[Autónomos] Prestación por cese de actividad
30-abr-2020 11:08
#451
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30-abr-2020 11:15
#452
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Hoy han salido los pagos (los acabo de ver) como la anterior ya depende de cada banco por lo que hay que tener paciencia, entre esta noche, mañana, sábado, lunes deberían estar. |
30-abr-2020 12:00
#454
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Estamos en cualquier caso teorizando sobre lo que pueden hacer. Hasta el momento la prestación por cese de actividad se mantendrá hasta el último día del mes en el que se levante el estado de alarma. El gobierno quiere prorrogar el estado de alarma hasta el 25 de mayo (aunque la oposición y socios del gobierno se están pensando su apoyo a esta medida) porque en cualquier caso deberían pagar la prestación de mayo de todas maneras. Pero como lo que cuenta de verdad es lo que aparece en el BOE, es posible que tomen alguna nueva medida con respecto a aquellos que empiecen a abrir sus negocios a cuenta del las diversas fases del "desescalamiento" (vaya palabro) y aún no sabemos en que van a consistir. Por tanto hasta ahora todo son dudas respecto al futuro inmediato. Si no cambia nada del decreto, pagarán la ayuda a todos hasta final de mayo. Pero nada asegura que cada día puedan surgir nuevos cambios. Al igual que nos van a informar a diario de las órdenes para ver cómo evoluciona el poder salir a la calle, hacer deporte o abrir negocios, nos irán informando de como desaparecerán las prestaciones. No hay seguridad ninguna de cómo va a ser y por tanto tanto las mutuas como los profesionales ni nadie podemos informar con seguridad. |
30-abr-2020 12:21
#455
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Tengo el CESE DE ACTIVIDAD aprobado, pero no me han pasado la cuota se autónomos aún. Que raro, siempre me la cobran la madrugada del último día de mes A alguien más no sé la han pasado aún? |
30-abr-2020 13:01
#456
| No me digas! A mí cuñado que también tiene el cese de actividad si que se lo ha cobrado, a él ya le pagaron los 600 euros el día 17 de abril, de hecho |
30-abr-2020 13:56
#457
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Las solicitudes que se reconocieron hasta el 16/04 se comunicaron a Seguridad Social y dió tiempo de que la Tesorería no pasaran el cobro de abril. Para las que se reconocieron del 17 de abril en adelante la Tesorería ya había enviado ls ordenes de cobro y para esas solicitudes han cobrado abril.
Las devoluciones de las cuotas las hará Seguridad Social de oficio: - Las cobradas en marzo (que fueron a todos los autónomos) procederá a devolverlas en la segunda quincena de mayo - La cuota de abril (que se la han cargado a aquellos autónomos que se reconoció la prestación desde el 17 de abril) se devolverán en la segunda quincena de junio.. |
30-abr-2020 15:16
#460
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Algo importante, a las mutuas se nos informó que las prestaciones que reconociéramos hasta el 16/04 no se les iba a pasar la cuota de abril. Nosotros diariamente volcamos a la Seguridad Social las prestaciones reconocidas, de esta forma la Seguridad Social sabe a qué autónomos no pasarle la cuota. Al parecer esto no ha sido así y han puesto el límite en el 13/04, es decir, que las prestaciones reconocidas hasta esa fecha no se les cargó el recibo de abril, las que se hicieron del 14 en adelante sí se lo han cobrado, así que la Tesorería tendrá que devolver demás de la parte proporcional de marzo, el mes entero de abril |
30-abr-2020 15:34
#461
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Algo importante, a las mutuas se nos informó que las prestaciones que reconociéramos hasta el 16/04 no se les iba a pasar la cuota de abril. Nosotros diariamente volcamos a la Seguridad Social las prestaciones reconocidas, de esta forma la Seguridad Social sabe a qué autónomos no pasarle la cuota.
Al parecer esto no ha sido así y han puesto el límite en el 13/04, es decir, que las prestaciones reconocidas hasta esa fecha no se les cargó el recibo de abril, las que se hicieron del 14 en adelante sí se lo han cobrado, así que la Tesorería tendrá que devolver demás de la parte proporcional de marzo, el mes entero de abril |
30-abr-2020 18:56
#462
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Algo importante, a las mutuas se nos informó que las prestaciones que reconociéramos hasta el 16/04 no se les iba a pasar la cuota de abril. Nosotros diariamente volcamos a la Seguridad Social las prestaciones reconocidas, de esta forma la Seguridad Social sabe a qué autónomos no pasarle la cuota.
Al parecer esto no ha sido así y han puesto el límite en el 13/04, es decir, que las prestaciones reconocidas hasta esa fecha no se les cargó el recibo de abril, las que se hicieron del 14 en adelante sí se lo han cobrado, así que la Tesorería tendrá que devolver demás de la parte proporcional de marzo, el mes entero de abril |
30-abr-2020 19:06
#463
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NOTICIAS IMPORTANTES Hola a todos, os comento aclaraciones que hemos recibido de la Seguridad Social respecto a algunas dudas interpretativas de la prestación. Esto funciona así, nos dicen momentáneamente instrucciones y luego sacan comunicaciones oficiales aclarando las dudas (que muchas veces difieren de las primeras que se nos dieron). En este sentido lo más importante es el cambio en las prestaciones por reducción de la facturación. Inicialmente se nos dijo que, independientemente de cuando solicitara la prestación, se iba a cobrar desde el 14 de marzo hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma. Esto lo he comentado varias veces en el hilo. Pues bien esto ha cambiado y ahora la prestación se abonará no desde el 14 de marzo sino desde el día 1 en que se produjo la reducción de la facturación, y se cobrará, eso sí, hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma. Pongo varios ejemplos (siempre será por el motivo de reducción de facturación): - Autónomo solicita en abril la prestación (por tanto es en por la facturación de marzo): la cobrará desde el 14 de marzo. - Autónomo solicita en mayo la prestación (por tanto es por la reducción de facturación en abril): la cobrará desde el 1 de abril (no desde el 14 de marzo) - Autónomo solicita en junio la prestación (por la reducción de la facturación en mayo): la cobrará desde el 1 de mayo En todos los casos la prestación finalizará el último día del mes que finalice el estado de alarma. También confirma en que da igual cómo sea la evolución de la facturación posterior al reconocimiento. Es decir, alguien lo solicita en mayo porque en abril se reduce un 75% la facturación respecto al semestre septiembe-ferbrero, pues cobrará desde el 1 de abril Y dará igual de lo que facture en los meses siguientes. Si la solicitud por el contrario es por suspensión de la actividad y lo solicita en mayo o en junio, sí la cobraría desde el 14 de marzo (aunque esto no será habitual ya que los que suspendieron la actividad fueron los que solicitaron inicialmente la prestación) Pero bueno, si hay alguien rezagado y lo pide en mayo lo cobra desde el 14 de marzo (solo el caso de suspensión de la facturación) En cuanto a las actividades que puedan ir realizándose debido a la desescalada (por ejemplo una peluquería) no se ha aclarado nada aún ya que esto que henos recibido son aclaraciones de cuestiones realizadas con anterioridad. Se ha hecho una nueva pregunta sobre qué pasa con estos negocios que pueden ir abriendo y si afecta a la prestación que tengan reconocida. Lo que nos han trasladado es que (y tomándolo con cautela porque tiene que llegar la confirmación oficial) parece que no afectará la apertura gradual que se vaya haciendo con seguir con la prestación, por lo que parece ser que la seguirán cobrando hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma. De momento es lo más relevante que he visto. Seguiré leyendo y si veo algo interesante actualizo e post. Saludos |
Editado: 30-abr-2020 19:34 -
30-abr-2020 20:04
#464
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Yo tengo cese aprobado, solicitado en marzo, y hoy me han cobrado 160,55€ de autónomos, cuando normalmente son los 283,31€ que no deberían haber cobrado este mes. Vaya cachondeo llevan. |
30-abr-2020 20:23
#465
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Muchas gracias a todos por vuestras aclaraciones, y en especial a Kezco. Saludos. |
01-may-2020 03:56
#470
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Y como lo van a hacer por ejemplo con un bar de copas, no nos dejan abrir posiblemente hasta avanzado junio pero el estado de alarma acaba en mayo, se puede dar el caso que no nos dejen abrir ni nos paguen el cese de actividad Por cierto yo si cobre hoy 47 días juntos me han pagado porque reconocieron el 20 de este mes el cese y por tanto me han cobrado autónomos, ahora ne deberán devolver la mitad de autónomos de marzo y los de hoy enteros a ver cu ando |
Editado: 01-may-2020 04:00 -
01-may-2020 03:58
#471
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Hola @Kezco, te pregunto que te veo informado. Yo pedí la ayuda por disminución de la facturación del 75% y me la concedieron. El 18 de abril me ingresaron 683€. Y ayer no me cobraron el autónomo. Hasta ahí todo normal. Pero esta noche me han ingresado 352€ la mutua y no sé a qué corresponde. Si a una parte proporcional, si es el total que me vana ingresar en mayo, si lo han dividido en 2 pagos?.... Podrías aclararmelo? Gracias |
01-may-2020 04:01
#473
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Hola @Kezco, te pregunto que te veo informado. Yo pedí la ayuda por disminución de la facturación del 75% y me la concedieron. El 18 de abril me ingresaron 683€.
Y ayer no me cobraron el autónomo. Hasta ahí todo normal. Pero esta noche me han ingresado 352€ la mutua y no sé a qué corresponde. Si a una parte proporcional, si es el total que me vana ingresar en mayo, si lo han dividido en 2 pagos?.... Podrías aclararmelo? Gracias |
01-may-2020 04:03
#474
| O sea, que para la segunda quincena me harán otro ingreso? Aparte de la parte proporcional del autónomo de marzo, no? |
01-may-2020 04:04
#475
| Al pagarnos del 14 de marzo al 14 de abril hoy a 1 de mayo sería la mitad del mes. Aún quedaría otra de 660€ el 31 de mayo, creo entender. Saludos Shur. |
01-may-2020 07:40
#478
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Estoy rellenando el formulario para solicitarlo en la web de fremap, y dado que hoy es festivo, no se si en mi gestoria me podrán ayudar hasta el martes-miercoles de la semana que viene. Por lo que queria pedirlo cuanto antes. A ver si alguien me puede ayudar con algunas dudas. Soy padre separado con 2 hijos que conviven con la madre (funcionaria) y con los que tengo regimenes de visitas y paso una pensión de manutención. ![]() ¿Aqui tendria que marcar la tercera o la primera? ![]() Esto no se que significa ![]() Incluir sólamente los hijos que, conviviendo o no, dependan económicamente de usted, por tener unas rentas mensuales de cualquier naturaleza y que no tienen rentas anuales superiores a 8.000 euros. 2. DATOS DE LOS HIJOS QUE CONVIVEN O ESTÁN A CARGO DEL SOLICITANTE ¿Tendria que incluir a mis hijos en mi situación? |


