Cómo transferir bienes de mi sociedad a mi como persona física
20-feb-2025 16:22
#1
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Hola cómo la ultima consulta me resultó muy útil pues expongo otra duda.Voy al grano, tengo una sociedad unipersonal dedicada al mantenimiento de energías renovables y otras cosas en la cual hay 3 bienes inmobiliarios de bastante valor (unos 800.000) y me gustaría sacarlos de la sociedad y ponerlos a mi nombre ya que no descarto vender la empresa a medio plazo. Le he consultado al administrador de mi empresa y me dice que si los paso a mi nombre debo pagar los impuestos como si fuese un cobro en especie de la sociedad a mi, una locura en impuestos. Una idea es crear otra sociedad y transferirlas a la nueva sociedad así apartarlas de la empresa principal Seguro que alguien tiene experiencia en este sentido, no es urgente pero sí que como veis me voy replegando poco a poco de la vida laboral Gracias Al final he hablado con un fiscalista y la única solución que me ha dado es pagar como un campeón como si fuese un aumento patrimonial es decir el 40% más o menos, en fin seguiremos dándole vueltas al asunto….. |
Editado: 13-mar-2025 19:15 -
21-feb-2025 20:03
#3
| Te has contestado tú solo shur. Dependerá de cómo han llegado esos bienes a la sociedad, si los donaste tú como equity… pero suena mal. |
21-feb-2025 21:18
#5
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Buenas, estoy en una situacion parecida y no le encuentro solución sin pagar una barbaridad en ITP y plusvalias.... el otro dia me plantearon una idea: crear una sociedad nueva y traspasar toda la actividad excepto los inmuebles a esa otra sociedad. en mi caso es un poco locura porque tenemos unos 20 trabajadores, alquileres, centros de trabajo, tpvs y distintas cosas que complican el tema, pero realmente es lo mas económico. Montar la sociedad nueva y empezar a facturar en ella y dejar la antigua morir como actividad y unicamente quede con los inmuebles |
21-feb-2025 21:18
#6
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Si para constituirla pusiste los típicos 3.000€ imposible sin pagar impuestos. Sería vía reducción de capital y tributaria la diferencia. O distribución de dividendos en especie con lo que también tributa. Para pasarlos a otra empresa nueva es más fácil, tú sociedad A crea una sociedad B con aportación no dineraria de los inmuebles. |
21-feb-2025 21:23
#7
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Si para constituirla pusiste los típicos 3.000€ imposible sin pagar impuestos. Sería vía reducción de capital y tributaria la diferencia. O distribución de dividendos en especie con lo que también tributa.
Para pasarlos a otra empresa nueva es más fácil, tú sociedad A crea una sociedad B con aportación no dineraria de los inmuebles. |
21-feb-2025 22:43
#8
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Hola cómo la ultima consulta me resultó muy útil pues expongo otra duda.Voy al grano, tengo una sociedad unipersonal dedicada al mantenimiento de energías renovables y otras cosas en la cual hay 3 bienes inmobiliarios de bastante valor (unos 800.000) y me gustaría sacarlos de la sociedad y ponerlos a mi nombre ya que no descarto vender la empresa a medio plazo.
Le he consultado al administrador de mi empresa y me dice que si los paso a mi nombre debo pagar los impuestos como si fuese un cobro en especie de la sociedad a mi, una locura en impuestos. Una idea es crear otra sociedad y transferirlas a la nueva sociedad así apartarlas de la empresa principal Seguro que alguien tiene experiencia en este sentido, no es urgente pero sí que como veis me voy replegando poco a poco de la vida laboral Gracias |
21-feb-2025 22:57
#9
| No es tan simple, tiene que haber justificación lógica o hacienda hará pagar plusvalía |
21-feb-2025 23:12
#10
| Entonces cómo quieres sacarlo sin pasar por caja shur, es como darte dividendos y esperar no tributar por ellos, no sé... |
21-feb-2025 23:24
#11
| Quizás lo más lógico es hacer una holding con cada sociedad a sus temas... Da mucho juego en general |
21-feb-2025 23:35
#12
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Crea una nueva sociedad (llamemosla B), y que ésta compre a tu actual empresa (llamémosla A) los inmuebles Obviamente B no va a tener dinero para comprarlos al contado a A, pero si podria venderselos a plazos. Y a su vez, B se los alquila a A por un precio parecido al que le está cobrando A en esos plazos |
21-feb-2025 23:38
#13
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Como te han dicho, todo proceso que conlleve sacar los bienes de la sociedad para ponerlos a tu nombre ( titularidad tuya personal) te van a freír a impuestos. Tienen una “plusvalia” latente por ese aumento de valor desde que se compraron que se va a reflejar en cuanto los transmitas…. Ademas es una operación vinculada, por lo que te lo van a revisar si o si que no pongas un valor inferior al real para no pasar por caja. Unicamente, asi de primeras, te diría que tienes la opción que te han comentado ya de hacer una escisión acogiéndose al régimen especial de fusiones y escisiones de la ley, que te permite “aplazar” el pago de esos impuestos hasta que realmente vendas los bienes o te los pases a ti. Ahora bien, esto es una operación compleja y con las cifras que comentas, te lo tienes que planificar y ponerte en manos de un buen asesor para evitar disgustos gordos…. A grandes rasgos, la escisión puede ser de dos formas: Parcial donde sigue la sociedad anterior y se escinde una nueva con esos inmuebles. Pero te exigen para este régimen que esa nueva sociedad tenga una actividad económica real y los inmuebles por si solos no son actividad económica Escisión total donde desaparece la sociedad actual y se divide en dos nuevas, una con inmuebles y otra con la actividad que tenias anteriormente. No exige el requisito de actividad económica pero hay otros como que tengas motivos económicos validos o justificación (también para la parcial) y ya esta desapareciendo la sociedad actual, que puede no interesarte.. Mi recomendación: ponte en manos de buenos asesores… que en estas operaciones luego vienen disgustos muy gordos si no se hace bien y hay mucho listillo |
22-feb-2025 00:35
#14
| En este caso está justificado. Los inmuebles no están relacionados con la actividad de la sociedad. La sociedad no tiene sentido tal como está configurada ahora. |
22-feb-2025 01:00
#15
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Desde la ignorancia... No de puede verder los activos en lugar de vender la empresa? Es decir, vendes la planta renobable y te quedas con la empresa y el Cash en la empresa. |
22-feb-2025 07:52
#16
| Lo del holding ya me lo habían sugerido, voy a intentar crear una sociedad inmobiliaria metiendo los bienes de la sociedad y los míos propios creo que por ahí pueden ir los tirosEstas cosas al final son consecuencias de mi poca o nula educación financiera que ahora tengo que ir ordenando poco a poco |
22-feb-2025 08:00
#17
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Como te han dicho, todo proceso que conlleve sacar los bienes de la sociedad para ponerlos a tu nombre ( titularidad tuya personal) te van a freír a impuestos. Tienen una “plusvalia” latente por ese aumento de valor desde que se compraron que se va a reflejar en cuanto los transmitas…. Ademas es una operación vinculada, por lo que te lo van a revisar si o si que no pongas un valor inferior al real para no pasar por caja.
Unicamente, asi de primeras, te diría que tienes la opción que te han comentado ya de hacer una escisión acogiéndose al régimen especial de fusiones y escisiones de la ley, que te permite “aplazar” el pago de esos impuestos hasta que realmente vendas los bienes o te los pases a ti. Ahora bien, esto es una operación compleja y con las cifras que comentas, te lo tienes que planificar y ponerte en manos de un buen asesor para evitar disgustos gordos…. A grandes rasgos, la escisión puede ser de dos formas: Parcial donde sigue la sociedad anterior y se escinde una nueva con esos inmuebles. Pero te exigen para este régimen que esa nueva sociedad tenga una actividad económica real y los inmuebles por si solos no son actividad económica Escisión total donde desaparece la sociedad actual y se divide en dos nuevas, una con inmuebles y otra con la actividad que tenias anteriormente. No exige el requisito de actividad económica pero hay otros como que tengas motivos económicos validos o justificación (también para la parcial) y ya esta desapareciendo la sociedad actual, que puede no interesarte.. Mi recomendación: ponte en manos de buenos asesores… que en estas operaciones luego vienen disgustos muy gordos si no se hace bien y hay mucho listillo Para centrar la consulta, el año pasado tuve una oferta por mi empresa que decline pero me di cuenta que una de las dificultades para venderla son los bienes inmobiliarios que resultaban un poco lastre. |
22-feb-2025 08:58
#18
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Distribuir dividendos en especie con la entrega de los inmuebles asumiendo los impuestos en tu renta a los tipos de gravamen como bases del ahorro, es quizá la solución que menos quebraderos de cabeza te dará. Difícilmente Hacienda te admita motivos fiscalmente válidos en la aplicación del Reg Especial de diferimiento del Imp de Sociedades en un caso de mover inmuebles. |
22-feb-2025 10:13
#19
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Una duda, si pasaría esos bienes de la sociedad a mí como persona física cuántos impuestos pagaria? El 20%? O sería más?Si es el 20% podría pagarlo e ir transfiriéndolos poco a poco
Para centrar la consulta, el año pasado tuve una oferta por mi empresa que decline pero me di cuenta que una de las dificultades para venderla son los bienes inmobiliarios que resultaban un poco lastre. Si tienes un holding, en el peor de los casos pagarías un 25% y en el mejor casi nada si utilizas ese dinero para montar otro negocio. Sin embargo, esto debe hacer con motivos claros de necesidad (un holding gestiona participaciones en empresas, por lo que debería haber varias empresas con actividad económica). Y respecto a meter los inmuebles en otra empresa, te serviría para vender tu empresa principal, pero si no los tienes alquilados y son al menos 10 o más, no se considera actividad económica por parte de tu amiga Hacienda. Todo esto con muchos matices por supuesto. |
22-feb-2025 12:48
#20
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También piensa que si vendes tu empresa la tributarias por la base general, paga do hasta un 50%.
Si tienes un holding, en el peor de los casos pagarías un 25% y en el mejor casi nada si utilizas ese dinero para montar otro negocio. Sin embargo, esto debe hacer con motivos claros de necesidad (un holding gestiona participaciones en empresas, por lo que debería haber varias empresas con actividad económica). Y respecto a meter los inmuebles en otra empresa, te serviría para vender tu empresa principal, pero si no los tienes alquilados y son al menos 10 o más, no se considera actividad económica por parte de tu amiga Hacienda. Todo esto con muchos matices por supuesto. |
22-feb-2025 15:35
#21
| Pues depende cuántos están alquilados, valdrá o no. Por desgracia, no hay norma y el técnico podrá opinar libremente, por lo que estás jodido en ese punto... |
22-feb-2025 17:44
#23
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Una duda, si pasaría esos bienes de la sociedad a mí como persona física cuántos impuestos pagaria? El 20%? O sería más?Si es el 20% podría pagarlo e ir transfiriéndolos poco a poco
Para centrar la consulta, el año pasado tuve una oferta por mi empresa que decline pero me di cuenta que una de las dificultades para venderla son los bienes inmobiliarios que resultaban un poco lastre. Sin saber más, la mejor opción que tienes es una escisión parcial con el régimen especial de fusiones. Seguirías como hasta ahora pero con dos sociedades. Pero tienes el problema de que necesitas que la sociedad escindida tenga una rama de actividad y el simple alquiler de inmuebles no lo es, mínimo tendrías que tener a una persona a jornada completa por ejemplo. No es una operación sencilla... La escisión total no te requiere eso, pero si como dices, pretendes vender la sociedad no te interesará que desaparezca la actual evidentemente.... |
22-feb-2025 17:51
#24
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Distribuir dividendos en especie con la entrega de los inmuebles asumiendo los impuestos en tu renta a los tipos de gravamen como bases del ahorro, es quizá la solución que menos quebraderos de cabeza te dará.
Difícilmente Hacienda te admita motivos fiscalmente válidos en la aplicación del Reg Especial de diferimiento del Imp de Sociedades en un caso de mover inmuebles. El régimen especial es precisamente para estos temas de reorganizaciones empresariales. -Si quiere vender la sociedad esos inmuebles que no son la actividad como tal, ni le interesarán al comprador ni le van a pagar su valor de mercado y encarecen la operación. Ahora bien, estas operaciones tienen su miga y hay que hacerles bien para que no te venga la AEAT luego con la recortada |
22-feb-2025 18:10
#25
| Estoy en un caso parecido... S. L. Con dinero en la cuenta y no puedo tocarlo... Para que meto horas currando si no hay modo de tocarlo sin pagar una burrada.... |
22-feb-2025 19:26
#26
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Los casos como el que tú planteas normalmente se solventan haciendo una segregación. Es decir, traspasando la unidad productiva a una sociedad de nueva creación, propiedad de tu sociedad actual. Así la sociedad actual se queda como holding, con el patrimonio inmobiliario y con las participaciones de tu nueva sociedad, que es la que tendrá el negocio. Es una operación mercantil "compleja" y, cumpliendo ciertos requisitos, se puede acoger al régimen de neutralidad y no tributar. En cualquier caso lo primero que tienes que hacer es buscar un buen asesor fiscal o un despacho de abogados que tenga rama mercantil y que estudie el caso en concreto. Hablamos de una modificación estructural, que hacerla por tu cuenta sin saber es un suicidio. Si te interesa y vas en serio, yo me dedico a hacer este tipo de operaciones. |
22-feb-2025 19:38
#27
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Una duda, si pasaría esos bienes de la sociedad a mí como persona física cuántos impuestos pagaria? El 20%? O sería más?Si es el 20% podría pagarlo e ir transfiriéndolos poco a poco
Para centrar la consulta, el año pasado tuve una oferta por mi empresa que decline pero me di cuenta que una de las dificultades para venderla son los bienes inmobiliarios que resultaban un poco lastre. - IRPF. A escala del ahorro, de media un 23%, por el valor de lo recibido (los inmuebles), si lo distribuyes como dividendo, o por la diferencia entre el valor de lo recibido y el valor de las participaciones amortizadas, si lo haces como reducción de capital. - IS. El 23 o 25% por la diferencia entre el valor actual del inmueble y el valor contable (adquisición - amortizaciones). - IIVTNU. Lo que toque según tu municipio, valor catastral, ganancia... no es tan fácil de calcular. - ITP. Aplicando sobre el valor de los inmuebles el tipo de tu CCAA (entre el 6 y el 10% normalmente), si lo haces mediante dividendo. - OS. Aplicando sobre el valor de los inmuebles el tipo de tu CCAA (el 1% en general), si lo haces mediante reducción de capital. |
22-feb-2025 20:13
#28
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Los casos como el que tú planteas normalmente se solventan haciendo una segregación. Es decir, traspasando la unidad productiva a una sociedad de nueva creación, propiedad de tu sociedad actual. Así la sociedad actual se queda como holding, con el patrimonio inmobiliario y con las participaciones de tu nueva sociedad, que es la que tendrá el negocio.
Es una operación mercantil "compleja" y, cumpliendo ciertos requisitos, se puede acoger al régimen de neutralidad y no tributar. En cualquier caso lo primero que tienes que hacer es buscar un buen asesor fiscal o un despacho de abogados que tenga rama mercantil y que estudie el caso en concreto. Hablamos de una modificación estructural, que hacerla por tu cuenta sin saber es un suicidio. Si te interesa y vas en serio, yo me dedico a hacer este tipo de operaciones. Es esto posible? Es muy caro impositivamente? Realmente esa sería la solución Te agradezco la respuesta |
22-feb-2025 20:41
#29
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Entiendo que lo que propones es crear una nueva sociedad llamémosle B con la aportación de los inmuebles de la antigua empresa. Esta empresa B estaría a mi nombre y no tendría nada que ver con la antigua si no que estaría a mi nombre. Que darían 2 empresas A y B independientes una de la otra ( una dedicada al mantenimiento de renovables y otra al alquiler de bienes inmobiliarios), me vendría perfecto la verdad.
Es esto posible? Es muy caro impositivamente? Realmente esa sería la solución Te agradezco la respuesta Reitero que primero hay que ver tus números y analizar tu caso, pero en principio cuesta 0 impuestos. Sí tiene costes de notaría, registro, publicaciones en BORME y diario, y mis honorarios o los de cualquier otro abogado o asesor. Pero impuestos cuesta 0. Además tiene muchas otras ventajas: - protege tu patrimonio inmobiliario de cualquier problema que pueda haber en tu negocio - creas una estructura en la que, a futuro, permite la venta del negocio sin prácticamente tributación, o la entrada de nuevos socios sin que accedan a tu patrimonio - permite la reinversión de los beneficios de la empresa productiva en la patrimonial con coste mínimo: Lo que vas ganando con tu empresa B se pasa como diviendo con una tributación mínima (1,25%) a tu empresa A, para seguir invirtiendo en inmuebles |
23-feb-2025 00:28
#30
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Muy interesante la conversación... Y al revés se podría? Me explico: se podrían pasar inmuebles (4 locales comerciales actualmente alquilados) que están a nombre de un autónomo, hacia una empresa que aún no está constituida? Qué impuestos se pagarían? La idea es seguir invirtiendo en inmuebles pero ya que se pongan a nombre de esa nueva sociedad. Merece la pena tributariamente? |