Vehículos mixtos y sanciones tráfico
20-jun-2006 10:16
#61
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... entonces llegamos a la conclusión de que en un coche particular, además de los viajeros y sus equipajes se pueden transportar el resto de las cosas que comentábamos, todo ello según las normas vigentes, por supuesto. SL2, Cita de Mk5
Tienes razón, y tan antigua, de 1934. La transcribo:
Artículo 195. Carga. Se prohíbe admitir mayor número de viajeros que aquel para el cual está autorizado el vehículo y señalen las placas correspondientes. Se prohíbe, igualmente, cargar mercancías en los vehículos de viajeros, que sólo deben transportar equipajes y encargos; entendiéndose como «equipajes» las prendas y efectos destinados al abrigo, adorno y aseo de los viajeros; a los libros y herramientas de su arte y oficio, contenidos en baúles, cofres, maletas, arquillas, cajones, sombrereras, sacos, alforjas, almohadas o bajo otra cubierta cualquiera, o bien a la vista, sin embalaje alguno; y como «encargos», todos los bultos sueltos que, sin estar sujetos a la declaración de su contenido, requieran ser transportados con la velocidad de los viajeros: como medicamentos, un mueble cuyo transporte no origine peligro ni molestias, etc.; no pudiéndose aceptar como tales encargos los animales vivos o muertos, domésticos o no, ni mercancías, como cántaros de leche, banastas de frutas, etcétera. Todo entorpecimiento de la circulación, causado por accidente debido a falta de resistencia del vehículo por exceso de carga, será castigado con multa de 25 pesetas. En ningún caso deben transportarse equipajes o fardos sucios o bultos que, por su naturaleza, puedan perjudicar a los viajeros, al resto de la carga o al vehículo, sin tomar las debidas precauciones que eviten aquellos daños. Sólo se admitirán animales en el caso de que existan departamentos para ellos o que puedan ir colocados en la baca sin causar molestias a los viajeros ni representar peligro para la integridad del resto de la carga. Es del viejo Código de la Circulación de 1934, que poco a poco ha ido quedando derogado. Ese artículo se incluye en un capítulo dedicado a los "Transportes colectivos de viajeros y servicios públicos de transporte de mercancías", por lo que no es al caso. |
20-jun-2006 12:00
#62
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Cita de chaparro
pilito, dios quiera que no tengas nunca ningún accidente; pero ten por seguro que si tienes con tu monovolumen uno a 150 por hora, será el último que tengas.
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20-jun-2006 13:59
#63
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Cita de diablopery
eso es lo q tu te crees, no sabes q la multa de un transporte en monovolumen es muy jugosa, y no te quiero contar si te la pesan......q x aqui hay casos de furgonetas como mixtas sin tarjeta de transporte q las han doblado bien con trafico, y si, es mas caro q ir a 200 con el coche.....aunq no te quiten el carnet
Es que es una pasada ,la gente se preocupa de los radares ,y no caen en la cuenta de que la GC estan siempre a la salida del Ikea ,del Leroy Merlin ...multando a la gente que lleva un mueble en un 307 SW. S2 |
20-jun-2006 14:02
#64
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Cita de Mk5
Tienes razón, y tan antigua, de 1934. La transcribo:
Artículo 195. Carga. Se prohíbe admitir mayor número de viajeros que aquel para el cual está autorizado el vehículo y señalen las placas correspondientes. Se prohíbe, igualmente, cargar mercancías en los vehículos de viajeros, que sólo deben transportar equipajes y encargos; entendiéndose como «equipajes» las prendas y efectos destinados al abrigo, adorno y aseo de los viajeros; a los libros y herramientas de su arte y oficio, contenidos en baúles, cofres, maletas, arquillas, cajones, sombrereras, sacos, alforjas, almohadas o bajo otra cubierta cualquiera, o bien a la vista, sin embalaje alguno; y como «encargos», todos los bultos sueltos que, sin estar sujetos a la declaración de su contenido, requieran ser transportados con la velocidad de los viajeros: como medicamentos, un mueble cuyo transporte no origine peligro ni molestias, etc.; no pudiéndose aceptar como tales encargos los animales vivos o muertos, domésticos o no, ni mercancías, como cántaros de leche, banastas de frutas, etcétera. Todo entorpecimiento de la circulación, causado por accidente debido a falta de resistencia del vehículo por exceso de carga, será castigado con multa de 25 pesetas. En ningún caso deben transportarse equipajes o fardos sucios o bultos que, por su naturaleza, puedan perjudicar a los viajeros, al resto de la carga o al vehículo, sin tomar las debidas precauciones que eviten aquellos daños. Sólo se admitirán animales en el caso de que existan departamentos para ellos o que puedan ir colocados en la baca sin causar molestias a los viajeros ni representar peligro para la integridad del resto de la carga. Es del viejo Código de la Circulación de 1934, que poco a poco ha ido quedando derogado. Ese artículo se incluye en un capítulo dedicado a los "Transportes colectivos de viajeros y servicios públicos de transporte de mercancías", por lo que no es al caso. Una pregunta ,entonces ¿Por que yo necesito una tarjeta de transporte para llevar mercancias ,en la furgo.? ¿Puedo llevar cosas sin dicha autorizacion y nadie me va decir nada? ¿Puedo llevar lo mismo en el Galaxy sin necesidad de tarjeta ? S2 |
Editado: 20-jun-2006 14:15 -
20-jun-2006 15:45
#65
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Primero, dejarte bien claro que no te deseo ni a tí ni a nadie que tengas un accidente, eso por supuesto, me refiero a que si ya de por sí un accidente a esa velocidad es dificil de superar, con un monovolumen es mas crudo, por dos razones principalmente, primero por que son más pesados que los turismos y más voluminosos por lo que en caso de colisión al ser mayor su masa las consecuencias son notablemente más aparatosas y segundo porque por su construcción su punto de gravedad es mas alto y por lo tanto ante cualquier imprevisto mucho mas dificil de controlar. Pero te repito ni a tí ni a nadie le deseo ningún mál y menos a los que componemos este foro. Un saludo. |
20-jun-2006 15:48
#66
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Ah, y para delorean, siempre y cuando tu vehículo no supere los 2000 kgrs de peso máximo autorizado tu puedes llevar lo que te dé la gana sin necesitar ningún tipo de autorización, pasado ese peso necesitas una tarjeta de transporte, eso sí, ojo con pasarte de peso que si te pillan en una báscula............................ siempre y cuando se vea claro que te dedicas al transporte, nadie te va a decir nada por llevar enseres personales. |
20-jun-2006 16:13
#67
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Cita de chaparro
Ah, y para delorean, siempre y cuando tu vehículo no supere los 2000 kgrs de peso máximo autorizado tu puedes llevar lo que te dé la gana sin necesitar ningún tipo de autorización, pasado ese peso necesitas una tarjeta de transporte, eso sí, ojo con pasarte de peso que si te pillan en una báscula............................
siempre y cuando se vea claro que te dedicas al transporte, nadie te va a decir nada por llevar enseres personales. ¿Para realizar la actividad de transporte ¿necesito algún tipo de autorización administrativa? Efectivamente. Para la realización de transportes de mercancías ya sea público o privado complementario, es necesario que la persona que pretenda llevarlo a cabo obtenga la necesaria autorización administrativa que le habilitará para su prestación. ¿Existen excepciones a la obligatoriedad de la autorización administrativa para transportar? Sí. No es obligatoria o necesaria la autorización administrativa para realizar los siguientes transportes:
Osea que si llevo a mi mujer los dos crios y la silleta me paso de los 2000 no puedo llevar nada . Voy al hiper ,y que hago ¿me vengo de vacio? Otra cosa ,tambien a la hora de multar en el peso hay margen ,se concede un 6% es decir 3709 kg ,con 3710 si te multan ya que un conductor normal con el B ,puede llevar hasta 3500 kg. S2 |
Editado: 20-jun-2006 16:15 -
20-jun-2006 18:12
#68
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Cita de chaparro
Primero, dejarte bien claro que no te deseo ni a tí ni a nadie que tengas un accidente, eso por supuesto, me refiero a que si ya de por sí un accidente a esa velocidad es dificil de superar, con un monovolumen es mas crudo, por dos razones principalmente, primero por que son más pesados que los turismos y más voluminosos por lo que en caso de colisión al ser mayor su masa las consecuencias son notablemente más aparatosas y segundo porque por su construcción su punto de gravedad es mas alto y por lo tanto ante cualquier imprevisto mucho mas dificil de controlar.
Pero te repito ni a tí ni a nadie le deseo ningún mál y menos a los que componemos este foro. Un saludo. Sobre los argumentos que das para defender que en caso de accidente en un monovolumen las cosas serían más dificiles que en un turismo, podríamos discutir largo y tendido, y en referencia a mi primer "post", creo que en tu argumentario, se te olvida el momento (año) de concepción del vehículo como causa fundamental a la hora de sobrevivir en caso de accidente. |
20-jun-2006 20:20
#69
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Cita de delorean21
http://www.multauto.es/faq_tpte_preg.php.htm
¿Para realizar la actividad de transporte ¿necesito algún tipo de autorización administrativa? Efectivamente. Para la realización de transportes de mercancías ya sea público o privado complementario, es necesario que la persona que pretenda llevarlo a cabo obtenga la necesaria autorización administrativa que le habilitará para su prestación. ¿Existen excepciones a la obligatoriedad de la autorización administrativa para transportar? Sí. No es obligatoria o necesaria la autorización administrativa para realizar los siguientes transportes:
Osea que si llevo a mi mujer los dos crios y la silleta me paso de los 2000 no puedo llevar nada . Voy al hiper ,y que hago ¿me vengo de vacio? Otra cosa ,tambien a la hora de multar en el peso hay margen ,se concede un 6% es decir 3709 kg ,con 3710 si te multan ya que un conductor normal con el B ,puede llevar hasta 3500 kg. S2 a la hora de multar peso miran el mma del coche no el carnet de conductor..... |
20-jun-2006 20:38
#70
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Cita de chaparro
Primero, dejarte bien claro que no te deseo ni a tí ni a nadie que tengas un accidente, eso por supuesto, me refiero a que si ya de por sí un accidente a esa velocidad es dificil de superar, con un monovolumen es mas crudo, por dos razones principalmente, primero por que son más pesados que los turismos y más voluminosos por lo que en caso de colisión al ser mayor su masa las consecuencias son notablemente más aparatosas y segundo porque por su construcción su punto de gravedad es mas alto y por lo tanto ante cualquier imprevisto mucho mas dificil de controlar.
Pero te repito ni a tí ni a nadie le deseo ningún mál y menos a los que componemos este foro. Un saludo. y respecto a tu afirmacion de que ir a 150km/h es una locura... no se ni de donde lo has sacado ni en que te basas para exponer dicha afirmación. un monovolumen moderno, siempre y cuando las caracteristicas de la via, climatologia y trafico lo permitan, es decir, por bastidor, sin tener en cuenta el resto de variables, puede circular por autopistas y autovias a velocidades cercanas a 200km/h sin ningun problema. otra cuestion es que surga un imprevisto.... pero te digo que yo he tenido sustos de tener que frenar en curva en seco tirando de ABS a mas de 150km/h y no he tenido ningun problema, ya que ni siquiera la zaga me ha hecho nunca ningun extraño y no llevo ESP. sera que no todo el mundo sabe conducir igual, pero... si sabes conducir algo mejor de lo que te enseñan a hacerlo en la autoescuela... ningun problema y desde aqui aconsejo a todos el mundo que pueda, no ya hacer un curso de conduccion , que son muy caros, sino simplemente montar en karting e intentar ir a machete en todo el trazado. os digo que se aprende mucho de como controlar un vehículo s2 |
20-jun-2006 20:54
#71
| ala, ibon_81, prepara el paraguar, porque decir en este foro que PODRIAS ir a 200 es buscarse bullas......que te sean leves |
20-jun-2006 21:20
#72
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me la pela lo que me digan. es mi opinion y el que no este de acuerdo lo siento, pero es como pienso y por mucho que me critiquen seguire pensando lo mismo. y el que niegue lo evidente o es que no conoce su vehículo o no tiene ni idea de automoviles s2 |
20-jun-2006 23:59
#73
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Pues eso que con 25 años eres un conductor ,que sabes lo que llevas entre las manos,y es normal el ir a 200km. Pues va a ser que no,eso es una burrada,y con que te salga un perro te mataste,pero eso no es el problema,el problema es que vas a matar a alguien. Burradas todos las hemos hecho,pero con la edad y algo mas de 500,000km unos pocos sustos,muertes de amigos,uno se tranquiliza. Es mi opinion,y mi pequeña esperiencia. No trato de ofender a nadie. Saludos |
21-jun-2006 00:07
#74
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a ver no estoy diciendo que sea normal ir a 200. yo tampoco lo hago, pero un monovolumen moderno, permite hacerlo con seguridad. solo digo eso s2 |
21-jun-2006 00:09
#75
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Favila, que me tienes "abandonao" al tio Andosillo.... http://www.forocoches.com/foro/showt...7#post10874067 Saludos |
21-jun-2006 00:37
#76
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Cita de Wahoo
Favila, que me tienes "abandonao" al tio Andosillo....
http://www.forocoches.com/foro/showt...7#post10874067 Saludos Vamos al tema,a dar cera. Saludos
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21-jun-2006 09:57
#77
| Para ir completando el tema, como parece ser que se va a tipificar como delito sobrepasar en 40 km/h la velocidad máxima permitida en vías urbanas y en 70 la autorizada en vías interurbanas, pues ya sabemos: en autovía, con un mixto adaptable a más de 170 km/h puede tocar sanción penal, aunque habrá que esperar a ver el proyecto. |
21-jun-2006 10:38
#78
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Cita de Mk5
Para ir completando el tema, como parece ser que se va a tipificar como delito sobrepasar en 40 km/h la velocidad máxima permitida en vías urbanas y en 70 la autorizada en vías interurbanas, pues ya sabemos: en autovía, con un mixto adaptable a más de 170 km/h puede tocar sanción penal, aunque habrá que esperar a ver el proyecto.
Seguro,que por pasarte te meten en el talego,pero si matas a tres peronas,atracas 15 casas ,salesa la calle. Joder que pais Saludos |
23-jun-2006 01:38
#79
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ibon_81, espero no cruzarme nunca en tu camino. Un monovolumen no es el vehículo mas idóneo para ir a esas velocidades aunque las alcance o las supere. Y de experiencia y modo de conducir, estoy seguro de que tengo como mínimo igual que tú y casi seguro que bastante más, no te las des de listillo, que desde que se ha hecho tan popular Fernando Alonso más de uno se cree su discípulo. |
23-jun-2006 08:46
#80
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ni yo me las doy de listillo ni anda parecido. simplemente no estoy de acuerdo con tu opinion. ademas, decir que por ir a 150km/h... eres ya un asesino... sigo pensando que es algo sin fundamento ninguno. y lo digo por experiencia propia y no por ello soy ningun asesino ya que NUNCA he creado ninguna situacion d peligro ni he creado niinguna accidente por ello. ademas, decir que soy el primero en reducir la velocidad cuando las circunstancias no son las idoneas, cosa que mucha gente no lo hace s2 |
23-jun-2006 10:34
#81
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Es extraño que en España seas delincuente por lo mismo que en Alemania (por citar un ejemplo) no lo serías. Saludos. |
23-jun-2006 11:25
#82
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Cita de ibon_81
ni yo me las doy de listillo ni anda parecido. simplemente no estoy de acuerdo con tu opinion.
ademas, decir que por ir a 150km/h... eres ya un asesino... sigo pensando que es algo sin fundamento ninguno. y lo digo por experiencia propia y no por ello soy ningun asesino ya que NUNCA he creado ninguna situacion d peligro ni he creado niinguna accidente por ello. ademas, decir que soy el primero en reducir la velocidad cuando las circunstancias no son las idoneas, cosa que mucha gente no lo hace s2
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23-jun-2006 12:19
#83
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carlos, si ya se lo que hay, pro aqui hay gente que se cree que por respetar los limites es mejor conductor que el resto y que nunca va a crear situaciones de peligro. eso es mentira y que nadie se lo tome como algo personal, ya que hablo en general. mira, yo supero los limites, pero al menos, llevo el coche en perfecto estado y con los neumaticos en perfecto estado y con las presiones ideales para alta velocidad, ahora toca cambio de amortiguadores y frenos ya que noto que estan perdiendo efectividad, llevo el coche limpio, tanto por fuera como por dentro(vital para tener una buena visibilidad, el llevar los cristales limpios por dentro), me mantengo siempre atento, no hablo por el movil, no bebo nada cuando conduzco, no fumo, respeto todo el resto de señales a rajatabla, incluso soy de los pocos que para en casi todos los pasos de cebra de las ciudades, pero parece que solo por correr algo mas que el resto soy un peligro potencial. hay muchisimas mas acciones que ponen en peligro al resto de la gente que ir a 150km/h. siempre digo lo mismo. ¿que es mas peligroso, aquel que como yo va a 150-160 en una via de 2 o mas carriles, con un tiempo bueno, con poco trafico, y la carretera en buen estado que aquel que va a 120, de noche, lloviendo o granizando, con un coche antiguo y sin el mantenimiento adecuado y la carretera llena de trafico? cierto que la velocidad es un factor a tener en cuenta a la hora de un accidente, pero no por ello es causa directa(me refiero al exceso de velocidad, que no a la velocidad inadecuada, que no es lo mismo) y en caso de accidente las consecuencias seran mas grave. eso soy el primero en reconocerlo y lo hago porque es asi de cierto S2 |
23-jun-2006 13:33
#84
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Cita de ibon_81
carlos, si ya se lo que hay, pro aqui hay gente que se cree que por respetar los limites es mejor conductor que el resto y que nunca va a crear situaciones de peligro. eso es mentira y que nadie se lo tome como algo personal, ya que hablo en general.
mira, yo supero los limites, pero al menos, llevo el coche en perfecto estado y con los neumaticos en perfecto estado y con las presiones ideales para alta velocidad, ahora toca cambio de amortiguadores y frenos ya que noto que estan perdiendo efectividad, llevo el coche limpio, tanto por fuera como por dentro(vital para tener una buena visibilidad, el llevar los cristales limpios por dentro), me mantengo siempre atento, no hablo por el movil, no bebo nada cuando conduzco, no fumo, respeto todo el resto de señales a rajatabla, incluso soy de los pocos que para en casi todos los pasos de cebra de las ciudades, pero parece que solo por correr algo mas que el resto soy un peligro potencial. hay muchisimas mas acciones que ponen en peligro al resto de la gente que ir a 150km/h. siempre digo lo mismo. ¿que es mas peligroso, aquel que como yo va a 150-160 en una via de 2 o mas carriles, con un tiempo bueno, con poco trafico, y la carretera en buen estado que aquel que va a 120, de noche, lloviendo o granizando, con un coche antiguo y sin el mantenimiento adecuado y la carretera llena de trafico? cierto que la velocidad es un factor a tener en cuenta a la hora de un accidente, pero no por ello es causa directa(me refiero al exceso de velocidad, que no a la velocidad inadecuada, que no es lo mismo) y en caso de accidente las consecuencias seran mas grave. eso soy el primero en reconocerlo y lo hago porque es asi de cierto S2 ) ,aconpañada de unas adcuadas infraestrcturas (poner un paso elevado donde corresponda ,en vez de un paso de cebra ) se solucionarian la mayoria de los problemas .La gente no iria pendiente de que no les caze el radar ,en vez de ir con todos los sentidos en conducir. Si se atacan otras causas ,como conduccion temeraria ,maniobras incorrectas .el alcohol , conseguir que las ambulancias llegan a tiempo (hay paises donde tienen un tiempo limite por ley )y mejores carreteras (hay algunas que su conservacion deja mucho que desear) se evitarian muchas muertes . Pero claro ,no hay inversion mas rentable que un radar . S2. |
25-jun-2006 20:10
#85
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Hola, a los que comentais que teneis un monovolumen grande y os habeis ahorrado unos 3000€ al matricularlo como vehículo míxto, sabríais decirme de cuanto sería el ahorro en una kangoo luxe privilege 1.6 16v cuyo precio oficial sin descuentos es de entorno a 16500€. En caso de matricularlo como mixto ¿sube el seguro?¿para cambiarlo a turismo cuanto hay que pagar posteriormente para no tener que ir a la itv tan frecuentemente? Muchas gracias |
26-jun-2006 06:55
#86
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Cita de Quike_19
Hola, a los que comentais que teneis un monovolumen grande y os habeis ahorrado unos 3000€ al matricularlo como vehículo míxto, sabríais decirme de cuanto sería el ahorro en una kangoo luxe privilege 1.6 16v cuyo precio oficial sin descuentos es de entorno a 16500€. En caso de matricularlo como mixto ¿sube el seguro?¿para cambiarlo a turismo cuanto hay que pagar posteriormente para no tener que ir a la itv tan frecuentemente?
Muchas gracias El tema de cambiarlo a turismo está en varios post, léetelos y te quitarás muchas más dudas que te puedan surgir después. S2 |
02-jul-2006 13:29
#87
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aquí os adjunto un archivo con el cuadro de sanciones que ha editado la DGT por exceso de velocidad apropósito del carnet por puntos, observad que no hay variacion entre turismo y vehículo mixto, solamente distingue entre + de 3500 kg y + de 9 plazas y el resto. Ya os lo he dicho en varias ocasiones pero seguis insistiendo. NO HAY DIFERENCIA. |
03-jul-2006 00:06
#88
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Cita de pirolom3
aquí os adjunto un archivo con el cuadro de sanciones que ha editado la DGT por exceso de velocidad apropósito del carnet por puntos, observad que no hay variacion entre turismo y vehículo mixto, solamente distingue entre + de 3500 kg y + de 9 plazas y el resto.
Ya os lo he dicho en varias ocasiones pero seguis insistiendo. NO HAY DIFERENCIA. |
03-jul-2006 07:05
#89
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Cita de pirolom3
aquí os adjunto un archivo con el cuadro de sanciones que ha editado la DGT por exceso de velocidad apropósito del carnet por puntos, observad que no hay variacion entre turismo y vehículo mixto, solamente distingue entre + de 3500 kg y + de 9 plazas y el resto.
Ya os lo he dicho en varias ocasiones pero seguis insistiendo. NO HAY DIFERENCIA. en que quedamos: los MIXTOS deben ir a menos velocidad maxima que los normales ????? |
03-jul-2006 11:23
#90
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Bienvenida sea esa tolerancia de la DGT para los mixtos adaptables, que no se distinguen en el cuadro de la DGT: Pero yo me pregunto: conforme al art. 48 del Reglamento General de Circulación de 2003 (que sigue en vigor y es la norma aplicable, por encima de esa "circular" o lo que sea donde se incluye ese cuadro como anexo), en autopistas y autovías el límite para turismos y motocicletas es 120 kilómetros por hora, para autobuses, vehículos derivados de turismos y vehículos mixtos adaptables es 100 kilómetros por hora, para camiones, vehículos articulados, conjuntos de vehículos, furgones, autocaravanas y automóviles con remolque de hasta 750 kilogramos, 90 kilómetros por hora, etc.; restantes automóviles con remolque, 80 kilómetros por hora. Y conforme al anexo II de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial de 1990 sobrepasar en más de un 50 % la velocidad máxima autorizada, siempre que ello suponga superar, al menos, en 30 km por hora dicho límite máximo, supone la pérdida de 6 puntos (y es infracción muy grave, según el art. 65.5 de esa ley). Entonces, ¿no es menor el límite de velocidad en los mixtos adaptables para que te quiten 6 puntos?; ¿qué hace el instructor del procedimiento, mira para otro lado, hacia ese cuadro y no aplica la Ley...?. ¿Inseguridad jurídica vial? |
Editado: 03-jul-2006 11:54 -
) ,aconpañada de unas adcuadas infraestrcturas (poner un paso elevado donde corresponda ,en vez de un paso de cebra ) se solucionarian la mayoria de los problemas .