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07-abr-2017 11:19
#519
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Hola.
Reclamar en Consumo suele funcionar en este tipo de casos. Yo le recomiendo intentarlo. Otra opción es enviar a la empresa un burofax reclamando la reparación o sustitución de la pieza. Muchas empresas suelen atenderlo al ser el burofax un medio con validez jurídica. Un saludo. NOTA: si la empresa hace caso omiso puedo reclamarle judicialmente y reclamarle los gastos de abogacia? Gracias |
07-abr-2017 13:29
#525
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Gracias por la respuesta, lamentablemente esta empresa en un pagina web solo tiene movil y correo, si se lo envio al correo o por wasap tiene validez juridica? alguna plantilla de la que me pueda apoyar?
NOTA: si la empresa hace caso omiso puedo reclamarle judicialmente y reclamarle los gastos de abogacia? Gracias Las comunicaciones vía email estan aceptadas por los Juzgados como medios de prueba, puede intentarlo por ahí. Como le decía en el mensaje anterior ir a Consumo suele ser productivo, en este caso quizás puedan obtener la dirección de esta empresa. Lo menciono en forma de duda porque desconozco si Consumo puede obtener esta dato o no. En cuanto a plantillas de escritos puede encontrar muchas por Google. Con poner "modelo burofax reclamación empresa" seguro que le van a salir varios modelos. Solo tendría que cambiar los datos y explicar el fondo de su asunto en concreto. En cuanto a reclamar judicialmente puede hacerlo. Tendrá que cuantificar lo que vale la reparación en dinero y plantear una demanda solicitando la reparación inmediata o el abono de ese coste. Para esto necesita abogado y también procurador si la cuantía excede de 2000 Euros. Usted tendrá que abonar los honorarios a estos profesionales y solicitar en la demanda la condena en costas a la otra parte (las costas son los gastos que usted menciona) para así recuperar lo que usted haya abonado previamente a sus profesionales. Eso si, la condena en costas es una decisión totalmente judicial, es decir el juez decidirá si condena en costas a la empresa o no, y cada juez tiene su criterio respecto a esto. Podría suceder que usted pida las costas y el juez no condene a la empresa a ese pago. Un saludo. |