[Autónomos] Prestación por cese de actividad
01-may-2020 22:25
#511
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A ver compañero, te comento. Es mucho más fácil de lo que parece (evidentemente luego hay casos y particularidades en donde surgen dudas concretas)
Entiendo que solo ejerces una actividad como autónomo (dentista). Esa actividad entiendo que no era de las que quedaban suspendidas por el estado de Alarma así que solo lo puedes solicitar por reducción de la facturación. Por tanto tienes que analizar la reducción de la facturación y compararla con la media mensual del semestre septiembre-febrero: - Marzo: dices que tu facturación no se redujo el 75% respecto a ese semestre (facturaste más del 25%) Olvídate por tanto de este mes. - Abril: como ya estamos en mayo puedes mirar la facturación del mes anterior (abril) y compararla con la media del semestre de referencia (septiembre-febrero) ¿se ha reducido un 75%? si es que sí puedes solicitar la prestación y te la abonarán desde el 01 de abril al último día que finalice el estado de alarma (de momento hasta el 31 de mayo) Independiente de lo que factures en los meses siguientes (puedes en mayo facturar 200000€ que la prestación está bien concedida y se te abonará hasta el final). Lo que sí tienes que tener claro (y es lo que yo le digo a todo el mundo y recalco) es que tu facturación se ha reducido un 75% respecto a ese semestre (en tu caso dices que es 0€ en abril por tanto cumples de sobra), pero lo digo porque mucha gente se lanza a solicitar la prestación sin hacer un mínimo análisis de su facturación (mucha gente en plan baaah yo creo que sí, otros baaah no creo que se pongan a revisar etc) Lo que quiero decir es que cada uno busque un momento para analizar la facturación (sobre todo la media mensual de ese semestre) para ver si cumple y que luego no haya sustos por si se revisa y se comprueba que no tenía derecho porque no tenía tal reducción y le reclamen la prestación percibida. La gestión de la solicitud es muy muy sencilla. Se ha hecho así por todas las mutuas para que todos lo puedan solicitar directamente. No tiene nada de complicado más allá de cumplimentar datos que ya conoces (DNI, Número de Afiliación Seguridad Social, Domicilio, IBAN donde hacer el pago, y luego datos familiares como hijos, si tienes personas mayores a tu cargo etc) De verdad que cualquier persona lo puede hacer. En lo personal no cobraría a nadie nada por gestionar ninguna solicitud porque no se tarda más de 5 min en rellenarla y solo hay que adjuntar copia del DNI (aún así no me pidáis que os gestiones ninguna solicitud) Por tanto vete a la web de tu mutua y mira a ver cómo se tramita la solicitud. La gran mayoría de mutuas (al menos las que yo he comprobado) tienen un formulario web en donde simplemente se rellenan los datos, se adjunta copia del DNI y listo. Puede haber alguna que ese formulario sean PDF pero el mecanismo es el mismo (se rellena, y se envía por email junto a una copia del DNI) Es que no hay ni que firmarlo, ni certificado digital ni nada de nada. Por eso digo que no puede ser más sencillo. Así que métete en tu mutua y lo haces que verás que es una chorrada. Evidentemente tienes que estar al corriente en la Seguridad Social. |
01-may-2020 22:45
#512
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Lo que se quiere es comparar cuando la actividad era normal, por eso se coge siempre septiembre-febrero (donde todo era normal) |
Editado: 01-may-2020 22:50 -
01-may-2020 22:49
#513
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No, se coge siempre siempre el semestre septiembre-febrero (Aclarado por la propia Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social) Y esto es así porque si coges octubre marzo se desvirtúa la media ya que estás cogiendo marzo donde comenzó el estado de alarma (lo que hará bajar la media)
Lo que se quiere es comparar cuando la actividad era normal, por eso se coge septiembre-febrero (donde todo era normal) |
01-may-2020 22:58
#514
| Se han aclarado muchas cosas a posteriori. El decreto se hizo muy rápido y tenía muchas lagunas que se ha ido aclarando la Seguridad Social. No es algo que yo crea, yo mismo leí el jueves el oficio de Seguridad Social donde lo pone. |
Editado: 01-may-2020 23:03 -
01-may-2020 23:04
#515
| Pero quiero decir, eso es algo público? Porque si son instrucciones para las mutuas el resto quizás no puede conocerlo. |
01-may-2020 23:29
#516
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Cuando se habla de semestre anterior es anterior al estado de alarma. Por eso es siempre septiembre-febrero De hecho ayer se hizo otra consulta sobre qué pasa con aquellos negocios que pueden ir abriendo por la desescalada y tienen concedida la prestación ¿es compatible? ¿se pierde cuando vuelven a la actividad? En unos días contestarán y sabremos que pasa. Pero esto funciona así, hay que ir preguntando a Seguridad Social para que aclare dudas, y establezca criterios |
Editado: 01-may-2020 23:54 -
01-may-2020 23:38
#517
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Las mutuas ante las dudas interpretativas de la prestación hacen consultas a Seguridad Social (las hacen mediante AMAT que es la asociación de mutuas de accidentes de trabajo) La Seguridad Social contesta por escrito aclarando dudas y estableciendo pautas de actuación. Ayer nos trasladaron ese oficio donde aclaraban varias cosas (como por ejemplo que la prestación para los que lo solicitaban por reducción comenzaba el 1 del mes que se produjo la reducción, o que el semestre que se toma es septiembre-febrero) y también se aclararon otras dudas menores.
De hecho ayer se hizo otra consulta sobre qué pasa con aquellos negocios que pueden ir abriendo por la desescalada y tienen concedida la prestación ¿es compatible? ¿se pierde cuando vuelven a la actividad? En unos días contestarán y sabremos que pasa. Pero esto funciona así, hay que ir preguntando a Seguridad Social para que aclare dudas, y establezca criterios http://prensa.empleo.gob.es/WebPrens...l/detalle/3793 |
02-may-2020 01:12
#518
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Muchisimas gracias por la respuesta la verdad te la agradezco.
Y perdona por hacerte otra pregunta, pero es que en estas cosas soy un 0, llevo 10 años de autónomo y no tengo ni idea de cual es mi mutua, eso donde me lo facilitan? Siento ser tan bulto es esto jeje Un saludo y de nuevo muchas gracias @Kezco y el decreto 465/2020 no valdría para un dentista (sanitario) y asi no tiene que justificar el descenso de ingresos He visto una charla de un asesor que en teoria dice que a raíz de este RD si se podria |
02-may-2020 01:17
#519
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Hola de nuevo, aprovecho y pregunto a ver si alguno sabe si un autonomo amigo joven, se puso a emprender por primera vez este año, dado de alta cono autónomos con CUOTA REDUCIDA (paga 50 y pico euros al mes) desde el mes de enero... Solo le dio tiempo a trabajar una semana (entre obras, licencias y demas)....podria pedir el cese por covid? Cuanto cobraria al mes?....como esta pagando 50€ ni idea.. @Kezco . |
02-may-2020 01:44
#520
| Yo estoy pagando 67€ y cobre lo que todos. Claro está yo estoy desde noviembre. |
02-may-2020 14:30
#521
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Hola,
@Kezco y el decreto 465/2020 no valdría para un dentista (sanitario) y asi no tiene que justificar el descenso de ingresos He visto una charla de un asesor que en teoria dice que a raíz de este RD si se podria 1) Suspensión de la actividad a partir del 14 de marzo consecuencia del estado de alarma. Es decir, no puedes ejercer la actividad aunque quieras, , estas obligado a cerrar. El ejemplo más claro es un bar. En este caso se solicita la prestación y se abonará desde el 14 de marzo. 2) Tu actividad no era de las que obligatoriamente estaban obligadas a cerrar (ejemplo un taxi). Es decir, que podías seguir ejerciéndola a pesar del estado de alarma. En este caso, solo se puede solicitar la prestación si la facturación del mes anterior al que lo solicites es inferior al 75% del semestre septiembre-febrero. Un dentista (sanitario) no es una actividad obligada a cerrar sí o sí por el estado de alarma. Es más todo lo contrario, las actividades sanitarias son de las que realmente más importante son que se hagan ahora (imagínate alguien que tenga una urgencia en su boca y el gobierno haya obligado a cerrar por el estado de alarma a los dentistas) Es más, el propio decreto que indicas (que es una pequeña ampliación del estado de alarma) hace referencia explícitamente a que las actividades sanitarias no quedan suspendidas (te adjunto captura) así que está bastante claro. Para mi, un dentista no está obligado a suspender actividad, por tanto solo lo puede pedir por reducción de la facturación. |
02-may-2020 23:47
#522
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El cese de actividad se puede solicitar por:
1) Suspensión de la actividad a partir del 14 de marzo consecuencia del estado de alarma. Es decir, no puedes ejercer la actividad aunque quieras, , estas obligado a cerrar. El ejemplo más claro es un bar. En este caso se solicita la prestación y se abonará desde el 14 de marzo. 2) Tu actividad no era de las que obligatoriamente estaban obligadas a cerrar (ejemplo un taxi). Es decir, que podías seguir ejerciéndola a pesar del estado de alarma. En este caso, solo se puede solicitar la prestación si la facturación del mes anterior al que lo solicites es inferior al 75% del semestre septiembre-febrero. Un dentista (sanitario) no es una actividad obligada a cerrar sí o sí por el estado de alarma. Es más todo lo contrario, las actividades sanitarias son de las que realmente más importante son que se hagan ahora (imagínate alguien que tenga una urgencia en su boca y el gobierno haya obligado a cerrar por el estado de alarma a los dentistas) Es más, el propio decreto que indicas (que es una pequeña ampliación del estado de alarma) hace referencia explícitamente a que las actividades sanitarias no quedan suspendidas (te adjunto captura) así que está bastante claro. Para mi, un dentista no está obligado a suspender actividad, por tanto solo lo puede pedir por reducción de la facturación. Muchas gracias🙏 |
03-may-2020 01:14
#525
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Shurs, yo no soy autónomo, pero he visto q tenéis este hilo y me pica la curiosidad, os està echando una mano el gobierno? No digo que os resuelvan la papeleta al 100% xq eso ni para los q cobran paro. Pero os están dando alguna ayuda q al menos os sirva para comer? |
03-may-2020 03:35
#526
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He estado leyendo las últimas páginas del hilo que está muy interesante bu me sirve de ayuda porque soy autónomo y acabo de cobrar la segunda prestación de 370€ por cese y mi pregunta cuando llega la tercera? A mediados de mayo, con la mitad 370€ más los 15 días de la cuota de autónomo de marzo O a final de mayo con los 670 más la cuota de marzo. Un saludo y muchas gracias, yo el negocio lo abro este lunes a ver cómo se da |
03-may-2020 09:02
#527
| Sí, algo están haciendo. A aquellos que se han visto obligados a cerrar por RD o a los que hemos perdido un 75% o más de nuestra facturación nos dan el 70% de la base de cotización (mínimo 661€ por persona), nos devolverán la mitad de la cuota de marzo y en abril no nos la han cobrado |
03-may-2020 09:28
#528
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He estado leyendo las últimas páginas del hilo que está muy interesante bu me sirve de ayuda porque soy autónomo y acabo de cobrar la segunda prestación de 370€ por cese y mi pregunta cuando llega la tercera?
A mediados de mayo, con la mitad 370€ más los 15 días de la cuota de autónomo de marzo O a final de mayo con los 670 más la cuota de marzo. Un saludo y muchas gracias, yo el negocio lo abro este lunes a ver cómo se da A ver porque os estáis liando. @Jaabril trabajo en un mutua y todos los días tramito ceses de actividad, por eso estoy informado.
La prestación se ha ido pagando de la siguiente forma: 1er pago) Se hizo el 17 de abril y correspondió al periodo 14/03 a 13/04 (30 días). Se hizo así porque la prestación inicialmente tenía duración de un mes. A muchos ingresaron 661,08€ que es el 70% de la base minima de cotización (944,40€) que tienen la mayoría de los autónomos (o les abonaron 671€ en lugar de 661€ si tienen hijos) 2° pago) Se hizo el 30 de abril y corresponde al periodo 14/04 a 30/04 (17 días) Tomando el ejemplo de la base mínima de 944,40€ que tienen la mayoría de autónomos, ahora se abonaría 374,68€—> 944,40€ /30 = 31,48€ (base diaria). 31,48 x 70% = 22,04€ (importe diario de la prestación). 22,04 x 17 dias = 374,68€ 3er pago) Se hará a finales de mayo (la mutua donde trabajo lo hará el 30) y corresponderá al periodo 1/05 a 31/05 (31 días) La cantidad será 683,24€ Es un poco más que el primer pago porque son 31 días El que se haya pagado inicialmente el 17 de abril fue una excepción, porque la prestación se inició el 14 de marzo y además habían cobrado la cuota de autónomos de marzo, por lo que no se iba a tener a los autónomos sin cobrar un mes y medio hasta el 30 de abril, por eso se hizo uno el 17 de abril por el importe del mes y otro ayer por lo que restaba. Otra cosa es que mi mutua hará otro pago el 6 de mayo (para aquellas solicitudes que se presentaron desde ayer al 5 de mayo, aquellos que hayan tenido incidencias etc.) Importante tener en cuenta que hay 20 mutuas y yo hablo por donde trabajo (que es de las grandes) y hablo por tanto de ls generalidad, igual hay mutuas que luego hacen algo diferente. |
03-may-2020 10:20
#529
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Sí, algo están haciendo. A aquellos que se han visto obligados a cerrar por RD o a los que hemos perdido un 75% o más de nuestra facturación nos dan el 70% de la base de cotización (mínimo 661€ por persona), nos devolverán la mitad de la cuota de marzo y en abril no nos la han cobrado
Hasta donde se es la primera vez q un gobierno intenta q los autónomos no se queden a la deriva...(aunque se q para todos pues no será igual la ayuda ni de buen gusto) |
03-may-2020 11:01
#531
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@Kezco Una duda que tengo , mi mujer tiene una comercial , y pidió la prestación por reducción de ingresos del 75% , ¿si esta semana abre y factura más del 25%,se la quitarían o duraría hasta el fin del estado de alarma como los que han cesado actividad?
Por ejemplo alguien la pide ahora en mayo porque en abril sí tuvo esa reducción de ingresos del 75%, por tanto ya tiene derecho y la cobrará desde el 01 de abril hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma, y dará lo mismo lo que facture en mayo (como si factura 500.000€) |
03-may-2020 11:56
#532
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Si pidió el cese por reducción entiendo que en el mes anterior a la solicitud tuvo la reducción del 75% respecto al semestre septiembre-febrero. Lo importante es que cumpla con eso que es el requisito de acceso a la prestación. Lo que facture después da lo mismo.
Por ejemplo alguien la pide ahora en mayo porque en abril sí tuvo esa reducción de ingresos del 75%, por tanto ya tiene derecho y la cobrará desde el 01 de abril hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma, y dará lo mismo lo que facture en mayo (como si factura 500.000€) |
03-may-2020 12:26
#533
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Gracias shur, sq no hago nada más q ver a los de derecha decir q es mentira y a otros q la ayuda es una mierda (evidentemente si la base de cotización q tienes es baja pues la ayuda no será alta) y quería saber q hay de cierto
Hasta donde se es la primera vez q un gobierno intenta q los autónomos no se queden a la deriva...(aunque se q para todos pues no será igual la ayuda ni de buen gusto) El problema viene más bien con los costes fijos que supone tener un negocio: alquileres, suministros, proveedores, préstamos, gestoría... Que en muchos casos con la prestación extraordinaria no se cubren los gastos y menos aún llega para pagar el coste diario de vida, además de que -por lo que he ido leyendo- la gente está peligrosamente acostumbrada a tener lo justo en la cuenta, por lo que la tensión aumenta. He leído de casos de que a las 2 semanas ya estaban con la cuenta en rojos... En mi caso yo decidí no tener un local, ya que mi actividad me lo permite, por lo que mis gastos fijos son el alquiler de mi vivenda habitual y sus suministros, pero es un gasto que iba a tener sí o sí. Y el resto de gastos fijos (seguros, gestoría, material...) intento contenerlo en la medida de lo posible, así que a mi esta ayuda sí que me cubre o en todo caso tengo que poner poco dinero de más. Otro tema es el miedo y la incertidumbre de qué va a pasar cuando todo esto acabe, cuánto tardaremos en normalizar la situación y poder volver al ritmo de trabajo habitual, y si hasta entonces no tendremos que pagar los habituales 283€ por mes, aún cuando no facturemos nada, pero en lo que respecta a ayudar sí que están ayudando. |
03-may-2020 12:47
#534
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No soy especialmente fan de este gobierno pero es cierto que es algo. Lo están comparando con una especie de paro para autónomos (paro al que aunque lo coticemos es casi imposible acceder en condiciones normales), sin embargo por lo extraordinario de esta situación en esta ocasión nos lo han concedido a casi todos los que cumplen una de las dos condiciones que te he dicho antes.
El problema viene más bien con los costes fijos que supone tener un negocio: alquileres, suministros, proveedores, préstamos, gestoría... Que en muchos casos con la prestación extraordinaria no se cubren los gastos y menos aún llega para pagar el coste diario de vida, además de que -por lo que he ido leyendo- la gente está peligrosamente acostumbrada a tener lo justo en la cuenta, por lo que la tensión aumenta. He leído de casos de que a las 2 semanas ya estaban con la cuenta en rojos... En mi caso yo decidí no tener un local, ya que mi actividad me lo permite, por lo que mis gastos fijos son el alquiler de mi vivenda habitual y sus suministros, pero es un gasto que iba a tener sí o sí. Y el resto de gastos fijos (seguros, gestoría, material...) intento contenerlo en la medida de lo posible, así que a mi esta ayuda sí que me cubre o en todo caso tengo que poner poco dinero de más. Otro tema es el miedo y la incertidumbre de qué va a pasar cuando todo esto acabe, cuánto tardaremos en normalizar la situación y poder volver al ritmo de trabajo habitual, y si hasta entonces no tendremos que pagar los habituales 283€ por mes, aún cuando no facturemos nada, pero en lo que respecta a ayudar sí que están ayudando. Evidentemente el gobierno no puede ayudar a todos de la mejor manera, es inviable. Pero m alegra saber q un intento ha habido x lo menos. Y x otro lado, a mí tmb m asombra la cantidad e gente q llora a q papá estado le resuelva la papeleta (hablo de asalariados). Hay gente q cobra poco o gente q le ha pillado en mal momento, lo entiendo, xo sq hay otro sector de la población q la economía financiera de su vida no la controla... |
03-may-2020 13:49
#535
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Gracias shur x la info.
Evidentemente el gobierno no puede ayudar a todos de la mejor manera, es inviable. Pero m alegra saber q un intento ha habido x lo menos. Y x otro lado, a mí tmb m asombra la cantidad e gente q llora a q papá estado le resuelva la papeleta (hablo de asalariados). Hay gente q cobra poco o gente q le ha pillado en mal momento, lo entiendo, xo sq hay otro sector de la población q la economía financiera de su vida no la controla... Mi hermano mismo tiene unos amigos que tienen un niño pequeño...ambos cobran 1300€ en la fasa Renault y por lo visto no les ha llegado el ERTE todavía y le contaban que no tenían ni para leche para su hijo medio llorando Esta crisis va a hacer estragos |
03-may-2020 14:49
#536
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Justo en la página anterior tienes la respuesta (te la pongo aquí debajo). De todas formas una cosa es la prestación de cese y otra la devolución de la cuota de autónomo cobrada en marzo, la cuota la devuelve la Tesorería y previsiblemente lo hará en la segunda quincena de mayo y no tiene nada que ver con la prestación que abona la mutua y que hará a finales de mayo. Te lo comento porque he entendido que crees que se va a abonar junto y no es así. Son dos entidades diferentes y de momento no se sabe exactamente cuando Seguridad Social procederá a la devolución
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03-may-2020 15:10
#537
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Es que no tiene sentido lo que quieres hacer. Entiendo que tú lo solicitaste por reducción de facturación ¿no? Y doy por hecho de que cuando lo solicitaste cumplías con el requisito ¿no? (que tu facturación del mes anterior al que lo solicitaste se redujo un 75% respecto al semestre sep-feb) Por tanto, si es así, cumples con el requisito de acceso a la prestación (independientemente de lo que factures en los meses siguientes) Es decir, no hay que mantener la reducción de la facturación todo el tiempo que se perciba la prestación. Pero bueno, es decisión tuya, pero creo que estás equivocado. Lo mejor es que preguntes a la mutua qué pasa si facturas más del 25% los siguientes meses (te dirán lo mismo que yo) |
03-may-2020 15:36
#538
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Respecto a tu caso, mira lo que he encontrado. Es un oficio de la DGOSS (Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social) que explica un poco más en detalle esta prestación. En el punto 2.2 habla de aquellos autónomos que no estaban de alta en el último semestre. De cualquier forma, lo mejor es que hables con la mutua y lo aclares https://timis.es/wp-content/uploads/...%C3%B3mico.pdf |
03-may-2020 15:41
#539
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Saludos. https://timis.es/wp-content/uploads/...%C3%B3mico.pdf |
03-may-2020 17:24
#540
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Respecto a tu caso, mira lo que he encontrado. Es un oficio de la DGOSS (Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social) que explica un poco más en detalle esta prestación. En el punto 2.2 habla de aquellos autónomos que no estaban de alta en el último semestre.
De cualquier forma, lo mejor es que hables con la mutua y lo aclares https://timis.es/wp-content/uploads/...%C3%B3mico.pdf |