Punto de recarga garaje comunitario + Administrador dice que hay que aprobar en junta
02-feb-2026 11:15
#31
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Legalmente ya estas y no te pueden decir nada |
03-feb-2026 13:49
#34
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Buenas!
Estoy valorando comprar un coche electrico y por tanto quiero montar un punto de carga en el garaje, porque si no, el electrico pierde la gracia y no es tan economico. Vivo en un edificio de 3 portales (una misma comunidad) con garaje debajo (dos plantas. Tal y como he visto en casi todos los sitios he prodecido a comunicar que tengo la intención de instalar un punto de carga en el garaje (planta -2). Le he enviado un correo al administrador de fincas haciendo alusión al articulo 17.5 de la ley de propiedad Horizontal y me contestan lo siguiente:
Puede ser que la administradora desconozca la sentencia, pero mi intención es que la valoren y asuman que se equivocan cuando dicen que hay que pedir permiso a la comunidad y que asi lo comunique al resto de la comunidad (ya enviaron un correo diciendo que alguien quería poner un punto de recarga y que hay que aprobarlo en junta...y que haya mandado ese correo me parece que me complica las cosas porque los vecinos que no quieran ya se van a agarrar a ese correo para decir que tienen razon, entonces quiero que asuma el error y que diga que no es necesario). Aun no he hablado con la administradora para comentarle lo de la sentencia, estoy dando margen a que por un lado venga un instalador para confirmar la viabilidad de la obra sin tocar ningun elemento privativo (y para poder decir por donde discurriría la instalación y demas) y por otro lado que la administradora vaya gestionando los otros informes (OCA e informe de desclasificacion) y que estos son positivos y esta todo en orden para poder poner un punto de carga en el garaje (si por el motivo X hay que hacer obra, ya me puedo ir despidiendo de la posibilidad de poner el punto de recarga, pero el edificio tiene 20 años y quiero suponer que tiene todo ok y son meros tramites) ¿Alguien se ha visto en situación parecida recientemente de que el administrador le ponga pegas a poner el punto de carga cuando la ley lo permite? ¿Como actuasteis? Entiendo que a las bravas podria hablar con un abogado para demandar a la comunidad en caso de que se nieguen y/o comunicar e instalar el punto de carga y que luego me denuncien si quieren...pero la verdad que me gustaría que no llegase la sangre al rio. Tambien cabe la opción de que la comunidad en junta me de permiso (aunque realmente en teoria no lo necesito), pero me gustaria no tener que ir a Junta....así que...a ver que estrategias seguiriais Gracias!!! Si la administradora no sabe..cambio de administradora... jajajajja.... El tema está en comunicar a la comidad por cortesía, contratar un istalador autorizado y punto. https://www.poderjudicial.es/cgpj/gl...e-propietarios TALUEG |
03-feb-2026 13:55
#35
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BUENAS
Si la administradora no sabe..cambio de administradora... jajajajja.... El tema está en comunicar a la comidad por cortesía, contratar un istalador autorizado y punto. https://www.poderjudicial.es/cgpj/gl...e-propietarios TALUEG Saludos! |
03-feb-2026 14:40
#36
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¿Sabes si está colegiada la administradora? Me sorprende que desconozca esto, ya que es bastante recurrente y hace ya años que los colegios oficiales emitieron las típicas guías. No hace falta ni perder el tiempo en buscar sentencias: https://ciudadycomunidad.cafmadrid.e...as-sostenible/ Con el fin de facilitar la toma de decisiones de las comunidades y el trabajo de los administradores de fincas colegiados, CAFMadrid ha elaborado una Guía básica de ayuda para la instalación de puntos de recarga y un vídeo explicativo en el que se explican las diferentes opciones de instalación, sus ventajas y desventajas. |
03-feb-2026 20:03
#37
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Buenas!
Estoy valorando comprar un coche electrico y por tanto quiero montar un punto de carga en el garaje, porque si no, el electrico pierde la gracia y no es tan economico. Vivo en un edificio de 3 portales (una misma comunidad) con garaje debajo (dos plantas. Tal y como he visto en casi todos los sitios he prodecido a comunicar que tengo la intención de instalar un punto de carga en el garaje (planta -2). Le he enviado un correo al administrador de fincas haciendo alusión al articulo 17.5 de la ley de propiedad Horizontal y me contestan lo siguiente:
Puede ser que la administradora desconozca la sentencia, pero mi intención es que la valoren y asuman que se equivocan cuando dicen que hay que pedir permiso a la comunidad y que asi lo comunique al resto de la comunidad (ya enviaron un correo diciendo que alguien quería poner un punto de recarga y que hay que aprobarlo en junta...y que haya mandado ese correo me parece que me complica las cosas porque los vecinos que no quieran ya se van a agarrar a ese correo para decir que tienen razon, entonces quiero que asuma el error y que diga que no es necesario). Aun no he hablado con la administradora para comentarle lo de la sentencia, estoy dando margen a que por un lado venga un instalador para confirmar la viabilidad de la obra sin tocar ningun elemento privativo (y para poder decir por donde discurriría la instalación y demas) y por otro lado que la administradora vaya gestionando los otros informes (OCA e informe de desclasificacion) y que estos son positivos y esta todo en orden para poder poner un punto de carga en el garaje (si por el motivo X hay que hacer obra, ya me puedo ir despidiendo de la posibilidad de poner el punto de recarga, pero el edificio tiene 20 años y quiero suponer que tiene todo ok y son meros tramites) ¿Alguien se ha visto en situación parecida recientemente de que el administrador le ponga pegas a poner el punto de carga cuando la ley lo permite? ¿Como actuasteis? Entiendo que a las bravas podria hablar con un abogado para demandar a la comunidad en caso de que se nieguen y/o comunicar e instalar el punto de carga y que luego me denuncien si quieren...pero la verdad que me gustaría que no llegase la sangre al rio. Tambien cabe la opción de que la comunidad en junta me de permiso (aunque realmente en teoria no lo necesito), pero me gustaria no tener que ir a Junta....así que...a ver que estrategias seguiriais Gracias!!! Si estas en Cataluña has de dar 30 dias y luego instalas ... lo demas son cuentos chinos, si no es Cataluña, instala ya |
03-feb-2026 21:48
#38
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Instalas con instalador autorizado y punto. |
04-feb-2026 11:42
#39
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¿Sabes si está colegiada la administradora? Me sorprende que desconozca esto, ya que es bastante recurrente y hace ya años que los colegios oficiales emitieron las típicas guías. No hace falta ni perder el tiempo en buscar sentencias:
https://ciudadycomunidad.cafmadrid.e...as-sostenible/ Con el fin de facilitar la toma de decisiones de las comunidades y el trabajo de los administradores de fincas colegiados, CAFMadrid ha elaborado una Guía básica de ayuda para la instalación de puntos de recarga y un vídeo explicativo en el que se explican las diferentes opciones de instalación, sus ventajas y desventajas. Olvídate de más correos ni historias. Tú ya has comunicado. Tienes la respuesta, lo que significa certificación de que lo ha recibido. Se acabó la discusión y las comunicaciones referentes a ese tema. Y menos con alguien que demuestra desconocer la ley.
Instalas con instalador autorizado y punto. Instalador autorizado siempre, si fuera casa unifamiliar ya me lo montaba yo por mi cuenta, pero garaje comunitario que venga un profesional |
04-feb-2026 12:34
#40
| De hecho no sólo debes instalarla una vez avisado, es que deberías instar a la comunidad al cambio de administración por otra que sí conozca las leyes... |
05-feb-2026 18:54
#41
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Estoy en el mismo punto que tu, y garaje comunitario. Por cortesía lo he comunicado en reunión y por escrito: Vecino: aqui no entra un coche enchufable porque se incendian. (Tiene un corolla hibirdo :S) Presidente: Debemos consultar con el seguro de la comunidad para darte permiso. Mi respuesta: daros por comunicados. Cualquier día viene el instalador, 2026 y seguimos así. |
05-feb-2026 19:05
#42
| Yo llamé el lunes tanto al administrador de fincas del garaje como a la del edificio por si podían tener algún inconveniente con algún vecino y me dijo que no pueden poner ningún tipo de traba. Que mientras esté todo bien realizado con un proyecto,etc sin problema. |
05-feb-2026 22:02
#43
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Que te coman los huevos por debajo del culo cual racimo de uvas. La Ley te obliga a 2 cosas: Avisar por escrito a la comunidad y que la instalación la realice un profesional homologado. Hazlo y que la chupen. |
05-feb-2026 22:04
#44
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Estoy en el mismo punto que tu, y garaje comunitario. Por cortesía lo he comunicado en reunión y por escrito:
Vecino: aqui no entra un coche enchufable porque se incendian. (Tchupete. corolla hibirdo :S)Presidente: Debemos consultar con el seguro de la comunidad para darte permiso. Mi respuesta: daros por comunicados. Cualquier día viene el instalador, 2026 y seguimos así. Aplica mi último comentario del hilo, da mucho miedo un eléctrico pero los gasolina del 2000 que llevan sin cambiar el filtro del combustible 10 años da igual. Esos no arden, anda a chuparla. |
05-feb-2026 23:24
#45
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Aquí la Xunta te pide la OCA del garaje para darlo de alta en industria (ya lo comenté anteriormente), están aprovechando para que los garajes se pongan al día. Y la verdad que se les hace un favor, ya que siempre hay pifias. En el mío había unos térmicos muy sobredimensionados, que cuando saltasen estaba la instalación quemada. Cómo te dicen, no comuniques nada más, ya lo has hecho. Yo envié un correo y listo, y además solicité la OCA. No me compliqué más |
06-feb-2026 23:14
#46
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Aquí la Xunta te pide la OCA del garaje para darlo de alta en industria (ya lo comenté anteriormente), están aprovechando para que los garajes se pongan al día. Y la verdad que se les hace un favor, ya que siempre hay pifias. En el mío había unos térmicos muy sobredimensionados, que cuando saltasen estaba la instalación quemada.
Cómo te dicen, no comuniques nada más, ya lo has hecho. Yo envié un correo y listo, y además solicité la OCA. No me compliqué más Vino a ver el garaje ya una empresa y la instalación es viable. Me ha presupuestado 1925€ (planta -2, 13 metros de cable, cargador Veltium Lite Zero). ¿como lo veis de precio? Y el cargador? Veo mucho hablar del V2C y policharguer, pero de este no... |
07-feb-2026 01:17
#47
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La OCA a día de hoy no está en regla, hay que subsanar unos defectos. Y sigo a la espera de tener el documento de desclasificación del garaje. Estoy a la espera de tener esos documentos y de concretar la compra del coche para ponerlo
Vino a ver el garaje ya una empresa y la instalación es viable. Me ha presupuestado 1925€ (planta -2, 13 metros de cable, cargador Veltium Lite Zero). ¿como lo veis de precio? Y el cargador? Veo mucho hablar del V2C y policharguer, pero de este no... Plaza en -2, unos 20 metros de cable, cargador V2C pro con tarjeta sim: 1750 euros. En PRM Madrid. |
07-feb-2026 02:04
#48
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La OCA a día de hoy no está en regla, hay que subsanar unos defectos. Y sigo a la espera de tener el documento de desclasificación del garaje. Estoy a la espera de tener esos documentos y de concretar la compra del coche para ponerlo
Vino a ver el garaje ya una empresa y la instalación es viable. Me ha presupuestado 1925€ (planta -2, 13 metros de cable, cargador Veltium Lite Zero). ¿como lo veis de precio? Y el cargador? Veo mucho hablar del V2C y policharguer, pero de este no... Aclaramos que la OCA solo la necesitamos para legalizar el punto de recarga y cobrar la ayuda, no para instalar. Ellos ya saben que la OCA la están solicitando porque tú estás instalando el punto de recarga, a ti lo demás te la trae al pairo, cuando vuelva a pasar inspección tú punto de recarga cumplirá la normativa, los defectos de los demás que les den bien por el culo, el tuyo ya no será un defecto habiendo entregado la documentación. Aún recuerdo los enchufes piratas que salieron en la mia, pagando la luz a los más listos. Tiene balanceador de carga ese cargador? Yo tengo el Policharguer con la pinza amperimetrica y encantado la verdad. De precio no está mal si las marcas de los protectores y del rearme no son chinorris, que te pongan un enchufe para poder poner un PLC y tener wifi ahí abajo, yo lo instalé a posteriori yo mismo por 15€, un magnetotermico, dos cables, un enchufe de exterior, pegamento y a correr, a mí para actualizar el coche y el cargador me va de lujo. Yo puse el cargador como 2 meses antes de comprar el coche, no sabía ni que coche iba a comprar pero sabía que se iba a enchufar. Dudaba entre un BYD Seal y el Model 3 como grandes candidatos, me planteé Polestar 2, Hyundai, Kia...etc pero me decidí por el Model 3, la experiencia y las pruebas me han corroborado que acerté completamente. |
07-feb-2026 22:42
#49
| Lo que no puedes hacer sin autorización es perforar forjados o elementos comunitarios para un fin individual. |
08-feb-2026 10:51
#51
| Avisas, das el plazo estipulado según la CCAA, y listo.Cualquier otra cosa es dar carnaza a los vecinos cuñados. |
08-feb-2026 14:31
#53
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Te invito a que me digas en qué artículo exacto de la LPH se autoriza a tocar un elemento estructural comunitario (vigas, pilares, forjados) para un fin particular sin supervisión técnica. No existe. Lo que la ley ampara es la instalación, no la destrucción ni el menoscabo de la seguridad (Art. 7 LPH). La operativa habitual y correcta es aprovechar patinillos o huecos pasantes ya existentes, no abrir nuevos a discreción. Seamos serios: un operario de instalaciones eléctricas sabe de cableado, no tiene conocimientos de cálculo de estructuras. No sabe distinguir si está taladrando una zona neutra o un punto crítico. He llegado a ver en una comunidad 4 perforaciones en línea en un ábaco de forjado reticular (zona crítica de punzonamiento). ¿Quién nos asegura que el 5º orificio no será el que colapse la resistencia de esa zona? Créeme: si se producen daños o aparecen fisuras, la ley no va a amparar al causante. Ante un juez, la seguridad estructural del edificio (interés general) prevalece SIEMPRE sobre tu derecho a cargar el coche (interés particular). Dicho esto, no pretendo ser un asustaviejas, sino animar a todo aquel que pueda evitar esta problemática utilizando un hueco preexistente, lo haga (aunque ello implique pagar 5m más de cableado). Y, en caso de no haber alternativa, comunicar a la comunidad tu intención mediante una memoria técnica que redacte la empresa autorizada y esperar 30 días al plazo que legalmente tienen para ofrecer alternativas. Esta es la forma correcta de hacerlo, y no sacar pecho con "la ley me ampara y punto". Cuidado con simplificarlo todo al máximo, que después vienen los problemas. |
08-feb-2026 19:25
#54
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Te invito a que me digas en qué artículo exacto de la LPH se autoriza a tocar un elemento estructural comunitario (vigas, pilares, forjados) para un fin particular sin supervisión técnica. No existe. Lo que la ley ampara es la instalación, no la destrucción ni el menoscabo de la seguridad (Art. 7 LPH).
La operativa habitual y correcta es aprovechar patinillos o huecos pasantes ya existentes, no abrir nuevos a discreción. Seamos serios: un operario de instalaciones eléctricas sabe de cableado, no tiene conocimientos de cálculo de estructuras. No sabe distinguir si está taladrando una zona neutra o un punto crítico. He llegado a ver en una comunidad 4 perforaciones en línea en un ábaco de forjado reticular (zona crítica de punzonamiento). ¿Quién nos asegura que el 5º orificio no será el que colapse la resistencia de esa zona? Créeme: si se producen daños o aparecen fisuras, la ley no va a amparar al causante. Ante un juez, la seguridad estructural del edificio (interés general) prevalece SIEMPRE sobre tu derecho a cargar el coche (interés particular). Dicho esto, no pretendo ser un asustaviejas, sino animar a todo aquel que pueda evitar esta problemática utilizando un hueco preexistente, lo haga (aunque ello implique pagar 5m más de cableado). Y, en caso de no haber alternativa, comunicar a la comunidad tu intención mediante una memoria técnica que redacte la empresa autorizada y esperar 30 días al plazo que legalmente tienen para ofrecer alternativas. Esta es la forma correcta de hacerlo, y no sacar pecho con "la ley me ampara y punto". Cuidado con simplificarlo todo al máximo, que después vienen los problemas. La parrafada "técnica" que intentas colar para argumentar, no sirve para nada. Toma, sentencia del Tribunal Supremo. Dejad de liar / engañar a la gente: https://www.iberley.es/jurisprudenci...12-25-48714071 |
08-feb-2026 20:21
#55
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Falso.
La parrafada "técnica" que intentas colar para argumentar, no sirve para nada. Toma, sentencia del Tribunal Supremo. Dejad de liar / engañar a la gente: https://www.iberley.es/jurisprudenci...12-25-48714071 No conocía la sentencia, pero justamente me da la razón en el argumento. Interpretación del art. 17.5 LPH. La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento de un edificio en régimen de propiedad horizontal, siempre que se ubique en una plaza individual del garaje comunitario, no requiere otro requisito que su comunicación previa a la Comunidad. En particular, aunque el cableado para el suministro de energía discurra en todo o en parte por elementos comunes o deba quedar sujeto a los mismos, no se precisa la autorización de la Comunidad, salvo que se aprecie una afectación innecesaria o desproporcionada de dichos elementos comunes o pueda entrañar un perjuicio para los demás copropietarios. |
08-feb-2026 21:22
#56
No conocía la sentencia, pero justamente me da la razón en el argumento. Interpretación del art. 17.5 LPH. La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento de un edificio en régimen de propiedad horizontal, siempre que se ubique en una plaza individual del garaje comunitario, no requiere otro requisito que su comunicación previa a la Comunidad. En particular, aunque el cableado para el suministro de energía discurra en todo o en parte por elementos comunes o deba quedar sujeto a los mismos, no se precisa la autorización de la Comunidad, salvo que se aprecie una afectación innecesaria o desproporcionada de dichos elementos comunes o pueda entrañar un perjuicio para los demás copropietarios. No te las des de listo ahora. ¿Los que perforaron el forjado para poner las luces del parking hicieron un estudio técnico por si se les caía el techo encima? ¿O los que taladraron para poner la fibra? ¿O las canalizaciones de extracción? ¿O sea que los que ponen un cargador de coche eléctrico pueden poner en peligro la integridad estructural de un forjado y el resto no? Son ganas de llevar la contraria. |
08-feb-2026 22:04
#57
No conocía la sentencia, pero justamente me da la razón en el argumento. Interpretación del art. 17.5 LPH. La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento de un edificio en régimen de propiedad horizontal, siempre que se ubique en una plaza individual del garaje comunitario, no requiere otro requisito que su comunicación previa a la Comunidad. En particular, aunque el cableado para el suministro de energía discurra en todo o en parte por elementos comunes o deba quedar sujeto a los mismos, no se precisa la autorización de la Comunidad, salvo que se aprecie una afectación innecesaria o desproporcionada de dichos elementos comunes o pueda entrañar un perjuicio para los demás copropietarios. Estoy flipando con los malabares que estás haciendo. Podrías ser más claro en qué crees exactamente de la sentencia que te da la razón? Si es lo que pones en en negrita: " de dichos elementos comunes o pueda entrañar un perjuicio para los demás copropietarios." pues lee la sentencia y verás que llevar conductos, cables o hacer agujeros en el forjado no lo considera tal. |
08-feb-2026 22:07
#58
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Jajaja ahora te da la razón.
No te las des de listo ahora. ¿Los que perforaron el forjado para poner las luces del parking hicieron un estudio técnico por si se les caía el techo encima? ¿O los que taladraron para poner la fibra? ¿O las canalizaciones de extracción? ¿O sea que los que ponen un cargador de coche eléctrico pueden poner en peligro la integridad estructural de un forjado y el resto no? Son ganas de llevar la contraria. Si bien, la mala praxis más recurrente no es la de perforar "sin necesidad", sino la posterior falta de sellado del hueco ejecutado, absolutamente obligatorio por sectorización de incendios (CTE DB SI). Cualquier perforación que comunique el garaje con el resto del edificio debe ser sellada con material intumescente, al ser éste primero un sector de incendios independiente del resto del edificio. Pero oye, perfora ahí mismo sin realizar la previa comunicación a la comunidad que la propia sentencia exige. Saludos shur. |
08-feb-2026 22:35
#59
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Las instalaciones que comentas las llevan de serie los edificios. Y sí, se prevén en fase de proyecto los huecos y patinillos de instalaciones. Se dejan pasatubos o directamente los huecos en el caso de los patinillos previo hormigonado.
Si bien, la mala praxis más recurrente no es la de perforar "sin necesidad", sino la posterior falta de sellado del hueco ejecutado, absolutamente obligatorio por sectorización de incendios (CTE DB SI). Cualquier perforación que comunique el garaje con el resto del edificio debe ser sellada con material intumescente, al ser éste primero un sector de incendios independiente del resto del edificio. Pero oye, perfora ahí mismo sin realizar la previa comunicación a la comunidad que la propia sentencia exige. Saludos shur. Tú solito te has metido en un jardín dando a entender que con una simple comunicación al administrador no era suficiente cuando es evidente que sí. Y ahora te agarras a instalaciones que llevan de serie los edificios para volver a agarrarte a la necesidad de un estudio técnico para poner un taco expansivo en el forjado para sujetar una canaleta. Díselo a los que renuevan instalaciones eléctricas en garajes, o a los que tiran canales para poner cámaras de vigilancia, para colocar desagües nuevos y decenas de otro tipo de canales. Porque son eso, canaletas. Pero vamos, puedes seguir con la verborrea técnica con tal de no dar tu brazo a torcer. No, poner tacos en un forjado para fijar una canal no necesita de un estudio técnico. |
08-feb-2026 22:56
#60
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Te enredas solo y pones párrafos extensos con verborrea técnica, para que el que te lea tenga la percepción que habla con alguien entendido en la materia.
Tú solito te has metido en un jardín dando a entender que con una simple comunicación al administrador no era suficiente cuando es evidente que sí. Y ahora te agarras a instalaciones que llevan de serie los edificios para volver a agarrarte a la necesidad de un estudio técnico para poner un taco expansivo en el forjado para sujetar una canaleta. Díselo a los que renuevan instalaciones eléctricas en garajes, o a los que tiran canales para poner cámaras de vigilancia, para colocar desagües nuevos y decenas de otro tipo de canales. Porque son eso, canaletas. Pero vamos, puedes seguir con la verborrea técnica con tal de no dar tu brazo a torcer. No, poner tacos en un forjado para fijar una canal no necesita de un estudio técnico. |
No conocía la sentencia, pero justamente me da la razón en el argumento.