Rentabilidad alquiler. Tributación

jmntz
ForoCoches: Miembro
#1
Según he entendido los rendimientos netos del alquiler se suman a los del trabajo para tributar luego en función del tipo progresivo que corresponda. Es así?

Yo siempre había pensado que tributaban como las ganancias en bolsa o los intereses de un depósito. En torno al 20%.


Si fuese así, veo una mala inversión los inmuebles en renta para personas que tengan marginales altos que normalmente serán los que se pueden permitir invertir en inmuebles no?


Si le sacas un 4 o 5 % neto y de ahí tu marginal es un 40% o superior, deja de ser interesante habiendo depósitos, letras u otros activos de menor riesgo y más liquidos que rentan 3% o mas
Sueco
ForoCoches: Usuario
#2
Cita de jmntz
Según he entendido los rendimientos netos del alquiler se suman a los del trabajo para tributar luego en función del tipo progresivo que corresponda. Es así?

Yo siempre había pensado que tributaban como las ganancias en bolsa o los intereses de un depósito. En torno al 20%.


Si fuese así, veo una mala inversión los inmuebles en renta para personas que tengan marginales altos que normalmente serán los que se pueden permitir invertir en inmuebles no?


Si le sacas un 4 o 5 % neto y de ahí tu marginal es un 40% o superior, deja de ser interesante habiendo depósitos, letras u otros activos de menor riesgo y más liquidos


Efectivamente, es como el primer párrafo. Pero ten en cuenta que hay bastantes desgravaciones tales como:


Intereses de hipoteca (esto puede ser un pico)
Gastos de la vivienda (ibi, seguro, comunidad, gastos de mtto etc)
Amortización de la vivienda (está es la mayor desgravación)
jmntz
ForoCoches: Miembro
#3
Cita de Sueco
Efectivamente, es como el primer párrafo. Pero ten en cuenta que hay bastantes desgravaciones tales como:


Intereses de hipoteca (esto puede ser un pico)
Gastos de la vivienda (ibi, seguro, comunidad, gastos de mtto etc)
Amortización de la vivienda (está es la mayor desgravación)
¿Sabes si una vivienda heredada se puede aplicar esa amortización?
Zezé
ForoCoches: Miembro
#4
Cita de Sueco
Efectivamente, es como el primer párrafo. Pero ten en cuenta que hay bastantes desgravaciones tales como:


Intereses de hipoteca (esto puede ser un pico)
Gastos de la vivienda (ibi, seguro, comunidad, gastos de mtto etc)
Amortización de la vivienda (está es la mayor desgravación)
Y si se crea una sociedad ?
jmntz
ForoCoches: Miembro
#5
Cita de Zezé
Y si se crea una sociedad ?
Creo que si no tienes personal no puedes aprovecharte de tus ventajas ya que queda claro que su fin es únicamente pagar menos impuestos
superbit
.......
#6
Piensa también que si alquilas como vivienda habitual (no temporada ni turístico) hay una reducción del 60% por lo que los ingresos que tributan (una vez descontados gastos) es la mitad de lo que tú ingresas.

Para los turísticos no hay esto, así que si puedes sacar 7000€ como alquiler tradicional probablemente te rente más que ingresar 10mil como turístico.
jmntz
ForoCoches: Miembro
#7
Cita de superbit
Piensa también que si alquilas como vivienda habitual (no temporada ni turístico) hay una reducción del 60% por lo que los ingresos que tributan (una vez descontados gastos) es la mitad de lo que tú ingresas.

Para los turísticos no hay esto, así que si puedes sacar 7000€ como alquiler tradicional probablemente te rente más que ingresar 10mil como turístico.
Y si es a estudiantes??
Everes
ForoCoches: Usuario
#8
Cita de jmntz
Y si es a estudiantes??
Lo importante no es a quien sino como.
Haces alquiler como si fuera su vivienda? es decir, te pagan todos los meses, incluidos el verano o la duración de los contratos es menor de 12 meses.

Esa es la diferencia para aprovechar el 60% (ahora 50) de reducción
tutufg
ForoCoches: Usuario
#9
La reducción sigue siendo del 60%

No solo basta con que te paguen todos los meses, tiene que ser la vivienda habitual del inquilino. En muchos contratos de alquiler se indica la ocupación del inquilino, si indicas que son estudiantes estas jodido. A parte la AEAT tiene medios de sobra para saber si es la vivienda habitual del inquilino o si se trata de una residencia temporal.
Everes
ForoCoches: Usuario
#10
Cita de tutufg
La reducción sigue siendo del 60%

No solo basta con que te paguen todos los meses, tiene que ser la vivienda habitual del inquilino. En muchos contratos de alquiler se indica la ocupación del inquilino, si indicas que son estudiantes estas jodido. A parte la AEAT tiene medios de sobra para saber si es la vivienda habitual del inquilino o si se trata de una residencia temporal.
quieres decir que no se aplica la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda?
Evolaco
ForoCoches: Miembro
#11
Cita de superbit
Piensa también que si alquilas como vivienda habitual (no temporada ni turístico) hay una reducción del 60% por lo que los ingresos que tributan (una vez descontados gastos) es la mitad de lo que tú ingresas.

Para los turísticos no hay esto, así que si puedes sacar 7000€ como alquiler tradicional probablemente te rente más que ingresar 10mil como turístico.
Creo que a partir de ahora es un 50%
tutufg
ForoCoches: Usuario
#12
Cita de Everes
quieres decir que no se aplica la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda?
Desconozco lo que dice esa Ley.. en materia fiscal (IRPF) la ley indica que la reducción es del 60% siempre que la vivienda en alquiler sea la vivienda habitual del arrendatario.
Entiendo que sabiendo como esta el tema en este país respecto de la vivienda, me parecería muy raro que la reducción pasara del 60 al 50% y de esa manera restringir aún más el acceso a la vivienda.
Dackel080
ForoCoches: Miembro
#13
Cita de tutufg
Desconozco lo que dice esa Ley.. en materia fiscal (IRPF) la ley indica que la reducción es del 60% siempre que la vivienda en alquiler sea la vivienda habitual del arrendatario.
Entiendo que sabiendo como esta el tema en este país respecto de la vivienda, me parecería muy raro que la reducción pasara del 60 al 50% y de esa manera restringir aún más el acceso a la vivienda.


Para los nuevos contratos es un 50%, yo también lo había escuchado


https://www.idealista.com/news/inmob...de-alquiler-en
tutufg
ForoCoches: Usuario
#14
Cita de Dackel080
Para los nuevos contratos es un 50%, yo también lo había escuchado


https://www.idealista.com/news/inmob...de-alquiler-en
Pues tienes razón, a partir del año que viene la mayoría de los arrendamientos pasarán al 50% de reducción según la disposición adicional que comentas. También te digo, el irpf es un impuesto que sufre decenas de modificaciones cada año, no quita que se echen para atrás y recapaciten, porque a mi entender esto va afectar muy negativamente.
Sinogan
Levomepromazina 25 mg
#15
Según hacienda tributa como rendimiento inmobiliario y no del trabajo




Esto pone en su web:


Como propietario o usufructuario de una vivienda las cantidades que percibes por el alquiler son, con carácter general, rendimientos del capital inmobiliario.
Radix2
ForoCoches: Miembro
#16
Cita de jmntz
¿Sabes si una vivienda heredada se puede aplicar esa amortización?
Si, la desgravación es porque se supone que por estar habitada la vivienda sufre un desgaste que te obligará a renovarla. Puedes desgravar un 3%del valor de la vivienda y un 10% del valor de los muebles y electrodomésticos.
Everes
ForoCoches: Usuario
#17
Cita de Sinogan
Según hacienda tributa como rendimiento inmobiliario y no del trabajo




Esto pone en su web:


Como propietario o usufructuario de una vivienda las cantidades que percibes por el alquiler son, con carácter general, rendimientos del capital inmobiliario.
El rendimiento inmobiliario se suma a los rendimientos del trabajo.
No a los rendimientos mobiliarios (que son acciones, rendimientos u otros)
Everes
ForoCoches: Usuario
#18
Cita de tutufg
Pues tienes razón, a partir del año que viene la mayoría de los arrendamientos pasarán al 50% de reducción según la disposición adicional que comentas. También te digo, el irpf es un impuesto que sufre decenas de modificaciones cada año, no quita que se echen para atrás y recapaciten, porque a mi entender esto va afectar muy negativamente.
el año que viene no.
A partir de los contratos firmados el 1 de enero de este año.

Te pongo la ley que modifica todo y directamente ni la lees...
tutufg
ForoCoches: Usuario
#19
Cita de Everes
el año que viene no.
A partir de los contratos firmados el 1 de enero de este año.

Te pongo la ley que modifica todo y directamente ni la lees...
Joder me refiero a que los cambios afectaran a la declaracion de la renta del año que viene, 2024 que se presenta en 2025
IGWT
ForoCoches: Usuario
#20
Con desgravaciones y las deducciones por costes al final se tributa muy poco. Por darte un ejemplo una vivienda de 100k que alquilas a 400 al mes te da 4.800 (4.8% de rentabilidad bruta)

Le quitas 2.400 por el 50% de reducción por alquiler LAU (antes era 60%), amortizas un 2% del valor excluyendo terrenos, siendo realistas sería un 2% de 50k o 1.000, y le quitas otros 50 al mes de gastos. En total te queda una base imponible de 800, aunque pagues un 50% de marginal son solo 400 sobre unos ingresos reales de 4.800, ya me dirás que inversión tributa a menos del 10% sobre ganancias

Por eso España está llena de rentistas, en eeuu la gente monta una llc en delaware e invierte en bolsa, o en europa en luxemburgo donde no pagas capital gain tax
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