Dinero para la compra de una vivienda. +Tema Serio

Sifa
ForoCoches: Miembro
#1
Buenas noches Shur,A ver si podéis echarme un cable.
Voy a comprar un piso, me faltan 16k que me deja mi tío en efectivo para que se lo devuelva a interés 0%.
El tema es que me dice en la gestoría que solo puedo ingresar en el banco con el contrato 10k. Y los restantes 6k no.
El dinero viene de toda la vida de trabajo de mi tío.
La verdad no sé si se puede hacer o no?
A ver si me podéis orientar un poco.
Gracias!!
RTJ85
*****
#2
Ingresa 10.000 y que tú tío, ingrese los 6.000 en su cuenta y luego te los transfiera.
mercantiator
ForoCoches: Miembro
#3
Cita de Sifa
Buenas noches Shur,A ver si podéis echarme un cable.
Voy a comprar un piso, me faltan 16k que me deja mi tío en efectivo para que se lo devuelva a interés 0%.
El tema es que me dice en la gestoría que solo puedo ingresar en el banco con el contrato 10k. Y los restantes 6k no.
El dinero viene de toda la vida de trabajo de mi tío.
La verdad no sé si se puede hacer o no?
A ver si me podéis orientar un poco.
Gracias!!
shur diria que si se puede. lo unico que tienes que formaliarlo en hacienda. (un prestamo entre familiares sin intereses) Asi lo hizo mi mano con sus padres para comprar el piso en el que estamos. Ahora bien del todo. no lo recuerdo, pero nosotros a fin de a;o les devolvemos parte de ese prestamo al 0% que nos dejaron.



Esto dice al respecto el gpt plus sobre tu pregunta


Es comprensible que la situación te cause dudas, especialmente cuando hay reglas y normativas bancarias que se deben cumplir.
En cuanto a los 10.000 € que puedes ingresar con el contrato, parece que se refieren a un límite que las entidades bancarias suelen poner para evitar posibles problemas con el blanqueo de capitales y el cumplimiento de la normativa contra el fraude. Los bancos están obligados a verificar el origen del dinero para evitar transacciones que no puedan ser justificadas.
Lo que te han dicho en la gestoría de que no puedes ingresar los 6.000 € restantes sin algún tipo de justificación o contrato adicional puede deberse a que no hay un respaldo formal para ese dinero extra. Sin embargo, como el dinero proviene de tu tío, lo más adecuado sería que él te proporcione una forma de justificar ese préstamo también, como un contrato privado entre las partes. Esto permitiría que puedas ingresar los 6.000 € adicionales sin ningún problema y dar una mayor transparencia a la transacción.
Te recomiendo hablar con tu gestoría para aclarar este punto y ver si pueden ayudarte a formalizar los 6.000 € restantes de alguna manera legal, ya sea con un documento adicional que los respalde. Además, puedes consultar con tu banco directamente para conocer sus políticas exactas y asegurarte de que todo se maneja correctamente.


esto dice el gpt plus sobre "como se declara un prestamo sin intereses entre familia"


Un préstamo sin intereses entre familiares es un acuerdo legalmente válido, pero debes tener en cuenta algunas consideraciones fiscales para evitar problemas con la Agencia Tributaria. En España, este tipo de préstamos no están exentos de la obligación de declarar si superan ciertos límites. Aquí te explico los pasos básicos para hacerlo correctamente:
1. Formalización del préstamo

Aunque se trate de un préstamo entre familiares, es importante formalizarlo por escrito para evitar cualquier malentendido en el futuro. Lo ideal es redactar un contrato privado de préstamo, que debe contener al menos:
  • Datos personales de ambas partes (prestamista y prestatario).
  • Importe del préstamo.
  • Plazo de devolución y forma de pago (cuotas, plazo único, etc.).
  • Condiciones del préstamo, especificando que es sin intereses y si hay alguna cláusula adicional (como el pago anticipado o la posibilidad de refinanciar).
  • Fecha de firma del contrato.
2. Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)

En un préstamo sin intereses entre familiares, no se paga IVA ni se debe liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que generalmente se aplica a las donaciones. Sin embargo, este tipo de préstamos puede estar sujeto a control por parte de Hacienda para evitar que se consideren una donación encubierta.
¿Cuándo se puede dar el ITP?Si el préstamo no tiene ninguna contraprestación o se considera un regalo disfrazado, Hacienda podría interpretarlo como una donación. Para evitar esto, asegúrate de que el préstamo se devuelva de acuerdo con lo pactado.
  • Documentación: Si el préstamo es muy alto, Hacienda podría pedir que se declare el préstamo en el modelo 600 de ITP y AJD para que quede constancia de que se trata de un préstamo y no de una donación.
3. Declaración de la renta

Si el préstamo es de una cantidad considerable, la declaración de la renta tanto del prestamista como del prestatario podría verse afectada, especialmente si el préstamo está vinculado a una posible donación encubierta.
  • Préstamos sin intereses: Aunque el préstamo sea sin intereses, el prestamista debería asegurarse de que la Agencia Tributaria no lo considere una donación. En este caso, si el préstamo es elevado, pueden aplicarse reglas fiscales específicas, como el cálculo de la posible renta que se derivaría de un préstamo con un interés implícito (el "interés de mercado"), aunque no haya intereses explícitos.
  • Modelo 650: Si el préstamo supera los 9.195,49 € (límite de exención por transmisión de bienes entre familiares directos), deberías comunicarlo en la declaración del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
4. Cumplir con el límite de exención de la donación

Si el préstamo no se paga en el plazo acordado o se condona (se perdona parte o todo el préstamo), Hacienda podría considerar ese acto como una donación y aplicar el correspondiente Impuesto sobre Donaciones.
5. Control de pagos y devoluciones

Es importante que los pagos y devoluciones del préstamo queden documentados. Asegúrate de que el dinero se transfiera de manera que sea trazable (transferencia bancaria, cheque, etc.), y que tanto el prestamista como el prestatario tengan un control adecuado de los pagos, ya sea mensual o en un solo pago.
Resumen:
  • Redacta un contrato privado de préstamo que detalle los términos.
  • Si el préstamo supera los 9.195,49 €, deberás declarar el préstamo en el modelo 600 de ITP.
  • Si el préstamo se considera una donación encubierta, deberás pagar el Impuesto sobre Donaciones.
  • Si no hay pagos o el préstamo se perdona, se podría considerar como donación.
Es recomendable que tanto tú como tu tío consultéis con un asesor fiscal para asegurarse de que el préstamo se formaliza de la forma correcta, y de que todo quede debidamente declarado ante la Agencia Tributaria









Sifa
ForoCoches: Miembro
#4
Muchas gracias a ambos por responder!
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