haber cometido fraude. |
01-ago-2025 13:28
#10
| Para liquidar el impuesto puede valer, pero para la deducción hará falta notario. Supongo que verificará el parentesco y esas cosas |
01-ago-2025 13:28
#11
| No es un préstamo, es una donación. Para un préstamo serviría el documento privado |
01-ago-2025 15:37
#13
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Lo correcto es:
1. Ir al notario y firmar un documento que diga que es una donación. 2. Hacer la transferencia bancaria desde la cuenta del padre al hijo. 3. El hijo tiene que declarar la donación en Hacienda de la Comunidad Autónoma donde resida en un plazo de 30 días hábiles y dependiendo de donde viva pies pagará más o.menos impuestos. |
01-ago-2025 16:08
#14
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Que pena querer hacerlo todo legal para que luego los políticos independientemente del color que sean se lo lleven a manos llenas. Mis felicitaciones por tu honradez. |
01-ago-2025 16:11
#15
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Para la bonificación hace falta notario. Si fuese sin bonificación se puede sin notario hasta 100k. Compensa pagar al notario. |
01-ago-2025 16:21
#16
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Buenas.
Si un padre le quiere donar a un hijo una cantidad elevada, por ejemplo 100000€ provenientes de la venta de una propiedad familiar... ¿Cuál es la forma correcta de hacerlo legalmente? ¿Simplemente le donas el dinero y luego ya lo indicas en la declaración de hacienda al año siguiente? ¿O hay que avisar antes a hacienda o al banco de algún modo? Sé que hay gente que prefiere hacerlo poco a poco en negro, pero paso de líos y como hay cierta cantidad exenta (en mi caso es en la Comunidad Valenciana) de impuestos quisiéramos hacerlo bien. Vas a tener qué hay en tu CCAA sobre ese tema, porque en casa sitio te tocará diferente. Lo mejor es acercarse al notario y hablar con los que están allí (que saben más que le notario). En muchas CCAA está bonificado y solo pagas el trámite del notario (yo pagué 340 euros si no recuerdo mal en Galicia en 2015, aquí tenemos una figura de derecho foral que es el pacto de mejora de herencia + la bonificación que hay de padres a hijos). Cuando la cantidad es algo elevada es lo mejor que puedes hacer pq por unos cientos de euros no tienes que hacer nada raro y queda todo tramitado correctamente. Ahora si fueran unos pocos miles, bueno, eso siempre se puede hacer "manualmente" porque es más fácil de gestionar. |
01-ago-2025 19:10
#17
| Se supone que debe pagar el 1% de los tributos, no del monto de la donación. Yo creo que los impuestos serán entre 100 y 150€. |