Respuesta ChatGPT y hacienda, ¿es correcto?.
12-feb-2025 22:31
#1
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A ver si me podéis orientar un poco respecto a esta respuesta que me ha dado ChatGPT, ya que no tengo claro del todo que sea correcta: PLANTEAMIENTO: Pedro y María tienen una cuenta conjunta en un banco. Ambos son titulares. María no tiene trabajo ni ingresos. Pedro ha ganado 60.000 euros en bolsa después de impuestos. ¿Puede María gastar ese dinero sin tener problemas con hacienda y sin tener que declarar nada?. RESPUESTA: En este caso, si Pedro y María tienen una cuenta conjunta y el dinero en ella proviene de las ganancias de Pedro (específicamente, de 60.000 euros obtenidos en la bolsa), el origen del dinero es clave para determinar la obligación fiscal. Aquí hay algunos puntos a considerar: Declaración de ingresos de Pedro: Los 60.000 euros obtenidos en la bolsa son ingresos que deben ser declarados por Pedro, quien es el titular que ha generado esos rendimientos. Es decir, Pedro debería haber incluido esa ganancia en su declaración de la renta (IRPF) como parte de sus ingresos por rendimientos del capital mobiliario. El dinero en la cuenta conjunta: Aunque el dinero esté en una cuenta conjunta, eso no implica automáticamente que ambos sean responsables por igual de los impuestos relacionados con los ingresos generados, ya que los impuestos dependen de quién haya generado el dinero. Por lo tanto, María no tiene obligación de declarar nada relacionado con esos 60.000 euros si no ha tenido participación activa en la obtención de esa ganancia. María gastando el dinero: María puede gastar el dinero sin ningún problema desde un punto de vista fiscal siempre y cuando no esté generando nuevos ingresos a partir de ese dinero. Sin embargo, si el gasto fuera excesivo y hubiera dudas sobre su origen o si se estuviera intentando justificar una cantidad significativa de dinero que no corresponde a sus ingresos (por ejemplo, si fuera necesario justificar el origen de grandes sumas por alguna razón administrativa), podría haber algún tipo de revisión, pero en principio no debería tener problemas por el hecho de gastar el dinero de la cuenta conjunta. Hacienda y la declaración de la renta: La situación de María podría ser revisada si hay indicios de que ella está obteniendo ingresos de alguna manera o si se intenta ocultar la procedencia del dinero. Sin embargo, si el dinero en la cuenta es simplemente un saldo conjunto y no hay un ingreso adicional de María, no tendría que hacer ninguna declaración relacionada con esos 60.000 euros. En resumen, mientras María no esté generando ingresos adicionales ni ocultando la fuente del dinero, puede gastar los 60.000 euros sin problemas con Hacienda. La responsabilidad fiscal por los 60.000 euros recae en Pedro, quien debe declarar esos ingresos en su declaración de la renta. |
12-feb-2025 22:54
#3
| El escenario no es que ella lo coja todo e invierta, etc. La idea es que ella haga vida normal, que pueda hacer la compra con su tarjeta de cotitular en el super, que pueda pagar el ginecólogo, etc. Me refiero a todo pagos con tarjeta, no sacar efectivo y pagar en efectivo. |
12-feb-2025 23:08
#4
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La respuesta es "sí". Si es titular puede tener una tarjeta y hacer pagos y compras sin problemas. Si te vale como otro ejemplo, es habitual que los hijos acaben de titulares en cuentas de padres mayores (o cuando uno muere). Yo estoy de titular con mi hermano y mi padre en 2 cuentas, la que era de mi padre de toda la vida y la que era de mi madre. Puedo hacer cualquier operación y mi hermano tiene hasta una tarjeta con la que hace compras. Así que si no hay nada raro... aunque ahora se informa a Hacienda si se gastan mas de 25.000e con tarjeta, creo recordar... pero vamos que haciendo vida "normal" para compras, no te dirán nada... Otra cosa, si no recuerdo mal haber leído sobre el tema, es lo "legal". O por ejemplo, en nuestro caso, y dado que los ingresos en las cuentas solo provienen del trabajo y ahora pensión de mi padre, en el momento de la herencia Hacienda podría decir que todo lo que hay ahí realmente es de mi padre y que por tanto tendríamos que tributar por todo en lugar de por 1/3 (que será tontería porque se pagaba 0 por la cantidad que hay). O que en tu ejemplo se acabase en un conflicto porque se hace una transferencia a una cuenta donde ella está sola. Ahí la justicia lo tiene fácil. |
12-feb-2025 23:14
#5
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Pues para pagos menores no te puedo decir exacto. Porque hacienda va cada día apretando más. Después de lo de wallapop y el SMI pues todo me lo creo. El asunto de estas cosas es que hoy puede que no oase nada y que mañana te vengan con el susto como a los del IMV. Yo no jugaría con estas cosas a los dados |
12-feb-2025 23:15
#6
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Cuando vas con una tarjeta de crédito a pagar, te piden el DNI y verifican que el titular de la tarjeta coincida contigo? Pues eso… tú puedes ir por la vida con una tarjeta de otra persona pagando sin problema. Mientras no hagas gastos muy elevados de golpe, hacienda no sabe quién es el que está comprando todo eso, solo sabe que sale dinero de la cuenta en x comercios. Lo importante es que el dinero que esté en esa cuenta tenga un origen limpio y esté todo declarado. |
12-feb-2025 23:18
#7
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Cuando vas con una tarjeta de crédito a pagar, te piden el DNI y verifican que el titular de la tarjeta coincida contigo?
Pues eso… tú puedes ir por la vida con una tarjeta de otra persona pagando sin problema. Mientras no hagas gastos muy elevados de golpe, hacienda no sabe quién es el que está comprando todo eso, solo sabe que sale dinero de la cuenta en x comercios. Lo importante es que el dinero que esté en esa cuenta tenga un origen limpio y esté todo declarado. Estoy pensando mucha gente paga con móvil. Y mientras tengan pago por móvil pues tira |
Editado: 12-feb-2025 23:20 -
12-feb-2025 23:19
#8
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Hace tiempo me encontré con este prompt para ChatGPT https://chatgpt.com/g/g-84fADpCol-as...taria-espanola creado por un tío que volcó toda la info pública y me ha contestado esto: La Agencia Tributaria puede interpretar que si María, que no tiene ingresos propios, gasta el dinero procedente de las ganancias de Pedro en bolsa, esto constituye una donación de Pedro hacia María. ¿Qué implicaciones fiscales tiene esto? 1. Si María gasta el dinero sin más: • Si los fondos provienen de la cuenta conjunta, pero en realidad solo Pedro ha generado los ingresos, Hacienda puede considerar que Pedro le está donando dinero a María. • Las donaciones están sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y tributan según la normativa de la comunidad autónoma donde resida María. 2. Si Pedro quiere evitar problemas fiscales: • Puede justificar ante Hacienda que los gastos de María corresponden a gastos familiares o comunes, lo que no se consideraría una donación. • Si María gasta dinero en bienes o servicios claramente personales (lujos, inversiones a su nombre, etc.), Hacienda puede investigarlo y reclamar el pago del ISD. 3. Alternativa para evitar pagar el ISD: • Si están casados en régimen de gananciales, los ingresos de Pedro pueden considerarse de ambos, por lo que María podría gastarlos sin problema. • En separación de bienes, el dinero pertenece solo a Pedro, y cualquier uso por parte de María podría ser tratado como donación. Conclusión Si María usa el dinero para gastos comunes, difícilmente Hacienda lo cuestionará. Pero si realiza gastos importantes o personales sin que Pedro lo justifique, Hacienda podría exigirle pagar el ISD. Para más información sobre donaciones y fiscalidad: 🔗 Agencia Tributaria - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones |
12-feb-2025 23:20
#9
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La respuesta es "sí". Si es titular puede tener una tarjeta y hacer pagos y compras sin problemas. Si te vale como otro ejemplo, es habitual que los hijos acaben de titulares en cuentas de padres mayores (o cuando uno muere). Yo estoy de titular con mi hermano y mi padre en 2 cuentas, la que era de mi padre de toda la vida y la que era de mi madre. Puedo hacer cualquier operación y mi hermano tiene hasta una tarjeta con la que hace compras. Así que si no hay nada raro... aunque ahora se informa a Hacienda si se gastan mas de 25.000e con tarjeta, creo recordar... pero vamos que haciendo vida "normal" para compras, no te dirán nada...
Otra cosa, si no recuerdo mal haber leído sobre el tema, es lo "legal". O por ejemplo, en nuestro caso, y dado que los ingresos en las cuentas solo provienen del trabajo y ahora pensión de mi padre, en el momento de la herencia Hacienda podría decir que todo lo que hay ahí realmente es de mi padre y que por tanto tendríamos que tributar por todo en lugar de por 1/3 (que será tontería porque se pagaba 0 por la cantidad que hay). O que en tu ejemplo se acabase en un conflicto porque se hace una transferencia a una cuenta donde ella está sola. Ahí la justicia lo tiene fácil. Si te soy sincero, depende de dónde consultes, y de a quién consultes, unos te dicen unas cosas y otros otras. Obviamente, lo inteligente en este ejemplo que he puesto, tal y como has comentado, sería que María no transfiriese dinero a una cuenta que esté ella sola. |
12-feb-2025 23:21
#10
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Yo estoy casado y tengo 6 cuentas bancarias, soy el único titular. Ella no es ni autorizada. Ella tiene 9 cuentas bancarias, ella es la única titular, yo no soy ni autorizado. 2 hijas y testamento, separación de bienes. Mis hijas no figuran ni como autorizadas en en ninguna cuenta bancaria, tienen las suyas propias donde ellas son únicas titulares. Si ella muera todo será mío, mis hijas tendrán su parte si yo muero todo será suyo, mis hijas tendrán su parte Nunca entendí las cuentas bancarias con 2 titulares, son líos donde hacienda tira la caña Todo esto por recomendación de un notario |
Editado: 12-feb-2025 23:28 -
12-feb-2025 23:40
#11
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Pues para pagos menores no te puedo decir exacto. Porque hacienda va cada día apretando más. Después de lo de wallapop y el SMI pues todo me lo creo.
El asunto de estas cosas es que hoy puede que no oase nada y que mañana te vengan con el susto como a los del IMV. Yo no jugaría con estas cosas a los dados |
12-feb-2025 23:42
#12
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Cuando vas con una tarjeta de crédito a pagar, te piden el DNI y verifican que el titular de la tarjeta coincida contigo?
Pues eso… tú puedes ir por la vida con una tarjeta de otra persona pagando sin problema. Mientras no hagas gastos muy elevados de golpe, hacienda no sabe quién es el que está comprando todo eso, solo sabe que sale dinero de la cuenta en x comercios. Lo importante es que el dinero que esté en esa cuenta tenga un origen limpio y esté todo declarado. |
12-feb-2025 23:48
#13
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Hace tiempo me encontré con este prompt para ChatGPT https://chatgpt.com/g/g-84fADpCol-as...taria-espanola creado por un tío que volcó toda la info pública y me ha contestado esto:
La Agencia Tributaria puede interpretar que si María, que no tiene ingresos propios, gasta el dinero procedente de las ganancias de Pedro en bolsa, esto constituye una donación de Pedro hacia María. ¿Qué implicaciones fiscales tiene esto? 1. Si María gasta el dinero sin más: • Si los fondos provienen de la cuenta conjunta, pero en realidad solo Pedro ha generado los ingresos, Hacienda puede considerar que Pedro le está donando dinero a María. • Las donaciones están sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y tributan según la normativa de la comunidad autónoma donde resida María. 2. Si Pedro quiere evitar problemas fiscales: • Puede justificar ante Hacienda que los gastos de María corresponden a gastos familiares o comunes, lo que no se consideraría una donación. • Si María gasta dinero en bienes o servicios claramente personales (lujos, inversiones a su nombre, etc.), Hacienda puede investigarlo y reclamar el pago del ISD. 3. Alternativa para evitar pagar el ISD: • Si están casados en régimen de gananciales, los ingresos de Pedro pueden considerarse de ambos, por lo que María podría gastarlos sin problema. • En separación de bienes, el dinero pertenece solo a Pedro, y cualquier uso por parte de María podría ser tratado como donación. Conclusión Si María usa el dinero para gastos comunes, difícilmente Hacienda lo cuestionará. Pero si realiza gastos importantes o personales sin que Pedro lo justifique, Hacienda podría exigirle pagar el ISD. Para más información sobre donaciones y fiscalidad: Agencia Tributaria - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Me surge una duda respecto a este punto ==> 2. Si Pedro quiere evitar problemas fiscales: • Puede justificar ante Hacienda que los gastos de María corresponden a gastos familiares o comunes, lo que no se consideraría una donación. ¿Cómo se justifica eso a hacienda?. Por otro lado, veo que la opción de casarse sin separación de bienes gananciales es la mejor en este problema . . . . con lo que ello conlleva . . . |
12-feb-2025 23:51
#14
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Pues como se hizo toda la vida. Que pasa que si te quedas sin trabajo pero tu pareja trabaja no puedes comer? |
12-feb-2025 23:52
#15
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Yo estoy casado y tengo 6 cuentas bancarias, soy el único titular. Ella no es ni autorizada.
Ella tiene 9 cuentas bancarias, ella es la única titular, yo no soy ni autorizado. 2 hijas y testamento, separación de bienes. Mis hijas no figuran ni como autorizadas en en ninguna cuenta bancaria, tienen las suyas propias donde ellas son únicas titulares. Si ella muera todo será mío, mis hijas tendrán su parte si yo muero todo será suyo, mis hijas tendrán su parte Nunca entendí las cuentas bancarias con 2 titulares, son líos donde hacienda tira la caña Todo esto por recomendación de un notario Entiendo que a hacienda no le valdría la respuesta de "es que me lo recomendó así tal notario". Capaz que luego le preguntan al notario y él dice que jamás te ha recomendado eso. |
12-feb-2025 23:54
#16
| Pero si ella no cotiza NADA a la SS, ¿tendría derecho a ir al médico por ejemplo sin pagar tal y como lo hace hoy en día cualquier trabajador común y corriente?. |
12-feb-2025 23:57
#17
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La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. Pero no sé habla de que hagan una nueva ley. Se trata que te digan que ya la hay. Y ante hacienda no existe presunción de inocencia y se fuma con esto la CE, así como los municipios la jerarquía normativa |
Editado: 13-feb-2025 00:03 -
13-feb-2025 00:00
#18
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Está bien la recomendación de un notario, pero . . . ¿Y si el día de mañana te piden que justifiques el por qué lo estás haciendo así?.
Entiendo que a hacienda no le valdría la respuesta de "es que me lo recomendó así tal notario". Capaz que luego le preguntan al notario y él dice que jamás te ha recomendado eso. Yo soy el dueño de mi dinero y de que yo muera heredara mi mujer y mis hijas |
13-feb-2025 00:01
#20
| Lo mismo que si le regalas un coche a tu hijo al sacarse el carnet. En realidad es una donación . Otra cosa es que sea ridiculo |
13-feb-2025 00:03
#21
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Está bien la recomendación de un notario, pero . . . ¿Y si el día de mañana te piden que justifiques el por qué lo estás haciendo así?.
Entiendo que a hacienda no le valdría la respuesta de "es que me lo recomendó así tal notario". Capaz que luego le preguntan al notario y él dice que jamás te ha recomendado eso. ¿Y quién le va a pedir que justifique por qué lo está haciendo bien? |
13-feb-2025 00:06
#22
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Yo sinceramente creo que tiene sentido una cuenta común para gastos comunes, que aporte cada parte de la pareja el mes lo que acuerden necesario y el resto, en concreto las nóminas de cada uno a cuentas personales no conjuntas. Pero es que incluso en régimen de gananciales, que obviamente si se reparte luego la mitad va a ser para cada uno, yo lo de matrimonios ingresando el total de la nomina de los dos en una misma cuenta es que no lo entiendo, y de hecho no se qué aporta, más allá de problemas múltiples. |
13-feb-2025 00:12
#23
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Yo sinceramente creo que tiene sentido una cuenta común para gastos comunes, que aporte cada parte de la pareja el mes lo que acuerden necesario y el resto, en concreto las nóminas de cada uno a cuentas personales no conjuntas.
Pero es que incluso en régimen de gananciales, que obviamente si se reparte luego la mitad va a ser para cada uno, yo lo de matrimonios ingresando el total de la nomina de los dos en una misma cuenta es que no lo entiendo, y de hecho no se qué aporta, más allá de problemas múltiples. Cuentas bancarias separadas con un único titular que luego vienen los sustos Mi mujer heredo dinero de sus padres , ¿y a donde fue ese dinero? lógicamente a su cuenta bancaria donde ella era la UNICA TITULAR puesto que era ella la HEREDERA, y no yo Otra cosa sera de que ella muera, ahí si yo pillare pero mientras tanto...cuanto mas lejos mejor de su dinero |
13-feb-2025 00:16
#24
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Toda la razón
Cuentas bancarias separadas con un único titular que luego vienen los sustos Mi mujer heredo dinero de sus padres , ¿y a donde fue ese dinero? lógicamente a su cuenta bancaria donde ella era la UNICA TITULAR puesto que era ella la HEREDERA, y no yo Otra cosa sera de que ella muera, ahí si yo pillare pero mientras tanto...cuanto mas lejos mejor de su dinero Solo en el caso de bienes gananciales, la pareja tiene derecho a un 50% de la herencia total, además del usufructo. Esta suele ser la modalidad más ventajosa para la pareja en caso de fallecimiento, puesto que entraría en funcionamiento el tercio de mejora. Esto variará si hay hijos en el matrimonio, a los cuales les corresponderá sí o sí la legítima. |
Editado: 13-feb-2025 00:20 -
13-feb-2025 00:19
#25
| Obviamente que lo tenemos claro, por eso tenemos testamento desde hace 20 años |
13-feb-2025 00:21
#26
| Ok. He editado el mensaje anterior completando la información. Es raro un gananciales hoy pero pudiera darse |
13-feb-2025 00:28
#27
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Yo estoy casado y tengo 6 cuentas bancarias, soy el único titular. Ella no es ni autorizada.
Ella tiene 9 cuentas bancarias, ella es la única titular, yo no soy ni autorizado. 2 hijas y testamento, separación de bienes. Mis hijas no figuran ni como autorizadas en en ninguna cuenta bancaria, tienen las suyas propias donde ellas son únicas titulares. Si ella muera todo será mío, mis hijas tendrán su parte si yo muero todo será suyo, mis hijas tendrán su parte Nunca entendí las cuentas bancarias con 2 titulares, son líos donde hacienda tira la caña Todo esto por recomendación de un notario sv |
13-feb-2025 00:33
#28
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Muchas gracias shur.
Me surge una duda respecto a este punto ==> 2. Si Pedro quiere evitar problemas fiscales: • Puede justificar ante Hacienda que los gastos de María corresponden a gastos familiares o comunes, lo que no se consideraría una donación. ¿Cómo se justifica eso a hacienda?. Por otro lado, veo que la opción de casarse sin separación de bienes gananciales es la mejor en este problema . . . . con lo que ello conlleva . . . Ni idea shut, me dice lo siguiente por si te sirve: Para justificar ante Hacienda que MarÃ*a usa el dinero en gastos familiares y evitar que lo consideren una donación, se pueden seguir estos pasos: 1. Uso compartido y razonable de la cuenta conjunta • Si la cuenta es conjunta, Hacienda entiende que ambos titulares pueden hacer uso de los fondos. Sin embargo, si uno de los titulares no tiene ingresos (como MarÃ*a), Hacienda podrÃ*a sospechar que está recibiendo una donación. • Para evitar problemas, lo ideal es que los gastos sean de interés común, como la hipoteca, alquiler, suministros, alimentación o educación de los hijos. 2. Justificar el uso del dinero Se recomienda: ✅ Pagos desde la cuenta conjunta: Que los gastos familiares se paguen directamente desde la cuenta conjunta en la que están ambos. ✅ Evitar transferencias directas a la cuenta personal de MarÃ*a: Si Pedro transfiere dinero a la cuenta individual de MarÃ*a y luego ella lo usa, podrÃ*a interpretarse como una donación. ✅ Gastos compartidos y proporcionales: Si los gastos son acordes al nivel de vida de la familia y no excesivos en relación con el patrimonio y los ingresos de Pedro, Hacienda no tendrá razones para investigarlo. 3. Regla del matrimonio en régimen de gananciales Si están casados en régimen de gananciales, los ingresos obtenidos durante el matrimonio son comunes, y MarÃ*a puede usar ese dinero sin problema. Si están en separación de bienes, entonces el dinero pertenece a Pedro, y su uso por parte de MarÃ*a podrÃ*a interpretarse como una donación si no se justifica adecuadamente. Conclusión Mientras MarÃ*a use el dinero para gastos comunes del hogar, no habrá problemas con Hacienda. Pero si lo usa en gastos personales no justificados o recibe transferencias directas de Pedro a su cuenta, podrÃ*a interpretarse como una donación y estar sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Si necesitas más información, puedes consultar la normativa en la Agencia Tributaria: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones – Agencia Tributaria. |
13-feb-2025 00:33
#29
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Hace unos días fui a hacer una consulta parecida a un abogado especializado en fiscal y patrimonio. En mi caso casado en separación de bienes, mi mujer sin ingresos y todo el patrimonio proviene de mi trabajo, inversiones y lo que yo he heredado. Me recomendó dejarlo todo por separado, en caso de mi muerte ella lo hereda todo sin pagar mucho (no tenemos hijos). Para el día a día tenemos una cuenta compartida sin mucho dinero (<6k) a la que cada mes ingreso lo que gastamos en común, aunque la mayoría de gastos los pago directamente desde mis cuentas personales. En tu caso, te recomendaría lo mismo, o si puedes, pues que se configure en el móvil tu tarjeta de crédito de tu cuenta personal donde está el cash. |
13-feb-2025 00:39
#30
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[QUOTE=G.Bravo;489675909]¿Te dijo el notario cómo pueden sacar dinero de alguna de vuestras 15 cuentas tus hijas de forma urgente, para pagar gastos inmediatos de alto importe, en el hipotético e indeseable caso de, por ejemplo, que viajando juntos los dos, tuvierais un accidente mortal o que uno quedara vegetal y otro falleciera? Ellas tienen su dinero en sus cuentas bancarias Hasta trabajan y todo |