Opciones - Guía básica

DeustoSS
ForoCoches: Miembro
#1
La idea es construir un hilo con ciertas nociones básicas del mercado de derivados . No soy ningún experto y en el foro seguro que hay gente que domina mucho mejor que yo; ojala se pasen y aporten. Me parecen instrumentos muy interesantes para obtener ganancias, diferente a otras estrategias que puedan existir. Ni mejor ni peor. Es menos conocido que la bolsa tradicional, y no he visto un hilo similar.


INTRODUCCIÓN A LOS MERCADOS DERIVADOS

Los mercados de derivados y los productos en ellos negociados, aunque de origen lejano en el tiempo, cobraron protagonismo, a partir de comienzos de los 70, a raíz de la introducción de la contratación de futuros sobre tipos de cambio en el Chicago Mercantil Exchange (CME).

Hasta entonces, los instrumentos derivados y sus mercados habían permanecido prácticamente en un segundo término (dedicados a la gestión del riesgo de productos de origen agrícola y ganadero, o metales de distintos tipos) frente a otros mercados financieros. Fue necesaria su expansión al mundo de los activos financieros para que empezaran a ser ampliamente conocidos y utilizados por empresas y particulares, y a alcanzar las cotas de popularidad con las que actualmente cuentan en el campo de la gestión del riesgo.

A partir de ese momento, además de por el extraordinario crecimiento experimentado en las últimas décadas del siglo XX, estos productos han suscitado el interés, y en ocasiones el rechazo, del público en general por sucesos puntuales que han saltado a la prensa por las consecuencias especialmente desastrosas (pérdidas millonarias por parte de multinacionales de gran renombre e incluso la quiebra, crisis financiera de 2007) para las empresas implicadas en operaciones con los mismos. Estos sucesos que acaparan la atención de los inversores de cuando en cuando y que sirven para cargar las tintas contra los mencionados instrumentos, presentan tan sólo una de las dos caras de la moneda en cuanto a la operativa con derivados se refiere, la de la especulación desfavorable de los precios, puede llevar a la pérdida de grandes cantidades de dinero. La otra cara, la del producto que nace y se desarrolla con el firme propósito de servir de cobertura en múltiples situaciones de riesgo a las que se enfrente la empresa en su gestión diaria, ha sido a veces desatendida y no suficientemente dada a conocer, ofreciendo una visión bastante desvirtuada de la realidad de estos productos y del potencial de estos como instrumentos de gestión del riesgo.

Seria injusto atribuir al instrumento en sí, la responsabilidad del mal uso que, en ocasiones, se puede hacer del mismo. Por todo ello, y para comprender mejor la utilidad de los instrumentos derivados, resulta especialmente interesante remontarnos, brevemente, al origen de estos contratos y a la forma en la que han ido evolucionando a lo largo del tiempo.

FUTUROS: DEFINICIÓN Y ELEMENTOS BÁSICOS

En términos generales, un futuro es un contrato por el cual dos partes se comprometen a realizar, en una fecha futura, una operación de compra-venta de una cantidad determinada de un bien, cuyas caracteristicas y precio quejan fijados en el momento de la firma del contrato.

Los contratos de futuros implican a las dos partes (comprador y vendedor) a realizar obligatoriamente, en la fecha futura establecida, una operación de compra-venta.

En todo contrato de futuros deben quedar bien definidos los siguientes elementos:
  • Activo subyacente. El bien objeto de la compra-venta (oro, trigo, acciones,...)
  • Fecha de vencimiento. La fecha futura en la que se va a llevar a cabo la transmisión física del bien.
  • Características del subyacente. De menor importancia en el caso de los activos financieros, es crucial en la contratación de materias primas (commodities) para las que han de quedar bien determinadas a fin de que los contratantes tengan claro qué se está negociando y evitar problemas en el momento de la entrega física.
  • Precio. Elemento esencial en todo contrato de futuros, nos indica cómo se va a valorar el subyacente en la transmisión futura que se va a realizar del mismo.
EJEMPLO 1.

Si se contratara hoy, 19 de junio, un futuro sobre 1000 gramos de oro a 47€/gr, con fecha de vencimiento dentro de tres meses, las partes contratantes estarían fijando hoy, día de la firma del contrato, un precio de 47€ para la compra-venta del oro en el momento de su transmisión, el 19 de septiembre.

En los mercados de derivados, al igual que en cualquier otro mercado, para que se lleve a cabo una operación es necesario la confluencia de dos partes con intereses contraopuestos, que lleguen a un acuerdo en las condiciones (precio, fecha de ejecución, étc.) de la misma.

Por ejemplo en una compra-venta de acciones en Bolsa supone que existe un inversor con acciones que tiene interés por deshacerse de estas (vendedor) y un inversor con dinero que tiene interés en adquirir acciones (comprador). De partida es preciso que las acciones estén en manos de uno para que puedan ser transmitidas al otro. En el momento en que llegan a un acuerdo en precio y número de títulos, la operación se cierra automáticamente y el intercambio de acciones por dinero se realiza de inmediato.

Los contratos de futuros suponen, también, la existencia de dos partes contratantes:
  • El comprador del Futuro, que se compromete a la compra del subyacente al vencimiento.
  • El vendedor del Futuro, que se compromete a la venta del subyacente al vencimiento.
No obstante, en este tipo de operaciones, podemos destacar dos diferencias notables respecto a las operaciones al contado:


(en desarrollo......)


¿QUÉ SON LAS OPCIONES?

Una opción es un contrato que otorga a su poseedor, a cambio del pago de una prima, el derecho a comprar o a vender a un precio convenido, una cantidad determinada de un bien en, o hasta, una fecha futura estipulada.
Es decir, el comprador de la opción adquiere un derecho que ejercerá sólo en el caso de que el precio fijado le sea más favorable que el que alcance el bien en el mercado de contado. Esto es, no está obligado a realizar la compra o la venta a la que hace referencia el contrato. El emisor (vendedor) de la opción, por el contrario, queda obligado ante el comprador de la misma y deberá realizar la venta o la compra del bien en el caso de que este último considere oportuno ejercer su derecho.

La prima es el precio que el comprador de la opción está dispuesto a pagar por adquirir el derecho, y no la obligación, a realizar la operación (compra o venta) en la fecha y condiciones estipuladas.

Por lo tanto, las opciones se pueden tanto comprar como vender, dando lugar a dos posiciones de riesgo bien distintas:
  • La del comprador de la opción al que la posesión de esta le confiere un DERECHO, NUNCA una OBLIGACIÓN; por ello, el comprador de una opción ha de pagar una PRIMA.
  • La del emisor (vendedor) de la opción que se ve OBLIGADO a vender, o a comprar, al precio estipulado, el bien. Asume un RIESGO a cambio del cobro de una PRIMA
TIPOS DE OPCIONES

Existen dos tipos de opciones, según confieran el derecho a comprar o a vender el bien:
  • Las opciones CALL que confieren, a su poseedor, el derecho a comprar el bien.
  • Las opciones PUT que otorgan, a su poseedor, el derecho a vender el bien.
La contrapartida a una posición de opción CALL comprada, no es la de una PUT comprada, sino la emisión (venta) de una opción CALL. Y la contrapartida a la posición de opción PUT comprada, será la emisión (venta) de dicha opción PUT.


No es necesario contar con una opción comprada para poder tomar una posición corta en opción. La venta (emisión) de opciones supone la asunción de un compromiso de cara al futuro que no exige más condición que la de ser persona jurídica legalmente capaz para adquirir dicho compromiso.


ELEMENTOS CARACTERÍSTICOS DE LAS OPCIONES
  • Activo primario o subayacente: Activo cuya compra-venta se estipula en el contrato de opción (oro, divisas, acciones,...)
  • Precio de ejercicio: El precio de compra, o venta, fijado para la transacción a realizar en el futuro. Para una misma fecha de ejercicio, suelen cotizarse opciones con diferentes precios de ejercicio. En función de cómo de beneficioso sea el precio de ejercicio respecto del valor del subyacente en el mercado de contado, la opción puede estar, en cualquier momento antes de su vencimiento:
- IN THE MONEY. El ejercicio de la opción, de ser posible, generaría un beneficio a su poseedor. Las opciones CALL están in the money siempre que el precio de ejercicio sea inferior al de mercado; mientras que las operaciones PUT lo están cuando sucede lo contrario (el precio de ejercicio ha de ser superior al de mercado).
- OUT OF THE MONEY. En el caso de ser posible, la opción no se ejercería por no generar beneficio alguno para su poseedor. Las opciones CALL están out of the money siempre que su precio de ejercicio es superior al de mercado; mientras que, las opciones PUT siempre que este es inferior al de mercado.
- AT THE MONEY. Cuando el precio de ejercicio es igual al de mercado,


La calificación de opción, IN, OUT o AT the money es independiente de la posición compradora o vendedora que se tenga sobre la misma.

  • Fecha de ejercicio: Fecha estipulada en el contrato para el vencimiento o expiración de la opción. Más allá de esta fecha, la opción carece de valor.
A este respecto, en el contrato de opción ha de quedar bien definido si esta ofrece la posibilidad a su poseedor de ser ejercida en cualquier momento hasta el vencimiento, hablaríamos de una opción americana; o de serlo sólo en la fecha del vencimiento; en este caso sería una opción europea.


La denominación de opción americana o europea nada tiene que ver con el lugar geográfico de emisión de las mismas, ya que, tanto unas como otras se negocian en cualquier mercado del mundo.


Las opciones americanas permiten una gestión más fléxible, a la vez que exponen a un riesgo mayor a sus emisiones (vendedores); por todo ello, a igualdad de condiciones, el precio o Prima cotizado para estas es mayor que para las opciones europeas. El número de opciones americanas que se negocian es muy superior al de opciones europeas.
  • Prima: Precio que se ha de satisfacer por el derecho adquirido. Este precio es objeto de negociación y toma diferentes valores dependiendo, entre otros, del precio de ejercicio estipulado para la opción y del tipo (europea o americana) de la misma.
Las opciones pueden negociarse en mercados OTC o en mercados organizados. En mercados OTC el contrato se diseña de conformidad a las necesidades de las partes contratantes.
En el caso de las opciones negociadas en mercados organizados, las especificaciones de los contratos estan estandarizadas; su definición corresponde a los responsables de los diferentes mercados que, con esta estandarización, pretenden dotar de liquidez al mercado. Además de las especificaciones propias del activo subyacente a la opción, se hace alusión a algunos aspectos relacionados con la negociación en el mercado: variación máxima diaria de la cotización, apertura y cierre de la contratación, vencimientos negociados simultaneamente, étc.

  • POSICIÓNES BÁSICAS EN OPCIONES,
Definidas las opciones, CALL como derechos de compra y las opciones PUT como derechos de venta, un error muy común suele ser el de considerar ambos tipos de opciones uno el opuesto del otro. Ambos tipos de opciones dan lugar a dos mercados financieros diferentes que, salvo por las relaciones de arbitraje, son independientes. Es decir, el comprador de una opción CALL no es la contrapartida de un comprador de opción PUT por el simple hecho de suponer el primero una futura compra del subyacente y el segundo una futura venta. Si ahondamos en la definición de ambos productos veremos que, difícilmente dos partes con derechos adquiridos (uno a comprar y el otro a vender), pero sin obligaciones, van a dar cumplimiento a las exigencias de su contrapartida en caso de ejercicio de la opción.


Consideremos cada mercado por separado y asumamos que, al igual que hay inversores que adquieren derechos, a comprar (opción CALL), o a vender (opción PUT), hay otros inversores que venden estos derechos, obligándose a vender o comprar, respectivamente, el activo subyacente.


1. Opciones CALL

Una opción CALL confiere a su poseedor el derecho; nunca la obligación, a comprar un activo (activo subyacente) a un precio (precio de ejercicio) en, o hasta (según se trate de una opción europea o americana), la fecha de vencimiento estipulada. A cambio de adquirir este derecho, deberá abonar el precio de la prima.

El comprador de la opción CALL ejercerá su derecho a la compra siempre que el precio de mercado, en el momento de la operación, se eleve por encima del precio de ejercicio al que ha contratado la opción. Si el precio alcanzado por el activo en el mercado es igual o inferior al estipulado en el contrato de opción como precio de ejercicio, dejará que la opción expire sin ejercerla, ya que su ejercicio le supondría incurrir en pérdidas.


Las ganancias potenciales del comprador de una CALL son ilimitadas, ya que se verá tanto más beneficiado con la operación cuanto más se eleve el valor del subyacente en el mercado de contado.


Su máxima pérdida potencial, en caso de que no ejercicio de la opción, es el precio pagado en concepto de prima.


EJEMPLO 2.
Consideremos que dos inversores se ponen de acuerdo para fijar las condiciones en las que realizar la futura compra-venta de 1000 gramos de oro. Ambas partes, con la firma del contrato, asumían derechos y obligaciones frente a la otra de cara a la realización de la operación.

Supongamos, que el futuro comprador del oro, aun queriendo fijar el precio de la operación para evitar un incremento en el coste de adquisición, no descarta un potencial descenso del precio al contado y plantea la posibilidad de poder elegir, en el momento de realizar la operación, llevar a cabo o no la compra en las condiciones negociadas.

En el caso de que el futuro vendedor estuviera dispuesto a acceder a lo anterior, dejando a decisión del comprador la realización o no de la compra-venta, nos encontrariamos ante una operación de Opción CALL. El futuro comprador adquiriría una opción de compra sobre el oro (CALL) que le daria el DERECHO pero NO la OBLIGACIÓN, de compra; mientras que, el futuro vendedor del oro estaría emitiendo una opción de compra, por la que se OBLIGARÍA a vender el oro siempre que el comprador de la opción decidiera comprarlo ejerciendo el derecho adquirido.

Evidentemente, para llevar a cabo esta operación, el emisor de la CALL exigirá, al comprador una compensación, el pago de una PRIMA.

Supongamos que el precio acordado en el momento de firmar el contrato, 19 de junio, fuera 47€/gr y la prima 1,5€/gr. Al vencimiento, el 19 de septiembre, se pueden plantear dos situaciones bien distintas en función de que el valor del oro al contado sea superior o inferior al precio de ejercicio fijado (esto es, a 47€).
  • Si la cotización es superior al precio de ejercicio, por ejemplo 50€, el poseedor de la opción CALL ejercerá su derecho a comprar a 47€ lo que, en ese momento, se valora por encima de dicho precio. El ejercicio de la opción le permitirá beneficiarse en 3€ de los que, descontado el valor de la prima abonada a la firma del contrato, obtendrá un beneficio neto de 1,5€. El coste total de compra del oro le resultará igual al precio de ejercicio, 47€, más la prima pagada por la adquisición de la CALL, 1,5€ (esto es 48,5€). Para cualquier cotización del oro al contado por encima del precio de ejercicio, el coste final de la compra será de 48,5€ (precio de ejercicio más prima).
  • Si la cotización es inferior al precio de ejercicio, por ejemplo 44€, el poseedor de la opción CALL no la ejercerá, ya que no le merece la pena pagar 47€ por algo que en el mercado se puede adquirir a 44€. El coste total de compra será el resultante de sumarle al valor de compra al contado, 44€, la prima pagada, 1,5€ (esto es, 45,5€).
El emisor de una opción CALL se obliga ante el comprador a vender el activo subyacente al precio de ejercicio estipulado, que puede llegar a resultar muy inferior al del mercado en caso de ejercicio de la opción y generar pérdidas importantes. Evidentemente, sus expectativas serán de no incremento del precio de subyacente durante el período de vida de la opción.





Como contrapartida a la obligación adquirida, el emisor cobra el importe de la prima.


Los perfiles de riesgo de los vendedores de opciones son inversos a los de los compradores de opciones. El vendedor de opciones tiene un potencial de beneficios limitado al importe de la prima, mientras que su potencial de pérdidas es ilimitado.


Para construir el perfil de riesgo de un vendedor de opciones, es recomendable pensar en la posición del comprador del derecho (que es quien determina si una opción va a ser ejercida o no) y, a continuación, valorar la posición opuesta (esto es, la del vendedor).

EJEMPLO 3.
Continuando con nuestro ejemplo anterior, esta vez consideraremos el caso del futuro vendedor del oro que está dispuesto a obligarse frente al comprador a cambio del cobro de una prima, y vende una opción CALL sobre el oro. Supuesto un precio de ejercicio de 47€/gr y una prima de 1,5€/gr, al vencimiento, el 19 de septiembre:
  • Si la cotización es superior al precio de ejercicio, por ejemplo 50€, el poseedor de la opción CALL, tal y como hemos comentado, ejercerá su derecho a comprar a 47€ lo que, en ese momento, se valora por encima de dicho precio. El emisor se verá obligado a entregar los 1000 gramos de oro a cambio de recibir los 47€/gr perdiendo la oportunidad de beneficiarse de un precio de venta mayor al contado. El ingreso final por la venta del oro le resultará igual al precio de ejercicio, 47€, más la prima cobrada por la adquisición de la CALL; 1,5€, esto es, 48,5€. Para cualquier cotización del oro en el mercado de contado por encima del precio de ejercicio, el valor total ingresado por la venta será de 48,5€ (precio de ejercicio más prima).
  • Si la cotización es inferior al precio de ejercicio, por ejemplo 44€, el poseedor de la opción CALL no la ejercerá, ya que no le merece la pena pagar 47€ por algo que en el mercado se puede adquirir a 44€. El emisor de la opción no venderá el oro a 47€, si bien, se habrá embolsado 1,5€ por gramo. De vender el oro al contado, el ingreso global de la operación será de 45,5€, el resultante de sumarle al precio al contado, 44€, la prima cobrada, 1,5€.
2. 2. Opciones PUT

Una opción PUT confiere a su poseedor el derecho, no la obligación, a vender un activo (activo subyacente) a un precio (precio de ejercicio) en, o hasta (según se trate de una opción europea o americana), la fecha de expiración establecida.

El comprador de la opción PUT ejercerá su derecho siempre que el precio de mercado del subyacente se sitúe por debajo del de ejercicio de la opción. Por ello, y al contrario de lo que sucede con las opciones CALL, si el precio alcanzado por el activo en el mercado es igual o superior al estipulado en el contrato de opción como precio de ejercicio, dejará que la opción expire sin ejercerla, ya que su ejercicio le supondría incurrir en pérdidas.

Las ganancias potenciales del poseedor de una opción PUT son ilimitadas, ya que, serán tanto mayores cuanto menor sea el precio del subyacente en el mercado (hasta hacerse 0 el valor del subyacente).

Su máxima pérdida potencial, en caso de no ejercicio de la opción, es el precio pagado en concepto de prima.

EJEMPLO 4.

Para concluir con los ejemplos anteriores, supongamos, en este caso, que el futuro vendedor de oro, aun queriendo fijar el precio de la operación para evitar un descenso en el precio de venta, no descarta la posibilidad de un incremento de su precio al contado y plantea la posibilidad de poder elegir, en el momento de la operación, llevar a cabo o no la venta en las condiciones negociadas.

En el caso de que el futuro comprador estuviera dispuesto a acceder a lo anterior, dejando a decisión del vendedor la realización o no de la compra-venta, nos encontrariamos ante una operación de Opción PUT. El futuro vendedor adquiriría una opción de venta sobre el oro (PUT) que le daría el DERECHO pero NO la OBLIGACIÓN de venta; mientras que, en este caso, seria el futuro comprador del oro el emisor de la opción de venta y el que, en consecuencia, SE OBLIGARÍA a comprar siempre que el comprador de la opción decida vender ejerciendo el derecho adquirido.

Al igual que sucediera con las opciones CALL, para llevar a cabo esta operación, el emisor de la PUT exigirá al comprador el pago de un precio, la PRIMA.

Supongamos que el precio acordado en el momento de firmar el contrato, el 19 de junio, fuera 47€/gr y la prima 1€/gr. Al vencimiento, el 19 de septiembre, puede resultar que el valor del oro al contado sea superior o inferior al precio de ejercicio fijado (esto es, a 47€):
  • Si la cotización es superior al precio de ejercicio, por ejemplo 50€, el poseedor de la opción PUT no la ejercerá, ya que no le merece la pena vender a 47€ algo por lo que en el mercado puede obtener 50€. La venta, de querer realizarla, la llevará a cabo en el mercado al contado. En tal caso, el ingreso total por la operación será el resultante de restarle al valor de la venta al contado, 50€, la prima pagada, 1€ (esto es, 49€).
  • Si la cotización es inferior al precio de ejercicio, por ejemplo 44€, el poseedor de la opción PUT ejercerá su derecho a vender a 47€ lo que, en ese momento, se valora por debajo de dicho precio al contado. El ejercicio de la opción le permitirá beneficiarse en 3€ que, una vez descontado el valor de la prima abonada a la firma del contrato, le dará un neto positivo, de 2€. El ingreso total por la venta de oro le resultará igual al precio de ejercicio, 47€, menos la prima pagada por la adquisición de la PUT, 1€ (esto es, 46€). Para cualquier precio del oro al contado por debajo del precio de ejercicio, el ingreso total de la venta será de 46€. (precio de ejercicio menos la prima).
El emisor de una opción PUT se obliga a comprar el subyacente al contrato a un precio, precio de ejercicio, que puede resultar muy superior al que tome este en el mercado en la fecha de ejercicio y generarle pérdidas importantes. Al abrir la posición, sus expectativas serán, sin duda, que el descenso del precio no se va a producir y que, en consecuencia, el comprador de la opción no va a ejercer su derecho.

Como contrapartida por la obligación asumida, recibe, en el momento de contratar la opción, la cuantía de la prima.




EJEMPLO 5.

Para terminar con todas las situaciones posibles, nos queda considerar el caso del futuro comprador de oro que está dispuesto a obligarse, frente al vendedor, a cambio del cobro de una prima y vende una opción PUT sobre el oro. Supuesto un precio de 47€/gr y una prima 1€/gr, al vencimiento, el 19 de septiembre:


Si la cotización es superior al precio de ejercicio, por ejemplo 50€, el poseedor de la opción PUT no la ejercerá, ya que no le merecerá la pena vender a 47€ algo por lo que en el mercado puede obtener 50€. El emisor no se verá obligado a la compra del oro y, de querer adquirir el oro, deberá hacerlo en el mercado de contado al precio cotizado en este mercado. En tal caso, la compra del oro le resultarán al precio al contado, 50€, menos la prima cobrada, 1€ (esto es, 49€).
Si la cotización es inferior al precio de ejercicio, por ejemplo 44€, el poseedor de la opción PUT ejercerá su derecho a vender a 47€ lo que, en ese momento, se valora por debajo de dicho precio al contado. El ejercicio de la opción le supondrá al emisor una pérdida de 3€, ya que se verá obligado a comprar a 47€ lo que al contado podría adquirir por 44€. Si, de los 3€ anteriores, descontamos el valor de la prima cobrada a la firma del contrato, obtendrá un neto negativo de 2€. El coste global de la compra del oro será el resultante de restarle al precio de ejercicio, 47€, la prima 1€ (esto es, 46€). Para cualquier cotización del oro al contado por debajo del precio de ejercicio, el coste por gramo será de 46€ (precio de ejercicio menos prima).



  • ESTRATEGIAS CON OPCIONES
Como hemos visto, las opciones (tanto CALL como PUT), según la evolución del precio del subyacente en el mercado, pueden, en o hasta la fecha de vencimiento (según sean europeas o americanas):
  • Ser ejercidas por su poseedor, siempre que el precio de ejercicio le resulte mejor que el del mercado. El emisor se verá obligado a cumplir su compromiso.
  • Expirar sin ser ejercidas siempre que haya llegado al vencimiento sin ser ejercidas y, en esa fecha, el precio de ejercicio no sea más favorable al del mercado para su poseedor. El emisor quedará, en ese momento, liberado de cualquier obligación.


Además de las anteriores, existe otra estrategia de actuación con opción en el caso de negociarse en el mercado organizado que es la cancelación de las posiciones abiertas por las partes contratantes.

En el caso de las opciones negociadas en el mercado organizado, la cancelación, por una de las partes, de su posición en opciones CALL no implica necesariamente la desaparición de estas, ya que es posible el traspaso de la posición a una tercera parte. Así pues, en función de que sean ambas partes las que decidan cerrar sus posiciones (comprador y vendedor), o sólo una de estas, la cancelación supondrá la anulación de la opción (esto es, esta desaparece), o su transmisión a terceras partes.

Para cancelar una posición en opción basta con realizar la operación contraria a la llevada a cabo para abrirla. Esto es:
  • Una posición larga en opciones (opciones CALL o PUT compradas) se cancelará vendiendo las opciones; mientras que,
  • Una posición corta en opciones (opciones CALL o PUT vendidas) exigirá la compra de las mismas (por ilógico que esto último nos pueda parecer).
EJEMPLO 6.

Supongamos que, a mediados de agosto, las opciones CALL sobre el oro, precio de ejercicio 47€, y vencimiento 19 de septiembre, cotizan en el mercado una prima de 2,25€.

El cierre de la posición larga en CALL supondrá la venta de las opciones con el correspondiente cobro de 2,25€ por gramo. El resultado de la operación, teniendo en cuenta que la compra se realizó a 1,5€, genera una ganancia de 0,75€/gramo, esto es, 750€ por los 1000 gramos de cada contrato de opción CALL.

El emisor de la opción, para cerrar su posición corta en CALL, deberá comprar las opciones a 2,25€. Dado que la venta la realizó a 1,5€, la operación le da un resultado final de pérdida de 0,75€/gramo.

En el supuesto de que, en agosto, las opciones hubieran cotizado a 1€/gramo, la operación habría resultado en una pérdida de 0,5€/gramo al comprador inicial de las mismas (compra a 1,5€ y venta a 1€), mientras que, en una ganancia por la misma cuantía al emisor de estas.

Independientemente del resultado negativo o positivo, a partir del momento de la segunda operación (compra o venta, según el caso), el compromiso de las partes, de cara a la fecha de vencimiento del contrato (19 de septiembre), desaparece.

Una situación semejante se podría haber presentado en el caso de las opciones PUT. Si la prima en el momento de la cancelación, fuera superior a la negociada en la operación inicial (supongamos de 1,75€), el comprador de la opción cerraría su posición con resultado positivo (compró a 1€, vende a 1,75€). En caso contrario (por ejemplo 0,60€), la pérdida sería para el comprador (0,6-1= -0,4€) y la ganancia para el emisor (+0,4€).
DeustoSS
ForoCoches: Miembro
#2
Reservo
DeustoSS
ForoCoches: Miembro
#3
Reservo #3
DeustoSS
ForoCoches: Miembro
#4
Por hoy suficiente. Mañana seguiré actualizando, adentrandome un poco más en la prima de las opciones.

Es probable que aunque en el título pongo Opciones, mañana también explique un poco de futuros.


Espero que a alguien le resulte interesante
Kevin Mitnick
ForoCoches: Miembro
#5
Me interesa el tema porque en WSB la gente gana locuras de dinero con esto pero también otra gente comenta que es casi una estafa
Xan-Z
ForoCoches: Miembro
#6
Cita de Kevin Mitnick
Me interesa el tema porque en WSB la gente gana locuras de dinero con esto pero también otra gente comenta que es casi una estafa
Sinceramente empezaría por el principio, es decir a leer sobre la bolsa con nociones básicas e intermedias y luego opciones, es decir, pasarme por el hilo de invertir a largo plazo, leer el OP con toda la información y de ahí empezar a leer libros recomendados introductorios y luego de nivel intermedio, y cuando tengas algo de base aprender sobre opciones. Si empiezas con los derivados sin tener nociones no creo que la estrategia vaya a tener éxito, bueno directamente no tendrías estrategia por lo que las opciones de que salga bien son nulas


Lo digo porque yo recién este año estoy empezamos a leer sobre la bolsa con los libros recomendados del hilo y ya ha salido el tema de las opciones y me llaman la atención, pero son bastante complejas y puedes perder bastante dinero, por lo que lo dejo para cuando me termine otro par de libros más intermedios y tenga más conocimientos.

Yo es lo que estoy haciendo y te recomiendo que hagas
EduSerrano
ForoCoches: Usuario
#7
Me gusta, me quedo porque ando haciendo cosas con opciones y seguro que puedo aprender y aportar algo. Saludos!!
datalien
▶ 🔘─────── ─ 02:88
#8
Buen hilo shur
RoberHM
¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯
#9
Menudo currazo, muchas gracias 👍🏻
REUSENC
ForoCoches: Miembro
#10
Pillo sitio, gracias
granvindio
ForoCoches: Miembro
#11
Pillo sitio para la vuelta de vacaciones. Un saludo
Dro1993
ForoCoches: Miembro
#12
Interesante, se agradece esta informacion, importante siempre aprender
charlio
ForoCoches: Miembro
#13
Cita de DeustoSS
La idea es construir un hilo con ciertas nociones básicas del mercado de derivados . No soy ningún experto y en el foro seguro que hay gente que domina mucho mejor que yo; ojala se pasen y aporten. Me parecen instrumentos muy interesantes para obtener ganancias, diferente a otras estrategias que puedan existir. Ni mejor ni peor. Es menos conocido que la bolsa tradicional, y no he visto un hilo similar.


INTRODUCCIÓN A LOS MERCADOS DERIVADOS

Los mercados de derivados y los productos en ellos negociados, aunque de origen lejano en el tiempo, cobraron protagonismo, a partir de comienzos de los 70, a raíz de la introducción de la contratación de futuros sobre tipos de cambio en el Chicago Mercantil Exchange (CME).

Hasta entonces, los instrumentos derivados y sus mercados habían permanecido prácticamente en un segundo término (dedicados a la gestión del riesgo de productos de origen agrícola y ganadero, o metales de distintos tipos) frente a otros mercados financieros. Fue necesaria su expansión al mundo de los activos financieros para que empezaran a ser ampliamente conocidos y utilizados por empresas y particulares, y a alcanzar las cotas de popularidad con las que actualmente cuentan en el campo de la gestión del riesgo.

A partir de ese momento, además de por el extraordinario crecimiento experimentado en las últimas décadas del siglo XX, estos productos han suscitado el interés, y en ocasiones el rechazo, del público en general por sucesos puntuales que han saltado a la prensa por las consecuencias especialmente desastrosas (pérdidas millonarias por parte de multinacionales de gran renombre e incluso la quiebra, crisis financiera de 2007) para las empresas implicadas en operaciones con los mismos. Estos sucesos que acaparan la atención de los inversores de cuando en cuando y que sirven para cargar las tintas contra los mencionados instrumentos, presentan tan sólo una de las dos caras de la moneda en cuanto a la operativa con derivados se refiere, la de la especulación desfavorable de los precios, puede llevar a la pérdida de grandes cantidades de dinero. La otra cara, la del producto que nace y se desarrolla con el firme propósito de servir de cobertura en múltiples situaciones de riesgo a las que se enfrente la empresa en su gestión diaria, ha sido a veces desatendida y no suficientemente dada a conocer, ofreciendo una visión bastante desvirtuada de la realidad de estos productos y del potencial de estos como instrumentos de gestión del riesgo.

Seria injusto atribuir al instrumento en sí, la responsabilidad del mal uso que, en ocasiones, se puede hacer del mismo. Por todo ello, y para comprender mejor la utilidad de los instrumentos derivados, resulta especialmente interesante remontarnos, brevemente, al origen de estos contratos y a la forma en la que han ido evolucionando a lo largo del tiempo.

FUTUROS: DEFINICIÓN Y ELEMENTOS BÁSICOS

En términos generales, un futuro es un contrato por el cual dos partes se comprometen a realizar, en una fecha futura, una operación de compra-venta de una cantidad determinada de un bien, cuyas caracteristicas y precio quejan fijados en el momento de la firma del contrato.

Los contratos de futuros implican a las dos partes (comprador y vendedor) a realizar obligatoriamente, en la fecha futura establecida, una operación de compra-venta.

En todo contrato de futuros deben quedar bien definidos los siguientes elementos:
  • Activo subyacente. El bien objeto de la compra-venta (oro, trigo, acciones,...)
  • Fecha de vencimiento. La fecha futura en la que se va a llevar a cabo la transmisión física del bien.
  • Características del subyacente. De menor importancia en el caso de los activos financieros, es crucial en la contratación de materias primas (commodities) para las que han de quedar bien determinadas a fin de que los contratantes tengan claro qué se está negociando y evitar problemas en el momento de la entrega física.
  • Precio. Elemento esencial en todo contrato de futuros, nos indica cómo se va a valorar el subyacente en la transmisión futura que se va a realizar del mismo.
EJEMPLO 1.

Si se contratara hoy, 19 de junio, un futuro sobre 1000 gramos de oro a 47€/gr, con fecha de vencimiento dentro de tres meses, las partes contratantes estarían fijando hoy, día de la firma del contrato, un precio de 47€ para la compra-venta del oro en el momento de su transmisión, el 19 de septiembre.

En los mercados de derivados, al igual que en cualquier otro mercado, para que se lleve a cabo una operación es necesario la confluencia de dos partes con intereses contraopuestos, que lleguen a un acuerdo en las condiciones (precio, fecha de ejecución, étc.) de la misma.

Por ejemplo en una compra-venta de acciones en Bolsa supone que existe un inversor con acciones que tiene interés por deshacerse de estas (vendedor) y un inversor con dinero que tiene interés en adquirir acciones (comprador). De partida es preciso que las acciones estén en manos de uno para que puedan ser transmitidas al otro. En el momento en que llegan a un acuerdo en precio y número de títulos, la operación se cierra automáticamente y el intercambio de acciones por dinero se realiza de inmediato.

Los contratos de futuros suponen, también, la existencia de dos partes contratantes:
  • El comprador del Futuro, que se compromete a la compra del subyacente al vencimiento.
  • El vendedor del Futuro, que se compromete a la venta del subyacente al vencimiento.
No obstante, en este tipo de operaciones, podemos destacar dos diferencias notables respecto a las operaciones al contado:


(en desarrollo......)


¿QUÉ SON LAS OPCIONES?

Una opción es un contrato que otorga a su poseedor, a cambio del pago de una prima, el derecho a comprar o a vender a un precio convenido, una cantidad determinada de un bien en, o hasta, una fecha futura estipulada.
Es decir, el comprador de la opción adquiere un derecho que ejercerá sólo en el caso de que el precio fijado le sea más favorable que el que alcance el bien en el mercado de contado. Esto es, no está obligado a realizar la compra o la venta a la que hace referencia el contrato. El emisor (vendedor) de la opción, por el contrario, queda obligado ante el comprador de la misma y deberá realizar la venta o la compra del bien en el caso de que este último considere oportuno ejercer su derecho.

La prima es el precio que el comprador de la opción está dispuesto a pagar por adquirir el derecho, y no la obligación, a realizar la operación (compra o venta) en la fecha y condiciones estipuladas.

Por lo tanto, las opciones se pueden tanto comprar como vender, dando lugar a dos posiciones de riesgo bien distintas:
  • La del comprador de la opción al que la posesión de esta le confiere un DERECHO, NUNCA una OBLIGACIÓN; por ello, el comprador de una opción ha de pagar una PRIMA.
  • La del emisor (vendedor) de la opción que se ve OBLIGADO a vender, o a comprar, al precio estipulado, el bien. Asume un RIESGO a cambio del cobro de una PRIMA
TIPOS DE OPCIONES

Existen dos tipos de opciones, según confieran el derecho a comprar o a vender el bien:
  • Las opciones CALL que confieren, a su poseedor, el derecho a comprar el bien.
  • Las opciones PUT que otorgan, a su poseedor, el derecho a vender el bien.
La contrapartida a una posición de opción CALL comprada, no es la de una PUT comprada, sino la emisión (venta) de una opción CALL. Y la contrapartida a la posición de opción PUT comprada, será la emisión (venta) de dicha opción PUT.


No es necesario contar con una opción comprada para poder tomar una posición corta en opción. La venta (emisión) de opciones supone la asunción de un compromiso de cara al futuro que no exige más condición que la de ser persona jurídica legalmente capaz para adquirir dicho compromiso.


ELEMENTOS CARACTERÍSTICOS DE LAS OPCIONES
  • Activo primario o subayacente: Activo cuya compra-venta se estipula en el contrato de opción (oro, divisas, acciones,...)
  • Precio de ejercicio: El precio de compra, o venta, fijado para la transacción a realizar en el futuro. Para una misma fecha de ejercicio, suelen cotizarse opciones con diferentes precios de ejercicio. En función de cómo de beneficioso sea el precio de ejercicio respecto del valor del subyacente en el mercado de contado, la opción puede estar, en cualquier momento antes de su vencimiento:
- IN THE MONEY. El ejercicio de la opción, de ser posible, generaría un beneficio a su poseedor. Las opciones CALL están in the money siempre que el precio de ejercicio sea inferior al de mercado; mientras que las operaciones PUT lo están cuando sucede lo contrario (el precio de ejercicio ha de ser superior al de mercado).
- OUT OF THE MONEY. En el caso de ser posible, la opción no se ejercería por no generar beneficio alguno para su poseedor. Las opciones CALL están out of the money siempre que su precio de ejercicio es superior al de mercado; mientras que, las opciones PUT siempre que este es inferior al de mercado.
- AT THE MONEY. Cuando el precio de ejercicio es igual al de mercado,


La calificación de opción, IN, OUT o AT the money es independiente de la posición compradora o vendedora que se tenga sobre la misma.

  • Fecha de ejercicio: Fecha estipulada en el contrato para el vencimiento o expiración de la opción. Más allá de esta fecha, la opción carece de valor.
A este respecto, en el contrato de opción ha de quedar bien definido si esta ofrece la posibilidad a su poseedor de ser ejercida en cualquier momento hasta el vencimiento, hablaríamos de una opción americana; o de serlo sólo en la fecha del vencimiento; en este caso sería una opción europea.


La denominación de opción americana o europea nada tiene que ver con el lugar geográfico de emisión de las mismas, ya que, tanto unas como otras se negocian en cualquier mercado del mundo.


Las opciones americanas permiten una gestión más fléxible, a la vez que exponen a un riesgo mayor a sus emisiones (vendedores); por todo ello, a igualdad de condiciones, el precio o Prima cotizado para estas es mayor que para las opciones europeas. El número de opciones americanas que se negocian es muy superior al de opciones europeas.
  • Prima: Precio que se ha de satisfacer por el derecho adquirido. Este precio es objeto de negociación y toma diferentes valores dependiendo, entre otros, del precio de ejercicio estipulado para la opción y del tipo (europea o americana) de la misma.
Las opciones pueden negociarse en mercados OTC o en mercados organizados. En mercados OTC el contrato se diseña de conformidad a las necesidades de las partes contratantes.
En el caso de las opciones negociadas en mercados organizados, las especificaciones de los contratos estan estandarizadas; su definición corresponde a los responsables de los diferentes mercados que, con esta estandarización, pretenden dotar de liquidez al mercado. Además de las especificaciones propias del activo subyacente a la opción, se hace alusión a algunos aspectos relacionados con la negociación en el mercado: variación máxima diaria de la cotización, apertura y cierre de la contratación, vencimientos negociados simultaneamente, étc.

  • POSICIÓNES BÁSICAS EN OPCIONES,
Definidas las opciones, CALL como derechos de compra y las opciones PUT como derechos de venta, un error muy común suele ser el de considerar ambos tipos de opciones uno el opuesto del otro. Ambos tipos de opciones dan lugar a dos mercados financieros diferentes que, salvo por las relaciones de arbitraje, son independientes. Es decir, el comprador de una opción CALL no es la contrapartida de un comprador de opción PUT por el simple hecho de suponer el primero una futura compra del subyacente y el segundo una futura venta. Si ahondamos en la definición de ambos productos veremos que, difícilmente dos partes con derechos adquiridos (uno a comprar y el otro a vender), pero sin obligaciones, van a dar cumplimiento a las exigencias de su contrapartida en caso de ejercicio de la opción.


Consideremos cada mercado por separado y asumamos que, al igual que hay inversores que adquieren derechos, a comprar (opción CALL), o a vender (opción PUT), hay otros inversores que venden estos derechos, obligándose a vender o comprar, respectivamente, el activo subyacente.


1. Opciones CALL

Una opción CALL confiere a su poseedor el derecho; nunca la obligación, a comprar un activo (activo subyacente) a un precio (precio de ejercicio) en, o hasta (según se trate de una opción europea o americana), la fecha de vencimiento estipulada. A cambio de adquirir este derecho, deberá abonar el precio de la prima.

El comprador de la opción CALL ejercerá su derecho a la compra siempre que el precio de mercado, en el momento de la operación, se eleve por encima del precio de ejercicio al que ha contratado la opción. Si el precio alcanzado por el activo en el mercado es igual o inferior al estipulado en el contrato de opción como precio de ejercicio, dejará que la opción expire sin ejercerla, ya que su ejercicio le supondría incurrir en pérdidas.


Las ganancias potenciales del comprador de una CALL son ilimitadas, ya que se verá tanto más beneficiado con la operación cuanto más se eleve el valor del subyacente en el mercado de contado.


Su máxima pérdida potencial, en caso de que no ejercicio de la opción, es el precio pagado en concepto de prima.


EJEMPLO 2.
Consideremos que dos inversores se ponen de acuerdo para fijar las condiciones en las que realizar la futura compra-venta de 1000 gramos de oro. Ambas partes, con la firma del contrato, asumían derechos y obligaciones frente a la otra de cara a la realización de la operación.

Supongamos, que el futuro comprador del oro, aun queriendo fijar el precio de la operación para evitar un incremento en el coste de adquisición, no descarta un potencial descenso del precio al contado y plantea la posibilidad de poder elegir, en el momento de realizar la operación, llevar a cabo o no la compra en las condiciones negociadas.

En el caso de que el futuro vendedor estuviera dispuesto a acceder a lo anterior, dejando a decisión del comprador la realización o no de la compra-venta, nos encontrariamos ante una operación de Opción CALL. El futuro comprador adquiriría una opción de compra sobre el oro (CALL) que le daria el DERECHO pero NO la OBLIGACIÓN, de compra; mientras que, el futuro vendedor del oro estaría emitiendo una opción de compra, por la que se OBLIGARÍA a vender el oro siempre que el comprador de la opción decidiera comprarlo ejerciendo el derecho adquirido.

Evidentemente, para llevar a cabo esta operación, el emisor de la CALL exigirá, al comprador una compensación, el pago de una PRIMA.

Supongamos que el precio acordado en el momento de firmar el contrato, 19 de junio, fuera 47€/gr y la prima 1,5€/gr. Al vencimiento, el 19 de septiembre, se pueden plantear dos situaciones bien distintas en función de que el valor del oro al contado sea superior o inferior al precio de ejercicio fijado (esto es, a 47€).
  • Si la cotización es superior al precio de ejercicio, por ejemplo 50€, el poseedor de la opción CALL ejercerá su derecho a comprar a 47€ lo que, en ese momento, se valora por encima de dicho precio. El ejercicio de la opción le permitirá beneficiarse en 3€ de los que, descontado el valor de la prima abonada a la firma del contrato, obtendrá un beneficio neto de 1,5€. El coste total de compra del oro le resultará igual al precio de ejercicio, 47€, más la prima pagada por la adquisición de la CALL, 1,5€ (esto es 48,5€). Para cualquier cotización del oro al contado por encima del precio de ejercicio, el coste final de la compra será de 48,5€ (precio de ejercicio más prima).
  • Si la cotización es inferior al precio de ejercicio, por ejemplo 44€, el poseedor de la opción CALL no la ejercerá, ya que no le merece la pena pagar 47€ por algo que en el mercado se puede adquirir a 44€. El coste total de compra será el resultante de sumarle al valor de compra al contado, 44€, la prima pagada, 1,5€ (esto es, 45,5€).
El emisor de una opción CALL se obliga ante el comprador a vender el activo subyacente al precio de ejercicio estipulado, que puede llegar a resultar muy inferior al del mercado en caso de ejercicio de la opción y generar pérdidas importantes. Evidentemente, sus expectativas serán de no incremento del precio de subyacente durante el período de vida de la opción.





Como contrapartida a la obligación adquirida, el emisor cobra el importe de la prima.


Los perfiles de riesgo de los vendedores de opciones son inversos a los de los compradores de opciones. El vendedor de opciones tiene un potencial de beneficios limitado al importe de la prima, mientras que su potencial de pérdidas es ilimitado.


Para construir el perfil de riesgo de un vendedor de opciones, es recomendable pensar en la posición del comprador del derecho (que es quien determina si una opción va a ser ejercida o no) y, a continuación, valorar la posición opuesta (esto es, la del vendedor).

EJEMPLO 3.
Continuando con nuestro ejemplo anterior, esta vez consideraremos el caso del futuro vendedor del oro que está dispuesto a obligarse frente al comprador a cambio del cobro de una prima, y vende una opción CALL sobre el oro. Supuesto un precio de ejercicio de 47€/gr y una prima de 1,5€/gr, al vencimiento, el 19 de septiembre:
  • Si la cotización es superior al precio de ejercicio, por ejemplo 50€, el poseedor de la opción CALL, tal y como hemos comentado, ejercerá su derecho a comprar a 47€ lo que, en ese momento, se valora por encima de dicho precio. El emisor se verá obligado a entregar los 1000 gramos de oro a cambio de recibir los 47€/gr perdiendo la oportunidad de beneficiarse de un precio de venta mayor al contado. El ingreso final por la venta del oro le resultará igual al precio de ejercicio, 47€, más la prima cobrada por la adquisición de la CALL; 1,5€, esto es, 48,5€. Para cualquier cotización del oro en el mercado de contado por encima del precio de ejercicio, el valor total ingresado por la venta será de 48,5€ (precio de ejercicio más prima).
  • Si la cotización es inferior al precio de ejercicio, por ejemplo 44€, el poseedor de la opción CALL no la ejercerá, ya que no le merece la pena pagar 47€ por algo que en el mercado se puede adquirir a 44€. El emisor de la opción no venderá el oro a 47€, si bien, se habrá embolsado 1,5€ por gramo. De vender el oro al contado, el ingreso global de la operación será de 45,5€, el resultante de sumarle al precio al contado, 44€, la prima cobrada, 1,5€.
2. 2. Opciones PUT

Una opción PUT confiere a su poseedor el derecho, no la obligación, a vender un activo (activo subyacente) a un precio (precio de ejercicio) en, o hasta (según se trate de una opción europea o americana), la fecha de expiración establecida.

El comprador de la opción PUT ejercerá su derecho siempre que el precio de mercado del subyacente se sitúe por debajo del de ejercicio de la opción. Por ello, y al contrario de lo que sucede con las opciones CALL, si el precio alcanzado por el activo en el mercado es igual o superior al estipulado en el contrato de opción como precio de ejercicio, dejará que la opción expire sin ejercerla, ya que su ejercicio le supondría incurrir en pérdidas.

Las ganancias potenciales del poseedor de una opción PUT son ilimitadas, ya que, serán tanto mayores cuanto menor sea el precio del subyacente en el mercado (hasta hacerse 0 el valor del subyacente).

Su máxima pérdida potencial, en caso de no ejercicio de la opción, es el precio pagado en concepto de prima.

EJEMPLO 4.

Para concluir con los ejemplos anteriores, supongamos, en este caso, que el futuro vendedor de oro, aun queriendo fijar el precio de la operación para evitar un descenso en el precio de venta, no descarta la posibilidad de un incremento de su precio al contado y plantea la posibilidad de poder elegir, en el momento de la operación, llevar a cabo o no la venta en las condiciones negociadas.

En el caso de que el futuro comprador estuviera dispuesto a acceder a lo anterior, dejando a decisión del vendedor la realización o no de la compra-venta, nos encontrariamos ante una operación de Opción PUT. El futuro vendedor adquiriría una opción de venta sobre el oro (PUT) que le daría el DERECHO pero NO la OBLIGACIÓN de venta; mientras que, en este caso, seria el futuro comprador del oro el emisor de la opción de venta y el que, en consecuencia, SE OBLIGARÍA a comprar siempre que el comprador de la opción decida vender ejerciendo el derecho adquirido.

Al igual que sucediera con las opciones CALL, para llevar a cabo esta operación, el emisor de la PUT exigirá al comprador el pago de un precio, la PRIMA.

Supongamos que el precio acordado en el momento de firmar el contrato, el 19 de junio, fuera 47€/gr y la prima 1€/gr. Al vencimiento, el 19 de septiembre, puede resultar que el valor del oro al contado sea superior o inferior al precio de ejercicio fijado (esto es, a 47€):
  • Si la cotización es superior al precio de ejercicio, por ejemplo 50€, el poseedor de la opción PUT no la ejercerá, ya que no le merece la pena vender a 47€ algo por lo que en el mercado puede obtener 50€. La venta, de querer realizarla, la llevará a cabo en el mercado al contado. En tal caso, el ingreso total por la operación será el resultante de restarle al valor de la venta al contado, 50€, la prima pagada, 1€ (esto es, 49€).
  • Si la cotización es inferior al precio de ejercicio, por ejemplo 44€, el poseedor de la opción PUT ejercerá su derecho a vender a 47€ lo que, en ese momento, se valora por debajo de dicho precio al contado. El ejercicio de la opción le permitirá beneficiarse en 3€ que, una vez descontado el valor de la prima abonada a la firma del contrato, le dará un neto positivo, de 2€. El ingreso total por la venta de oro le resultará igual al precio de ejercicio, 47€, menos la prima pagada por la adquisición de la PUT, 1€ (esto es, 46€). Para cualquier precio del oro al contado por debajo del precio de ejercicio, el ingreso total de la venta será de 46€. (precio de ejercicio menos la prima).
El emisor de una opción PUT se obliga a comprar el subyacente al contrato a un precio, precio de ejercicio, que puede resultar muy superior al que tome este en el mercado en la fecha de ejercicio y generarle pérdidas importantes. Al abrir la posición, sus expectativas serán, sin duda, que el descenso del precio no se va a producir y que, en consecuencia, el comprador de la opción no va a ejercer su derecho.

Como contrapartida por la obligación asumida, recibe, en el momento de contratar la opción, la cuantía de la prima.




EJEMPLO 5.

Para terminar con todas las situaciones posibles, nos queda considerar el caso del futuro comprador de oro que está dispuesto a obligarse, frente al vendedor, a cambio del cobro de una prima y vende una opción PUT sobre el oro. Supuesto un precio de 47€/gr y una prima 1€/gr, al vencimiento, el 19 de septiembre:


Si la cotización es superior al precio de ejercicio, por ejemplo 50€, el poseedor de la opción PUT no la ejercerá, ya que no le merecerá la pena vender a 47€ algo por lo que en el mercado puede obtener 50€. El emisor no se verá obligado a la compra del oro y, de querer adquirir el oro, deberá hacerlo en el mercado de contado al precio cotizado en este mercado. En tal caso, la compra del oro le resultarán al precio al contado, 50€, menos la prima cobrada, 1€ (esto es, 49€).
Si la cotización es inferior al precio de ejercicio, por ejemplo 44€, el poseedor de la opción PUT ejercerá su derecho a vender a 47€ lo que, en ese momento, se valora por debajo de dicho precio al contado. El ejercicio de la opción le supondrá al emisor una pérdida de 3€, ya que se verá obligado a comprar a 47€ lo que al contado podría adquirir por 44€. Si, de los 3€ anteriores, descontamos el valor de la prima cobrada a la firma del contrato, obtendrá un neto negativo de 2€. El coste global de la compra del oro será el resultante de restarle al precio de ejercicio, 47€, la prima 1€ (esto es, 46€). Para cualquier cotización del oro al contado por debajo del precio de ejercicio, el coste por gramo será de 46€ (precio de ejercicio menos prima).



  • ESTRATEGIAS CON OPCIONES
Como hemos visto, las opciones (tanto CALL como PUT), según la evolución del precio del subyacente en el mercado, pueden, en o hasta la fecha de vencimiento (según sean europeas o americanas):
  • Ser ejercidas por su poseedor, siempre que el precio de ejercicio le resulte mejor que el del mercado. El emisor se verá obligado a cumplir su compromiso.
  • Expirar sin ser ejercidas siempre que haya llegado al vencimiento sin ser ejercidas y, en esa fecha, el precio de ejercicio no sea más favorable al del mercado para su poseedor. El emisor quedará, en ese momento, liberado de cualquier obligación.


Además de las anteriores, existe otra estrategia de actuación con opción en el caso de negociarse en el mercado organizado que es la cancelación de las posiciones abiertas por las partes contratantes.

En el caso de las opciones negociadas en el mercado organizado, la cancelación, por una de las partes, de su posición en opciones CALL no implica necesariamente la desaparición de estas, ya que es posible el traspaso de la posición a una tercera parte. Así pues, en función de que sean ambas partes las que decidan cerrar sus posiciones (comprador y vendedor), o sólo una de estas, la cancelación supondrá la anulación de la opción (esto es, esta desaparece), o su transmisión a terceras partes.

Para cancelar una posición en opción basta con realizar la operación contraria a la llevada a cabo para abrirla. Esto es:
  • Una posición larga en opciones (opciones CALL o PUT compradas) se cancelará vendiendo las opciones; mientras que,
  • Una posición corta en opciones (opciones CALL o PUT vendidas) exigirá la compra de las mismas (por ilógico que esto último nos pueda parecer).
EJEMPLO 6.

Supongamos que, a mediados de agosto, las opciones CALL sobre el oro, precio de ejercicio 47€, y vencimiento 19 de septiembre, cotizan en el mercado una prima de 2,25€.

El cierre de la posición larga en CALL supondrá la venta de las opciones con el correspondiente cobro de 2,25€ por gramo. El resultado de la operación, teniendo en cuenta que la compra se realizó a 1,5€, genera una ganancia de 0,75€/gramo, esto es, 750€ por los 1000 gramos de cada contrato de opción CALL.

El emisor de la opción, para cerrar su posición corta en CALL, deberá comprar las opciones a 2,25€. Dado que la venta la realizó a 1,5€, la operación le da un resultado final de pérdida de 0,75€/gramo.

En el supuesto de que, en agosto, las opciones hubieran cotizado a 1€/gramo, la operación habría resultado en una pérdida de 0,5€/gramo al comprador inicial de las mismas (compra a 1,5€ y venta a 1€), mientras que, en una ganancia por la misma cuantía al emisor de estas.

Independientemente del resultado negativo o positivo, a partir del momento de la segunda operación (compra o venta, según el caso), el compromiso de las partes, de cara a la fecha de vencimiento del contrato (19 de septiembre), desaparece.

Una situación semejante se podría haber presentado en el caso de las opciones PUT. Si la prima en el momento de la cancelación, fuera superior a la negociada en la operación inicial (supongamos de 1,75€), el comprador de la opción cerraría su posición con resultado positivo (compró a 1€, vende a 1,75€). En caso contrario (por ejemplo 0,60€), la pérdida sería para el comprador (0,6-1= -0,4€) y la ganancia para el emisor (+0,4€).
hola! muy buen post! está interesante el tema invertir en opciones, ahora el mercado vuelve a estar movidito...


qué plataformas son las mejores para ello? En WSB y demás veo que todo dios usa robinhood, pero parece que no está disponible en España. Hay algo parecido aquí? De momento lo único que he visto es IBKR, aunque la interfaz parece algo complicada. Un saludo.
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